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Derechos y Deberes de los Aprendices SENA: Guía para la Formación Profesional Integral, Transcripciones de Ética

Normas, derechos y deberes de él aprendiz SENA.

Tipo: Transcripciones

2019/2020

Subido el 19/08/2020

jhon-jairo-gonzalez
jhon-jairo-gonzalez 🇨🇴

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bg1
del
REGLAMENTO
FEBRERO 2012
APRENDIZ
ARTÍCULO 9°. Se entiende por deber, la obligación legal, social y moral que compromete a la
persona a cumplir con determinada actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus actos,
para propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común, la sana convivencia, el
servicio a los demás, la seguridad de las personas y de los bienes de la institución.
Son deberes del aprendiz SENA durante el proceso de ejecución de la formación, los siguientes:
1. Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de aprendizaje o del plan de mejora-
miento, definidas durante su etapa lectiva y productiva.
2. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.
3. Verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o
actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente.
4. Participar en las actividades complementarias o de profundización, relacionadas con el
programa de formación, con el fin de gestionar su proceso de aprendizaje.
5. Informar y hacer la solicitud, por escrito, al Coordinación Académico y registrar en el sistema
de gestión de la formación oportunamente las solicitudes o novedades (Traslados, Aplazamiento,
Retiro voluntario y Reingreso) que presente durante el proceso de aprendizaje, utilizando medios
virtuales y/o físicos; para los programas de formación complementaria en modalidad virtual,
realizar en los sistemas de información el retiro voluntario del programa o inscripción del mismo.
6. Si el trámite para la consecución de contrato de aprendizaje o de otra de las alternativas para
el desarrollo de la etapa productiva, es realizado directamente por el aprendiz, éste deberá
informar inmediatamente cuando esto ocurra, a los responsables de apoyar este proceso en el
Centro de Formación.
7. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación del ambiente sano,
vinculándose, apoyando y/o colaborando en las acciones que adelante el Centro de Formación.
8. Acatar las decisiones contempladas en el Manual de Convivencia.
9. Asumir con responsabilidad su participación en las actividades programadas como salidas,
pasantías técnicas, intercambios de aprendices a nivel nacional e internacional, así como en las
demás de carácter lúdico - pedagógico.
10. Hacer uso apropiado de los ambientes de aprendizaje (infraestructura, equipos, herramien-
tas, recursos didácticos, técnicos, tecnológicos, bibliográficos) disponibles para su proceso de
aprendizaje, asumiendo responsabilidad legal en situaciones de utilización inadecuada y uso
indebido, que deterioran los ambientes de aprendizaje y generan detrimento patrimonial.
11. Asistir a las reuniones que programe el Centro de Formación para seguimiento a las activi-
dades desarrolladas durante la etapa productiva. La no asistencia a estas reuniones debe
justificarse mediante excusa comprobable.
12. Respetar los derechos de autor en los materiales, trabajos, proyectos y demás documentos
generados por los grupos de trabajo o compañeros, y que hayan sido compartidos al interior de
la Plataforma. Sin embargo, con la autorización de los creadores se puede hacer uso de
cualquier material publicado, dando el crédito a quien generó la idea, a la fuente que se consultó
o al recurso que referencia la información.
13. Conocer y asumir las políticas y directrices institucionales establecidas, así como el Regla-
mento del Aprendiz SENA, y convivir en comunidad de acuerdo con ellos.
14. Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA,
durante su proceso de aprendizaje, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y
devolverlo al finalizar el programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o cancelación de
la matrícula. En caso de pérdida de carné, el aprendiz debe formular la denuncia correspon-
diente, tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo con base en la normatividad dada por
Dirección General.
15. Utilizar la dotación o ropa de trabajo y los elementos de protección personal dispuestos en
los ambientes de aprendizaje, observando las condiciones de prevención señaladas por el
Instructor o Tutor y organizarlos para ser utilizados exclusivamente en el ambiente de aprendi-
zaje requerido.
16. Portar el uniforme de manera decorosa; dentro del Centro de Formación, en los ambientes
donde se desarrollen actividades extracurriculares y entornos diferentes al académico. Así
como en el desarrollo de la etapa productiva, cuando la empresa patrocinadora lo exija.
