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VICIOS DE LA VOLUNTAD, Diapositivas de Derecho Civil

VICIOS DE LA VOLUNTAD - ACTO JURÍDICO - UCV SEMANA 12

Tipo: Diapositivas

2022/2023

A la venta desde 25/07/2023

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(ACTO JURÍDICO)
SESIÓN N° 12
VICIOS DE LA
VOLUNTAD
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¡Descarga VICIOS DE LA VOLUNTAD y más Diapositivas en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

(ACTO JURÍDICO)

SESIÓN N° 12

VICIOS DE LA

VOLUNTAD

Elementos que perturban la Formación del

Contrato

NEGOCIACIÓN CELEBRACIÓN EJECUCIÓN

Rebus sic

stantibus

Pacta sunt

Servanda

Non adimpleti

contractus

Error

Dolo

Violencia

Intimidación

Nulidad

Anulabilidad

Rescisión

Lesión

Ineficacia

Inexistencia

Resolución

Resciliación

Excesiva

onerosidad

Factores perturbadores que impiden que la

voluntad interna se forme de manera sana.

Pueden presentarse en el sujeto de manera

consciente o inconsciente, impidiéndose la

necesaria correlación entre lo que quiere y lo que

manifiesta.

Definición de Vicios

Vicios

a) Vicios del Negocio Jurídico

Error

Dolo

Violencia

Intimidación

b) Vicios de Forma (Forma Ad Solemnitatem)

c) Vicios Sustanciales o de Fondo

Ausencia de los requisitos de Validez

Vicios de la Voluntad

Vicios del Consentimiento

LEÓN BARANDIARÁN :

La declaración del agente debe responder a un consentimiento

sano. La ley exige un consentimiento no viciado, es decir, que

no exista inconsecuencia entre lo declarado y lo querido.

No solo un consentimiento serio, sino que además no debe tener

defectos que le quiten validez.

En consecuencia, cualquier voluntad no es causa eficiente del

acto jurídico, sino que la voluntad debe coincidir con la causa

final, por eso, los códigos regulan los vicios de la voluntad.

EL ERROR

  • El error es un factor perturbador inconsciente que distorsiona el proceso

formativo de la voluntad jurídica, que puede presentarse:

Uno, al momento de formarse la voluntad interna ( error vicio ).

Otro, al exteriorizar la voluntad interna ( error en la declaración )

  • (^) Hay error si:
  • La idea que se tiene de algo no coincide con la realidad.
  • Se tiene un concepto equivocado de un hecho, cosa, persona o ley.
  • (^) Surge del declarante, es interno, no hay mala fe y deliberado propósito.
  • No coincide la representación mental con la realidad de ese objeto.
  • Desconoce la realidad, ignora un hecho, una cosa o una persona.

Nulidad del Acto Jurídico

Artículo 219º.- El acto jurídico es nulo :

1.- Cuando falta la manifestación de voluntad del agente.

2.- Cuando se practica por persona absolutamente incapaz…,.

3.- Si su objeto es física o jurídicamente imposible o

indeterminable.

4.- Cuando su fin sea ilícito.

5.- Cuando adolezca de simulación absoluta.

6.- Cuando no revista la forma prescrita bajo sanción de nulidad.

7.- Cuando la ley lo declara nulo.

8.- En el caso del Art. V del Título Preliminar, salvo sanción

diversa.

Artículo 221º.- El acto jurídico es anulable :

1.- Por incapacidad relativa del agente.

2.- Por vicio resultante de error, dolo, violencia o intimidación.

3.- Por simulación, cuando el acto real perjudica a tercero.

Error Nulificante

Verbi gratia:

Compramos un anillo creyendo que es de oro , pero en realidad

es de cobre.

Aquí no hay error sobre el significado de la declaración, porque

declaro comprar el objeto que deseo: el anillo que quería

comprar es el que compro.

Mi voluntad se ha formado sobre la base de un error, si hubiese

sabido que el objeto es de cobre no habría tomado la decisión

de comprarlo.

ERROR -VICIO

Afecta la función cognoscitiva del sujeto

pues su voluntad interna se forma con:

  • Ausencia de conocimiento

(ignorancia)

  • Conocimiento equivocado (error).

