Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Reglamento Universidad Pontificia Comillas 2021: Organización y Funciones Universitarias, Apuntes de Derecho

El Reglamento General de la Universidad Pontificia Comillas de 2021, que establece la organización académica y las funciones universitarias de la institución. El texto detalla la estructura general de la Universidad, las funciones de investigación, enseñanza, formación permanente, extensión y difusión de la cultura, y la prestación de servicios a la sociedad. Además, se regulan las cuestiones de competencia entre los distintos órganos generales de gobierno, la admisión de alumnos procedentes de otras universidades, y el traslado de expedientes académicos.

Tipo: Apuntes

2021/2022

Subido el 10/10/2022

pedrito46
pedrito46 🇪🇸

4.4

(186)

63 documentos

1 / 180

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Reglamento
General
pf3
pf4
pf5
pf8
pf9
pfa
pfd
pfe
pff
pf12
pf13
pf14
pf15
pf16
pf17
pf18
pf19
pf1a
pf1b
pf1c
pf1d
pf1e
pf1f
pf20
pf21
pf22
pf23
pf24
pf25
pf26
pf27
pf28
pf29
pf2a
pf2b
pf2c
pf2d
pf2e
pf2f
pf30
pf31
pf32
pf33
pf34
pf35
pf36
pf37
pf38
pf39
pf3a
pf3b
pf3c
pf3d
pf3e
pf3f
pf40
pf41
pf42
pf43
pf44
pf45
pf46
pf47
pf48
pf49
pf4a
pf4b
pf4c
pf4d
pf4e
pf4f
pf50
pf51
pf52
pf53
pf54
pf55
pf56
pf57
pf58
pf59
pf5a
pf5b
pf5c
pf5d
pf5e
pf5f
pf60
pf61
pf62
pf63
pf64

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Reglamento Universidad Pontificia Comillas 2021: Organización y Funciones Universitarias y más Apuntes en PDF de Derecho solo en Docsity!

Reglamento

General

Reglamento General

de la Universidad

Pontificia Comillas

ÍNDICE

4 REGLAMENTO GENERAL

6 REGLAMENTO GENERAL

CAPÍTULO SEGUNDO: ACCESO A LA UNIVERSIDAD,

12 REGLAMENTO GENERAL

DISPOSICIONES ADICIONALES ................................................... 177
DISPOSICIONES TRANSITORIAS ................................................. 177
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ...................................................... 178

UNIVERSIDAD P ONTIFICIA COMILLAS 13

Gobierno

de la

Universidad

UNIVERSIDAD P ONTIFICIA COMILLAS 15

TÍTULO PRIMERO:

GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD

CAPÍTULO PRIMERO:

INTRODUCCIÓN

Artículo 1º. Estructura de Gobierno de la Universidad

El gobierno de la Universidad Pontificia Comillas, cuya dirección y gestión está confiada a perpetuidad a la Compañía de Jesús, de conformidad con el Título I de los Estatutos Generales, se estructura en tres niveles:

  1. La autoridad suprema de la Universidad Pontificia Comillas reside en la Congregación para la Educación Católica y en el Superior General de la Compañía de Jesús como Gran Canciller de la Uni- versidad, el cual podrá delegar parte de sus funciones en el Vice- Gran Canciller.
  2. El gobierno general de la Universidad corresponde: a) al Rector, ordinariamente miembro de la Compañía de Jesús, Doctor por cualquier Facultad o Escuela Técnica Superior, nombrado por el Gran Canciller de la Universidad con la con- firmación de la Santa Sede, de entre una terna de nombres pre- sentada por el Vice-Gran Canciller y formada con la participa- ción de la Comunidad Universitaria que establecen los Estatutos Generales (art. 18 a)), con plenitud de facultades y competen- cias, para un periodo de tres años, transcurrido el cual podrá ser renovado por otros dos períodos iguales; b) a la Junta de Gobierno como órgano colegiado de asistencia al Rector en el ejercicio de sus funciones de gobierno; c) al Senado de la Universidad, como órgano colegiado de repre- sentación y participación de la Comunidad Universitaria en la toma de las decisiones más importantes que corresponden al Rector y a la Junta de Gobierno.

16 REGLAMENTO GENERAL

  1. El gobierno particular de las Facultades y Escuelas corresponde: a) a la autoridad del Decano o Director, nombrado por el Rector, con la confirmación del Vice-Gran Canciller; b) a la Junta de Facultad o Escuela, como órgano colegiado de asistencia al Decano o Director en el ejercicio de su autoridad; c) al Claustro de Facultad o Escuela como órgano de representa- ción y participación de la Comunidad del Centro en la toma de las decisiones más importantes que corresponden al Decano o Director y a la Junta de Facultad o Escuela.
  2. Este esquema de gobierno responde a los principios básicos de je- rarquía y participación que informan la estructura y el funciona- miento de la Universidad, con unos órganos unipersonales dotados de autoridad para resolver y poder para ejecutar, y dos órganos co- legiados, de asistencia, el primero, para la corresponsabilidad en la deliberación y toma de decisiones, y el segundo para la participa- ción de la Comunidad Universitaria en los procesos que conducen a la toma de las mismas, mediante la formulación de propuestas, opi- niones y solicitudes.

