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Violencia de Genero, Apuntes de Deontología

Asignatura: DEONTOLOGIA, Profesor: , Carrera: Administración y Dirección de Empresas On-line, Universidad: URJC

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 24/09/2014

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ÍNDICE:

1. INTRODUCCIÓN AL CONCEPTO DE VIOLENCIA

DE GÉNERO---------------------------------------------------------------------------

2. DEFINICIONES.-----------------------------------------------------------------

3. ACERCAMIENTO AL CONCEPTO DE VIOLENCIA

DE GÉNERO.-------------------------------------------------------------------------

4. PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA DURANTE EL

NOVIAZGO.---------------------------------------------------------------------------

5. MITOS Y FALSAS CREENCIAS SOBRE LA VIOLENCIA

DOMÉSTICA CONTRA LAS MUJERES---------------------------------------------

6. LA VIOLENCIA EN LA PAREJA; CICLOS DE LA

VIOLENCIA DE GÉNERO.-----------------------------------------------------------

7. LEGISLACION REGULADORA DE LA VIOLENCIA

DOMESTICA-GENERO.--------------------------------------------------------------

8. CREACION DE JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE

LA MUJER. MINISTERIO DE IGUALDAD.----------------------------------------

9. VALORACION CRÍTICA. -------------------------------------------------------

10. BIBLIOGRAFIA------------------------------------------------------------------

11. ANEXOS-------------------------------------------------------------------------

1. INTRODUCCIÓN AL CONCEPTO DE VIOLENCIA DE GÉNERO.

IGUALDAD DE GENERO: VIOLENCIA DE GENERO ALBERTO FERNANDEZ GARCIA

pertenecer a una cultura o grupo social desvalorizado que pertenecer a una cultura o grupo social prestigioso. Este hecho explica la razón por la que el colectivo de mujeres esté siendo el motor principal de cambio hacia una estructura social y de relaciones humanas más igualitarias. Más concretamente Violencia de Género se puede interpretar como:

Artículo 1 de la "Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer"^3 de las Naciones Unidas (1979), considera que la violencia contra las mujeres es:

"Todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para las mujeres, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se produce en la vida pública o privada".

2. DEFINICIONES :

La violencia es un comportamiento deliberado y conciente, que puede provocar daños corporales o mentales a la víctima. El término proviene del latín violentĭa y está vinculado a la acción que se ejecuta con fuerza o brusquedad, y que se concreta contra la voluntad o el gusto del prójimo.

La violencia de género es aquella que se ejerce de un sexo hacia otro. Por lo general, el concepto nombra a la violencia contra la mujer, donde el sujeto pasivo es la persona del género femenino. En este sentido, también se utilizan las nociones de violencia machista, violencia de pareja y violencia doméstica.

En 1999, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró al 25 de noviembre como Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. La fecha recuerda el asesinato de las hermanas Mirabal^4 , tres activistas dominicanas.

Los micromachismos, neologismo del psiquiatra Luis Bonino^5 , se definen como prácticas de dominación masculina en la vida cotidiana, casi imperceptibles, que están en los límites de la evidencia. Son microabusos y microviolencias que atentan contra la autonomía personal de la mujer, basada en el ideal de masculinidad tradicional, autonomía, dueño de la razón, el poder y la fuerza, ser para sí, y definición de la mujer como inferior y a su servicio.

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(^3) Conferencia Mundial de Derechos Humanos 1993. Naciones Unidas. Asamblea General, Junio

de 1993, Austria en http://www.ohchr.org/english/bodies/hrc/docs/ngos/ cdr_shadow.pdf (^4) http://www.learntoquestion.com/seevak/groups/2000/sites/mirabal/ Spanish/indice.html (^5) Luis Bonino Méndez médico psiquiátrico especializado en problemas psiquicosociales asociados al acondicionamiento de genero y autor de. Micromachismos: La violencia invisible en la pareja.

La definición que la psicóloga social Sandra Horley^6 hace del concepto “violencia doméstica” abarca todo el espectro familiar; el maltrato de padres ancianos por sus hijos, la violencia contra un hombre por su compañera, o los malos tratos a niños, aunque hace mayor hincapié en la violencia doméstica como abuso físico o emocional de una mujer por parte de su compañero varón.

