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Uno de los Emperadores romanos más sobresalientes que hizo aportaciones importantes al derecho, fue sin duda Justiniano , quien fue el sucesor del trono de su tío Justino. Su reinado fue entre los años 527 y 565. Hasta su llegada al gobierno existía desorden legislativo y superposición de normas sobre una misma institución jurídica. Durante la Etapa de Oro surgieron juristas desarrollaron sus conocimientos de la ciencia jurídica, convirtiéndose ésta en jurisprudencia, Justiciano es el inspirador del Corpus Iuris Civilis magnífica obra que permitió "la supervivencia y el conocimiento del derecho romano" una recopilación de textos legales de época imperial, así como de jurisprudencia romana desde el año 117 al 565, y está compuesto por el Codex repetitae praelectionis, la Digesta sive pandectae, las Institutas y las Novellas Constitutiones post Codicem. Teniendo en cuenta que sus miembros eran profesores de Derecho en las universidades destacadas de la época, se cree que sus estudiantes colaboraron en la elaboración de esta maravillosa obra, bajo la atenta supervisión de los integrantes de la comisión y del propio Justiniano. El Corpus Iuris Civilis se conoció por primera vez entre los años 527 y 565, el primer objetivo fue dar al pueblo un código práctico; y el segundo, conservar la jurisprudencia clásica. Viendo la dificultad que había para el estudio del Derecho y la práctica del mismo por la cantidad de textos diseminados, concibió el proyecto de reunir en un cuerpo legal las reglas jurídicas que derivasen de la autoridad imperial o proviniesen de la autoridad de los
jurisconsultos, por consiguiente, ordenó a los juristas Juan de Capadocia, Teófilo y Triboniano, entre otros, elaborar un nuevo código (Codex) que recopilase toda la legislación imperial, teniendo como fundamento los códigos Gregoriano, Hermogeniano y Teodosiano, así como las normas posteriores, modificándolas y adaptándolas a la legislación de la época. Justiniano declaro la superioridad del derecho, lo cual llevó a que los juristas romanos se vieran obligados a acudir permanentemente a los edicta o leges generales, es decir, a las normas de contenido general y abstracto dictadas por el emperador para dirimir cuestiones jurídicas. El Corpus Iuris Civilis, obra que ha recopilado y organizado las instituciones y principios jurídicos que han nacido y evolucionado durante los distintos períodos históricos de Roma, ha sido fuente directa e indirecta de nuestra legislación civil. Ello por cuanto el Corpus Iuris Civilis ha sido objeto de estudio por parte de los grandes juristas de la edad moderna, ha sido estudiado por Vélez Sarsfield, quien ha tenido en cuenta sus opiniones para la redacción del Código Civil, al igual que el Código Civil Francés. El derecho romano ha forjado los principios esenciales del derecho privado argentino, adaptándose a la nueva realidad histórica y estos principios e instituciones, en muchos casos, se han mantenido vigentes en el nuevo Código Civil y Comercial sancionado en el año 2015. El derecho romano arriba a Latinoamérica a través de la recepción que de él efectúa la legislación hispánica, es decir, Leyes de Partidas, Nueva y Novísima Recopilación Institutas y el Corpus Iuris Civilis, utilizado por los juristas de la época.