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Reglamento sobre Decretos-leyes y Decretos legislativos: limitaciones y control - Prof. 83, Apuntes de Derecho Constitucional

Las normas relacionadas con decretos-leyes y decretos legislativos en españa, incluyendo sus límites materiales, procedimientos de convalidación y control por el tribunal constitucional. Además, se detalla la diferencia entre decretos legislativos y reglamentos, y las características comunes y diferencias entre leyes de bases y leyes ordinarias en materia de delegación legislativa.

Tipo: Apuntes

2014/2015

Subido el 26/11/2015

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Derecho Constitucional I
Unidad Temática 8. segunda parte
La ley y las normas con fuerza de ley. El
Reglamento
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¡Descarga Reglamento sobre Decretos-leyes y Decretos legislativos: limitaciones y control - Prof. 83 y más Apuntes en PDF de Derecho Constitucional solo en Docsity!

Derecho Constitucional I

Unidad Temática 8. segunda parte

La ley y las normas con fuerza de ley. El

Reglamento

2

Normas con rango y fuerza de ley

§ Normas con rango y fuerza de ley aunque no son

dictadas por el Parlamento sino por el Gobierno

w en caso de extraordinaria y urgente necesidad

(Decretos-leyes, art. 86)

w por delegación de las Cortes (Decretos legislativos,

arts. 82-85)

§ Excepciones a la atribución ordinaria de la potestad legislativa a las Cortes Generales que deben intervenir

a priori (delegando) o a posteriori (convalidando)

**1. La legislación de urgencia: el Decreto-ley (art. 86)

  1. L a l e g i s l a c i ó n d e l e g a d a : e** l Decreto legislativo (arts. 82-85)

4

Decretos-leyes

§ Disposiciones legislativas provisionales que dicta

el Gobierno ejerciendo una potestad legislativa propia que le atribuye directamente la CE pero condicionada a que se cumplan los requisitos del art. 86: w Necesidad extraordinaria y urgente w Límites materiales w Convalidación expresa por el Congreso de los Diputados en un plazo de 30 días

5

Decretos-leyes

© 7

Decretos-leyes

A) Presupuesto habilitante (art. 86.1): En caso de
extraordinaria y urgente necesidad ...

§ El Gobierno tiene discrecionalidad pero TC puede

declarar inconstitucional el uso abusivo y arbitrario w Debe justificarse explícita y razonadamente la necesidad y urgencia en la Exposición de Motivos w No basta con que exista la necesidad sino que se requiere que las disposiciones del Decreto-ley sean adecuadas en ese caso concreto (que exista una conexión de sentido entre las medidas y la situación concreta) w No autoriza a incluir disposiciones sin relación con la situación o que no modifiquen instantáneamente la situación jurídica existente 7

© 8

Decretos-leyes

B) Los límites materiales a la utilización del Decreto-ley (art.

86.1): no podrán afectar al ordenamiento de las
instituciones básicas del Estado , a los derechos,
deberes y libertades de los ciudadanos regulados
en el Título I , al régimen de las Comunidades
Autónomas ni al Derecho electoral general

w Estos límites materiales deben interpretarse restrictivamente porque si se interpretan rigurosamente impedirían prácticamente el uso del Decreto-ley

  • El verbo “afectar” no equivale a cualquier incidencia sobre las materias excluidas sino a regular el núcleo o aspectos básicos de la materia y no incluye los aspectos accesorios o periféricos 8

© 10

Decretos-leyes

2. “Derechos, deberes y libertades de los

ciudadanos regulados en el Título I”

w El Decreto-ley no puede regular su régimen

general ni ir en contra de su contenido o

elementos esenciales

w Aunque se refiere a todo el Título I, se refiere

sólo a los “derechos”, luego…

  • No excluye del Decreto-ley los principios del Capítulo III, arts. 39-52 (no son derechos)
  • Excluye la regulación de los derechos del Capítulo II (arts. 14-38) pero puede afectar a arts. que no reconocen derechos 10

© 11

Decretos-leyes

3. “ R é g i m e n d e l a s C o m u n i d a d e s

Autónomas”

w Los Decretos-leyes no pueden regular el

objeto de las normas que integran el bloque

de la constitucionalidad (atribución y

delimitación de competencias, regulación o

armonización de su ejercicio)

w 4. “Derecho electoral general” coincide

con la reserva de ley orgánica

11

© 13

Decretos-leyes

§ convalidación

§ El Decreto-ley produce efectos jurídicos desde

que entra en vigor pero es provisional hasta que s e c o n v a l i d a e x p r e s a m e n t e ( c o n t i n ú a produciendo efectos) o se deroga (deja de producir efectos) w La convalidación no lo convierte en ley formal sino en disposición legislativa definitiva que sigue sujeta a los límites materiales del art. 86. w Se convalida mediante una votación de totalidad en la q u e n o p u e d e n p r e s e n t a r s e e n m i e n d a s (procedimiento regulado en el art. 151 RCD) w El trámite de convalidación supone un control político del Congreso de los Diputados: no se limita a los requisitos constitucionales sino que pueden valorarse otras razones 13

© 14

Decretos-leyes

§ Dentro del plazo de 30 días, las Cortes pueden

tramitarlos como proyectos de ley por el

procedimiento de urgencia

w En ese trámite pueden introducirse enmiendas

o regularse materias excluidas

w La nueva ley sustituye al Decreto-ley

originario y “sana” retroactivamente los

defectos que pudiera tener cuando era

Decreto-ley (sólo respecto de los artículos

incorporados a la ley)

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© 16

Decreto legislativo

§ A) Modalidades de delegación legislativa § B) Condiciones comunes de la delegación § C) Condiciones específicas § D) Control de la legislación delegada 16

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Decreto legislativo

§ Disposiciones del Gobierno que contienen legislación delegada (art. 85) previa autorización de las CG mediante una ley de delegación (delegación legislativa)

w Ejercicio de potestad legislativa por el Gobierno

por delegación de las Cortes y sujeta a las

condiciones de la delegación

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Decreto legislativo

B) 1. Condiciones delegación comunes a los dos tipos w Las Cortes Generales podrán delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley sobre materias determinadas no incluidas en el artículo anterior

  • Están excluidas las materias reservadas a LO por el art. 81. w La delegación legislativa habrá de otorgarse al Gobierno de forma expresa… no podrá entenderse concedida de modo implícito w para materia concreta w con fijación del plazo para su ejercicio… no podrá entenderse concedida por tiempo indeterminado.

20

Decreto legislativo

B) … Condiciones comunes w La delegación se agota por el uso que de ella haga el Gobierno mediante la publicación de la norma correspondiente

  • El Gobierno sólo puede hacer uso una vez de la delegación porque ese uso agota el plazo: no puede modificar el Decreto legislativo ya dictado con otro nuevo dictado dentro del plazo restante (aunque cabe dictar varios Decretos legislativos complementarios) w Tampoco podrá permitir la subdelegación a autoridades distintas del propio Gobierno
  • La delegación se otorga al Gobierno como órgano colegiado [art. 5.1 c) de la Ley del Gobierno]