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Conceptos Retribución Salarial
Tipo: Apuntes
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1 Nóminas RETRIBUCIÓN SALARIAL ► 1. RETRIBUCIÓN SALARIAL ► 1.2. Concepto de salario Definición Según el art. 26 del TRLET , definimos salario como: “la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los periodos de descanso computables como de trabajo”. Por lo que se refiere al modo de pago del salario, el art. 26 del TRLET establece una distinción entre salario abonado en metálico y salario abonado en especie : Limitando la cuantía máxima de este a un 30% de las percepciones salariales del trabajador. Si bien tras la reforma introducida por la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, se garantiza en todo caso la percepción en dinero del importe equivalente al salario mínimo interprofesional (SMI) vigente en cada momento. En 2024, el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, ha fijado la cuantía del SMI para este año en 1.134,00 euros mensuales. Reiniciar
Maria Angeles Olivares Zurita
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evidente función social por cuanto constituye el sustento del trabajador y de su familia; esta idea del “salario familiar” pone de manifiesto la desigualdad de las partes en la contratación laboral, por cuanto la libertad contractual del trabajador está condicionada por el hecho de que su salario es su medio de vida y el medio de vida de su familia. Es aquí donde el Derecho del Trabajo pone de manifiesto, como veremos, su carácter eminentemente tuitivo, intentando normativamente corregir esa desigualdad inicial de la que se parte entre los sujetos del contrato de trabajo. Ejemplo Salario base: Salario. Se paga el trabajo realizado. Horas extraordinarias: Salario. Se paga el trabajo realizado. Complemento de productividad: Salario. Se paga por alcanzar un objetivo de trabajo. Dieta: Suplido. Se compensa un gasto ocasionado por el trabajo. Pago por incapacidad temporal: Prestación. Se abona una prestación, colaborando con la Seguridad Social. Indemnización por despido: Indemnización. Se compensa el daño producido por la pérdida de empleo.