17. Conservar y mantener en buen estado, orden y aseo, las instalaciones físicas, el material
didáctico, equipos y herramientas de la entidad o que estén a cargo de ésta, respondiendo por
los daños ocasionados a éstos intencionalmente o por descuido, debidamente comprobados.
18. Actuar siempre teniendo como base los principios y valores para la convivencia; obrar con
honestidad, respeto, responsabilidad, lealtad, justicia, compañerismo y solidaridad con la
totalidad de los integrantes de la comunidad educativa y expresarse con respeto, cultura y
educación, en forma directa, a través de medios impresos o electrónicos que le facilita la
entidad (como foros de discusión, redes sociales, chat, correo electrónico, blogs y demás).
19. Hacer uso apropiado de los espacios de comunicación y respetar a los integrantes de la
comunidad educativa, siendo solidario, tolerante y veraz en la información que se publique en
medios impresos o digitales; abstenerse de enviar material multimedia que contenga imágenes,
videos, documentos o grabaciones que no sean objeto de las actividades de aprendizaje.
20. Informar al instructor, coordinador, directivo o personal de apoyo, cualquier irregularidad que
comprometa el buen nombre y normal marcha del Centro de Formación de la entidad y de la
comunidad educativa, o que considere sospechosa dentro de la Institución y en los ambientes
de aprendizaje, permitiendo una actuación oportuna, preventiva o correctiva.
21. Respetar la dignidad, intimidad e integridad de los miembros de la comunidad educativa SENA.
22. Respetar los bienes y elementos de propiedad de los integrantes de la comunidad educativa
y del SENA.
23. Obrar conforme al principio del respeto de los derechos de los demás evitando realizar y/o
apoyar actos que limiten y/o afecten a la comunidad educativa, como impedir el acceso a funcio-
narios y aprendices a los centros de formación y demás instalaciones del SENA.
24. Presentar siempre las mejores condiciones de aseo y pulcritud personal.
25. Enaltecer y respetar los símbolos patrios e institucionales.
26. No usar expresiones grotescas en foros de discusión, mensajes, anuncios, correos tanto
generales como en grupos de trabajo.
27. Cumplir a cabalidad la normatividad vigente del estado Colombiano en lo referente a
delitos informáticos.
28. Denunciar tratos, propuestas, o actos inmorales de parte de cualquier funcionario y de
cualquier miembro de la comunidad educativa.
29. Suscribir al momento de asentar la matrícula el Acta de compromiso como Aprendiz SENA.
30. Verificar a través del Sistema Gestión Virtual de Aprendices, que el contrato de aprendizaje
con la empresa patrocinadora se encuentre acorde al contrato físico firmado, y en caso de
encontrar inconsistencias reportarlo de forma inmediata a la Oficina de Promoción y Relaciones
Corporativas de su Centro con la líder de contrato de aprendizaje.
PARÁGRAFO 1. Además de los deberes enunciados, el Aprendiz en formación con modalidad
virtual y a distancia considerará las siguientes responsabilidades:
a. Acceder regularmente a los ambientes virtuales previstos para la formación y mantener una
comunicación frecuente con el tutor.
b. Dedicar al proceso de aprendizaje las horas semanales señaladas para cada programa, que
permitan dar cumplimiento a las horas establecidas, teniendo en cuenta el cronograma y meto-
dología establecidos por el instructor- tutor.
c. Ingresar a la plataforma virtual, debidamente identificado con el respectivo código de acceso,
personal e intransferible. El Usuario y la Contraseña suministrado al aprendiz por la Entidad,
para el acceso a la plataforma virtual son de uso personal exclusivo, por lo tanto no debe trans-
ferirse a otras personas. El mal uso de esta información es de su competencia directa y asumirá
por ello las responsabilidades correspondientes.
d. Realizar personalmente las evaluaciones, investigaciones, actividades y prácticas de forma-
ción, haciendo uso de sus conocimientos, su esfuerzo personal, creatividad y autoría propia,
absteniéndose de presentar como propios, escritos, documentos, ideas, o resultados que no
sean de su autoría.
e. Participar en los foros de discusión y demás espacios de socialización del ambiente virtual,
reconociendo, compartiendo y construyendo conocimiento con los integrantes de la comunidad
educativa, contribuyendo con el aporte de conocimientos y destrezas en la solución y propuesta
de los temas del programa.
f. Respetar los comentarios o participaciones realizadas por los demás integrantes de la comu-
nidad educativa.
g. Cumplir con los trabajos indicados por los Tutores, enviando puntualmente las actividades
definidas en el cronograma del Programa.
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REGLAMENTOdel

