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Resumen del libro de Ignacio Álvarez Rodríguez
Tipo: Resúmenes
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La democracia directa (asamblearia) tuvo su origen en Grecia en el siglo V. Es un modelo basado en la participación directa en el ágora publica de los hombres libres. No existía la más mínima noción de derecho fundamental. Aquella sociedad era muy pequeña por lo que tomar decisiones no era difícil. Hoy en día todos los países apuestan por una democracia representativa, basada en ideas de autores como Locke, debido a que las sociedades son tan numerosas y conflictivas que en una democracia se exigen procesos limpios para elegir a los gobernantes, estos conformarán la institución representativa que será el parlamento, haciendo posible que se manifieste esa voluntad general. El pueblo en si no tiene ni puede tener voluntad, sino que es la suma de un conjunto de opiniones que van en todas direcciones. Por eso es necesario una representación.
2. EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN POLÍTICA Nuestra constitución plasma el principio de representación política en varios artículos: 1.2 CE → “La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del estado” 23.1 CE → “Los ciudadanos tienen el derecho de participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal” 66.1 CE → “Las cortes generales representan al pueblo español y están formadas por el congreso de los diputados y el senado” 67.2 CE → “Los miembros de las cortes generales no estarán ligados por mandato imperativo” Nuestra Constitución no prohíbe ni descarta el uso de técnicas de democracia directa, pero las entiende como un complemento a la democracia representativa. Para que nuestros diputados puedan llevar a cabo su función representativa se deben suministra las herramientas pertinentes: Mediadores que canalicen la oferta electoral, que den propuestas, programas, ideas, es decir, es necesario partidos políticos; Transformar las preferencias individuales (votos) en puestos representativos (escaños), es decir, un sistema electoral; Mecanismos que traduzcan la voluntad de millones de personas en una voluntad política operativa, es decir, un Parlamento; Mecanismos, procedimientos, procesos, normas que respeten los derechos individuales más elementales, es decir, un **procedimiento donde se hagan valer las garantías electorales.