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La organización y competencias de las diputaciones provinciales y comarcas en aragón, incluyendo su división administrativa, competencias propias y delegadas, y la creación y funcionamiento de las comarcas. Se detalla la importancia de la cooperación entre las diferentes administraciones implicadas y la asistencia a municipios de menor capacidad.
Tipo: Apuntes
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CON 49 PROVINCIAS (jefe político)… prefecturas napoleónicas REALIDAD ACTUAL. TRIPLE DIMENSIÓN.
Competencias delegadas (artículo 37)
Encomienda de la gestión ordinaria de los servicios autonómicos (artículo 37)
División horizontal: presidente, pleno
Junta de Gobierno: competencias delegadas
Mancomunidades (artículo 44)
-asociación voluntaria de municipios
Comarcas (artículo 42)
Base normativa: DECRETO LEGISLATIVO 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón / DECRETO LEGISLATIVO 2/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Delimitación Comarcal de Aragón
Estatuto de Autonomía de Aragón: consagración de la figura
La Ley 10/1993, de 4 de noviembre, de Comarcalización de Aragón, fue el primer paso en el desarrollo de las previsiones estatutarias
La Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, hizo algunas menciones a la comarca pero el paso decisivo fue dado por la Ley 23/2001, de 26 de diciembre, de Medidas de Comarcalización, promulgada cuando ya existía alguna comarca constituida.
Se han acabado constituyendo 32 de las 33 comarcas previstas, faltando hoy por crearse solamente la Comarca de Zaragoza.
comarcas.
b) Podrá existir una Comisión de Gobierno en aquellas comarcas que así lo prevean en sus Leyes de creación o en el reglamento orgánico comarcal que aprueben. La Comisión de Gobierno estará integrada por el Presidente y un número de consejeros no superior a un tercio de su número legal. El número de miembros de la Comisión de Gobierno será determinado por el Presidente, quien los nombrará y separará libremente dando cuenta al Consejo. En todo caso, los Vicepresidentes se entenderán incluidos dentro de los que debe nombrar el Presidente como miembros de la Comisión de Gobierno.
Corresponderá a dicha Comisión la asistencia al Presidente así como aquellas atribuciones que determine el reglamento orgánico comarcal o le deleguen el Consejo y el Presidente.
c) Una Comisión especial de Cuentas, constituida por miembros de los grupos políticos integrantes del Consejo comarcal, informará las cuentas anuales de la entidad, antes de someterse a su aprobación.
Artículo 46.- Elección del Consejo comarcal.