FEBRERO 2012

APRENDIZ

TABLA DE CONTENIDO

CAPITULO I. Principios Generales. CAPITULO II. Derechos del Aprendiz SENA CAPITULO III. Deberes del Aprendiz SENA CAPITULO IV. Prohibiciones CAPÍTULO V. Desarrollo de la etapa productiva. CAPITULO VI. Gestión académico administrativa. CAPITULO VII. Proceso de Formación, Incumplimiento y Deserción. CAPITULO VIII. Faltas Académicas y Disciplinarias CAPITULO IX. Medidas Formativas y Sanciones CAPITULO X. Procedimiento para la Aplicación de Sanciones CAPITULO XI. De la Representación de los Aprendices CAPITULO XII. De la Representatividad de los voceros de Programa

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PRINCIPIOS GENERALES

ARTÍCULO 1. La Formación Profesional Integral que orienta el Servicio Nacional de Aprendi- zaje SENA constituye un proceso educativo teórico-práctico de carácter integral, orientado al desarrollo de conocimientos técnicos, tecnológicos y de actitudes y valores para el desarrollo humano y la convivencia social, que le permiten a la persona actuar crítica y creativamente en los contextos productivo y social, es decir, en el Mundo de la Vida.

ARTÍCULO 2. En la Formación Profesional Integral participa la Comunidad Educativa consti- tuida por aprendices, Instructores, padres de familia o acudientes, egresados, personal administrativo y de apoyo, directivos, gremios de la producción y representantes de los trabajadores, de los sectores económicos y sociales y de la comunidad científica.

ARTÍCULO 3. Se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada en los programas de formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementa- ria, desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada, por consiguiente debe ser consciente y vivenciar que derechos y deberes son correlativos e inseparables en su proceso formativo.

ARTÍCULO 4. El aprendiz SENA es protagonista de su formación profesional Integral cuya constante debe estar orientada a un buen ser humano y buen ciudadano, solidario, líder, emprendedor, creativo y libre pensador con capacidad crítica.

ARTÍCULO 5. El Centro de Formación Profesional que tenga el servicio de internado para aprendices tendrá disposiciones específicas inscritas en el ámbito del presente Reglamento.

ARTÍCULO 6. Cada Centro de Formación de acuerdo con sus condiciones y necesidades propias, facilitará un debido proceso, con base en saber ser, convivir y habitar a través de un acuerdo de convivencia, como herramienta que complementa, y que no modifica, lo estableci- do en el presente reglamento.

CAPITULO II

DERECHOS DEL APRENDIZ SENA

DERECHOS DEL APRENDIZ SENA

  1. Recibir información acerca de las diferentes opciones para desarrollar la etapa productiva, los derechos y obligaciones para el desarrollo de la misma.
  2. Recibir, por parte del Centro de Formación, asesoría académica e integral durante el proce- so de formación.
  3. Recibir trato digno y respetuoso por parte de todos los integrantes de la Comunidad Educativa.
  4. Expresar con libertad su pensamiento, conocimiento e ideas en el marco del respeto hacia los demás.
  5. Recibir oportunamente los elementos de seguridad propios de su ocupación, para la protec- ción de su integridad, en los ambientes de formación del SENA o de otras entidades y lugares donde se presente formación presencial. Los aprendices de las especialidades de construcción, deben recibir la dotación que el SENA les entrega por intermedio del Fondo de la Industria de la Construcción FIC.

ARTÍCULO 8°. Estímulos e incentivos. Son beneficios y distinciones que se otorgan a los aprendices, como reconocimiento o valoración de actuaciones meritorias o logros sobresalien- tes obtenidos en los ámbitos del aprendizaje, actitudinal, investigativo, innovador o profesional. Los estímulos e incentivos forman parte del Plan Nacional Integral de Bienestar de los Aprendi- ces y de aquellos que, mediante alianzas o convenios, se adopten para beneficio de los apren- dices, entre ellos están:

a. Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de aprendizaje. b. Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional. c. Ser designado como monitor de un tema específico en el cual demuestre competencia, en el programa de formación, en la especialidad y actividades de formación que requiera su aporte. d. Cuando termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar ser instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del SENA, si así lo desea. e. Reconocimiento a los aprendices por parte del Comité Evaluación y Seguimiento que se han destacado por su excelente desempeño académico y actitudinal, con copia a la hoja de vida del aprendiz y empresa patrocinadora. Por la representación y participación destacada en eventos de aprendizaje, tecnológicos, culturales, sociales y deportivos a nombre del SENA, el aprendiz podrá recibir reconocimiento, incentivo o distinción.

PARAGRAFO: El Comité de Evaluación y Seguimiento en cada Centro de Formación será el encargado de seleccionar los candidatos beneficiarios de los estímulos e incentivos de confor- midad con los criterios señalados.

CAPITULO III

DEBERES DEL APRENDIZ SENA

DEBERES DEL APRENDIZ SENA

durante su proceso de aprendizaje, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y devolverlo al finalizar el programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o cancelación de la matrícula. En caso de pérdida de carné, el aprendiz debe formular la denuncia correspon- diente, tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo con base en la normatividad dada por Dirección General.

