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Este documento analiza la cuestión de la autodeterminación de cataluña en el marco de la historia internacional y española. Se discute el significado de la autodeterminación, su aplicabilidad a cataluña y el derecho a decidir. Se examinan las leyes españolas relevantes y se concluye que la independencia de cataluña no es viable según las leyes de autodeterminación.
Tipo: Ejercicios
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Después de la II Guerra Mundial se produce el proceso de descolonización, los países sometidos pasaron a ser territorios independientes. Al principio la ONU solamente se compromete a ayudar a los territorios ha desarrollarse social, política, cultural y económicamente. La resolución 1514 del 14 de diciembre de 1960, finalmente, reconoce que todos los pueblos tienen derecho a la libre determinación. Esta afirmación, que puede ser fácilmente confundida, solamente se refiere a los pueblos y países coloniales. En 1961 la asamblea general crea un comité especial para la aplicación de la declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, conocido como el comité de los Veinticuatro. Este comité hoy en día está obsoleto.
Existe una vía que afecta a los territorios no coloniales, que no pueden disfrutar del derecho de autodeterminación o determinación externa. Consiste en que ese territorio forme un Estado dentro de ese Estado (Plurinacionalidad), en el que se reconocen la particularidad de ese territorio y se respeta, ya sea por singularidad étnica, idioma, etc. Sin embargo, no se contempla el derecho a la secesión. Así que para que estos territorios se puedan independizar ha de ser de manera bilateral de acuerdo con el Estado al que pertenecen y en ningún caso se acepta una separación unilateral como la que se propuso en el Parlament.
Como hemos visto anteriormente, el Derecho de Autodeterminación se le concede a los pueblos que estaban bajo el dominio de las grandes potencias que durante la segunda mitad del siglo XIX y hasta el final de la II Guerra Mundial se habían repartido el mundo, en el movimiento denominado como “colonialismo”. Como se explicó en la segunda diapositiva, Cataluña jamás fue una colonia, de hecho no fue nunca independiente dentro de España, puesto que pertenecían a la corona de Aragón desde 1137. Por tanto, podemos decir que Cataluña no tiene este derecho a la Autodeterminación del que tanto hablan para justificar “el procés”. Respecto a la segunda vía, no es posible la independencia unilateral, de acuerdo con las leyes internacionales que si reconocen la posibilidad de independencia bilateral. Pero en el caso de Cataluña, el Parlament trató por todos los medios declarar una independencia sin el apoyo del Estado y, por tanto, en contra de las leyes internacionales.
En virtud de las leyes de autodeterminación, la independencia de Cataluña es inviable, debido a que Cataluña nunca ha sido un pueblo colonial y tampoco cabe la posibilidad de la autodeterminación por la vía de la represión, debido a que Cataluña tiene los mismos derechos que el resto de regiones en la actualidad, pero ¿pudo pedir la independencia en tiempos de la dictadura?