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seminari 2 dret constitucional, Apuntes de Derecho Constitucional

Asignatura: Dret Constitucional I, Profesor: Victor Ferreres, Carrera: Dret, Universidad: UPF

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 09/11/2017

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helen09-1 🇪🇸

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SEMINARI 2. DRET CONSTITUCIONAL
Que algo esté relacionado con el texto constitucional eso significa que tendrá el mismo sentido
de artículos de la CE.
Reservar una ley orgánica significa otorgarle más importancia. La ley orgánica solo se aprueba
con la mayoría absoluta del Congreso.
La ley orgánica sobre el régimen electoral es la ley 5/85. (LOREG Ley Orgánica sobre el
Régimen Electoral General).
El texto de la CE es de 1978.
¿COMO SE PUDO REALIZAR LA CE SIN TENER UNA LOREG PREVIA?
Una razón porque no se realizó una LOREG previa fue la transición política del régimen al
ordenamiento político del estado democrático. Hay una ley del reglamento la cual indica como
se celebrará el texto constitucional la fuente del derecho, que sirve para celebrar estas
elecciones es el Real Decreto del 20/77, es una fuente preconstitucional. La LOREG entonces es
un ordenamiento postconstitucional.
El legislador en la época lo que quería era seguir modificando el RDL 20/77, hasta que se llego
a la Ley Suprema.
La regla es que se apruebe una ley sobre el régimen electoral general y no ir modificando el
RDL 20/77, ya que esta llegara a ser competible a la ley. Por eso se realizo la ley organica post
constitucional, sota el régimen electoral general. Para que se pudieran celebrar unas elecciones,
son fruto del consenso.
El sistema electoral en realidad hace: ESTADO DEMOCRATICO, EL QUE TIENE
LEGITIMACIÓN DIRECTA
Los sistemas electorales suelen perseguir tres tipos de objetivos:
La representividad, ser representativos, es decir, que las personas que escojamos
realmente sea nuestro representante.
Esto significa:
1. Tendrán que actuar dentro del marco constitucional. Si se quiere cambiar el marco
constitucional se tendrá que modificar la Constitución establece.
2. Actuar según el método parlamentario, donde la mayoría a través de la votación.
Prevé un previo debate donde todo el mundo puede discutir su opinión.
3. Prohibir el mandato imperativo. No tienen que obedecer a una voluntad externa a la
propia a través del debate o la discusión. No tienen porque responder de manera
directa a sus electores, es decir, a los partidos políticos. Los parlamentarios no están
directamente vinculados a los partidos.
La estabilidad del gobierno. Uno de los objetivos del sistema electoral es garantizarnos
estabilidad al gobierno porque nos hallamos en un sistema parlamentario. Si
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SEMINARI 2. DRET CONSTITUCIONAL

Que algo esté relacionado con el texto constitucional eso significa que tendrá el mismo sentido de artículos de la CE.

Reservar una ley orgánica significa otorgarle más importancia. La ley orgánica solo se aprueba con la mayoría absoluta del Congreso.

La ley orgánica sobre el régimen electoral es la ley 5/85. (LOREG Ley Orgánica sobre el Régimen Electoral General).

El texto de la CE es de 1978.

¿COMO SE PUDO REALIZAR LA CE SIN TENER UNA LOREG PREVIA?

Una razón porque no se realizó una LOREG previa fue la transición política del régimen al ordenamiento político del estado democrático. Hay una ley del reglamento la cual indica como se celebrará el texto constitucional la fuente del derecho, que sirve para celebrar estas elecciones es el Real Decreto del 20/77, es una fuente preconstitucional. La LOREG entonces es un ordenamiento postconstitucional.

El legislador en la época lo que quería era seguir modificando el RDL 20/77, hasta que se llego a la Ley Suprema.

La regla es que se apruebe una ley sobre el régimen electoral general y no ir modificando el RDL 20/77, ya que esta llegara a ser competible a la ley. Por eso se realizo la ley organica post constitucional, sota el régimen electoral general. Para que se pudieran celebrar unas elecciones, son fruto del consenso.

