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Crítica al Intervencionismo Político: Desde el Estado Feudal al Neocapitalismo - Prof. Gal, Resúmenes de Derecho Administrativo

Este capítulo analiza la evolución del intervencionismo del estado desde el feudalismo hasta el neocapitalismo, examinando cómo las administraciones estatales y los entes públicos han condicionado la vida de los sujetos privados. Se abordan temas como la creación de estados, la división de poderes, la formación de clases sociales y la transformación del estado en una entidad de derecho social.

Tipo: Resúmenes

2014/2015

Subido el 21/01/2015

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CAPÍTULO 1
1.CRÍTICA DEL INTERVENCIONISMO POLÍTICO
Centro de gravedad de cuestiones políticas del campo constitucional al administrativo.
Desde 1987 el intervencionismo del Estado se iba ampliando en países civilizados, se
multiplicaban los servicios públicos. La primera estatalización se da en los servicios
postales (Estados de régimen burgués en el siglo XIX, no existía la garantía del secreto
postal. Los parlamentos estatilizaron el servicio por el principio de igualdad y de
libertad. Los entes teatrales y los entes de patronato son nanciados por el Estado. El
intervencionismo es la ordenación requerida por los interesados.
En todo ordenamiento jurídico general y particular existen instituciones gestionadas
por los poderes públicos que condicionan la vida de los sujetos privados. El valor
ideológico-político se reere a una limitación de las libertades por el intervencionismo
político.
2. MARCO DE REFERENCIA
La Administración estatal es el corazón de lo público de un aparato administrativo.
Dentro de esta se encuentran:
a)la administraciones internacionales
b)las supraestatales compuestos por elementos no estatales como las asociaciones
culturales (UNESCO).
c)comunitarios (Comunidad Económica Europea).
d) representativos de grupos territoriales (Inglaterra y países bajo su dominio), están
condicionados por la administración del Estado.
e) partidos políticos: verdaderos y propios poderes públicos cooperan en el Estado y
en otros entes públicos.
f) asociaciones profesionales como las asociaciones sindicales y no sindicales.
El Estado es el centro político en una constelación de entes políticos y administrativos.
CAPÍTULO 2
1. LAS ADMINISTRACIONES COMO APARATOS, LAS ADMINISTRACIONES HASTA
PRINCIPIOS.
Los ordenamientos jurídicos se caracterizan por tener una organización propia
(ejemplo:la religión).
Los ordenamientos mayores de la antigüedad se originaron por la distribución del
agua en los ríos Nilo, Tigris y Eufrates.
Con la aparición de los municipios y principados: aparece la formación de cuerpos
burocráticos permanentes.
2. ADMINISTRACIONES ESTATALES HASTA EL SIGLO XVIII
Los ordenamientos jurídicos territoriales generales son los Estados con cuerpo
permanente (Burócratas).
Países como Francia,Inglaterra y España luchan entre la Corona y los señoríos locales.
Los Estados gestionan los arsenales militares. Las administraciones se encargan de la
administración patrimonial-bienes públicos y privados de la Corona.
Con la formación de Estados se llega a la unidad monetaria. La recepción de tributos
a concesionarios.
La función principal del siglo XVIII es la división horizontal de las atribuciones. En este
siglo, el Estado da el salto al absolutismo (los administradores y lósofos-políticos
reformistas que suavizan la tensión entre el poder central y el local.
El estado debe ocuparse de cualquier cosa que afecte al ciudadano (se llama Estado
de bienestar).
El soporte cultural consistente existe gracias a lósofos e historiadores del
pensamiento. Aparece la ilustración, que es el modelo constitucional de Montesquieu.
Se crean nuevas ciencias como son: la economía política (en Inglaterra, contribuye a la
aparición del empirismo político), la cameralista (Alemania, relacionado con las
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CAPÍTULO 1

1.CRÍTICA DEL INTERVENCIONISMO POLÍTICO

Centro de gravedad de cuestiones políticas del campo constitucional al administrativo. Desde 1987 el intervencionismo del Estado se iba ampliando en países civilizados, se multiplicaban los servicios públicos. La primera estatalización se da en los servicios postales (Estados de régimen burgués en el siglo XIX, no existía la garantía del secreto postal. Los parlamentos estatilizaron el servicio por el principio de igualdad y de libertad. Los entes teatrales y los entes de patronato son financiados por el Estado. El intervencionismo es la ordenación requerida por los interesados. En todo ordenamiento jurídico general y particular existen instituciones gestionadas por los poderes públicos que condicionan la vida de los sujetos privados. El valor ideológico-político se refiere a una limitación de las libertades por el intervencionismo político.

