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Servicios Sociales: Objetivos, Ramas y Prestaciones, Guías, Proyectos, Investigaciones de Biología evolutiva

Una visión general de los servicios sociales, sus objetivos primarios, las ramas que los integran y las prestaciones individualizadas que ofrece. Se abordan conceptos como el bienestar individual y social, la ayuda personal y la participación social. Además, se mencionan colectivos con necesidades especiales y la importancia de la colaboración entre las administraciones públicas.

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2012/2013

Subido el 29/05/2013

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JON AMIGOT RICO
ASIGNATURA
4º GRADO EN TRABAJO SOCIAL
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¡Descarga Servicios Sociales: Objetivos, Ramas y Prestaciones y más Guías, Proyectos, Investigaciones en PDF de Biología evolutiva solo en Docsity!

JON AMIGOT RICO ASIGNATURA

4º GRADO EN TRABAJO SOCIAL

INDICE

INTRODUCCIÓN Pág. PRÁCTICA 1 Pág. PRÁCTICA 2 Pág. PRÁCTICA 3 Pág. PRÁCTICA 4 Pág. PRÁCTICA 5 Pág. PRÁCTICA 6 Pág. PRÁCTICA 7 Pág. PRÁCTICA 8 Pág. PRÁCTICA VOLUNTARIA Pág. CONCLUSIONES Pág. AUTOEVALUACIÓN Pág.

Los servicios sociales son ubicables en el amplio sector de los servicios, en el que le acompañan otras ramas, sistemas o políticas:

  • Asistencia sanitaria
  • Servicios educativos
  • Protección social del trabajo
  • Política de rentas personales
  • Protección social de la vivienda
  • Servicios Sociales

La asistencia sanitaria es una de las que mayor cambio y desarrollo ha sufrido de estas seis ramas, y la vivienda (con el urbanismo), como recurso de alojamiento humano, es un factor importante en la salud. Cada una de estas actividades citadas tiene por sí misma mucha importancia, y su perímetro parece el propicio para el desarrollo de disciplinas técnicas y autónomas, así como para servir de guías en la gestión.

La asistencia sanitaria consta de un complejo socioeconómico con un gran volumen de actividad, de personal y de recursos materiales, al igual que la educación formal. Los servicios sociales no presentan una identidad fuerte y neta. Se asocian en parte a situaciones marginales y por otro lado, priman sus áreas sociales de actuación.

Para las personas que padecen pobreza y dependencia funcional y que carecen de apoyos familiares y otros de carácter informal, se plantea la demanda conjunta de prestaciones materiales y de apoyo material. En la etapa infantil y en situaciones de discapacidad grave, se dan crisis de salud que demandan una combinación de apoyos personales y de la atención sanitaria con carácter circunstancial.

Se presenta otro campo de demanda dual poco notorio, el del fracaso y/o conflicto en la escolarización obligatoria relacionado con circunstancias familiares. La acción relativa a las toxicomanías es compleja. La prevención es destinada a actuar tanto en la producción, como sobre la distribución y la demanda. La situación social que presenta una demanda más compleja de acciones es la de pobreza-marginación. Las personas afectadas por ella requieren con carácter urgente ayuda material o de subsistencia.

La conceptuación de los servicios sociales en términos de colectivos desfavorecidos o con necesidades especiales entraña el problema lógico de que no pocos individuos son parte de varios de aquellos. Una propuesta del autor para la identificación de colectivos de actuaciones concebidas:

  • Familia e infancia
  • Juventud
  • Envejecimiento
  • Discapacidad, incluyendo dependencia
  • Alcoholismo y drogadicción
  • Delincuencia y problemas conexos
  • Condiciones sexuales minoritarias
  • Minoridad étnica
  • Extranjería
  • (^) Pobreza y marginalidad
  • Desvalimiento personal y malestar emocional
  • Emergencias

En estados con políticas sociales avanzadas, la solución a la demanda de intervenciones integrales con recursos de diferentes ramas técnicas debe buscarse sin perjuicio del desarrollo de los servicios sociales como rama técnica especializada. La rama de los servicios sociales abarca los servicios sociales provistos por el sector público, junto a los que producen y distribuyen los sectores privados.