  1. Utilizar la dotación o ropa de trabajo y los elementos de protección personal dispuestos en los ambientes de aprendizaje, observando las condiciones de prevención señaladas por el Instructor o Tutor y organizarlos para ser utilizados exclusivamente en el ambiente de aprendi- zaje requerido.
  2. Portar el uniforme de manera decorosa; dentro del Centro de Formación, en los ambientes donde se desarrollen actividades extracurriculares y entornos diferentes al académico. Así como en el desarrollo de la etapa productiva, cuando la empresa patrocinadora lo exija.
  3. Conservar y mantener en buen estado, orden y aseo, las instalaciones físicas, el material didáctico, equipos y herramientas de la entidad o que estén a cargo de ésta, respondiendo por los daños ocasionados a éstos intencionalmente o por descuido, debidamente comprobados.
  4. Actuar siempre teniendo como base los principios y valores para la convivencia; obrar con honestidad, respeto, responsabilidad, lealtad, justicia, compañerismo y solidaridad con la totalidad de los integrantes de la comunidad educativa y expresarse con respeto, cultura y educación, en forma directa, a través de medios impresos o electrónicos que le facilita la entidad (como foros de discusión, redes sociales, chat, correo electrónico, blogs y demás).
  5. Hacer uso apropiado de los espacios de comunicación y respetar a los integrantes de la comunidad educativa, siendo solidario, tolerante y veraz en la información que se publique en medios impresos o digitales; abstenerse de enviar material multimedia que contenga imágenes, videos, documentos o grabaciones que no sean objeto de las actividades de aprendizaje.
  6. Informar al instructor, coordinador, directivo o personal de apoyo, cualquier irregularidad que comprometa el buen nombre y normal marcha del Centro de Formación de la entidad y de la comunidad educativa, o que considere sospechosa dentro de la Institución y en los ambientes de aprendizaje, permitiendo una actuación oportuna, preventiva o correctiva.
  7. Respetar la dignidad, intimidad e integridad de los miembros de la comunidad educativa SENA.
  8. Respetar los bienes y elementos de propiedad de los integrantes de la comunidad educativa y del SENA.
  9. Obrar conforme al principio del respeto de los derechos de los demás evitando realizar y/o apoyar actos que limiten y/o afecten a la comunidad educativa, como impedir el acceso a funcio- narios y aprendices a los centros de formación y demás instalaciones del SENA.
  10. Presentar siempre las mejores condiciones de aseo y pulcritud personal.
  11. Enaltecer y respetar los símbolos patrios e institucionales.
  12. No usar expresiones grotescas en foros de discusión, mensajes, anuncios, correos tanto generales como en grupos de trabajo.
  13. Cumplir a cabalidad la normatividad vigente del estado Colombiano en lo referente a delitos informáticos.
  14. Denunciar tratos, propuestas, o actos inmorales de parte de cualquier funcionario y de cualquier miembro de la comunidad educativa.

DEBERES DEL APRENDIZ SENA

  1. Suscribir al momento de asentar la matrícula el Acta de compromiso como Aprendiz SENA.
  2. Verificar a través del Sistema Gestión Virtual de Aprendices, que el contrato de aprendizaje con la empresa patrocinadora se encuentre acorde al contrato físico firmado, y en caso de encontrar inconsistencias reportarlo de forma inmediata a la Oficina de Promoción y Relaciones Corporativas de su Centro con la líder de contrato de aprendizaje.

PARÁGRAFO 1. Además de los deberes enunciados, el Aprendiz en formación con modalidad virtual y a distancia considerará las siguientes responsabilidades: a. Acceder regularmente a los ambientes virtuales previstos para la formación y mantener una comunicación frecuente con el tutor. b. Dedicar al proceso de aprendizaje las horas semanales señaladas para cada programa, que permitan dar cumplimiento a las horas establecidas, teniendo en cuenta el cronograma y meto- dología establecidos por el instructor- tutor. c. Ingresar a la plataforma virtual, debidamente identificado con el respectivo código de acceso, personal e intransferible. El Usuario y la Contraseña suministrado al aprendiz por la Entidad, para el acceso a la plataforma virtual son de uso personal exclusivo, por lo tanto no debe trans- ferirse a otras personas. El mal uso de esta información es de su competencia directa y asumirá por ello las responsabilidades correspondientes. d. Realizar personalmente las evaluaciones, investigaciones, actividades y prácticas de forma- ción, haciendo uso de sus conocimientos, su esfuerzo personal, creatividad y autoría propia, absteniéndose de presentar como propios, escritos, documentos, ideas, o resultados que no sean de su autoría. e. Participar en los foros de discusión y demás espacios de socialización del ambiente virtual, reconociendo, compartiendo y construyendo conocimiento con los integrantes de la comunidad educativa, contribuyendo con el aporte de conocimientos y destrezas en la solución y propuesta de los temas del programa. f. Respetar los comentarios o participaciones realizadas por los demás integrantes de la comu- nidad educativa. g. Cumplir con los trabajos indicados por los Tutores, enviando puntualmente las actividades definidas en el cronograma del Programa.