Otra de las definiciones que encontramos de violencia, es la que da Lydia Gómez Valverde^7 , psicóloga social, en la que el concepto se describe como reacción ante la ruptura de la imagen del mundo en que se asienta un sujeto o un orden dado. Es una acción y efecto de violentar, de sacar algo de su estado natural; acción que se ejerce contra el natural modo de proceder o de ser. Violencia que se opone comúnmente a espontaneidad natural.

3. ACERCAMIENTO AL CONCEPTO DE VIOLENCIA DE GÉNERO.

Desde los anales de la historia la subyugación de la mujer ha sido un acto de violencia sistemático que formaba parte de lo privado. La ruptura con ésta privacidad de la violencia de género se produce en Gran Bretaña en 1870 con la primera persona que tomó conciencia Cobbe^8 de lo extendido que estaba el problema de la violencia masculina y de la escasa protección que tenían las mujeres. Junto con otras mujeres se dedicó a recoger información, artículos y discursos que consiguió publicar en algunos periódicos influyentes. Gracias a ello una pequeña comunidad de personas informadas y conscientes, comenzó a trabajar para modificar la situación, redactando y publicando un proyecto de ley.

En la historia de nuestro país, no hace falta que nos alejemos mucho en el tiempo para encontrar situaciones de subyugación y control masculino sobre la mujer. Allá en 1975 el Código Civil mantenía el permiso marital en el matrimonio, del que se derivaba la autorización del marido para corregir a la esposa la obligación de ésta a obedecerle.

La soltera también sufría alguna restricción pero la que perdía totalmente su personalidad, su capacidad de obrar, era la casada, la cual desde el mismo momento de contraer matrimonio pasaba a ser una menor, y el mismo Código Civil lo recogió muy claramente en su artículo 1263 que situaba a la mujer casada, entre los menores, los locos o dementes y los sordomudos que no sabían escribir 9.

Nuevamente tratando de la Declaración Universal de Derechos Humanos, “todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona” (Art. 3) y “nadie será sometido a torturas ni a penas o a tratos crueles, inhumanos o degradantes” (Art. 5). Sin embargo, en todas partes del mundo muchas mujeres y niños son sometidas sistemáticamente a la violencia, tortura,

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(^6) Sandra Horley. El síndrome del encanto: Porque hombres encantadores pueden volverse peligrosos amantes. (^7) Lydia Gómez Valverde. Mujeres familia y salud. Pág. 85 (^8) Sue Wise y Liz Stanley. El acoso sexual en la vida cotidiana. Ed.Pandora. Pag. (^9) Ángela Torralbo Ruiz. El rol de la mujer en el Código Civil. Pag.

países revelan que en el 72% de los casos atendidos en los últimos años, se detecta que la violencia se inicia también en esta etapa evolutiva. Otros datos estadísticos obtienen que el 64% y el 34% de hombres y mujeres adolescentes respectivamente, piensan que la violencia es inevitable, y sorprendentemente, el 14% de las mujeres adolescentes cree que la propia mujer víctima de la agresión tiene parte de la culpa, creencia muy arraigada en las normas culturales.^12

4. PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA DURANTE EL NOVIAZGO.

Las respuestas individuales a la violencia como ocultar, sufrir o evadirse, no han tenido resultado.

Por eso es necesario impulsar medidas alternativas colectivas que tienen más capacidad de transformar esta situación.

Para reducir la violencia contra las mujeres sería necesario cambiar las normas y valores que la toleran y fomentan, así como todo aquello que refuerza actitudes sexistas, es decir la superioridad de un sexo sobre otro.

Una manera de conseguir estos cambios sería mediante la educación en igualdad de los niños y las niñas. Coeducar, tanto en igualdad de derechos como de oportunidades, supone que las actitudes y valores tradicionalmente considerados como masculinos o femeninos pueden ser aceptados y asumidos por personas de cualquier sexo y que tanto en la escuela como en la familia se tengan en cuenta los derechos y las necesidades de las niñas.

Durante la infancia conviene que tanto las niñas como los niños ensayen distintos roles y situaciones, y que expresen sentimientos como llorar, reír, mostrar cariño, ser dulces, rebelarse, así como enseñarles las habilidades domésticas necesarias para la autonomía y el desarrollo personal. En la adolescencia, además de reforzar los aspectos señalados en la infancia, sería importante incidir en una orientación profesional no sexista, y en una educación afectivo-sexual integral que les ayude a vivir la propia sexualidad y las relaciones amorosas de una forma placentera e igualitaria.

