

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Asignatura: derecho constitucional, Profesor: , Carrera: Grado en Maestro de Educación Infantil para Técnico Superior en Educación Infantil, Universidad: UAX
Tipo: Apuntes
1 / 2
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!


2. c. Posesion en nombre propio y en nombre ajeno:
Segun el articulo 431 Cc “la posesion se ejerce en las cosas o en los derechos por la misma persona que los tiene y los disfruta o por otr en su nombre.”
El poseedor en nombre ajeno es aquel que actua en virtud de una relacion juridica de mandato, apoderamiento o servicios respecto de otro y por consiguiente posee en calidad de gestor, representante o instrumento de la posesion ajena.
El poseedor en nombre propio es quien posee por si y para si, sin servirse de gestor, representante o dependiente.
En el caso de la posesion por representante existe un unico poseedor, que es el representado. Lo que sucede es que este desempeña su posesion a traves de la actuacion del representante, el cual carece de autonomia para ejercitar el derecho poseido. El representante no es un poseedor, su actuacion se imputa a la esfera juridica de la persona en cuyo nombre actua.
Servidor de la posesion, es aquel sujeto que aparee en situaciones de contacto fisico con una cosa, pero actuando en el marco de una relacion juridica de jerarquia que le obliga a seguir las instrucciones del sujeto al qe sirve, a proposito de la cosa y su posesion (trabajador dependiente de una empresa). Al ser un instrumento al servicios de la posesion del dueño, el servidor de la posesion no dispone de acciones de defensa judiciales, las cuales quedan atribuidas a su principal.
2.d. Posesion mediata e inmediata:
El poseedor inmediato conserva y disfruta de la cosa cuyo dominio pertenece a otro (que es el poseedor mediato), el cual tiene el derecho de recuperar la cosa en el momento oportuno. Por ejemplo, el propietario que da en arrendamiento la finca es poseedor mediato mientras que el arrendatario seria un poseedor inmediato.
2.e. Posesion de buena fe y mala fe:
la buena fe del poseedor consiste en la ignorancia aerca de la falta de plena eficcia del negocio de adquisicion del dereho poseido, o lo que es igual. La conviccion de haber adquirido sin irregularidades la titularidad del derecho que se esta ejerciendo. A la posesion de buena fe se hace referencia en el codigo en los articulos 433 CC y 1950 CC:
2.f. Posesion viciosa y no viciosa:
Conforme al articulo 441 Cc queda vedad la adquisición violenta de la posesion. El articulo 444 Cc dice que no afectan a la posesion los actos violentos, los clandestinos y los tolerados. Por su parte, en el articulo 1941 Cc se señala que la posesion ad usucapionem ha de ser, publica (no
clandestina) y pacifica (no violenta). El articulo 1942 Cc añade que tampoco vañe