PROHIBICIONES

ARTÍCULO 10°. Se considerarán prohibiciones para los aprendices del SENA, las siguientes:

  1. Plagiar materiales, trabajos y demás documentos generados en los grupos de trabajo o producto del trabajo en equipo institucional, así como las fuentes bibliográficas consultadas en los diferentes soportes.
  2. Terminar unilateralmente el contrato de aprendizaje, sin el visto bueno del empleador y del SENA.
  3. Incumplir con las actividades de aprendizaje acordadas y los compromisos adquiridos como aprendiz SENA, sin justa causa.
  4. Realizar fraude en evaluaciones, en el proceso de aprendizaje o en concursos, juegos o competencias de cualquier carácter.
  5. Aportar documentación o información que difiera con la real, para el ingreso a la entidad o para obtener cualquier beneficio de la misma.
  6. Fumar en áreas no permitidas en el centro de formación, así como ingresar, comercializar, promocionar, ingerir o suministrar bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas, dentro de las instalaciones del SENA, o ingresar a la entidad en estado que indique alteraciones ocasionadas por el consumo de éstos.
  7. Ingresar o portar armas, objetos corto-punzantes, explosivos u otros artefactos que represen- ten riesgo o puedan ser empleados para atentar contra la vida o la integridad física de las perso- nas, para destruir o deteriorar la planta física o los bienes del SENA o de las instituciones con las cuales se adelanten actividades de aprendizaje, culturales, recreativas, deportivas y sociales. Los miembros de la fuerza pública y organismos de seguridad del Estado, que se encuentren en un proceso de aprendizaje, no podrán portar armas en el Centro de Formación.
  8. Utilizar el nombre del SENA, las instalaciones o campos virtuales, para actividades particula- res o con ánimo de lucro, exceptuando aquellas que sean parte de proyectos productivos aprobados por el Subdirector de Centro o la instancia competente.
  9. Hurtar, estafar o abusar de la confianza de cualquier integrante de la comunidad educativa, o amenazarlo, sobornarlo, coaccionarlo o agredirlo verbal o físicamente, o ser cómplice o coparti- cipe de delitos contra ellos o contra la institución.
  10. Contribuir al desorden y/o al desaseo.
  11. Destruir, sustraer, dañar total o parcialmente instalaciones físicas, equipos, materiales, software, elementos y dotación en general del SENA o de instituciones, empresas u otras entidades donde se desarrollen actividades de aprendizaje, culturales, recreativas, deportivas y sociales o intercambios estudiantiles nacionales o internacionales.
  12. Obstaculizar el ingreso a las instalaciones de los Centros de Formación y/o perturbar el desarrollo normal de las actividades de aprendizaje, liderando o apoyando este tipo de actos en oficinas, ambientes de aprendizaje, zonas de descanso, bibliotecas y en general donde éstas se desarrollen.
  13. Practicar o propiciar juegos de azar, rifas u otros como la ouija, etc, con miembros de la comunidad educativa, al interior de las instalaciones del SENA, sin autorización de la instancia competente.
  14. Realizar acciones proselitistas de carácter político o religioso dentro de las instalaciones del SENA y demás ambientes donde se desarrollen actividades formativas, así como propiciar actos indecorosos, de acoso, maltrato físico y/o mental, o conductas que puedan afectar a cualquier miembro de la comunidad educativa.