Las personas adultas se pueden reeducar. Cuestionar la educación que se ha recibido es una forma de comenzar el proceso de cambio. Tanto los grupos de mujeres como los de hombres son un espacio de reflexión y análisis para lograrlo. Nadie está fuera de estas situaciones. Todos y todas debemos contribuir a erradicar este tipo de violencia.

Cuando se vive en pareja también hay que valorar y defender el derecho a una relación de igualdad, así como compartir decisiones y responsabilidades ya que es otro medio más para conseguir una vida sin violencia. Repartir entre hombres y mujeres el trabajo doméstico y el cuidado de las personas de la familia podría servir para lograr unas relaciones interpersonales más placenteras e incluso, una nueva concepción del mundo.

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(^12) Maria Pilar González Serrano. Marina J. Muñoz y José Luis Graña Gómez. Sicopatología clínica Legal y Forense. Vol. 3. 2003. Pág. 24. http://www.masterforense.com/pdf/2003/2003art14.pdf

Los medios de comunicación deben ofrecer modelos positivos y evitar imágenes violentas, ya que, hoy día, se nos presentan continuamente personajes que consiguen sus objetivos utilizando la fuerza y opresión. Se enseñan formas cada vez más sofisticadas de agredir que utilizan la violencia para resolver las dificultades de la vida. Es significativo el tratamiento que estos medios dan sobre las noticias de agresiones contra las mujeres (morboso, sensacionalista, sin análisis...) reforzando mitos que perpetúan la violencia contra ellas.

Además del cambio de estas imágenes violentas y su tratamiento, ha de producirse una transformación en la imagen que ofrecen los medios de comunicación de las mujeres y, en especial, la publicidad. Este medio, presenta a las mujeres a través de tópicos tradicionales o estereotipados basados en la juventud, éxito, belleza... Que se convierten en modelos a imitar.

Es importante que se transmita una visión real del papel que las mujeres desempeñan en la actualidad, sensibilizar y formar a todas aquellas personas profesionales (policía, personal sanitario, pedagógico, asistentes sociales, letrados y letradas...) que atienden o tengan relación con mujeres víctimas de malos tratos, es necesario para detectar estos casos y actuar de forma que se sientan comprendidas y ayudadas.

  • Características a observar en los varones:

· El novio o acompañante de una muchacha controla todo lo que ella hace, exige explicaciones por todo y pretende conocer hasta su pensamiento más recóndito, pues no quiere que tenga "secretos" con él. Quiere saber con lujo de detalles a dónde va, dónde estuvo, con quiénes se encontró o a quiénes va a ver, los horarios y el tiempo que permaneció en cada lugar, cuánto tiempo estará fuera y el horario de regreso, lo cual comprobará con sucesivas llamadas telefónicas o "pasadas" por la casa de ella. De manera permanente vigila, critica o pretende que ella cambie su manera de vestir, de peinarse, de maquillarse, de hablar o de comportarse. Formula prohibiciones o amenazas respecto de los estudios, el trabajo, las costumbres, las actividades o las relaciones que desarrolla la joven. Fiscaliza a los parientes, los amigos, los vecinos, los compañeros de estudio o trabajo, sospechando, desconfiando o criticándolos después de querer conocerlos a todos para ver cómo son.

Monta escándalos en público o en privado por lo que ella u otros dijeron o hicieron. No expresa ni habla acerca de lo que piensa, o desea, pero pretende que ella adivine todo lo que le sucede y actúe de manera satisfactoria, sin que él deba molestarse en comunicar nada. A veces da órdenes y otras "mata" con el silencio, con actitudes hurañas, con la hosquedad o el mutismo, que no abandona aunque obtenga lo que esperaba. Demuestra frustración y enojo por todo lo que no resulta como él quiere, sin distinguir lo importante de lo superfluo. Culpa a la novia de todo lo que sucede y la convence de que es así, dando vuelta a las cosas hasta confundirla o dejarla cansada e impotente. Impone reglas sobre la relación (días, horarios, tipos de salidas, etc.) de acuerdo con su exclusiva conveniencia. Ejerce la doble moral "haz lo que yo digo pero no lo que yo hago" reservándose el derecho de realizar cosas que le impide hacer a la novia. Ante cualquier pregunta o cuestionamiento de ella, declara que los parientes o amigos "le calientan la cabeza" contra él, que no le Pág ina 7

