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Segundo comentario de texto que pide el profesor en sistemas jurídicos contemporáneos
Tipo: Ejercicios
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Esther Montero Cabrera
Este fragmento en concreto pertenece a una obra de Alger de Lieja. Alger de Lieja fue un sacerdote y erudito del siglo XII que tuvo una gran influencia en la Edad Media. El autor vivió y estudió en la ciudad belga de Lieja, fue el primer diácono y erudito de la iglesia de San Bartolomé y posteriormente fue nombrado como canónigo en la Catedral de San Lamberto .Finalmente se retiró al monasterio de Cluny donde murió. El texto ante los que nos encontramos forman parte de su obra “De Misericordia et justicia” una colección de extractos bíblicos y dichos de los Padres de la Iglesia que se consagró como una obra muy importante para la historia de la ley y la disciplina de la iglesia. Los Padres de la Iglesia, también llamados Santos Padres, son un grupo de sacerdotes, teólogos y escritores eclesiásticos cristianos, cuyo conjunto de doctrina es considerado testimonio de la fe y de la ortodoxia en el cristianismo. Por desgracia, muchas de sus obras se han perdido, entre las más importantes que han llegado hasta nuestros días podemos destacar: “Historia De la Iglesia de Lieja”, “De Sacramentis Corporis et Sanguinis Domini”, “De Gratia et Libero Arbitrio” entre otras. Este siglo esta marcado por el Gran Cisma de la Iglesia, que rompe su unidad y divide al cristianismo entre la Iglesia católica en Occidente y la Iglesia ortodoxa en Oriente, fue el resultado de un largo período de distanciamiento progresivo teológico y político entre las dos ramas eclesiales que subsiste hasta la actualidad. Este primer fragmento se presenta como un prefacio, es decir un texto de introducción. El tema central del mismo es la pretensión del autor es dotar de una unidad a estos
preceptos estableciendo la intención o interpretación que se debe hacer de los mismos, para que todos puedan aplicarlos de manera uniforme. Lo que se podría denominar como un intento de armonización y aclaración de los preceptos canónicos. Como explica en las primeras líneas, las disputas religiosas que caracterizaron al siglo XII generaron confusión entre la gente que pretendía aplicar las reglas canónicas debido a las malas interpretaciones que realizaban de las mismas. En el centro de ese intento de armonizar las reglas canónicas, nos presenta un posible conflicto entre las que abogan por la misericordia y las que abogan por la justicia. Para garantizar que su aplicación sea la correcta no se puede perder de vista el “espíritu canónico” de la regla, de tal manera que ni la misericordia debe impedir que se haga justicia, ni la justicia debe impedir que se sea misericordioso. Además, el autor nos presenta un segundo problema, ¿cómo adaptamos estas normas a la diversidad de las personas y el devenir de los tiempos? Alger de Lieja enfatiza en la necesidad de adaptar las normas y las sanciones según las circunstancias del caso concreto ya que no es lo mismo un hereje que un pecador, ni un sujeto sencillo que un prelado. Suma al digesto El siguiente texto pertenece a la obra “Suma al Digesto” de Hugolino. Hugolino de Gualdo Cattaneo fue un ermitaño y abad agustino italiano, venerado como beato por la Iglesia Católica y es conmemorado el 1 de enero. Nació en la primera mitad del siglo XIII ingreso en la orden agustiniana y ordenó construir un convento en Gualdo Cattaneo, murió el 1 de enero de 1260. Formaba parte de la Escuela de Glosadores que recogieron y compilaron en el Corpus Iuris Civiles las fuentes del Derecho con el objetivo de proporcionar unidad. Se trató de un nuevo método de enseñanza que comenzó a desarrollarse a finales del siglo XI en la Universidad de Bolonia. Su obra trata de ser una explicación del Digesto, es una compilación de las obras jurídicas, de los jurisconsultos romanos, se trata de una obra de jurisprudencia clásica que fue publicada en el año 533 por el emperador bizantino Justiniano.
La lección oral en Bolonia. Aquilino Iglesia Ferreirós nace en Pontevedra el 25 de mayo de 1941. Es un catedrático de Historia del Derecho en varias universidades (Extremadura, Málaga, Granada, Barcelona) experto medievalista y discípulo de Alfonso Otero. En 1996 fundó la revista histórico-jurídica Initium. El texto pertenece a su obra “ La creación del Derecho. Una historia de la formación de un derecho estatal español ” publicada en 1987. Entre sus otras obras destacan “ Cataluña medieval ” y “ Liber usaticorum barchinone.Pródromos para una edición sinóptica”. El texto nos presenta una explicación de como se llevan a cabo las lecciones orales en la Escuela de Bolonia. El autor nos explica que se realizaban siguiendo 7 pasos, de los cuales los tres primeros trataban de facilitar a los alumnos la comprensión de los textos de derecho romano-justiniano. En los últimos 4 escalones se llevaba a cabo una labor constructiva basada en la discusión del contenido jurídico estudiado. La lección comenzaba con una breve explicación o introducción al título que comprendía la ley o el fragmento jurídico objeto de estudio. Posteriormente, se extraía el contenido esencial de las leyes. La tercera fase era la lectura del texto por parte del profesor que introducía las aclaraciones necesarias para su compresión. A continuación, se recopilaban de la compilación justiniana, aquellos lugares que comprendían los mismos principios y los que comprendían principios opuestos, para tratar de resolver dichas contradicciones. Una vez hecho esto, se reconfiguraba los principios jurídicos que se identificaban ene le texto. La última fase que culminaba con la labor docente era el planteamiento de cuestiones jurídicas, previamente se realizaban la formulación de distinciones. Esa última fase muchas veces se realizaba ya fuera de la lección, con la finalidad de habituar a los estudiantes en las soluciones de los casos, esta fase se denominaba la “disputatio”.