La contribución de los servicios sociales al bienestar individual y social es uno de los medios necesarios para el cumplimiento de este mandato (artículo 9.2 CE). El capítulo de principios rectores de la política social y económica contiene varias disposiciones que llevan a la acción pública en servicios sociales, como a otras ramas sociales, por supuesto.

Debido a las nuevas necesidades que han surgido en la sociedad española, con el paso de los años, ha ido evolucionando la forma de asistir a los más necesitados. Hemos pasado a un modelo en el cual el Estado tiene que proporcionar los recursos mínimos para que todo individuo goce de un mínimo de bienestar haciéndole protagonista de su proceso de crecimiento personal, mientras que el anterior modelo estaba basado en la caridad cristiana, en el cual se discriminaba a los más desfavorecidos por una población más compleja. En este aspecto, el trabajador social adquiere un papel muy importante como figura de acompañamiento y orientador proporcionando los recursos de los que la sociedad dispone en un momento determinado.

Para poder comprender cómo son los servicios sociales en nuestros días, vamos a repasar las instituciones y principales acontecimientos surgidos durante el siglo XX.

ORIGENES Y CONCEPTO DEL ESTADO DE BIENESTAR

Los diferentes aspectos de la vida social de la población de cada país ha sido dada por el modelo de Estado de Bienestar de cada uno. Se han realizado diversas actuaciones y medidas con el objetivo de satisfacer las necesidades de la población mejorando su bienestar colectivo e individual, y su nivel de vida.

No hay una fecha concreta sobre su origen. Numerosos autores sitúan su origen en las políticas sociales llevadas a cabo durante el tiempo de gobierno de Otto von Bismarck, como ejemplo está la ley del seguro de enfermedad y maternidad de 1983 o la ley de accidentes del trabajo de 1884. Algunos otros expertos en este campo, lo sitúan posterior a la Segunda Guerra Mundial, siendo esta construcción influida por las medidas sociales inglesas que se llevaron a cabo entre 1945 y 1948.

El Estado de Bienestar originariamente estuvo apoyado en el pensamiento económico Keynesiano que dominaba en el siglo XX.

La institucionalización de los llamados “derechos sociales” fue su principal aportación. Todo individuo por pertenecer a cualquier Estado tiene derecho de recibir una serie de prestaciones y servicios, que son esenciales para llevar una vida con mínima calidad de vida basándose en los pilares de educación, sanidad, sistema de pensiones y servicios sociales, etc.

España desarrolló un eficiente y fuerte sistema público de protección social, durante el siglo XX, creando de esta forma instituciones y leyes. El Estado de Bienestar está

viviendo una crisis en la que están apareciendo nuevos actores en la vida social, sobre todo privados, debido a la influencia del actual contexto socioeconómico del país.

Entre las medidas que impulsó, se encuentra el desarrollo de un Plan de Seguros Sociales que incluye, de manera obligatoria, las situaciones de enfermedad, invalidez y maternidad para las personas que, teniendo una de edad entre los 14 y 65 años, trabajaran por cuenta ajena y tuvieran unos salarios por debajo de seis mil pesetas anuales. (López Pena 1969:37).

LA CREACIÓN DEL MINISTERIO DE TRABAJO

En 1920, por el Real Decreto de 8 de mayo, fue creado el Ministerio de Trabajo bajo la influencia de la creación, por el Tratado de Versalles, de la Organización Internacional del Trabajo (en adelante OIT) un año antes.

A partir de esta fecha, la iniciativa social por parte de los patronos y obreros se ve absorbida por un creciente protagonismo de la nueva Administración, en todos los ámbitos. Los acontecimientos que surgieron en las primeras décadas del siglo XX vinieron a reforzar esta nueva estructura, así como la progresiva pérdida de participación en la vida social del IRS.