Es una disconformidad entre la idea

mental y el orden de las cosas.

Ausencia de conocimiento es ignorancia y

conocimiento equivocado es error, de ahí

que la ignorancia se equipare al error y el

error proviene de la ignorancia que se

origina al desconocer la realidad.

Se produce al interior del sujeto en forma

espontánea.

Voluntad interna

Error Vicio o Error Motivo

El error que se origina en la voluntad interna

(discernimiento), da lugar al error vicio, error motivo.

Afecta la función cognoscitiva del celebrante, debido a que

la voluntad interna es el resultado de un conocimiento

equivocado o de una ausencia de conocimiento.

El error vicio el desacuerdo no es entre la voluntad y su

declaración, sino entre la realidad y el conocimiento que se

tiene de ella,

Clasificación del Error Vicio

La Doctrina plantea diversos criterios. Nuestro Código Civil,

establece los siguientes:

1.- Error esencial.

2.- Error de Hecho.

  • Error en la esencia o en las cualidades esenciales
  • Error en las cualidades esenciales de la persona
  • Error de cálculo o error de cuenta
  • Error en la cantidad
  • Error en el motivo

3.- Error de Derecho

4.- Error Indiferente.

ERROR ESENCIAL

Error in substantia. (cualidades esenciales del

objeto)

Error in personam. (cualidades esenciales de la

persona)

 Error de calculo

 Error en la cantidad

 Error en el motivo

:

ERROR ESENCIAL

Error de derecho

Error de hecho

Error iuris

Art, 202, inc. 3

 Ignorancia o conocimiento equivocado de una norma

 Equivocada interpretación o inexacta aplicación de la norma

Ausencia de

conocimiento,

conocimiento

equivocado

Ejemplo: TINTÍN , sale de prisión, y desea adoptar a la hija de su pareja sentimental, pero no puede

por mandato del art. 378 inciso 1 del Código Civil. Ignorancia de la Ley.

ERROR DE HECHO : TADEO llega a Lima de provincia, y toma un taxi rumbo a la Urbanización Los

Jardines , y el taxi lo lleva a la Urbanización Los Jazmines.

ERROR IN SUBSTANTIA : TADEO necesita un IPhone de movistar , va a la casa del Pre-pago

donde venden equipos de todos los operadores. Y le venden un IPhone de Claro.

ERROR IN PERSONAM : TADEO tiene deterioro en la estructura de su casa , necesita un

profesional que evalúe los daños, contrata a PETREO arquitecto , pensando que es Ingeniero Civil.

ERROR DE CÁLCULO: TADEO pregunta a JUAN el t/c del dólar y le informa 3.68, Al día siguiente

cambia 3,000 dólares y le entregan 10,650 al t/c venta de 3.55, el pensaba en $ 11,

ERROR EN LA CANTIDAD : TADEO pide comprar 48 unidades de leche y le envían 48 cajas.

ERROR EN EL MOTIVO : TADEO alquila su casa pensando que viaja a Europa en una semana, pero

su pasaporte demorará dos meses en emitirse.

Ejemplo: TINTÍN , sale de prisión, y desea adoptar a la hija de su pareja sentimental, pero no puede

por mandato del art. 378 inciso 1 del Código Civil. Ignorancia de la Ley.

ERROR EN LA DECLARACIÓN

El error en la declaración o en la

manifestación ocurre en una voluntad que

se ha formado sanamente, pero que el

factor perturbador se presenta al

exteriorizarse la voluntad y queda

contenida en la manifestación.

Puede consistir en una simple distracción:

  • Lapsus linguae
  • Lapsus cálami.

Se produce al exterior del sujeto de

manera espontánea.

Voluntad interna Declaración de la Voluntad

La voluntad interna se ha

formado sanamente.

Error en la Manifestación

  • (^) La voluntad interna se ha formado sanamente pero se incurre

en error en el momento de su exteriorización

  • (^) La divergencia se genera entre la voluntad interna y la

voluntad manifestada

  • (^) Los efectos del negocio jurídico, de producirse, serían

correlativos a la manifestación pero no a la voluntad interna.