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Ayuda en medicina interna, Esquemas y mapas conceptuales de Medicina Interna

La verdad nosé q más poner pero si sirve denada

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2020/2021

Subido el 23/11/2022

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ÍNDICE

Página

1 Base normativa 4

2 Objetivo 4

3 Ámbito de aplicación 4

4 Definiciones 4

5 Políticas 8

6 Descripción de actividades 18

Etapa I Determinación de dotación de Ropa Hospitalaria 18

Etapa II Requerimiento anual de Ropa Hospitalaria 21

Etapa III Control de Ropa Hospitalaria 23

Etapa IV Uso de Ropa Hospitalaria 29

Etapa V Ropa sucia 48

Etapa VI Elaboración de Reporte Mensual 51

7 Diagrama de flujo 54

Anexos

Anexo 1 Indicadores para el cálculo de ropa hospitalaria en Unidades de Atención Médica Clave: 2430 - 023 - 001

Anexo 2 Dotación de ropa hospitalaria a los Departamentos Clínicos Clave: 2430-009-

Anexo 3 Informe mensual de ropa hospitalaria en el Departamento Clínico Clave: 2430-009-

Anexo 4 Dotación de ropa hospitalaria autorizada a la unidad de atención médica Clave: 2430 - 009 - 057

1 Base normativa

 Artículo 82 Fracción IV del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre del 2006 y última reforma.

 Numerales 7.1.4.3. párrafo 1 y 7.1.4.3.3 párrafo 3 del Manual de Organización de la Dirección de Prestaciones Médicas, clave 2000- 002 - 001, validado y registrado el 8 de octubre del 2021.

2 Objetivo

2.1 Establecer los elementos normativos del personal de salud y administrativo para estandarizar y optimizar el proceso de uso, manejo, control, distribución y demanda de ropa hospitalaria en las Unidades Médicas de Tercer Nivel de Atención.

2.2 Favorecer la calidad y seguridad en la atención de los pacientes a través de la implementación de acciones que contribuyan a disminuir el riesgo de transmisión de infecciones asociadas a la atención de la salud (IAAS).

3 Ámbito de aplicación

El presente procedimiento es de observancia obligatoria en las Unidades Médicas de Tercer Nivel de Atención del Instituto Mexicano del Seguro Social.

4 Definiciones

Para efectos del presente procedimiento se entenderá por:

4.1 ASI o ALH: Auxiliar de Servicios de Intendencia o Auxiliar de Limpieza e Higiene (siglas empleadas sólo en el diagrama de flujo).

4.2 célula de trabajo: Grupo de trabajo para el traslado de pacientes; en la ambulancia de terapia intensiva o urgencias, integrado por el Técnico Operador de Transporte, un elemento del Personal de Enfermería para el Traslado de Pacientes de Urgencias (o Terapia Intensiva) y el Médico para el Traslado de Pacientes de Urgencias (o Terapia Intensiva).

4.3 Central de Esterilización : Área de acceso restringido donde se realiza el proceso de producción para obtener dispositivos médicos estériles para su uso clínico; es decir; se recibe, lava, descontamina, seca, inspecciona, empaqueta, esteriliza, almacena y distribuyen dispositivos médicos estériles, con el fin de garantizar la seguridad biológica de estos productos para ser utilizados con el paciente.

4.4 condiciones de uso: Características de integridad, limpieza, higiene y confort que debe reunir la ropa hospitalaria para poder ser utilizada en los servicios médicos (libres de manchas, suciedad, mal olor, residuos de producto químico, sin faltarle cintas, sin roturas ni desgarramientos, entre otros).

4.5 DA: Director Administrativo (siglas empleadas sólo en el diagrama de flujo).

4.6 DE: Directora de Enfermería (siglas empleadas sólo en el diagrama de flujo).

4.7 DEIS: Director de Educación e Investigación en Salud (siglas empleadas sólo en el diagrama de flujo).

4.8 DM: Director Médico (siglas empleadas sólo en el diagrama de flujo).

4.9 dotación de ropa: Cantidad de ropa hospitalaria, por tipo de prenda, que las Unidades Médicas Hospitalarias requieren permanentemente para brindar el servicio integral que conforman su ámbito de atención.