2. MARCO DE REFERENCIA

La Administración estatal es el corazón de lo público de un aparato administrativo. Dentro de esta se encuentran: a)la administraciones internacionales b)las supraestatales compuestos por elementos no estatales como las asociaciones culturales (UNESCO). c)comunitarios (Comunidad Económica Europea). d) representativos de grupos territoriales (Inglaterra y países bajo su dominio), están condicionados por la administración del Estado. e) partidos políticos: verdaderos y propios poderes públicos cooperan en el Estado y en otros entes públicos. f) asociaciones profesionales como las asociaciones sindicales y no sindicales.

El Estado es el centro político en una constelación de entes políticos y administrativos.

CAPÍTULO 2

1. LAS ADMINISTRACIONES COMO APARATOS, LAS ADMINISTRACIONES HASTA

PRINCIPIOS.

Los ordenamientos jurídicos se caracterizan por tener una organización propia (ejemplo:la religión). Los ordenamientos mayores de la antigüedad se originaron por la distribución del agua en los ríos Nilo, Tigris y Eufrates. Con la aparición de los municipios y principados: aparece la formación de cuerpos burocráticos permanentes.

2. ADMINISTRACIONES ESTATALES HASTA EL SIGLO XVIII

Los ordenamientos jurídicos territoriales generales son los Estados con cuerpo permanente (Burócratas). Países como Francia,Inglaterra y España luchan entre la Corona y los señoríos locales. Los Estados gestionan los arsenales militares. Las administraciones se encargan de la administración patrimonial-bienes públicos y privados de la Corona. Con la formación de Estados se llega a la unidad monetaria. La recepción de tributos a concesionarios. La función principal del siglo XVIII es la división horizontal de las atribuciones. En este siglo, el Estado da el salto al absolutismo (los administradores y filósofos-políticos reformistas que suavizan la tensión entre el poder central y el local. El estado debe ocuparse de cualquier cosa que afecte al ciudadano (se llama Estado de bienestar). El soporte cultural consistente existe gracias a filósofos e historiadores del pensamiento. Aparece la ilustración, que es el modelo constitucional de Montesquieu. Se crean nuevas ciencias como son: la economía política (en Inglaterra, contribuye a la aparición del empirismo político), la cameralista (Alemania, relacionado con las

fianzas) y la ciencia de la política (como administrar los bienes del Estado).

3. EL ESTADO COMO CLASE ÚNICA DEL SIGLO XIX

El Estado democrático de clase única se divide en Estado burgués (liberalismo político) y en Estado liberal (liberalismo económico). Existe una organización del pueblo, una soberanía al pueblo, este es llamado a elegir a sus representantes en el Parlamento (órganos centrales del Estado, controlan los gobiernos)- representan a la clase burguesa. Las mujeres en esta época no tienen derecho a voto. Los órganos administrativos y políticos están ligados por la Administración del Gobierno. Tanto en la Administración estatal como en la Administración del Gobierno existe una división de poderes. En esta época no existen todavía los partidos políticos (existen meras organizaciones territoriales), las asociaciones profesionales están prohibidas, los Estados de clase única se suprimen. Las Administraciones locales son la única administración pública que tiene poder político-hace lo que le corresponde al gobierno. La evolución industrial se convierte en revolución tecnológica.

4. LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA EN EL ESTADO DE CLASE ÚNICA.

La ideología de absolutización del principio de libre iniciativa tienen dos valores: la libertad de empresa y los obstáculos de la libertad iniciativa económica, esto implica una abstención a los poderes públicos: -fueron liquidados inmensos patrimonios de tierra que los Estados habían tomado como patrimonios que no eran privados de la Corona. -desmontados las empresas en mano pública, locales y estatales. -prohibida ayuda política a la empresa privada.

El ferrocarril es un bien productivo para particulares, su instalación en esta época fue destinada para fines militares y más tarde se crearon las naves a vapor. Los productos como el trigo y el arroz bajaron el precio y ocasiono que muchos grupos agrarios acudieran al Parlamento a reclamar por estar afectados por esa bajada de precios, también pedían introducir aranceles. En la ilustración todos los ideólogos del liberalismo (su pensamiento era que con hombres instruidos se vive mejor que con analfabetos y existía la motivación anticlerical. Se comienza a crear escuelas y las universidades son cada vez más importantes para los jóvenes. En sanidad se crean leyes de vigilancia higiénica y existen enfermedades como el cólera y la malaria. Corresponde al Estado las actividades de potestad exterior, la defensa y la jurisdicción. El estado de clase única es el capitalista (por excelencia).