DE LA DICTADURA DE PRIMO DE RIVERA A LA INTERVENCIÓN SOCIAL

El Golpe de Estado que instauró el General Primo de Rivera se produjo en un contexto en el que la sociedad española sufría las consecuencias de los fracasos a nivel internacional y las duras condiciones que se daban en el interior de las fronteras españolas. Se estableció un sistema corporativo.” Lo corporativo significa una reacción antiliberal, un intento de sustituir la lucha de clases por una posible colaboración de las mismas, una tendencia al unitarismo sindical y una prohibición de la violencia y de la suspensión del trabajo como medio de resolver conflictos sociales” En 1926, se promulgó el texto básico de la Dictadura: El Decreto ley de Organización Corporativa Nacional de 26 de noviembre. Poco a poco, el corporativismo, a través de las medidas adoptadas, se extendió por todos los ámbitos de la sociedad española aunque, muchas de ellas no se llevaron a la práctica.

EFECTOS DE LA INTERNALIZACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1931

Con la proclamación de la II República en 1931, se manifestó la tendencia de internacionalización y constitucionalización de la cuestión social. En la Constitución de 1931 se establecen unas medidas para mejorar el bienestar de la sociedad española, estas son: derecho de asociación, establece la igualdad de sexos, la enseñanza primaria tiene carácter obligatorio, derecho a emigrar y múltiples medidas destinadas a mejorar las condiciones de trabajo. Por primera vez, se encuentra en un texto constitucional, directrices para abordar los problemas sociales.

En la práctica, no se llevaron a cabo todas estas medidas debido a la crisis económica de 1929 y a otra serie de medidas como fue la escasa duración de este régimen y la propia inestabilidad política dentro de la República.

LOS SERVICIOS SOCIALES EN LA ÉPOCA DEL FRANQUISMO

A lo largo de los años se desarrollaron y se establecieron importantes medidas sociales que influyeron de manera directa en el desarrollo de lo que hoy conocemos como servicios sociales. El periodo franquista tuvo tres importantes rasgos: la aparición de nuevas necesidades sociales, la heterogeneidad legal y administrativa vinculada a los servicios sociales y la coexistencia de distintas modalidades de actuación social.

CONCLUSIONES SACADAS

La Administración ha adquirido un papel cada vez mayor en los campos de protección y asistencia social a lo largo de todos estos años.

El contexto, político y económico ha cambiado durante estos años, circunstancias que han influido de manera importante en la vida de las personas, así en la aparición de nuevas necesidades y problemáticas. Como consecuencia de esta nueva situación, se ha visto necesario elaborar diferentes políticas y textos legales para plasmar las medidas adoptadas para revertir las situaciones de miseria y pobreza dadas en la sociedad española.

En la actualidad, nos enfrentamos a nuevos retos y situaciones que conllevarán la necesidad de establecer nuevos planes de actuaciones haciendo participe a todas las instituciones de índole público y privado.

PRACTICA 3

INTRODUCCIÓN

Esta práctica tiene como objeto el análisis de las Leyes sectoriales de ámbito nacional. Se atenderá a la contextualización socio-política de cada Ley, se hará un breve resumen de cada una y para finalizar se expondrá un comentario crítico destacando la importancia de las Leyes estudiadas en el fortalecimiento de la Política social y los Sistemas del bienestar.

  1. Contextualización sociopolítica de las leyes.
  • Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor. El 15 de enero de 1996, gobernaba el partido político de izquierdas PSOE, que era presidido por Felipe González Márquez en su cuarta legislatura.
  • Ley Orgánica 8/2000, sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España.La publicación de esta Ley Orgánica se dio bajo el gobierno conservador de José María Aznar López, líder del Partido Popular.
  • Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Esta ley proviene también del gobierno de José María Aznar López, al mando Partido Popular
  • Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.Nuevamente, cuando esta Ley fue instaurada, José María Aznar López continuaba al mando del gobierno con el Partido Popular.
  • Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. En 2004, José Luis Rodríguez Zapatero ascendió

a Presidente del Gobierno al frente del PSOE, para más tarde redactar esta ley contra la violencia de género.

