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Asignatura: Institucions basiques del Dret Administratiu, Profesor: ----- -----, Carrera: Dret, Universidad: UPF
Tipo: Apuntes
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A. Objectius
L’objectiu principal d’aquest treball és fer-vos posar en pràctica les competències avaluables de l’assignatura. En aquest exercici heu de treballar la vostra capacitat d’anàlisi i de síntesi, l’argumentació jurídica i la capacitat de gestió de la informació, així com desenvolupareu l’aprenentatge autònom.
Quant al contingut de la pràctica, aquesta es centra en l’anàlisi dels conceptes estudiats als temes 7, 8 i 9 de l’assignatura, concretament en l’acte administratiu, el procediment i els recursos administratius.
B. Instruccions, materials i normativa aplicable:
C. Enunciat i preguntes 1 :
El propietari, de nacionalitat britànica, d’un immoble té la intenció de presentar una sol·licitud de subvenció per a la rehabilitació d’una casa de quatre plantes, després de llegir la preceptiva convocatòria al Butlletí Oficial de la Província (publicada el 17 de gener i que té un termini de presentació de 3 mesos), davant de l’Ajuntament convocant.
L’enunciat diu que la preceptiva convocatòria es publica al Butlletí Oficial de la
Província, que es publica el 17 de gener i té un termini de presentació de 3 mesos, per tant per saber el dia concret on finalitza el termini per presentar la sol·licitud cal consultar la “Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.” En concret el capítol II de terminis i places, article 30 sobre el còmput de places on sol necessitarem els apartats següents:
“Artículo 30.- Cómputo de plazos. [...]
1 Cas adaptat de VVAA. Dret Administratiu I: Casos pràctics i materials docents. Atelier: 2008.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.
[…]
En aquest cas podem veure que compleix els requisits “a” i “c”, per tant aquest funcionari s’haurà d’abstenir i haurà de ser substituït per un altre.
Seguint l’article 22 podem afirmar que el termini de resolució es podria suspendre,
l’article diu el següent:
“Artículo 22.- Suspensión del plazo máximo para resolver.
los interesados, y la recepción del informe, que igualmente deberá ser comunicada a los mismos. Este plazo de suspensión no podrá exceder en ningún caso de tres meses. En caso de no recibirse el informe en el plazo indicado, proseguirá el procedimiento.
e) Cuando deban realizarse pruebas técnicas o análisis contradictorios o dirimentes propuestos por los interesados, durante el tiempo necesario para la incorporación de los resultados al expediente.
f) Cuando se inicien negociaciones con vistas a la conclusión de un pacto o convenio en los términos previstos en el artículo 86 de esta Ley, desde la declaración formal al respecto y hasta la conclusión sin efecto, en su caso, de las referidas negociaciones, que se constatará mediante declaración formulada por la Administración o los interesados.
g) Cuando para la resolución del procedimiento sea indispensable la obtención de un previo pronunciamiento por parte de un órgano jurisdiccional, desde el momento en que se solicita, lo que habrá de comunicarse a los interesados, hasta que la Administración tenga constancia del mismo, lo que también deberá serles comunicado.
a) Cuando una Administración Pública requiera a otra para que anule o revise un acto que entienda que es ilegal y que constituya la base para el que la primera haya de dictar en el ámbito de sus competencias, en el supuesto al que se refiere el apartado 5 del artículo 39 de esta Ley, desde que se realiza el requerimiento hasta que se atienda o, en su caso, se resuelva el recurso interpuesto ante la jurisdicción contencioso administrativa. Deberá ser comunicado a los interesados tanto la realización del requerimiento, como su cumplimiento o, en su caso, la resolución del correspondiente recurso contencioso-administrativo.
b) Cuando el órgano competente para resolver decida realizar alguna actuación complementaria de las previstas en el artículo 87, desde el momento en que se notifique a los interesados el acuerdo motivado del inicio de las actuaciones hasta que se produzca su terminación.
c) Cuando los interesados promuevan la recusación en cualquier momento de la tramitación de un procedimiento, desde que ésta se plantee hasta que sea resuelta por el superior jerárquico del recusado.”
La llicència d’obres és el permís que s’ha de sol·licitar a l’administració local per realitzar qualsevol tipus de construcció en edificis, locals, solars. Existeixen unes
normes generals sobre aquest concepte en la Llei d’Urbanisme, són els ajuntaments els que qualifiquen el tipus d’obres i els permisos. A Catalunya, existeixen tres tipus.
En primer lloc trobem les obres majors, les que afecten a l’estructura de l’habitatge, per exemple, construir una nova planta o canviar l’ús principal de l’edifici. En aquest cas cal un règim de llicència que consisteix en presentar un projecte firmat per un tècnic
Per respondre aquesta pregunta farem referència a la mateixa llei però a l’article 32 que diu el següent:
“Artículo 32.- Ampliación.
Segons l’article 41 en termes generals totes les decisions de l’administració poden ser emeses en format electrònic excepte en els casos següents:
[---] a) Cuando la notificación se realice con ocasión de la comparecencia espontánea del interesado o su representante en las oficinas de asistencia en materia de registro y solicite la comunicación o notificación personal en ese momento. b) Cuando para asegurar la eficacia de la actuación administrativa resulte necesario practicar la notificación por entrega directa de un empleado público de la Administración notificante. A part d’això l’article continua dient: “Con independencia del medio utilizado, las notificaciones serán válidas siempre que permitan tener constancia de su envío o puesta a disposición, de la recepción o acceso por el interesado o su representante, de sus fechas y horas, del contenido íntegro, y de la identidad fidedigna del remitente y destinatario de la misma. La acreditación de la notificación efectuada se incorporará al expediente. Los interesados que no estén obligados a recibir notificaciones electrónicas, podrán decidir y comunicar en cualquier momento a la Administración Pública, mediante los
modelos normalizados que se establezcan al efecto, que las notificaciones sucesivas se practiquen o dejen de practicarse por medios electrónicos. Reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de practicar electrónicamente las notificaciones para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. Adicionalmente, el interesado podrá identificar un dispositivo electrónico y/o una dirección de correo electrónico que servirán para el envío de los avisos regulados en este artículo, pero no para la práctica de notificaciones.”
El procediment que ha de seguir el propietari en via administrativa es pot oposar a la decisió fent referència al capítol segon que tracta dels recursos administratius, en la
secció primera i en concret en l’article 112 que diu el següent:
“ Artículo 112.- Objeto y clases.