paliza"; "éste se está buscando una piña;" Expresa prejuicios religiosos, raciales o sexuales y lo fundamenta de manera colérica y encendida. Tiene rasgos de fanatismo. Es desconsiderado y violento al mantener relaciones sexuales. Se enoja si ella en algún momento no lo desea. Es impulsivo e intolerante. Impone su voluntad en el terreno sexual, sin tener en cuenta las necesidades femeninas. Aunque sea una vez, le pegó una bofetada a la novia, le dio empujones, le retorció un brazo, le apretó el cuello o la tomó fuertemente de los cabellos.

Es importante resaltar para no llegar a confusión que:

· La violencia es una conducta aprendida, previa a la formación de pareja y no cambia espontáneamente por la voluntad o las personas.

  • Celar quiere decir "cuidar", no aprisionar a una persona. Los celos no son una demostración de amor, representan un abuso de poder. Posesividad, control, prohibiciones, amenazas, encubren una baja autoestima, inseguridad y desconfianza que tienen que ver con la historia del sujeto y no lo que haga o no haga su pareja. Por eso, aunque consiga dominarla o encerrarla no deja de manifestar sus celos, distorsionando situaciones o haciendo acusaciones desde su imaginación.
  • De todas las mujeres asesinadas por sus parejas, el 25% de ellas son novias (entre 14 y 25 años) que creyeron en el amor romántico en lugar de velar por sí mismas y su seguridad. 13

5. MITOS Y FALSAS CREENCIAS SOBRE LA VIOLENCIA DOMÉSTICA

CONTRA LAS MUJERES.^14

La violencia en la pareja está rodeada de prejuicios que condenan de antemano a las mujeres y justifican a los hombres violentos. Esta es una de las razones principales que sustentan la tolerancia social ante este tipo de actos y los sentimientos de culpa de las mujeres maltratadas.

I. "Un hombre no maltrata porque sí; ella también habrá hecho algo para provocarle" Esta creencia es una de las más arraigadas y supone afirmar que la mujer es la responsable del comportamiento violento del hombre. Supone afirmar que la víctima es en realidad la culpable o por lo menos que no hay víctimas; que tanto ella como él, se agreden mutuamente. En este sentido, existe también la creencia de que la mujer agrede verbalmente y el hombre físicamente, que la única diferencia está en la forma de ejercer la violencia, pero que en realidad son ambos los que agreden. Las personas expertas sin embargo afirman todo lo contrario; la mujer maltratada reprime su rabia e intenta evitar las agresiones adoptando

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(^13) FERREIRA, Graciela B. (1992). Hombres violentos, mujeres maltratadas, facilitados en curso de especialización impartido en la UNED, “Violencia en Familia” (^14) Desmontando mitos. Instituto de la mujer. http://www.inmujer.gob.es/ss/ Satellite?pagename=InstitutoMujer%2FPage%2FIMUJ_Home

comportamientos totalmente pasivos como el de someterse a los deseos del hombre, darle la razón y no cuestionarle. La cuestión fundamental es que el hombre agresor vive como provocación que la mujer tenga y exprese sus propios deseos y opiniones y se comporte según los mismos. Las/os especialistas que tratan a agresores afirman que estos hombres basan su autoestima en su capacidad para controlar y dominar, y por lo tanto sólo se sienten satisfechos cuando consiguen la sumisión. De todas formas nadie tiene derecho a pegar, insultar, o amenazar a otra persona, sea cual sea la excusa que se ponga para ello.

II. "Si una mujer es maltratada continuamente, la culpa es suya por seguir conviviendo con ese hombre" Esta falsa creencia responsabiliza a la mujer de la situación de malos tratos y por lo tanto culpa a la víctima. Las razones por las que una mujer maltratada decide seguir conviviendo con su agresor son múltiples y variadas, y es muy importante conocerlas para no caer en la actitud de culpar a la víctima. De forma muy escueta, estas son algunas de estas razones:

  • Creer que en realidad su pareja no quiere hacerle daño, que en el fondo la quiere y que si la maltrata es sólo porque tiene problemas.
  • Creer que su pareja cambiará (es muy frecuente que el agresor después de una paliza se sienta arrepentido y le jure que no volverá a hacerlo).
  • Creer que ella es responsable del maltrato, que lo provoca con su comportamiento, que si se porta "bien", él no la maltratará.
  • Creer que sus hijas/os sufrirán emocional y económicamente si ella se separa.
  • Creer que no es capaz de vivir (emocional y económicamente) sin su pareja.
  • Miedo a que su pareja la agreda gravemente o incluso la mate si se separa.
  • Vergüenza a hacer pública su situación de maltrato.

