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Asignatura: Derecho Mercantil, Profesor: Mª José Paz Antolín, Carrera: Economía, Universidad: UCM
Tipo: Apuntes
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Cinco socios han decidido la constitución de un sociedad con nombre “LUMEN SIGLO XXI” para la explotación de un negocio de producción de energía eléctrica mediante placas solares para lo que en principio han considerado que se necesita un capital social de 1.000.000 €, acordando que se desembolsaría por partes iguales; pero dada la falta de liquidez actual de varios socios, se efectúa en la siguiente forma:
Cuestiones:
1ª ¿Si es posible en tales términos constituir la Sociedad Anónima que tienen ideada, y en su caso, qué alternativas tienen?
2ª ¿Qué documentos va a ser necesario presentar al notario a la fecha de constitución de la sociedad que han fijado para el 8 de junio de 2015?
3º ¿Qué deben hacer para que la administración no dependa de un órgano colegiado y para que el desempeño esté remunerado?
4º ¿Qué ocurriría si el pagaré de 150.000 € del socio D no se pudiese cobrar a su vencimiento?
5º ¿Qué deben hacer para obtener el íntegro desembolso del capital en el plazo máximo de un año, ya que las inversiones en ese plazo exigen un patrimonio que garantice los préstamos que están negociando?
6º ¿Pueden hacer algo la sociedad ante el hecho de que hayan recibido una notificación relativa a que la finca de Mula está embargada por un banco desde hace cinco años?
7º ¿Si la pretensión del socio B de que su voto, valga doble, en razón a que aporta la finca sobre la que se van a colocar las placas, es posible?
8º Habiéndose constituido la sociedad por la amistad y relaciones de confianza que existe entre ellos, ¿existe alguna posibilidad de prohibir o limitar la futura transmisión de su participación por los socios a terceros?
9ª ¿Si los títulos pueden ser emitidos al portador?
ANGEL, BERNABÉ, CESAREO, de Santiago de la Ribera, desean constituir una sociedad anónima para la comercialización de cursos y material de buceo y navegación de recreo. Han hecho una consulta en varios chats de ese tipo de actividad y creen que con un capital social de 30.000 € tendrían más que suficiente para ese tipo de actividad. Este capital estaría dividido en 10.000 € acciones al portador de 3 € de valor nominal cada una. De ellas, 8.000 acciones serían ordinarias y se atribuirían por partes iguales a ANGEL, que desembolsaría un 25% de su valor nominal en el momento de otorgar la escritura y a BERNABÉ, que al tener menos disponibilidades económicas se compromete a trabajar en la sociedad para aportar su parte. CESÁREO estaría dispuesto a suscribir 2.000 acciones y a desembolsarlas íntegramente si se le da mayor poder de decisión y mayor participación en los beneficios. Los demás socios piensan que estas acciones podrían ser privilegiadas y otorgar el 50% de los beneficios y el 50% de los votos. Por otra parte, en los estatutos que han elaborado figuran entre otras las siguientes menciones:- Todas las acciones solo serán libremente transmisibles si es entre los actuales socios, en caso contrario será necesario la autorización de la sociedad, a criterio del administrador en su día. ANGEL, mientras sea socio, será el encargado de la sección de cursos de buceo, siendo dicha prestación remunerada con 1.000 € mensuales, y acepta que su incumplimiento sea causa de expulsión de la sociedad. Finalmente, los socios fundadores se reservan como ventaja el derecho a suscribir con preferencia la totalidad de las acciones que en el futuro puedan emitirse. Visto lo anterior, responda a lo siguiente:
**1. Si sería correcta la cifra de capital social prevista y su desembolso.
Marta, Francisca y Lucía, constituyeron una sociedad anónima en escritura pública otorgada con fecha 15 de mayo de 2014, ante el notario de Murcia doña Maria Pilar Berral,. Las aportaciones de capital que constan en dicha escritura fueron las siguientes: Marta y Francisca aportaron cada una 18.000 €, que desembolsaron íntegramente. Lucía, por su parte, aportó su negocio de peluquería, que se valoró en 36.000 €. Por último decidieron que doña Lucía se encargaría de la administración de la sociedad, y de realizar todas las gestiones necesarias para formalizar la constitución de la misma. A fecha de hoy, 8 de mayo de 2015, la sociedad está en pleno funcionamiento, pero Lucía lo fue dejándolo y no llevó a inscribir la escritura en el plazo legal de dos meses. Finalmente, la empresa Suministros Industriales Egea, S.A. les reclama el pago de 22333 € por el suministro de determinados materiales cuyo pago aplazado venció el pasado 30 de enero en un contrato que se suscribió por Marta y Francisca nada más firmar la escritura, sin que lo abonasen.
**1. ¿Cuál es la situación legal en la que se encuentra la sociedad?