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Las fuentes normativas de la regulación legal de la contabilidad en España, incluyendo el Código de Comercio, la Ley de Sociedades de Capital, el Plan General de Contabilidad y adaptaciones sectoriales, resoluciones del ICAC, la Ley de Auditoría de Cuentas y el resto de legislación mercantil relevante. Además, se describe la estructura del Plan General de Contabilidad, dividido en cinco partes: marco conceptual, normas de registro y valoración, cuentas anuales, cuadro de cuentas y definiciones y relaciones contables.
Tipo: Resúmenes
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Fuentes normativas de la regulación legal de la Contabilidad
Marco Conceptual y Principios Contables La primera parte del Plan desarrolla el marco conceptual de la contabilidad, de obligado cumplimiento. Supone el conjunto de fundamentos, principios y conceptos básicos cuyo cumplimiento conduce, en un proceso lógico deductivo al reconocimiento y valoración de los elementos de las cuentas anuales. Dicho marco conceptual consagra el objetivo de utilidad de la información financiera, en aras a la adecuada toma de decisiones de orden económico por sus destinatarios. Dicha utilidad se sustenta fundamentalmente en el concepto de imagen fiel. Así, el marco conceptual contable dispone que las cuentas anuales de una empresa han de estar formadas por el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto (ECPN), el estado de flujos de efectivo (EFE) y la memoria. Estos documentos forman una unidad. No obstante, el ECPN y el EFE no serán obligatorios para las empresas que puedan formular balance y memoria abreviados Conjunto de elementos estructurales y fundamentos contables que deben estar presente en la elaboración de la información contable Incluye:
Principios contables:
Prudencia. Se deberá ser prudente en las estimaciones y valoraciones a realizar en condiciones de incertidumbre. La prudencia no justifica que la valoración de los elementos patrimoniales no responda a la imagen fiel que deben reflejar las cuentas anuales. Asimismo, con carácter general, únicamente se contabilizarán los beneficios obtenidos hasta la fecha de cierre del ejercicio. Por el contrario, se deberán tener en cuenta todos los riesgos, con origen en el ejercicio o en otro anterior, tan pronto sean conocidos, incluso si sólo se conocieran entre la fecha de cierre de las cuentas anuales y la fecha en que éstas se formulen. En tales casos se dará cumplida información en la memoria, sin perjuicio de su reflejo, cuando se haya generado un pasivo y un gasto, en otros documentos integrantes de las cuentas anuales. Excepcionalmente, si los riesgos se conocieran entre la formulación y antes de la aprobación de las cuentas anuales y afectaran de forma muy significativa a la imagen fiel, las cuentas anuales deberán ser reformuladas. Deberán tenerse en cuenta las amortizaciones y correcciones de valor por deterioro de los activos, tanto si el ejercicio se salda con beneficio como con pérdida. No compensación. Salvo que una norma disponga de forma expresa lo contrario, no podrán compensarse las partidas del activo y del pasivo o las de gastos e ingresos, y se valorarán separadamente los elementos integrantes de las cuentas anuales. Importancia relativa. Se admitirá la no aplicación estricta de algunos de los principios y criterios contables cuando la importancia relativa en términos cuantitativos o cualitativos de la variación que tal hecho produzca sea escasamente significativa y, en consecuencia, no altere la expresión de la imagen fiel. Las partidas o importes cuya importancia relativa sea escasamente significativa podrán aparecer agrupados con otros de similar naturaleza o función. Los elementos que, cuando cumplan los criterios de reconocimiento, se registran en el balance, son:
Cuentas anuales La tercera parte del Plan se refiere a las cuentas anuales, apareciendo la posibilidad por parte de las empresas de presentar las cuentas anuales en su modelo normal o abreviado, éstas últimas muy similares a las previstas por el PGC de PYMES, de acuerdo con límites máximos permitidos, y que se fijan para presentar formatos abreviados, ligándose a las cifras del total activo del balance de situación, de la cifra de negocios y del número de empleados durante el ejercicio económico. El balance recoge los elementos que componen el patrimonio empresarial, dividido en activo patrimonio neto y pasivo, todo ello referido a un momento concreto de tiempo, generalmente, el cierre. El primero recoge todos los bienes y derechos propiedad de la empresa, y el segundo las fuentes de financiación, propias o ajenas. La ordenación de masas patrimoniales del balance se hace para el activo de menor a mayor grado de liquidez, y para el patrimonio neto y pasivo de menor a mayor grado de exigibilidad. La cuenta de pérdidas y ganancias recoge, como se ha indicado, las ventas e ingresos, las compras y los gastos por naturaleza estableciendo por sucesivas diferencias algebraicas diferentes niveles de resultados, que son, principal o básicamente:
Grupo 7 Ventas e ingresos GRUPO 1: FINANCIACIÓN BÁSICA Comprende el patrimonio neto y la financiación ajena a largo plazo de la empresa, destinados en general a financiar el activo no corriente y a cubrir un margen razonable del corriente; incluye también situaciones transitorias de financiación. Subgrupos
a1) Por las ventas realizadas, con abono a cuentas del subgrupo 70. a2) Por los envases y embalajes cargados en factura a los clientes con facultad de su devolución por éstos, con abono a la cuenta 437. a3) En su caso, para reflejar el ingreso financiero devengado, con abono, generalmente, a la cuenta
b) Se abonará: b1) Por la formalización del crédito en efectos de giro aceptados por el cliente, con cargo a la cuenta 431. b2) Por la cancelación total o parcial de las deudas de los clientes o la cesión en firme de los derechos de cobro a terceros, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57. b3) Por su clasificación como clientes de dudoso cobro, con cargo a la cuenta 436. b4) Por la parte que resultara definitiva mente incobrable, con cargo a la cuenta 650. b5) Por los «rappels» que correspondan a clientes, con cargo a la cuenta 709. b6) Por los descuentos, no incluidos en factura, que se concedan a los clientes por pronto pago, con cargo a la cuenta 706. b7) Por las devoluciones de ventas, con cargo a la cuenta 708. b8) Por los envases devueltos por clientes que fueron cargados a éstos en factura y enviados con facultad de devolución, con cargo a la cuenta 437. b9) Por la cesión, de los derechos de cobro en operaciones de «factoring» en las que la empresa continua reteniendo sustancialmente los riesgos y beneficios, con cargo a la cuenta 432. GRUPO 5 CUENTAS FINANCIERAS Instrumentos financieros por operaciones no comerciales, es decir, por operaciones ajenas al tráfico cuyo vencimiento, enajenación o realización se espera habrá de producirse en un plazo no superior a un año y medios líquidos disponibles.