Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Apuntes - Cesión De Trabajadores - Derecho Laboral, Apuntes de Derecho Laboral

Apuntes de Derecho Derecho Laboral Cesión De Trabajadores CESIÓN DE TRABAJADORES. (Artículo 38) Prohíbe la contratación de trabajadores para cederlos a otras empresas. Pero la ley de 1 de Junio de 1994 establece una excepción que regula las Empresas de Trabajo Temporal (ETT), cuya función es contratar trabajadores para cederlos a otra que se denomina empresa usuaria.

Tipo: Apuntes

2011/2012

Subido el 11/07/2012

eltoroloco88
eltoroloco88 🇪🇸

4.2

(30)

74 documentos

1 / 1

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
docsity.com
1
TEMA 17
CESIÓN DE TRABAJADORES.
(Artículo 38)
Prohíbe la contratación de trabajadores para cederlos a otras empresas. Pero la ley de 1 de Junio
de 1994 establece una excepción que regula las Empresas de Trabajo Temporal (ETT), cuya
función es contratar trabajadores para cederlos a otra que se denomina empresa usuaria.
El contrato entre las empresas se denomina contrato de puesta a disposición. Los trabajadores
forman parte de la plantilla de la ETT que es quien los forma y paga sus cotizaciones a la
seguridad social.
CONTRATAS Y SUBCONTRATAS.
(Artículo 42)
Es un contrato de ejecución de obra, un contrato de naturaleza civil, de ejecución de servicios.
Por ejemplo:
Hospital que contrata a un servicio de limpieza.
Astillero que contrata a otra empresa para que realice la instalación eléctrica.
Colegio mayor contrata el servicio de catering.
En estos casos se establece responsabilidad solidaria de la empresa principal cuando la empresa
contratista no pague a sus trabajadores y siempre que las dos empresas se dediquen a la misma
actividad.
También se celebran contratos de compraventa de forma que las grandes empresas pasan a
dedicarse únicamente al montaje. En estos casos no existe responsabilidad solidaria.
SUCESIÓN DE LA EMPRESA.
(Artículo 44)
El cambio de titularidad de la empresa no extingue los contratos de trabajo. El nuevo empresario
debe respetar los derechos y obligaciones de los trabajadores.
Se establecen unas obligaciones para ver las garantías de los trabajadores cuando cambia el
empresario:
El nuevo empresario se subroga en la posición del empresario anterior. Novación
contractual. Conserva los derechos y obligaciones del empresario anterior.
Los 3 años siguientes a la transmisión, el que transmite y adquiere son responsables
solidarios.

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Apuntes - Cesión De Trabajadores - Derecho Laboral y más Apuntes en PDF de Derecho Laboral solo en Docsity!

docsity.com

TEMA 17

CESIÓN DE TRABAJADORES.

(Artículo 38) Prohíbe la contratación de trabajadores para cederlos a otras empresas. Pero la ley de 1 de Junio de 1994 establece una excepción que regula las Empresas de Trabajo Temporal (ETT), cuya función es contratar trabajadores para cederlos a otra que se denomina empresa usuaria.

El contrato entre las empresas se denomina contrato de puesta a disposición. Los trabajadores forman parte de la plantilla de la ETT que es quien los forma y paga sus cotizaciones a la seguridad social.

CONTRATAS Y SUBCONTRATAS.

(Artículo 42) Es un contrato de ejecución de obra, un contrato de naturaleza civil, de ejecución de servicios. Por ejemplo:

  • Hospital que contrata a un servicio de limpieza.
  • Astillero que contrata a otra empresa para que realice la instalación eléctrica.
  • Colegio mayor contrata el servicio de catering.

En estos casos se establece responsabilidad solidaria de la empresa principal cuando la empresa contratista no pague a sus trabajadores y siempre que las dos empresas se dediquen a la misma actividad.

También se celebran contratos de compraventa de forma que las grandes empresas pasan a dedicarse únicamente al montaje. En estos casos no existe responsabilidad solidaria.

SUCESIÓN DE LA EMPRESA.

(Artículo 44) El cambio de titularidad de la empresa no extingue los contratos de trabajo. El nuevo empresario debe respetar los derechos y obligaciones de los trabajadores.

Se establecen unas obligaciones para ver las garantías de los trabajadores cuando cambia el empresario:

  • El nuevo empresario se subroga en la posición del empresario anterior. Novación contractual. Conserva los derechos y obligaciones del empresario anterior.
  • Los 3 años siguientes a la transmisión, el que transmite y adquiere son responsables solidarios.