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Deudores y acreedores en la actividad comercial: cuentas a cobrar y a pagar - Prof. 1967, Ejercicios de Contabilidad

Este documento trata sobre los deudores y acreedores en la actividad comercial, incluyendo tipos de deudores y acreedores, reconocimiento de cuentas, valor inicial y posterior, efectos a cobrar y a pagar, y la baja de cuentas. Se discuten diferentes tipos de deudores como clientes y deudores varios, y de acreedores como proveedores y acreedores varios. Se explica el reconocimiento de cuentas a pagar y a cobrar, y la valoración inicial y posterior de las cuentas a pagar. Además, se discuten los anticipos de clientes y proveedores, y las periodificaciones.

Tipo: Ejercicios

2017/2018

Subido el 13/06/2018

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TEMA 8. DEUDORES Y ACREEDORES DE LA
ACTIVIDAD: CUENTAS A COBRAR Y A PAGAR
8.1. LOS DEUDORES DE LA ACTIVIDAD. CLASIFICACION
- Clientes: créditos con compradores de mercancia
- Clientes, efectos comerciales a cobrar
- Clientes, operaciones de factoring
- Clientes, empresas del grupo
- Clientes, empresas asociadas
- Clientes de dudoso cobro
- Envases y empalajes a devolver por clientes
- Anticipos a proveedores
- Deudores varios: créditos con los adquerientes de servicios prestados por la empresa que
representan una actividad accesoria a la explotación
- Deudores
- Deudores, efectos comerciales a cobrar
- Deudores de dudoso cobro
- Deudores por opraciones en común
8.2. LAS CUENTAS A COBRAR: RECONOCIMIENTO
8.3. VALOR INICIAL, POSTERIOR Y CORRECCIONES
VALORATIVAS
8.4. EFECTOS A COBRAR: EL DESCUENTO DE EFECTOS Y LA GESTIÓN DE
COBRO
La factura es es un documento justificativo de la operación de compraventa en el que se debe
indicar el valor y la forma de cobro de la operación, ya sea al contado o a crédito. Justifica el
derecho de cobro.
Tiene la posibilidad de formalizar el crédito con un efecto comercial: la letra de cambio o el
pagaré de la empresa.
La letra de cambio es un documento mercantil donde el librador (sujeto emisor) ordena al
librado (sujeto obligado a pagar) a que pague el valor nominal que en él figura en la fecha de
vencimiento.
El pagarès, librador y librado coinciden y es el propio comprador que emite ese pagaré de
compromiso.
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8.5. LOS ACREEDORES DE LA ACTIVIDAD: CONCEPTO, CLASIFICACION Y
NORMATIVA APLICABLE.
- Proveedores
- Proveedores, efectos comerciales a pagar
- Proveedores, empresas del grupo
- Proveedores, empresas aosciadas
- Proveedores, otras partes vinculadas
- Envases y embalajes a devolver a proveedores
- Anticipos de clientes
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TEMA 8. DEUDORES Y ACREEDORES DE LA

ACTIVIDAD: CUENTAS A COBRAR Y A PAGAR

8.1. LOS DEUDORES DE LA ACTIVIDAD. CLASIFICACION

  • Clientes : créditos con compradores de mercancia
    • Clientes, efectos comerciales a cobrar
    • Clientes, operaciones de factoring
    • Clientes, empresas del grupo
    • Clientes, empresas asociadas
    • Clientes de dudoso cobro
    • Envases y empalajes a devolver por clientes
    • Anticipos a proveedores
  • Deudores varios: créditos con los adquerientes de servicios prestados por la empresa que representan una actividad accesoria a la explotación
    • Deudores
    • Deudores, efectos comerciales a cobrar
    • Deudores de dudoso cobro
    • Deudores por opraciones en común

8.2. LAS CUENTAS A COBRAR: RECONOCIMIENTO

8.3. VALOR INICIAL, POSTERIOR Y CORRECCIONES

VALORATIVAS

8.4. EFECTOS A COBRAR: EL DESCUENTO DE EFECTOS Y LA GESTIÓN DE

COBRO

La factura es es un documento justificativo de la operación de compraventa en el que se debe indicar el valor y la forma de cobro de la operación, ya sea al contado o a crédito. Justifica el derecho de cobro.

Tiene la posibilidad de formalizar el crédito con un efecto comercial: la letra de cambio o el pagaré de la empresa. La letra de cambio es un documento mercantil donde el librador (sujeto emisor) ordena al librado (sujeto obligado a pagar) a que pague el valor nominal que en él figura en la fecha de vencimiento. El pagarès, librador y librado coinciden y es el propio comprador que emite ese pagaré de compromiso.

*************pg6-

8.5. LOS ACREEDORES DE LA ACTIVIDAD: CONCEPTO, CLASIFICACION Y

NORMATIVA APLICABLE.

  • Proveedores
    • Proveedores, efectos comerciales a pagar
    • Proveedores, empresas del grupo
    • Proveedores, empresas aosciadas
    • Proveedores, otras partes vinculadas
    • Envases y embalajes a devolver a proveedores
    • Anticipos de clientes
  • Acreedores varios: deudas con suministradores de servicios que no se incorporan al proceso productivo
    • Acreedores por prestación de servicios
    • Acreedores efectos comerciales a pagar

8.6. LAS CUENTAS A PAGAR: RECONOCIMIENTO

Las cuentas a pagar, de pasivos finanieros, se reconocen cuando la entidad se convierte en parte obligada del contrato, acordado con las clausulas financieras. Éstas cuentas se derivan del crédito o aplazamiento de la adquisición de bienes y servicios. El reconocimiento de la cuenta a pagar se produce simultaniamente al del gasto o inversión, por la adquisición de bienes y servicios.

8.7. VALORACIÓN INICIAL, POSTERIOR Y CORRECCIONES VALORATIVAS DE

LAS CUENTAS A PAGAR

Valor inicial: se valora inicialmente por su valor razonable, que será el precio de la transacción, equivalente al valor razonable de la contraprestación recibida.

Valor posterior: Se valora aplicando el criterio de coste amortizadp, se añade con posterioridad los intereses al ritmo que se devenguen, hsata alcanzar al vencimiento el importe por el que se cancelan las deudas.

La normativa permite la valoración por el valor nominal siempre que: ·Las deudas provengan de origen comercial ·Con vencimiento inferior a un año ·Sin interés contractual ·La carga financiera contenida no sea significativa

8.7.1. CUADRO DE VALORACIÓN

CRÉDITOS VALOR INICIAL VALOR POSTERIOR Vencimiento superior a un año Valor razonable: valor de la contraptrestacion entregada (valor actual del debito)

Coste amortizado

Vencimiento no superior al año y con tipo de interés contractual

Valor razonable: valor de la contraprestación entregada (valor actual del debito)

Coste amortizado

Vencimiento no superior al año y sin tipo de interés contractual

Valor razonable: valor de la contraprestación entregada (valor actual del debito, sin intereses)

Coste amortizado (valor razonable +intereses devengados)

Valor nominal Valor nominal

8.8. BAJA DE LAS CUENTAS

8.9. LOS ANTICIPOS DE CLIENTES Y ANTICIPOS DE

PROVEEDORES

8.10. PERIODIFICACIONES