5. EL ESTADO DE CLASE ÚNICA: LA REFLEXIÓN DE LA CIENCIA

El cameralismo se transformó en nueva ciencia de las fianzas (su inicio se da en Alemania). Renacen las ciencias empresariales y se pagan las administrativas,estas últimas renacen después de la 2 guerra mundial. La creación normativa se da en dos ámbitos: en la aplicación de los principios constitucionales (ingleses y americanos) y el desarrollo libre del legislador ordinario (las leyes no están expresas y existe en Europa continental. El derecho administrativo en sus inicios era descriptivo-formativo. Es la primera vez que existen los derechos frente a los derechos del Estado, el Estado es un ente público que actúa como fuente de la norma jurídica (está limitado por el principio de legalidad).

El Estado de pluralidad de clases es el Estado democrático por excelencia. Suficiente que exista el poder de elección de los regidores para que pueda decir que existe una forma democrática. El Estado de derecho: en la esfera jurídica de los ciudadanos asignados al poder público mediante la ley. El Estado contemporáneo desarrolla actividades constituidas por servicios públicos.

2. ESTADO ASISTENCIAL DE BIENESTAR, NEOCAPITALISTA

El ordenamiento estatal con administraciones que son dirigidos a todos, sin hacer distinción es lo que se conoce como Estado asistencial de bienestar. El Estado de bienestar anteriormente se decía que era un Estado de <>. El Estado neocapitalista se caracteriza por:1. Presencia de monopolios empresariales que dominan a los Estados, 2. presencia de la empresa privada en el contexto del producto social. Ya no es posible la explotación de la mano de obra (goza de sanción penal), están prohibidos los monopolios. El Estado burgués es un Estado capitalista. Los Estados socialistas atraviesan momentos de crisis mayores que los Estados de pluralidad de clases.

3. LOS ESTADOS SOCIALISTAS

La ideología socialista elaboró teorías sociológicas y politológicas. Las características son: liberación del hombre respecto a la explotación y sometimiento, igual dignidad de todos los obres y posesión de derechos y libertades, participan en el poder político. Era una alternativa al Estado burgués de clase única. No existe libertad de la persona ni de manifestación del pensamiento. Las empresas son organizaciones con personalidad jurídica, pueden ser: federales, de los estados miembros y locales. Está formado por bienes aportados por el Estado y por los que la empresa haya adquirido. Cada empresa tiene un capital fijo, un fondo de reservas y está obligada a entregar los libros de balances de cada ejercicio, están sujetos a una dirección política.

CAPÍTULO V LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

1. LAS ACTIVIDADES DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS HASTA EL ESTADO DE

PLURALIDAD DE CLASES.

Cualquier figura subjetiva de este mundo realiza actividades administrativas, aunque, por lo general, no tienen relevancia jurídica propia. Los antecesores pensaban que la actividad de la administración era siempre jurídicamente relevante. Las administraciones actúan tanto como actividades de derecho público como actividades de derecho privado. Los poderes públicos ostentan potestades que se manifiestan en actos de autoridad, estos actos de autoridad son actos restrictivos de libertad personal, imposiciones tributarias,actos de gravamen sobre bienes o imposición de servicios personales obligatorios. En las relaciones no autoritarias, los poderes públicos son personas jurídicas de civil derecho. En los países de Europa continental, las administraciones públicas continúan utilizando incluso muy ampliamente, el derecho privado para todo lo que no sean actividades autoritarias de derecho administrativo. Hacia la mitad del siglo pasado, el Estado no podía actuar nada más que como autoridad. Existen dos innovaciones en la legislación: 1. contratos de administraciones mayores, se introdujo el instituto de la transferencia pública que tenía dos procedimientos: a)deliberación de contratar(autoridad sometida a control) y b)control posterior y 2. obligaciones de las administraciones públicas.

2. LA ACTIVIDAD DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS EN EL ESTADO DE

PLURALIDAD DE CLASES.

A nivel organizativo se crean administraciones públicas que funcionan en el ámbito del derecho privado o bien no adoptan resoluciones administrativas (entes públicos económicos) o las adoptan de forma especial (empresas de autónomos del Estado y de otros entes). La constitución de un ordenamiento sectorial es la institución más perfecta para la dirección y el control político.

3. LA APERTURA DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.

La modificación del procedimiento administrativo está abierto a cualquier sujeto portador de intereses, otro acontecimiento es el aumento de los módulos convencionales que se utilizan para el desarrollo de actividades administrativas. La figura más conocida de este siglo es el convenio de asignación de un servicio público a una empresa privada. Otras figuras son: los acuerdos procedimentales y acuerdos complementarios. Los primeros son una expresión de conformidad sobre el contenido decisional de resoluciones administrativas en fase instructora y el segundo es el que la Administración exige a fin de que se emane una resolución.

5. LAS PLANIFICACIONES

Es una técnica de actuación administrativa de larga duración referidas a los hechos.

6. MIRANDO HACIA EL FUTURO.

El modelo es un Estado de pluralidad de clases, funciona su el pluralismo es limitado. Los problemas que conlleva son: político(toma de conciencia de los políticos) y el pluralismo.