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Tema 6 Policia cientifica, Apuntes de Derecho Penal

tema 6 pasado a word de polciia cientifica de la UV

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 18/06/2021

aliaga98
aliaga98 🇪🇸

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TEMA 9: RESEÑA POLICIAL
RESEÑA DE DETENIDOS. PROTOCOLO DE IDENTIFICACIÓN DE DETENIDOS
Garantizar que toda persona encartada en un atestado policial esté plenamente identificada
desde el momento de su detención hasta su comparecencia en el juicio oral tanto en la fase
policial como en la judicial, y en la ejecución de la sentencia, sin que pueda existir la menor
duda sobre la identidad.
REGULACIÓN
LECr
Título V.- De la comprobación del delito y averiguación del delincuente.
Capítulo III.- De la identidad del delincuente y sus circunstancias personales.
Artículo 368.
Cuantos dirijan cargo a determinada persona debern reconocerla judicialmente, si el Juez
instructor, los acusadores o el mismo inculpado concept8an fundamentalmente precisa la
diligencia para la identificación de este 8ltimo, con relación a los designantes, a fin de que no
ofrezca duda quién es la persona a que aquellos se refieren.
Artículo 373.
Si se originase alguna duda sobre la identidad del procesado, se procurar acreditar sta por
cuantos medios fueren conducentes al objeto.
Artículo 374.
El Juez har9 constar, con la minuciosidad posible, las seas personales del procesado, a fin de
que la diligencia pueda servir de prueba de su identidad.
¿CUÁNDO SE ORIGINAN DUDAS?
Indocumentados
Portador de documentos falsos
Documentos con dudas sobre su autenticidad
IMPORTANCIA DEL PROTOCOLO DEIDENTIFICACIÓN DE DETENIDOS P.I.D.
Relación entre:
Detenido y atestado policial
Detenido y bases de datos policiales
Datos biogr9ficos y características físicas individualizadoras
Relacionar falsas identidades usadas por un mismo individuo.
Garantizar al juez la identidad del procesado.
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TEMA 9: RESEÑA POLICIAL

RESEÑA DE DETENIDOS. PROTOCOLO DE IDENTIFICACIÓN DE DETENIDOS

Garantizar que toda persona encartada en un atestado policial esté plenamente identificada desde el momento de su detención hasta su comparecencia en el juicio oral tanto en la fase policial como en la judicial, y en la ejecución de la sentencia, sin que pueda existir la menor duda sobre la identidad. REGULACIÓN LECr Título V.- De la comprobación del delito y averiguación del delincuente. Capítulo III.- De la identidad del delincuente y sus circunstancias personales. Artículo 368. Cuantos dirijan cargo a determinada persona deberán reconocerla judicialmente , si el Juez instructor, los acusadores o el mismo inculpado conceptúan fundamentalmente precisa la diligencia para la identificación de este ú ltimo, con relación a los designantes, a fin de que no ofrezca duda quién es la persona a que aquellos se refieren. Artículo 373. Si se originase alguna duda sobre la identidad del procesado, se procurará acreditar é sta por cuantos medios fueren conducentes al objeto. Artículo 374. El Juez hará constar, con la minuciosidad posible, las señas personales del procesado, a fin de que la diligencia pueda servir de prueba de su identidad. ¿CUÁNDO SE ORIGINAN DUDAS?  Indocumentados  Portador de documentos falsos  Documentos con dudas sobre su autenticidad IMPORTANCIA DEL PROTOCOLO DEIDENTIFICACIÓN DE DETENIDOS P.I.D. Relación entre:

  • Detenido y atestado policial
  • Detenido y bases de datos policiales
  • Datos biográficos y características físicas individualizadoras Relacionar falsas identidades usadas por un mismo individuo. Garantizar al juez la identidad del procesado.

FASES:

  • Detenido y atestado policial. POR QUIEN EFECTÚA LA DETENCIÓN EN LA INSTRUCCIÓN DE DILIGENCIAS
  • Detenido y las bases de datos policiales. POR POLICIA CIENTÍFICA.
  • Garantizar al JUEZ INSTRUCTOR DEL PROCEDIMIENTO , en cualquier momento.
  • El sentado en el banquillo es el mismo: JUICIO ORAL.
  • Quien entra en la cárcel es el mismo: E JECUCIÓN.
  1. Primer eslabón: Instructor del atestado. Con colaboración de quien efectúa la detención.
  2. Segundo eslabón: Policía Científica relaciona la persona detenida con las bases de datos.
  3. Tercer eslabón: Comprobación por Policía Científica en el acto del juicio oral.
  4. Cuarto eslabón: Colaboración de Policía Científica. Sólo para mayores de edad. SE TOMAN IMPRESIONES DACTILARES DE:
  • INDICE DERECHO
  • INDICE IZQUIERDO. *RD 1553/2005, modificado por el RD 869/2013, por el que se regula la expedición del DNI.- Art 5.3.- “En el momento de la solicitud, al interesado se le recogerán las impresiones dactilares de los dedos índices de ambas manos. Si no fuere posible obtener la impresión dactilar de alguno de los dedos o de ambos, se sustituirá, en relación con la mano que corresponda, por otro dedo según el siguiente orden de prelación: medio, anular o pulgar; consignándose, en el lugar del soporte destinado a tal fin, el dedo utilizado, o la imposibilidad de obtener alguno de ellos. RESEÑA POLICIAL Asociación de datos biográficos con datos biométricos, mediante las herramientas y procesos adecuados: Reseña Biográfica  Fecha de instrucción del atestado y motivo de la detención.  Nombre y apellidos.  Fecha y lugar de nacimiento.
  • Nombre de los padres.  Número de DNI o Pasaporte.  Número de Ordinal Informático. o Número de cliséfotográfico.  Lugar de la reseña  Otros datos asociados. Reseña Lofoscópica Se realiza:
  • Decadactilar
  • Quirograma
  • Huella del escritor Puede ser: