



Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Resumen acto administrativo T4
Tipo: Apuntes
1 / 6
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!




Acto jurídico: actuación humana con voluntad consciente y que produce efectos jurídicos. Manifestación de voluntad: donde la AAPP resuelve y pone fin al procedimiento administrativo; pero esta manifestación puede ser de deseo, de juicio, de conocimiento con efectos jurídicos. Realizado por la AAPP: aun así, hay actuaciones de otras entidades equiparables con el acto administrativo (por ejemplo, ciertos actos de un concesionario) o órganos constitucionales ( Parlamento en actividades internas de carácter materialmente administrativo, impugnable delante de la jurisdicción contenciosa al sancionar a un parlamentario) o del Gobierno ; que no es AAPP, y en principio no dicta actos administrativos, los tribunales se van metiendo poco a poco porque interesa que a veces algunos actos estén controlados por los tribunales pero con cierta prudencia, por que estas decisiones deben de ser libres. Realizado con arreglo al Derecho Administrativo: a veces la AAPP puede actuar sometida al Derecho Privado, y en estos supuestos no habrá acto administrativo. TIPOS DE ACTOS ADMINISTRATIVOS: Según su contenido normativo Según su carácter de acto jurídico: o Acto administrativo o Acto jurídico: norma
o Acto subjetivo: dirigido a un sujeto concreto que crea, modifica o extingue una relación individual. o Acto condición: decisión administrativa que atribuye a una persona concreta, no una relación individual, sino una relación general que integra una persona a una relación jurídica, se integra a una persona dentro de un acto jurídico general (por ejemplo, nombramiento de un funcionario). o Actos jurisdiccionales: (por ejemplo, cuando se resuelve un conflicto entre el particular y la administración o un concurso).
o Expreso: hay una declaración de voluntad. o Presunto: no hay declaración de voluntad (silencio administrativo). o Tácito: la conducta administrativa se puede deducir una manifestación de voluntad. o Singular: una sola persona (por ejemplo, sanción). o Plural: varias personas (por ejemplo, adjudicación de becas a 10 personas). o General: dirigido a un numero indeterminado de personas (por ejemplo, convocatoria de oposiciones). Según quien lo dicte: o Acto simple: se dicta por una sola persona o órgano; dictado por un órgano unipersonal (delegado del Gobierno). o Actos compuestos: dictados por órganos colegiados, por el Consejo de Ministros, aunque es un órgano colegiado será simple porque es un solo órgano; o Actos compartidos: firmados por dos órganos diferentes (2 ministros).
o Actos delegados: debe de constar la orden de delegación; ya que si no se es competente, pero se dicta un acto se debe de dejar constancia de que se realiza mediante delegación y no por competencia propia. Según la forma de manifestación del acto (art 36 LPAC): o Acto administrativo escrito: la ley quiere que se haga por escrito. o Acto administrativo verbal: puede existir como excepción con la condición de que el órgano deje constancia por escrito de esta orden. o Acto administrativo mímico: por ejemplo, ordenación de trafico de la Guardia Urbana. Según el control jurisdiccional por parte de la AAPP y tribunales contenciosos: o Actos de tramite: se dictan dentro de un procedimiento administrativo y van llevando hacia la resolución. No son impugnables en principio, se quiere que se espere al final y ya se impugnará porque no hay nada decisivo; pero, tanto el art 25 LJCA como el art 112 LPAC, hay algunos que se pueden impugnar , que son los trámites cualificados. Cualificados: oposiciones; art 25 LJCA y 112 LPAC, se pueden impugnar. o Actos resolutorios o definitivo: pone fin al procedimiento. o Actos que ponen fin a la vía administrativa: no causa estado o no agota la vía; determina que recurso se puede interponer, que es el recurso de reposición o ir a la contenciosa directamente, no es obligatorio. 114 LPAC, pero el art 24 L 40/ establece que puede proponer la recusación, pero si no se acepta no puede recurrir. Cataluña: art 75 L 26/2010; dice los que ponen fin a la vía administrativa. Local: art 52 LBRL. GARANTÍA: la AAPP esta obligada en la notificación a poner un pie de recurso diciéndonos cual debemos de interponer, pero si se equivoca, la AAPP subsanará el defecto. o Actos que ponen no ponen fin a la vía administrativa: ponen fin al procedimiento administrativo; pero cabe recurso de alzada ante el superior jerárquico, y es obligatorio y no puede ir a la vía judicial si no lo interpongo dentro del terminio. o Acto firme: como regla general no es susceptible de recurso. Se puede interponer un recurso excepcional, es susceptible a través del recurso de revisión (EXCEPCIÓN). Se convierte en firme: Ha pasado el plazo de interposición del recurso Desestimación del recurso: no cabe interponer otro porque es definitivo. Se puede diferenciar entre: Acto firme en vía administrativa: he interpuesto el recurso y me lo desestiman, y no puede interponer otro recurso, pero no es firme en vía jurisdiccional, solo en vía administrativa; puedo recurrir en vía judicial. 2 meses para interponer recurso en sede judicial. Acto firme en vía judicial: cuando te desestiman el recurso y es firme en vía administrativa, se acude a la vía judicial, y si se vuelve a desestimar, es firme también en vía judicial. FERMESA ABSOLUTA. Según la sujeción al derecho administrativo:
Forma de producir del acto: procedimiento administrativo. Forma de exteriorizar del acto MOTIVACIÓN DE LOS ACTOS Art 35 LPAC: Notificación SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN (ART 117 LPAC) Es pot suspendre a traves de diversos mecanismes.
- Sempre que impugno un acte administratiu puc demanar la suspensió de l’eficàcia de l’acte? ‘’En via de recurs (art 117): _La regla general es que la interposició de qualsevol recurs, excepte en els casos en què una disposició estableixi el contrari, no suspèn l’execució de l’acte impugnat.
_1. Previa valoración circunstanciada de todos los intereses en conflicto, la medida cautelar podrá acordarse ú nicamente cuando la ejecución del acto o la aplicación de la disposición pudieran hacer perder su finalidad legítima al recurso.