PROHIBICIONES

  1. Permanecer con el uniforme acordado para el programa de formación de la especialidad, en situaciones o lugares ajenos al proceso de aprendizaje, que deterioren la imagen institucional.
  2. Generar, transmitir, publicar o enviar información confidencial, de circulación restringida, inadecuada, malintencionada, violenta, pornográfica, insultos o agresiones por los medios de comunicación físicos o electrónicos, disponibles para su proceso de aprendizaje.
  3. Todo acto que sabotee, perturbe o impida las actividades de formación, administrativas y de bienestar que se realicen en la entidad o en los sitios donde se le represente.
  4. Realizar comportamientos contrarios a la normativa SENA en lugares donde se adelanten eventos de formación nacional o internacional, que atenten contra la imagen del SENA o del país.
  5. Incumplir con la fecha límite de reintegro al Centro de Formación después de haber partici- pado en un programa de movilidad estudiantil nacional o internacional.
  6. Incumplir las normas de convivencia establecidas en cada Centro de Formación o internado
  7. Suplantar identidad durante el proceso de formación.
  8. Ingresar o salir de cualquier instalación del Centro de Formación o de la entidad donde se desarrolle la formación, por sitios diferentes a la portería, saltando muros, cercas o violentando puertas, ventanas y cerraduras.
  9. Alterar, adulterar, falsificar o sustraer documentos oficiales, calificaciones, evaluaciones o firmas correspondientes al SENA o emitidos por ella.
  10. Elaborar escritos o mensajes satíricos, dibujar y/o escribir sobre cualquier superficie, objeto o mueble de las instalaciones donde se desarrollan programas de formación; o pegar avisos, carteles, pancartas o análogos en sitios no autorizados.
  11. Propiciar conductas, propuestas o actos inmorales hacia cualquier miembro de la comuni- dad educativa, que atenten contra la integridad física, moral y/o psicológica.
  12. Incumplir con las entrevistas o procesos de selección a los que ha sido citado por las empre- sas patrocinadoras para la consecución de su contrato de aprendizaje.
  13. Cometer faltas en el desarrollo del contrato de aprendizaje que originen la finalización unilateral del contrato por parte de la empresa patrocinadora con justa causa y agotado el debido proceso.
  14. Firmar contratos de aprendizaje sin realizar la gestión a través del Sistema Gestión Virtual de aprendices, o sin encontrarse registrado como aprendiz disponible en dicha plataforma.
  15. Incumplir con la presentación de documentos establecidos en el sistema de gestión virtual de aprendices y los emitidos por la oficina de relaciones corporativas del Centro de Formación respectivo, para acceder al contrato de aprendizaje.

DESARROLLO DE LA ETAPA PRODUCTIVA.

ARTICULO 11°. Apropiación y desarrollo del conocimiento. La etapa productiva del programa de formación es aquella en la cual el Aprendiz SENA aplica, complementa, fortalece y consolida sus competencias, en términos de conocimiento, habilidades, destrezas, actitudes y valores. La etapa productiva debe permitirle al aprendiz aplicar en la resolución de problemas reales del sector productivo, los conocimientos, habilidades y destrezas pertinentes a las competencias del programa de formación, asumiendo estrategias y metodologías de autogestión.

ARTÍCULO 12°. Alternativas para el desarrollo de la etapa productiva. Para la realización de la etapa productiva requerida en el proceso de aprendizaje de los aprendices del SENA, se deben considerar las siguientes alternativas:

  • Desempeño en una empresa a través del Contrato de Aprendizaje en las diferentes empresas obligadas y/o voluntarias, incluido el SENA. La constancia de cumplimiento a satisfacción es expedida por la empresa respectiva
  • Desempeño a través de vinculación laboral o contractual en actividades relacionadas con el programa de formación de conformidad con la normativa dispuesta para contratos de aprendi- zaje. La constancia de cumplimiento a satisfacción es expedida por la empresa respectiva
  • Participación en un proyecto productivo, o en SENA – Empresa, o en SENA proveedor SENA o en Producción de Centros, cuando se definen los proyectos en el marco de un programa de formación y estos posibilitan la simulación de entornos productivos reales y la aplicación de conocimientos, habilidades y destrezas pertinentes a las competencias del programa para cumplir con el objetivo de la etapa productiva, donde se concierta sobre las condiciones de estadía, esto es, pago de algún auxilio económico o en especie. La constancia de cumplimiento a satisfacción la expide el Subdirector de Centro respectivo.
  • De apoyo a una unidad productiva familiar, donde el aprendiz pueda aplicar en las actividades que desarrolla las competencias adquiridas durante su proceso de formación. En este caso el aprendiz hace su propia concertación con la unidad productiva sobre las condiciones de estadía, esto es, pago de algún auxilio económico o en especie y el certificado de cumplimiento de la pasantía lo brinda el responsable del proceso del aprendiz en la unidad productiva.
  • De apoyo a una institución estatal nacional, territorial, o a una ONG, o a una entidad sin ánimo de lucro, para el desempeño de actividades prácticas asociadas a su programa de formación o el desarrollo de un proyecto productivo en un ambiente de formación facilitado por esta institución, donde el aprendiz hace su propia concertación con la institución sobre las condiciones de estadía, esto es, pago de algún auxilio económico o en especie. La constancia o certificado de cumplimiento de la pasantía la expide el directivo o responsable del proceso del aprendiz en la institución.
  • Monitorias: De acuerdo con la reglamentación establecida en la institución para los procesos de aprendizaje, el desarrollo de monitorias por parte de los aprendices SENA en las especialida- des que son afines tecnológicamente a su programa de formación en un Centro de Formación del SENA, serán contempladas como alternativa para la etapa productiva. La constancia o certificado de cumplimiento a satisfacción de las actividades de monitoria la expide el Subdirec- tor de Centro de acuerdo a las horas asignadas por resolución.
  • Pasantías: entre las cuales se contempla la asesoría a PYMES como alternativa de etapa productiva.