4.10 EDC: Enfermería del Departamento Clínico (siglas empleadas sólo en el diagrama de flujo).

4.11 EEQ: Enfermera Especialista Quirúrgica (siglas empleadas sólo en el diagrama de flujo).

4.12 EJP: Enfermera Jefe de Piso (siglas empleadas sólo en el diagrama de flujo).

4.13 equipo de protección personal: Conjunto de elementos y dispositivos diseñados específicamente para proteger al trabajador contra Accidentes y Enfermedades de Trabajo.

4.14 ERRRL: Enfermera responsable de la recepción de ropa limpia (siglas empleadas sólo en el diagrama de flujo).

4.15 GORPOML: Gerente o Responsable de Planta o Módulo de Lavado (siglas empleadas sólo en el diagrama de flujo).

4.16 Grupo de trabajo de ropa hospitalaria: Conformado por diferentes integrantes del Cuerpo de Gobierno de la Unidad Médica Hospitalaria. Tiene dentro de sus actividades: revisar, validar y en su caso supervisar las acciones operativas tales como solicitudes de dotación, recepción, uso, depósito, recolección, acopio y envío de la ropa hospitalaria; así mismo, asesorar, tomar decisiones y emitir recomendaciones sujetas a seguimiento y evaluación del proceso.

4.17 higiene de manos: Término genérico referido a cualquier medida adoptada para la limpieza de las manos como fricción con un preparado de base alcohólica o lavado con agua y jabón, con el objetivo de reducir o inhibir el crecimiento de microorganismos en las manos.

4.32 PEDC: Personal de Enfermería del Departamento Clínico (siglas empleadas sólo en el diagrama de flujo).

4.33 PERP: Personal de Enfermería responsable del paciente (siglas empleadas sólo en el diagrama de flujo).

4.34 personal de intendencia: Constituido por elementos de las categorías de Auxiliar de Servicios de Intendencia y Oficial de Servicios de Intendencia.

4.35 personal de salud: Conjunto de personas constituido por profesionales, técnicos y auxiliares que interactúan o no entre sí y con los pacientes, con el propósito de generar acciones de promoción, prevención y protección a la salud, así como de atención a la enfermedad.

4.36 planta de lavado: Lavandería institucional con estructura y recursos propios, dependiente del Departamento Delegacional de Conservación y Servicios Generales, ubicada dentro o fuera de un conjunto hospitalario que atiende a varias Unidades usuarias.

4.37 PRMRH: Persona responsable del manejo de ropa hospitalaria (siglas empleadas sólo en el diagrama de flujo).

4.38 requerimiento anual: Cantidad de ropa hospitalaria adquirida mediante proceso de licitación para reposición de faltantes por baja y/o pérdida en plantas de lavado, módulos de lavado, unidades de atención médica y no médica.

4.39 ropa contaminada: Prenda hospitalaria utilizada en pacientes con algún tipo de padecimiento infecto-contagioso, por sus familiares y/o por el personal institucional que les brinda asistencia y que requiere separación del resto en su acopio como ropa sucia y un tratamiento especial para su higienización en la Planta o Módulo de Lavado.

4.40 ropa hospitalaria: Prendas utilizadas para otorgar los servicios médicos, las cuales son propiedad del Instituto y pueden someterse a esterilización y ser reprocesadas para su utilización en varias ocasiones y por diversos pacientes durante su atención médica.

4.41 ropa sucia: Prenda que fue utilizada en la atención y procedimientos realizados al paciente.

4.42 ropería: Área física destinada para la concentración, conteo y clasificado de la ropa hospitalaria en la unidad usuaria; en su interior debe existir una separación para ropa limpia y sucia.