CAPÍTULO SEGUNDO:

AUTORIDAD SUPREMA DE LA UNIVERSIDAD

Artículo 2º. Santa Sede

  1. La Universidad Pontificia Comillas, creada por la Santa Sede como Universidad Católica, está puesta bajo el singular patronazgo del Romano Pontífice que lo ejerce a través del Nuncio Apostólico en España.
  2. A la Congregación para la Educación Católica corresponde: a) Aprobar los Estatutos Generales de la Universidad y sus modifi- caciones. b) Confirmar el nombramiento de Rector. c) Erigir canónicamente Facultades, Escuelas e Institutos y autori- zar la vinculación de otros Centros de Enseñanza Superior Ecle- siásticos, así como aprobar la adscripción de Centros de Ense- ñanza Superior a la Pontificia Universidad Comillas.

18 REGLAMENTO GENERAL

f) Confirmar las decisiones de la Junta de Gobierno relativas a in- corporaciones, agregaciones o afiliaciones de Centros de Ense- ñanza Superior a la Universidad Eclesiásticos, así como aprobar la adscripción de Centros de Enseñanza Superior a la Pontificia Universidad Comillas g) Dirimir las cuestiones de competencia que surjan entre los dis- tintos órganos generales de gobierno de la Universidad.

  1. El Vice-Gran Canciller estará asistido en el ejercicio de sus funcio- nes por el Consejo Superior de la Universidad, el cual también ga- rantizará el cumplimiento de los fines institucionales de la Univer- sidad y procurará la conexión de la sociedad con la Universidad en orden a ayudar a su sostenimiento. Constituirán el Consejo representantes institucionales de la Compa- ñía de Jesús, por razón de las responsabilidades de la misma en la dirección y administración de la Universidad, y aquellas personas que, a título personal, en atención a su relación con la Compañía de Jesús, con la Universidad, con el mundo universitario y con el en- torno social, sean designados por el Vice-Gran Canciller, oída la Junta de Gobierno. Del Consejo Superior formará parte el Rector, el cual estará obliga- do a informar periódicamente al Consejo de la marcha de la Uni- versidad. En ningún caso el número de miembros del Consejo será superior a quince. Corresponde al propio Consejo elaborar las normas que regulen su funcionamiento.
  2. Para el nombramiento de Rector el Vice-Gran Canciller seguirá el siguiente procedimiento: a) En caso de que el Vice-Gran Canciller considere conveniente la renovación del Rector en su cargo para un nuevo período, lo pondrá en conocimiento del Gran Canciller de la Universidad, quien, para proceder a la renovación del nombramiento de Rec- tor, deberá solicitar la confirmación de la Santa Sede prescrita en el artículo 7.2 de los Estatutos Generales. b) En caso de que proceda la sustitución del Rector, el Vice-Gran Canciller incoará con suficiente antelación el proceso para un nuevo nombramiento.

UNIVERSIDAD P ONTIFICIA COMILLAS 19

A este fin, el Vice-Gran Canciller, oído el Consejo Superior de la Universidad, pondrá en conocimiento de la Junta de Gobierno relación informada de al menos tres personas que reúnan las condiciones que el artículo 13. 2 de los Estatutos Generales es- tablece para el cargo, y las aptitudes para desempeñarlo. El Rector saliente someterá esta relación informada al conoci- miento y consulta del Senado de la Universidad que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18. a) de los Estatutos Genera- les, propondrá en votación secreta un orden de preferencias. Una vez consultado el Senado de la Universidad, el Vice-Gran Canciller elevará propuesta en terna al Gran Canciller, quien procederá al nombramiento de Rector después de obtener la confirmación de la Santa Sede prescrita en el artículo 7.2 de los Estatutos Generales.

CAPÍTULO TERCERO:

ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE ADMINISTRACIÓN

GENERALES DE LA UNIVERSIDAD

Artículo 5º. Órganos de Gobierno General

La Universidad Pontificia Comillas actúa, para el cumplimiento de sus fines, con personalidad jurídica única, a través de los siguientes órganos de gobierno:

  • Órganos unipersonales de gobierno: el Rector y los Vicerrectores.
  • Órganos colegiados de gobierno: la Junta de Gobierno y el Senado de la Universidad.

Artículo 6º. Rector

  1. El Rector tiene a su cargo el gobierno general de la Universidad, di- rige y controla su gestión en lo relativo al régimen académico, eco- nómico y disciplinar; ostenta su representación legal y está obliga- do a promover su unidad, la coordinación entre todos sus Centros y Servicios, la calidad y el progreso de sus actividades académicas.
  2. Para ser Rector se requiere pertenecer ordinariamente a la Compa- ñía de Jesús y estar en posesión del título de Doctor por cualquier Facultad o Escuela Técnica Superior.