DESARROLLO DE LA ETAPA PRODUCTIVA.

PARÁGRAFO 1: La permanencia del Aprendiz en la etapa productiva podrá gestionarse con el acceso a cualquiera de las alternativas planteadas en este artículo, o la combinación de varias de ellas durante el proceso de formación.

PARÁGRAFO 2: Cuando un aprendiz tenga vínculo laboral previo inicio de la formación y ésta no afecte el desarrollo de las actividades establecidas previamente para la ejecución de la formación, podrá optar por presentar dicho vínculo como etapa productiva cumpliendo con todos los requisitos que ésta implica; es decir se realizará una concertación de las actividades que debe estar desarrollando en la empresa, así como el seguimiento tanto presencial como virtual que debe ejecutar el instructor; esto implicará que estos aprendices podrán estar desa- rrollando la etapa productiva y lectiva de manera simultánea.

PARÁGRAFO 3: El SENA evaluará periódicamente las diferentes alternativas de etapa produc- tiva como parte del seguimiento y la evaluación permanente en el marco del mejoramiento continuo, y como estrategia de aseguramiento de la calidad de la formación profesional integral.

ARTÍCULO 13°. Registro de la Etapa productiva. Es responsabilidad del aprendiz gestionar oportunamente su registro en el Sistema de Gestión Virtual de Aprendices para poder optar por un contrato de aprendizaje; El Aprendiz es responsable de actualizar permanentemente los datos que registre en este sistema, verificar que correspondan a los registrados en el sistema para la gestión de la formación y consultar periódicamente las oportunidades de contrato de aprendizaje que reportan los empresarios. Cuando el Aprendiz opta por otra alternativa diferente al contrato de aprendizaje, ésta debe ser aprobada previamente por el Coordinador Académico del programa del respectivo Centro de Formación y la información deberá registrarse inmediata y directamente en el sistema para la gestión de la formación.

ARTÍCULO 14. Seguimiento y evaluación de la etapa productiva. El seguimiento a la etapa productiva es obligatorio y se realizará de manera virtual y presencial. El Aprendiz elaborará una bitácora quincenal, en la que señalará las actividades adelantadas en desarrollo de su etapa productiva en cualesquiera de las alternativas, para que el Instructor asignado como responsa- ble pueda hacer seguimiento de acuerdo a los indicadores establecidos en el procedimiento de ejecución de la formación, garantizando una interacción continua entre el aprendiz y el instruc- tor; esta actividad se debe complementar con visitas o comunicación directa que realice el instructor.

Parágrafo: Si el aprendiz no alcanza los resultados de aprendizaje de la etapa productiva se procederá a realizar comité de evaluación quien analizará el caso para emitir los juicios evaluati- vos finales, si los juicios no alcanzan los resultados de aprendizaje de la etapa productiva se procederá a cancelar la matrícula, previo agotamiento del debido proceso.

GESTIÓN ACADÉMICO ADMINISTRATIVA

ARTÍCULO 15. Los Centros de Formación Profesional responderán y liderarán los trámites académicos y administrativos para atender las diferentes solicitudes elevadas por los aprendices dentro de su proceso de formación, solicitudes que deben ser presentadas por escrito radicado en el respectivo centro y registradas en el sistema de gestión académica; el centro dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su radicación deberá dar la respuesta respectiva,

ARTÍCULO 16. Registro Académico. El registro académico es el procedimiento que protocoliza las acciones académicas y disciplinarias del Aprendiz SENA y actualiza su historial académico durante el proceso de formación.

ARTÍCULO 17. Certificación. La certificación es el procedimiento de administración de la forma- ción a través del cual se hace el reconocimiento formal de los resultados obtenidos por el Aprendiz SENA durante su proceso de formación en términos de competencias para el desempeño laboral. PARÁGRAFO. El Instructor es responsable directo de registrar oportunamente la información académica del aprendiz y el Coordinador Académico del Centro, de controlar el registro y la consolidación de la información de los resultados de la evaluación y situaciones académicas, que permita el seguimiento y certificación de los aprendices de manera oportuna.