  • (^) Ley Orgánica 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Fue en 2006 cuando José Luis Rodríguez Zapatero, continuando en su primera legislatura con el PSOE, presentó esta ley.
  • Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de Hombres y Mujeres. El Partido Socialista Obrero Español seguía gobernando con José Luis Rodríguez Zapatero a su cabeza.
  • Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de adopción internacional.Como en las tres leyes anteriores, José Luis Rodríguez Zapatero gobernaba el país en representación del Partido Socialista Obrero Español (PSOE).

2. RESUMEN DE LA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE CADA UNA DE LAS

LEYES.

  • Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.

La CE menciona la obligación de los Poderes Públicos de garantizar la protección social, económica y jurídica de la familia y, dentro de ésta, la de los menores.

Esta Ley refleja progresivamente una concepción de los menores de edad como sujetos activos, participativos y creativos, con la capacidad de modificar su propio medio personal y social, de participar en la búsqueda y satisfacción de sus necesidades y las de los demás. Se debe promover la autonomía de estos menores como sujetos para garantizar judicial y jurídicamente la protección de la infancia. También se ha recogido expresamente en la ley el derecho de participación de los menores. La Ley regula los principios generales de actuación frente a situaciones de desprotección social.

Se establece la obligación de toda persona que detecte una situación de riesgo o posible desamparo de un menor, de prestarle auxilio inmediato y de comunicar el hecho a la

Esta ley aborda esa problemática de una manera más flexible y adecuada a la realidad social actual. Se han introducido algunos criterios cualitativos para clasificar a las familias: la condición de minusválido, renta familiar per cápita y el hecho de los partos, adopciones o acogimientos múltiples. Se prevé un régimen de derechos de preferencia en diversos ámbitos, entre otros, el acceso a becas y ayudas, admisión en centros educativos o a viviendas protegidas, exenciones y bonificaciones en tasas y precios en materia de educación, transporte o acceso a bienes y servicios culturales, etc.

  • Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

La aparición de nuevos enfoques y estrategias y la persistencia en la sociedad de desigualdades ante el fenómeno de la discapacidad justifican esta ley. La ley 51/2003 defiende una participación más activa de estas personas en la comunidad. Se recoge el compromiso de desarrollar la normativa básica de equiparación. Esta ley promueve medidas de sensibilización, de fomento del desarrollo tecnológico y fondos para el desarrollo conjunto con otras Administraciones de planes estatales de accesibilidad y de no discriminación.

Se legitima a las personas jurídicas que estén legalmente habilitadas para la defensa de los derechos e intereses legítimos colectivos para que puedan intervenir en procesos en nombre del demandante y con su consentimiento.

  • Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

En su artículo 15, la CE el derecho de todos a la vida y a la integridad física y moral, sin que en ningún caso puedan ser sometidos a torturas ni a penas o tratos inhumanos o degradantes, y los poderes públicos no pueden ser ajenos a este derecho y deben responder ante estos hechos contundentemente a la violencia de género Constitución.

La Ley pretende atender a las recomendaciones de los organismos internacionales, abarca tanto los aspectos preventivos, educativos, sociales, asistenciales y de atención posterior a las víctimas, como la normativa civil que incide en el ámbito familiar o de convivencia donde principalmente se producen las agresiones, así como el principio de subsidiariedad en las Administraciones Públicas, se establecen además medidas de sensibilización e intervención en al ámbito educativo y proporciona una respuesta legal integral que abarca tanto las normas procesales, creando nuevas instancias, como normas sustantivas penales y civiles. Plantea medidas en los centros de educación secundaria, en el campo de la publicidad, en el ámbito sanitario. Se reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita en procedimientos, relacionados con la violencia de género y se establecen medidas de protección en el ámbito social.

  • Ley Orgánica 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Esta ley busca atender las necesidades de aquellas personas que requieren apoyos para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria, alcanzar una mayor autonomía personal y poder ejercer plenamente sus derechos de ciudadanía. Se trata de configurar un nuevo desarrollo de los servicios sociales del país que amplíe y complemente la acción protectora de este sistema, potenciando el compromiso de todos los poderes públicos en promover y dotar los recursos necesarios para hacer efectivo un sistema de servicios sociales de calidad, garantistas y plenamente universales.