III. "Si se tienen hijas/os, hay que aguantar los maltratos por el bien de las niñas y los niños" Ser testigos de violencia doméstica tiene consecuencias graves sobre el bienestar emocional y la personalidad de las niñas y de los niños, máxime si se tiene en cuenta que es probable que estas niñas y niños reproduzcan esta misma situación cuando establezcan relaciones de pareja en la edad adulta, ya que aprenden que la violencia es un medio legítimo para solucionar conflictos. Ante una relación de pareja sembrada de violencia, la opción más responsable hacia el bienestar de las niñas y niños es alejarlos de esa situación. Tampoco se puede olvidar que alrededor de la mitad de los varones que maltratan a su pareja, maltratan también a sus hijas e hijos.

IV. "Los hombres que maltratan lo hacen porque tienen problemas con el alcohol u otras drogas" Así se suelen justificar muchos maltratadores, evitando de esa forma hacerse responsables de sus actos. Es cierto que el consumo excesivo de alcohol es frecuente en estas personas, pero este hecho no les exime de su responsabilidad. Recordemos, por ejemplo, que en los accidentes de tráfico la ingesta de alcohol es un agravante a la hora de imputar responsabilidades Pági na 10

Según datos publicados por el Ministerio de Interior, en el 6% de las familias andaluzas existen malos tratos físicos^16.

X.. "Lo que ocurre dentro de una pareja es un asunto privado; nadie tiene derecho a meterse" No es un asunto privado ya que es un delito contra la libertad y la seguridad de las personas. Los delitos jamás son cuestiones privadas, y menos aún cuando las víctimas no están capacitadas para defenderse.

XI. "La violencia doméstica sólo ocurre en familias sin educación o que tienen pocos recursos económicos (viven en la miseria)" No es cierto. Es un fenómeno que se da en todas las capas sociales y económicas. La diferencia suele estar en el tipo de violencia que se ejerce y en las salidas que se dan a esta situación. Es muy probable que las mujeres pertenecientes a capas sociales medias y altas no recurran a los Servicios Sociales y no presenten denuncias por sentirse presionadas a no hacer pública una situación que afectaría negativamente a su estatus social. Es evidente, que la esposa/compañera de un hombre con una vida pública prestigiosa se sienta muy presionada a ocultar la violencia doméstica.

XII. "Es más aceptable la violencia que se da entre personas cercanas que la que se da entre extraños" Es cierto que todas las parejas tienen conflictos y momentos de enfrentamiento, pero esto no significa que sea "normal" llegar a la amenaza, la humillación y las palizas. De todas formas, en los casos de maltrato instaurado desde hace tiempo, no se trata de peleas por un hecho concreto, sino que la violencia del agresor es depredadora, no reactiva, funciona por sí misma, independientemente de la conducta de la mujer. Además, la violencia ejercida por personas cercanas y con las que se tienen vínculos afectivos, a diferencia de la ejercida por personas extrañas, provoca sentimientos de indefensión y humillación mucho más intensos. La violencia en la pareja. Las agresiones en la pareja suelen iniciarse, generalmente ya, en el noviazgo o al inicio de la convivencia, a través de comportamientos abusivos y no respetuosos, como intentar controlar con quién se relaciona ella, criticar su forma de vestir, compararla con otras mujeres, explosiones de celos, o presiones para mantener relaciones sexuales, prometer cambios que nunca cumple... Todas estas conductas abusivas se hacen cada vez mas frecuentes y extremas.

6. LA VIOLENCIA EN LA PAREJA. CICLOS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO.

Las agresiones en la pareja suelen iniciarse, generalmente ya, en el noviazgo o al inicio de la convivencia, a través de comportamientos abusivos y no respetuosos, como intentar controlar con quién se relaciona ella, criticar su forma de vestir, compararla con otras mujeres, explosiones de celos, o presiones para mantener relaciones sexuales, prometer cambios que nunca cumple... Todas estas conductas abusivas se hacen cada vez mas frecuentes y extremas.