ARTÍCULO 18. Expedición de certificados y de constancias académicas. La expedición de certificados o títulos, con sus documentos académicos, no tendrá costo alguno y serán expedi- dos por el Centro de Formación, para programas de formación. Se expedirá Acta de Grado de acuerdo con el programa de formación titulada adelantada y en todos los casos la constancia de evaluaciones con su correspondiente competencia, evaluación cualitativa y cuantitativa e intensidad horaria.

ARTICULO 19. Expedición de duplicados: La expedición de duplicados correspondientes a certificados, constancias académicas o actas de grado podrá solicitarse en el Centro o a través de medios electrónicos y el costo cuando sean expedidos a través de medios físicos, estableci- do a través de acto administrativo emitido por el Director General.

ARTÍCULO 20. Legalización de documentos académicos SENA para apostille. La legalización de un documento académico consiste en la verificación de la validez y autenticidad del mismo, a través de una firma autorizada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores para adelantar el trámite de apostille cuando requieren ser presentados en otros países

ARTICULO 21. El Aprendiz en proceso de formación podrá solicitar cualquiera de los siguientes trámites:

1. TRASLADO. Es la solicitud formal que el Aprendiz eleva a través de oficio radicado en el centro de formación y registra en el sistema de gestión de formación cuando requiere cambio de jornada, de Centro de Formación, en el mismo programa y en la misma modalidad de forma- ción, o en otro que corresponda a la misma red o línea tecnológica. Para solicitar traslado, el Aprendiz debe haber adelantado como mínimo el primer trimestre del proceso de formación del programa, y la correspondiente autorización está supeditada a la disponibilidad de cupo que exista en el programa para el cual requiere traslado y debe encon-

GESTIÓN ACADÉMICO ADMINISTRATIVA

trarse a paz y salvo con el centro de formación. Este trámite, no es aplicable a programas de formación complementaria en modalidad 100% virtual. El número de veces del traslado debe estar supeditado al análisis del comité de evaluación y seguimiento del Centro de Formación. Cuando el Aprendiz se encuentre sancionado con condicionamiento de matrícula, no se le autorizará traslado ni aplazamiento del proceso de formación.

2. APLAZAMIENTO. Es la solicitud formal que el Aprendiz eleva a través de oficio radicado en el centro de formación y registra en el sistema de gestión de formación para desvincularse temporalmente del programa de formación en el que se encuentra matriculado, por las siguien- tes causas: incapacidad médica, licencia de maternidad, servicio militar, problemas de seguri- dad o calamidad doméstica, debidamente demostradas con los respectivos soportes legales. El aplazamiento será autorizado por el Comité de Evaluación y Seguimiento del centro de formación a través de acto administrativo, por un tiempo máximo de seis (6) meses calendario continuos o discontinuos, de acuerdo con el tiempo de duración del programa, contados a partir de su notificación o respectiva respuesta a la solicitud. Cuando se trate de aplazamiento por prestación de servicio militar o incapacidad, el Comité podrá autorizarlo por un tiempo superior a los seis meses mientras permanezca en esta situación. 3. REINGRESO. Es la solicitud formal que el Aprendiz eleva a través de oficio radicado en el centro de formación y registra en el sistema de gestión de formación para reanudar su proceso de formación en el programa donde solicitó aplazamiento y la fecha límite para que el aprendiz reingrese será la indicada en el acto administrativo respectivo. El reingreso está supeditado a que el programa se encuentre en ejecución y a la disponibilidad de cupo. De no existir cupo en el programa en el cual el aprendiz solicitó aplazamiento, el reingreso podrá efectuarse cuando exista disponibilidad del mismo, en todo caso se informará por escrito al Aprendiz la fecha de reintegro o su imposibilidad. Si el programa al que solicita el reingreso no se encuentra vigente en el momento de la solicitud, el Comité de Evaluación y Seguimiento procederá a: a. Verificar que el programa vigente corresponda a la misma red, modalidad de formación o línea tecnológica. b. Analizar cada una de las competencias y resultados de los dos programas para establecer los que le faltan al aprendiz para que continúe en el proceso de formación. 4. RETIRO VOLUNTARIO. Es la solicitud formal que el Aprendiz eleva a través de oficio radica- do en el centro de formación y registra en el sistema de gestión de formación para retirarse defini- tivamente del programa de formación. El retiro voluntario del programa en formación titulada implica que el aprendiz no pueda participar en procesos de ingreso a la institución en programas de formación titulada dentro de los seis (6) meses siguientes, contados a partir del registro de la novedad en el sistema de gestión de la formación. En los programas de formación complementa- ria en modalidad virtual, el tiempo de no participación en procesos de ingreso estará sujeto al tipo de novedad registrado en el sistema de información durante el retiro voluntario.