Esta Ley regula la promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Se organiza en 3 niveles y establece un nivel mínimo de protección, definido y garantizado financieramente por la Administración General del Estado. Se trata de desarrollar un modelo innovador, integrado, basado en la cooperación interadministrativa y en el respeto a las competencias. La Ley se estructura en un título preliminar, un título primero con cinco capítulos, un título segundo con cinco capítulos, un título tercero, dieciséis disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias y nueve disposiciones finales.

3. COMENTARIO CRÍTICO

Todas las leyes que se han analizado versaban sobre problemáticas sociales que aún siguen existiendo hoy día. Tanto las leyes propuestas por el Partido Popular como las del Partido Socialista Obrero Español buscan proteger los intereses de los colectivos más vulnerables e intentar gestionar los recursos disponibles de una forma óptima para proteger los derechos fundamentales y constitucionales de todo hombre y mujer.Si bien es cierto, poco a poco la población está comenzando a concienciarse y a sensibilizarse con los colectivos tradicionalmente más vulnerables y más atacados. La sociedad en la que vivimos, la población que la conforma, comprende cada día más y mejor que las desigualdades sociales y los infortunios son indiscriminatorios, y sumándole a ello las nefastas condiciones económicas, laborales y sociales que aún perviven desde el inicio de la crisis, allá en 2008, se enciende quizás con más intensidad la llama de la solidaridad entre la mayoría.

Vivimos en tiempos en los que la clase política y las administraciones públicas están más que nunca en tela de juicio, por lo que se exige más y mejores resultados de ellas. Mientras aumenten las desigualdades sociales y la desprotección hacia los colectivos con mayor vulnerabilidad, no se conseguirá mayor cosa que desintegrar la consolidada clase media que existía en nuestro país, aumentar el número de personas excluidas o en riesgo de exclusión, y aumentar el poder y la distancia socio-económica que poseen las personas más ricas e influyentes frente a las clases trabajadoras. Si bien es cierto que tiempo atrás la discriminación hacia mujeres, discapacitados, inmigrantes o menores estaba fuertemente instaurada y en algunos casos incluso institucionalizada, hoy día se han superado muchas barreras y retos que impedían hacer efectiva y real esa ansiada igualdad de oportunidades que por derecho intrínseco a la vida tiene toda persona, aunque el concepto de igualdad aun sea por lo pronto una utopía.

“Todos los hombres nacen iguales, pero es la última vez que lo son." Abraham Lincoln

PRACTICA 4

Ley 7 /2009, de 22 de diciembre, de Servicios Sociales de La Rioja.

Según el artículo 8 del Estatuto de Autonomía de La Rioja se le atribuye: la competencia exclusiva en servicios sociales y en asistencia, desarrollo comunitario, la promoción e integración de los discapacitados, tercera edad, emigrantes y demás grupos sociales con necesidad especial de protección, y protección y tutela de menores.

Debido a la previsión del Estatuto de Autonomía de La Rioja, que asumió como competencia exclusiva la asistencia y bienestar social, el resto de competencias producidas en esta materia se unificó en un único departamento.

Se ha impulsado la introducción de nuevos modelos de atención en los servicios sociales gracias a los cambios sociales que la sociedad riojana ha experimentado en los últimos años. Algunos de estos cambios han sido la incorporación masiva de la mujer al mercado laboral, los nuevos modelos de familias, el incremento en casos de violencia doméstica y de género y el aumento de situaciones de dependencia, unidos a factores como el crecimiento de la población, el aumento de la inmigración y el envejecimiento poblacional, hacen que los ciudadanos exijan una mayor presencia de modelos de gestión basados en la calidad.

La unión de todos estos elementos impulsa el desarrollo de modelos de atención transversal con orientación a dar respuestas integradoras. Se cambia del enfoque sectorial, basado en criterios como discapacidad, edad o sexo, a otro enfoque en el que el del modelo son las características de la situación. Esto da lugar a una más personalizada atención y más ajustada a las necesidades de cada individuo en particular. Toda esta integración pone de manifiesto la gran necesidad de un mayor orden y precisión técnico-conceptual.