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(^16) Instituto Nacional de Estadística. http://www.ine.es/prodyser/pubweb/ myh/myh09.pdf

La mujer suele asumir estos hechos, negando que sean agresivos o atribuyéndolos a problemas que pueda tener el varón. Poco a poco, el maltrato continuado va mermando su capacidad de poner límite, a la vez que pierde su autovaloración, aceptando que merece ser maltratada.

Una de las razones principales por la que habitualmente la violencia se mantiene es porque sucede de una forma cíclica. Suele manifestarse a lo largo de tres fases, que se han denominado: fase de tensión, fase de agresión y fase de conciliación o de arrepentimiento, también llamada de "luna de miel".

En la fase de tensión comienzan los insultos y demostraciones de violencia. El agresor expresa su hostilidad pero no de forma extrema. La mujer responde intentando calmarlo o evitando hacer aquello que a él le pueda molestar, creyendo erróneamente, que puede controlarlo. Pero la tensión seguirá aumentando, y se producirán agresiones en forma de abusos físicos, psíquicos y/o sexuales, en la fase de agresión. La descarga de agresividad alivia la tensión del hombre.

Puede que la mujer intente tranquilizar al maltratador, siendo amable y servicial o teniendo relaciones sexuales o, en otras ocasiones, amenazar con abandonarle.

La siguiente fase sería la de "luna de miel" en la que el maltratador muestra arrepentimiento, pide perdón y promete que no volverá a ocurrir. Esta fase es esencial para entender por qué la mujer tiene la creencia de que la violencia es sólo algo pasajero y que su pareja la quiere y en el fondo no pretende hacerle daño.

Sin embargo, cada día los momentos de tensión y agresión son más frecuentes y el agresor se arrepiente cada vez menos. A medida que pasa el tiempo, a la mujer le será más fácil reconocerle como agresor y darse cuenta de que tiene que afrontar el problema. Sin embargo, la ausencia de recursos económicos propios, la falta de apoyo, el aislamiento en el que se vive, la falta de seguridad en si misma, y la gran necesidad de afecto y valoración que en muchos momentos sienten las mujeres, están determinando que se prolonguen estas situaciones.

A veces, la mujer no encuentra apoyo al pedir ayuda a los familiares o amistades, ya que le quitan importancia a lo ocurrido o no pueden entenderlo, porque ante el resto de las personas la pareja tiene un comportamiento distinto al que ella describe. La ausencia de respuesta solidaria aumenta la soledad, la depresión, el aislamiento y el sentido de la impotencia.

En cuanto a los hombres agresores, no tienen un rasgo físico, o un comportamiento especial que les identifique, tampoco son enfermos mentales. Suelen ser personas de valores tradicionales para los que todo lo masculino (fuerza, poder, éxito, competitividad...) está por encima de lo femenino (sensibilidad, cariño, docilidad...).

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  • Real Decreto 738/1997, de 23 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Ayudas a las Victimas de delitos violentos y Contra la Libertad sexual. 19
  • Real Decreto 1452/2005, de 2 de diciembre, por el que se regula la ayuda económica establecida en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género. 20
  • Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.^21
  • Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.(Libro II de los delitos y sus penas, Título III, de las lesiones), regulando en el marco legislativo el siguiente articulado: 22
  • Artículo 153.

I. El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años. II. Si la víctima del delito previsto en el apartado anterior fuere alguna de las personas a que se refiere el artículo 173.2, exceptuadas las personas contempladas en el apartado anterior de este artículo, el autor será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento de seis meses a tres años. III. Las penas previstas en los apartados 1 y 2 se impondrán en su mitad superior cuando el delito se perpetre en presencia de menores, o utilizando armas, o tenga lugar en el domicilio común o en el domicilio de la víctima, o se realice quebrantando una pena de las contempladas en

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(^19) http://www.boe.es/boe/dias/2003/04/26/pdfs/A16241-16242.pdf (^20) http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-

A-2005- (^21) http://www.boe.es/boe/dias/2006/03/02/pdfs/A08515-08526.pdf (^22) http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-

A-2010-

el artículo 48 de este Código o una medida cautelar o de seguridad de la misma naturaleza. IV. No obstante lo previsto en los apartados anteriores, el Juez o Tribunal, razonándolo en sentencia, en atención a las circunstancias personales del autor y las concurrentes en la realización del hecho, podrá imponer la pena inferior en grado.

