

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Este documento contiene la disposición legal sobre la formación y funcionamiento de los grupos parlamentarios en el congreso de los diputados de españa. Detalla los requisitos para constituirse en un grupo parlamentario, el proceso de constitución, los derechos de los grupos y las disposiciones transitorias. Además, se incluyen contactos para obtener más información.
Tipo: Ejercicios
1 / 2
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!


Current affairs Press room Congress TV Members Groups Bodies Information Publications Catalog Initiatives Speeches History and rules Official edition International Activity Documentary services European Union Front - Español - Web Map - Links
History and Rules / Constitution and Rules / Standing Orders of the Congress Back TITULO PRELIMINAR. De la sesión constitutiva del Congreso (Arts. 1-5) TITULO I. Del Estatuto de los Diputados (Arts. 6-22) TITULO II. De los Grupos Parlamentarios (Arts. 23-
TITULO III. De la Organización del Congreso (Arts. 30-60) TITULO IV. De las disposiciones generales de funcionamiento. (Arts. 61-
TITULO V. Del procedimiento legislativo (Arts. 108-150) TITULO VI. Del control sobre las disposiciones del Gobierno con fuerza de ley (Arts. 151-153) TITULO VII. Del otorgamiento de autorizaciones y otros actos del Congreso con eficacia jurídica directa (Arts. 154-169) TITULO VIII. Del otorgamiento y retirada de confianza (Arts. 170-179) TITULO IX. De las interpelaciones y preguntas (Arts. 180-192) TITULO X. De las proposiciones no de ley (Arts. 193-195) TITULO XI. Del examen y debate de comunicaciones, programas o planes del Gobierno y otros informes (Arts. 196-203) TITULO XII. De las propuestas de nombramiento y de la designación de personas (Arts. 204-206) TITULO XIII. De los asuntos en trámite a la terminación del mandato del Congreso de los Diputados (Art. 207) DISPOSICION DEROGATORIA DISPOSICIONES FINALES
Artículo 23
en Grupo Parlamentario los Diputados de una o varias formaciones políticas que, aun sin reunir dicho mínimo, hubieren obtenido un número de escaños no inferior a cinco y, al menos, el quince por ciento de los votos correspondientes a las circunscripciones en que hubieren presentado candidatura o el cinco por ciento de los emitidos en el conjunto de la Nación.
Tampoco podrán formar Grupo Parlamentario separado los Diputados que, al tiempo de las elecciones, pertenecieran a formaciones políticas que no se hayan enfrentado ante el electorado. Artículo 24
Congreso, mediante escrito dirigido a la Mesa de la Cámara. 2.En el mencionado escrito, que irá firmado por todos los que deseen constituir el Grupo, deberá constar la denominación de éste y los nombres de todos los miembros, de su portavoz y de los Diputados que eventualmente puedan sustituirle.
de ellos, mediante solicitud que, aceptada por el portavoz del Grupo a que pretenda asociarse, se dirija a la Mesa de la Cámara dentro del plazo señalado en el apartado 1 precedente.
como para fijar el número de Diputados de cada Grupo en las distintas Comisiones. Artículo 25 1.Los Diputados que, conforme a lo establecido en los artículos precedentes, no quedaran, integrados en un Grupo Parlamentario, en los plazos señalados, quedarán incorporados al Grupo Mixto.
Artículo 26 Los Diputados que adquieran su condición con posterioridad a la sesión constitutiva del Congreso deberán incorporarse a un Grupo Parlamentario dentro de los cinco días siguientes a dicha adquisición. Para que la incorporación pueda producirse, deberá constar la aceptación del portavoz del Grupo Parlamentario correspondiente. En caso contrario, quedarán incorporados al Grupo Parlamentario Mixto. Artículo 27
días de cada período de sesiones, siendo en todo caso aplicable lo dispuesto en el artículo anterior.
legislatura a un número inferior a la mitad del mínimo exigido para su constitución, el Grupo quedará disuelto y sus miembros pasarán automáticamente a formar parte de aquél. Artículo 28
con cargo a su Presupuesto, una subvención fija idéntica para todos y otra variable en función del número de Diputados de cada uno de ellos. Las cuantías se fijarán por la Mesa de la Cámara dentro de los límites de la correspondiente consignación presupuestaria.
anterior, que pondrán a disposición de la Mesa del Congreso siempre que ésta lo pida. Artículo 29 Todos los Grupos Parlamentarios, con las excepciones previstas en el presente Reglamento, gozan de idénticos derechos.
Congress C/Floridablanca s/n - 28071 - MADRID Legal notice Accesibility General information: Tel: 91 390 60 00 Fax: 91 429 87 07 Guided tours for groups: Tel: 91 390 65 25 / 26 Fax: 91 390 64 35 Information service Guided tours for groups Consultation by e-mail Register Schedule