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voluntad unilateral, Apuntes de Ciencia de la administración

Asignatura: Dret, Profesor: , Carrera: Gestió i Administració Pública, Universidad: UB

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 15/10/2017

lizbeth_andrade
lizbeth_andrade 🇪🇸

4.7

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Prof. J. MARCO
Derecho civil II
(Obligaciones y Contratos)
CASO PRÁCTICO NÚM. 1: Fuentes de las Obligaciones
Corriendo como cada mañana por Collcerola, Julio pierde su
“iphone”. Al llegar a su despacho, publica, en redes sociales y en
un diario local de Sant Cugat, donde vive, un anuncio
prometiendo gratificar con 500 E a quien lo encuentre y se lo
restituya. Juan, inmigrante sin papeles que no lee el español, lo
encuentra y lo guarda impidiendo que quede inutilizado por la
lluvia. Gracias a los contactos del teléfono, averigüa a quien
pertenece y, pagando de su bolsillo el billete, entrega el aparato en
el Ayuntamiento de Sant Cugat. Allí, le informan de que el
propietario ha ofrecido una recompensa y deja su dirección. Al
cabo de unos días, Juan llama interesándose por la gratificación y
le dicen que Julio ha recogido ya el móvil, pero que, al
mencionársele la cuestión de la recompensa, alegó:
a) Que Juan había actuado sin conocer su promesa y, por tanto,
por puro altruísmo o como lo haría cualquier buen samaritano.
b) Que, en realidad, a él no le interesaba ya el móvil, puesto que
su empresa le había proporcionado uno nuevo, con duplicado de
tarjeta.
CUESTIÓN:
¿Con arreglo al Derecho español, puede Juan exigir la
recompensa y, de ser así, con qué fundamento?
La VOLUNTAD UNILATERAL como FUENTE de
OBLIGACIONES. Perspectiva de futura regulación en el
Derecho civil de Cataluña:
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Prof. J. MARCO Derecho civil II (Obligaciones y Contratos)

CASO PRÁCTICO NÚM. 1: Fuentes de las Obligaciones

Corriendo como cada mañana por Collcerola, Julio pierde su “iphone”. Al llegar a su despacho, publica, en redes sociales y en un diario local de Sant Cugat, donde vive, un anuncio prometiendo gratificar con 500 E a quien lo encuentre y se lo restituya. Juan, inmigrante sin papeles que no lee el español, lo encuentra y lo guarda impidiendo que quede inutilizado por la lluvia. Gracias a los contactos del teléfono, averigüa a quien pertenece y, pagando de su bolsillo el billete, entrega el aparato en el Ayuntamiento de Sant Cugat. Allí, le informan de que el propietario ha ofrecido una recompensa y deja su dirección. Al cabo de unos días, Juan llama interesándose por la gratificación y le dicen que Julio ha recogido ya el móvil, pero que, al mencionársele la cuestión de la recompensa, alegó:

a) Que Juan había actuado sin conocer su promesa y, por tanto, por puro altruísmo o como lo haría cualquier buen samaritano.

b) Que, en realidad, a él no le interesaba ya el móvil, puesto que su empresa le había proporcionado uno nuevo, con duplicado de tarjeta.

CUESTIÓN:

¿Con arreglo al Derecho español, puede Juan exigir la recompensa y, de ser así, con qué fundamento?

La VOLUNTAD UNILATERAL como FUENTE de OBLIGACIONES. Perspectiva de futura regulación en el Derecho civil de Cataluña:

Avantprojecte de llei de regulació de les fonts no contractuals de les obligacions en el Llibre sisè del Codi civil de Catalunya, relatiu a les obligacions i els contractes:*

[ ***** Pendiente de discusión en el Parlament ] Article 631-2. Promesa pública

  1. La promesa d’una prestació a favor de qui es trobi en una determinada situació o realitzi una conducta concreta vincula a qui l'ha emès des que en fa publicitat suficient.
  2. El desconeixement inicial de la promesa no obsta per exigir el compliment de l’obligació.
  3. La promesa vincula durant el temps que s’hagi indicat o, a manca de previsió, durant un termini raonable ateses les circumstàncies.
  4. La revocació de la promesa només s’admet si la situació encara no s’ha produït o la conducta no ha estat ja realitzada i sempre que es faci amb la mateixa publicitat que la seva formulació.