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Asignatura: Instituciones de la Union Europea, Profesor: irene blazquez, Carrera: Derecho, Universidad: UAM
Tipo: Apuntes
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INSTITUCIONES DE LA UNIÓN EUROPEA SEMINARIO 6 CURSO 2011-
TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE: PROCEDIMIENTO Cuestionario
1) ¿Es el procedimiento ante el TJ y el TG único?
2) Señale las diferencias entre el procedimiento aplicable en los casos de recursos directos y en los supuestos de cuestiones prejudiciales.
Con respecto a la fase escrita del proceso judicial, los recursos directos se inician con el escrito de interposición de la demanda, notificado al demandado para que presente el escrito de contestación. Los litigantes pueden completar ambos escritos con una réplica del demandante y duplica del demandado. En cuanto a los procesos prejudiciales inicia con la remisión de la resolución del Órgano jurisdiccional nacional que plantea la cuestión prejudicial. No tiene carácter contradictorio y las partes que pueden intervenir en el procedimiento disponen de un plan improrrogable de dos meses a partir de la notificación de la resolución.
3) ¿En qué consiste la fase escrita? ¿Y la oral?
La fase escrita consiste en la notificación las partes así como las instituciones de la unión cuyos actos se impugnan, de las demandas, alegaciones, contestaciones y observaciones así como de cualquier otra pieza o documento de apoyo o de sus copias certificadas con formas. La fase oral consiste en una lectura del informe presentado por el juez ponente, audiencia por el tribunal de justicia de los agentes, asesores y abogados y las conclusiones del Abogado general y, si da lugar, el examen de testigos y peritos.
4) ¿En qué consiste la intervención de terceros? ¿Quién puede intervenir y en qué casos? ¿Cabe la intervención de terceros en las cuestiones prejudiciales? ¿Y en el control previo de conformidad con los Tratados de los acuerdos internacionales que se propone celebrar la UE?
Consiste en la posibilidad de que un tercero que no sea parte en un asunto sometido al TJUE intervenga en el mismo en apoyo de las pretensiones de una de las partes. Pueden intervenir los estados miembros e instituciones de la ue en todo tipo de litigios. Los órganos u organismos dé la ue y los particulares tienen que demostrar interesen la solución del litigio (aunque no pueden intervenir).
No procede la intervención en el caso de cuestiones prejudiciales pero si la presentación de observaciones escritas por parte de las partes en el litigio, los estados miembros, la comisión y las instituciones y otros órganos organismos. Los estados parte en el acuerdo sobre el espacio económico europeo, distintos de los ee.mm, y el órgano de vigilancia de la AELC previsto por dicho acuerdo, podrán intervenir como coadyuvantes en los litigios sometidos al tribunal de justicia cuando estos se refieran a uno de los ámbitos de aplicación del referido acuerdo.
5) ¿Cuál es la función de las Conclusiones del Abogado General?
Presentar públicamente con total imparcialidad e independencia conclusiones motivadas para cada asunto.
6) ¿Cuándo actúan el TJ y el TG en pleno o en otras formaciones? Señale qué formaciones existen en cada tribunal.
En el TJ actúa en pleno solo para determinados asuntos como por ejemplo el cese de un comisario o cuando ante asuntos que revisten una importancia excepcional, el TJ decida la atribución al pleno. Actúa en sala por formación ordinaria. Actúa en Gran Sala cuando lo solicite un ee.mm o una institución de la ue parte del proceso
En el TG actúa en pleno en asuntos cuya atribución este justificada por su importancia, la dificultad de las cuestiones de derecho que se plantean o las circunstancias particulares.
Actuara en sala por formación ordinaria. Actuara como Gran Sala por un asunto cuando la dificultad de las cuestiones de derecho o la importancia del asunto o las circunstancias particulares lo justifiquen. Como organo unipersonal cuando se presten a ello y asi lo decidan por unanimidad los miembros de la sala.
7) ¿Cómo se adoptan las sentencias del TJ y del TG? ¿Qué valor tienen? ¿Qué efecto diría que tiene sobre las sentencias del TJ y del TG la inexistencia de votos particulares?
Las sentencias son la resolución normal que resuelve los procesos ante el TJ.
Todo comienza con la deliberación de los jueces que se puede iniciar de diferentes formas. En los casos de coincidencia con la solución propuesta con el abogado general lo normal es la elaboración por parte del ponente de un proyecto de sentencia que somete a los demas jueces de la formación. En otros casos se inician con una nota de introducción a la deliberación.