El sistema electoral en realidad hace: ESTADO DEMOCRATICO, EL QUE TIENE LEGITIMACIÓN DIRECTA

Los sistemas electorales suelen perseguir tres tipos de objetivos:

  • La representividad, ser representativos, es decir, que las personas que escojamos realmente sea nuestro representante.

Esto significa:

  1. Tendrán que actuar dentro del marco constitucional. Si se quiere cambiar el marco constitucional se tendrá que modificar la Constitución establece.
  2. Actuar según el método parlamentario, donde la mayoría a través de la votación. Prevé un previo debate donde todo el mundo puede discutir su opinión.
  3. Prohibir el mandato imperativo. No tienen que obedecer a una voluntad externa a la propia a través del debate o la discusión. No tienen porque responder de manera directa a sus electores, es decir, a los partidos políticos. Los parlamentarios no están directamente vinculados a los partidos.
  • La estabilidad del gobierno. Uno de los objetivos del sistema electoral es garantizarnos estabilidad al gobierno porque nos hallamos en un sistema parlamentario. Si

estuviéramos en un sistema presidencial ( unas elecciones más para elegir al presidente a parte del partido, mientras que en las parlamentarias se escoge solo el partido, hay relación de confianza entre cameras y el presidente).

  • Legitimidad de las instituciones. Si el sistema parlamentario es electivo, las instituciones que obtenemos serán legitimas, permite que los órganos sean representativos de la sociedad.

SISTEMA ELECTORAL

  • Papeletas, que me encuentro escrito en la papeleta cuando voy a votar?

Listas cerradas y bloqueadas, es decir no se pueden ni añadir ni suprimir los sujetos escogidos a votar. En el Senado el voto es individual.

  • La circunscripción electoral equivale a la provincia porque daba estabilidad al sistema, porque permitia partidos con representación territorial, no permetia que ciertas personas influyeran en el voto, es decir, la compraventa del voto. Era una unidad administrativa previa a la Constitución. Gerry Manderry, lo que implicava era circunscripciones. No había manera de dibujar las circunscripciones para que salga elegida un cierto candidato. En el sistema parlamentario hay que ganar la circunscripción en totalidad, quien tiene más votos se lleva TODO. Existen las minorías étnicas, las cuales se concentran en ciertas partes del territorio, que es lo que quería Gerry Manderry que los indígenas elegieran a alguien concreto, defendía las minorías étnicas, graantizaba que no hubieran practicas clienterales en la minoría.
  • Barreras: barrera legal =3% de los votos que se expresan en la circunscripción
  • (^) Formula electoral: son mayoritarias o proporcionales.

La fórmula electoral del progreso es proporcional. Aplicamos la barrera legal i se realiza una división. En un lado son clasificados los escaños y en el otro los partidos. Si solo hay 3 escaños pues se otorga al número total de votos dividido, es decir, al cociente electoral más alto. El problema de estas fórmulas es que el resultado da restos. En el Congreso de los Diputados obtenemos una fórmula que es electoral proporcional. Los efectos distorsivos de esta circunstancia son que los votos en Soria comparado con Madrid son muy pequeños. EL sufragio siempre será universal, libre, directo y secreto. Por ejemplo, si en Soria se necesitan 20 votos, en Madrid se necesitarán 40 votos para elegir un diputado. MI voto debe valer lo mismo en todos los sitios, pero en este caso, mi voto valdrá más que en Madrid, ya que en Soria se necesita menos votos que valgan más, cosa que hace mi voto sea más mayor que en Madrid.

Si redujéramos a 1 el número de escaños que tiene cada provincia, no solo las terceras y cuartas fuerzas tendrían más escaños podrían mejorar sus cameras.

Tener una única circunscripción con la barrera electoral se obtendría mucha más estabilidad y la relación entre el elector y el representante sería mucho más lejana y habrían consecuencias negativas en la responsabilidad política.