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Requerimiento fiscal modelo 2025
Tipo: Transcripciones
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Abg. HERNAN KIFFER ARANDA , FISCAL ESPECIALIZADO EN ANTICORRUPCION, L.G.I., DELITOS ADUANEROS Y TRIBUTARIOS DE LA CIUDAD DE LA PAZ, en función las facultades conferidas en los Arts. 21, 73, 279, 297 del Código de Procedimiento Penal, concordante con el Art. 45 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.
DELITO: del CÓDIGO PENAL Encontrándose en proceso de investigación el presente caso, con el objeto de tener elementos de convicción idóneos, el suscrito Fiscal de Materia, como parte Funcional de la Investigación. Requiere: Por la sección y/o unidad que corresponda remita al despacho del suscrito Fiscal de Materia, el Certificado de Antecedentes Penales de:
- NILS ESPEJO MOLINA con C.I. 9144647 La Paz, 20 de febrero de 2025 FUNDAMENTACIÓN JURIDICA: La presente solicitud tiene como base o fundamento jurídico en las normas contenidas en él: Art. 17 de la Ley Nº 260: Obligación de Cooperación.- “ Para el cumplimiento de las funciones del Ministerio Público, toda persona, institución o dependencia, pública o privada, tiene la obligación de proporcionar la información, remitir la documentación requerida y/o realizar cualquier diligencia relacionada con la investigación solicitada por el Ministerio Público de manera inmediata, directa y gratuita , bajo responsabilidad prevista en el Código Penal. No podrán condicionarse el cumplimiento al pago de tasas, timbres o cualquier otro tipo de valor. ” Art. 136 de la Ley Nº 1970: Cooperación Directa.- “Cuando sea necesario, los jueces y fiscales podrán recurrir de manera directa a otra autoridad judicial o administrativa, para ejecución de un acto o diligencia. También podrán solicitar información de manera directa cuando ésta se vincule con el proceso.