*Artículo 173.

I. El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años. II. (^). El que habitualmente ejerza violencia física o psíquica sobre quien sea o haya sido su cónyuge o sobre persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o sobre los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente, o sobre los menores o incapaces que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente, o sobre persona amparada en cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de su convivencia familiar, así como sobre las personas que por su especial vulnerabilidad se encuentran sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de dos a cinco años y, en su caso, cuando el juez o tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de uno a cinco años, sin perjuicio de las penas que pudieran corresponder a los delitos o faltas en que se hubieran concretado los actos de violencia física o psíquica. Se impondrán las penas en su mitad superior cuando alguno o algunos de los actos de violencia se perpetren en presencia de menores, o utilizando armas, o tengan lugar en el domicilio común o en el domicilio de la víctima, o se realicen quebrantando una pena de las contempladas en el artículo 48 de este Código o una medida cautelar o de seguridad o prohibición de la misma naturaleza. III. Para apreciar la habitualidad a que se refiere el apartado anterior, se atenderá al número de actos de violencia que resulten acreditados, así como a la proximidad temporal de los mismos, con independencia de que dicha violencia se haya ejercido sobre la misma o diferentes víctimas de las comprendidas en este artículo, y de que los actos violentos hayan sido o no objeto de enjuiciamiento en procesos anteriores.

8. CREACION DE JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER.

MINISTERIO DE IGUALDAD.

El 29 de junio de 2005, entró en vigor la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género^23.

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(^23) Noticias Jurídicas. http://noticias.juridicas.com/articulos/55-

Derecho%20Penal/200507-39551430510541801.html

La violencia contra la mujer en las relaciones de pareja es un problema social, un problema de todos y cada uno de nosotros, un atentado contra los Derechos Humanos.

El maltrato tiene un origen multifactorial, pero el factor más importante es la socialización patriarcal, sin dejar a un lado el proceso de socialización en la familia. La mujer sufre maltrato por el mero hecho de ser mujer, por ello es preciso y necesario luchar contra todo tipo de discriminación femenina; con una ley integral que contemple las pertinentes medidas educativas, económicas, sanitarias, jurídicas y policiales, para alcanzar la verdadera igualdad, si bien respaldado por todas y cada una de las Administraciones Públicas con respaldo financiero y judicial para poder luchar contra una realidad social, la violencia en el núcleo mas vulnerable y desprotegido, “tu casa”. La ley existe pero el respaldo de las Administraciones Publicas y el respaldo financiero es insuficiente más aun en los tiempos de crisis actuales. Es un problema muy parecido al que se está viendo sometida la ley de dependencia.

El respaldo ha de ser conjunto y desde la raíz del problema que en mi opinión está en la educación. Desgraciadamente sigue siendo habitual situaciones en las que un hombre se jacte de un comportamiento violento con su pareja y que sus interlocutores lo acepten e incluso lo alaben. En mi opinión es fundamental que desde la educación se logre cambiar la mentalidad social. Me viene a la cabeza los logros conseguidos gracias a la educación y a las campañas publicitarias en relación a los fumadores. Se ha dado un vuelco social en cuanto a la imagen del fumador donde éste es ahora visto de una forma negativa. No olvidemos que hace pocos años era habitual fumar en aulas y hospitales y que cuando vemos imágenes de archivo de estas situaciones generalmente no provocan un rechazo. Este vuelco social es el que debemos conseguir entre todos en relación a la igualdad de género.

10. BIBLIOGRAFIA.

  • Hombres violentos, mujeres maltratadas. Graciela B. Ferreira. Editorial Sudamericana, 1992 - 430 páginas
  • http://hemeroteca.abc.es/nav/Navigate.exe/hemeroteca/sevilla/abc.sevilla/ 1997/12/20/039.html
  • Declaración Universal de los Derechos Humanos. http://www.un.org/es/ documents/udhr/
  • Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer. Resolución de la Asamblea General 48/104 del 20 de diciembre de 1993. http:// www.unhchr.ch/huridocda/huridoca.nsf/(Symbol)/A.RES.48.104.Sp? Opendocument

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