4.43 Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos (R.P.B.I.): Son aquellos materiales generados durante los servicios de atención médica que contienen agentes biológico- infecciosos y que puedan causar efectos nocivos a la salud y al ambiente.

4.44 SDE: Subjefe de Enfermería (siglas empleadas sólo en el diagrama de flujo).

4.45 Unidades Médicas de Tercer Nivel de Atención: Lo constituyen las Unidades Médicas de Alta Especialidad (UMAE) y sus Complementarias, que cuentan con la capacidad tecnológica y máxima resolución diagnóstica terapéutica. En este nivel se atiende a los pacientes que los hospitales de Segundo Nivel de Atención remiten, o por excepción, los que envíen las unidades del primer nivel, de conformidad con la complejidad del padecimiento.

4.46 unidad usuaria: Establecimiento de Atención Médica que no cuenta con lavandería propia y, por consiguiente, recibe el servicio integral de ropa hospitalaria por parte de una Planta o Módulo de Lavado institucional.

5 Políticas

Generales

5.1. La entrada en vigor del presente procedimiento actualiza y deja sin efecto el siguiente documento “Procedimiento para la determinación de necesidades y control de ropa hospitalaria reusable en las Unidades Médicas Hospitalarias del Instituto Mexicano del Seguro Social”, con clave 2430-003-007, fecha de registro 6 de julio de 2012.

5.2. El presente procedimiento es de observancia obligatoria para las Unidades Médicas de Tercer Nivel de Atención y, en el caso de las Unidades Médicas Complementarias, el personal homólogo o responsable deberá asumir el cumplimiento de políticas y actividades expresas correspondientes.

5.3. La autorización del requerimiento y dotación fija de ropa hospitalaria a la Unidad Médica, será responsabilidad del Director de la Unidad Médica de Alta Especialidad, una vez ratificados previamente por las Áreas correspondientes.

5.4. El incumplimiento de las y los servidores públicos involucrados en el presente documento, será causal de las responsabilidades que resulten conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas y demás disposiciones vigentes aplicables al respecto.

5.5. El lenguaje empleado en el presente documento, en los anexos y formatos, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción representa a ambos sexos, salvo en aquellos casos en que, por la naturaleza de la atención, resulte necesaria la precisión de algún género en particular.

5.6. El personal de salud deberá notificar inmediatamente a la Jefatura correspondiente, en caso de presentar accidente con Riesgo Biológico durante la jornada laboral, para que se lleven a cabo las actividades por parte de la Jefatura de Servicio de Prevención y Promoción de la Salud para los Trabajadores del IMSS (SPPSTIMSS) acorde a la normatividad aplicable vigente.

control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, clave 2000-001-030, fecha de registro 27 de noviembre de 2017.

 Norma para otorgar atención médica en Unidades Médicas de Tercer Nivel de atención del Instituto Mexicano del Seguro Social, clave 2000-001-008, fecha de registro 03 de junio de 2021.

 Programa Institucional de Prevención y Control de Infecciones Asociadas a la Atención de la Salud, 2019-2024.

 Procedimiento para determinar el requerimiento anual de ropa hospitalaria reusable, entrega, verificación de calidad y cálculo de necesidades de productos químicos para lavandería, clave 14C3-003-043, fecha de registro14 de noviembre de 2019.

 Procedimiento de Servicios de Lavado de Ropa Hospitalaria, clave 1240-003-040, fecha de registro 11 de marzo de 2009.

 Procedimiento para determinación de dotación autorizada, inventario físico y necesidades de reposición de ropa hospitalaria en ámbito de plantas y módulos de lavado, clave 1240-003-042, fecha de registro 30 de diciembre de 2011.

 Procedimiento de entrega y recolección de ropa hospitalaria reusable, clave 14C3- 003-041, fecha de registro 21 de junio de 2017.

 Procedimiento para la Central de Esterilización en las Unidades Médicas de Segundo y Tercer Nivel de Atención, clave 2430-A03-042, fecha de registro 13 de mayo de

 Ropa Hospitalaria MIPRIN: http://comunidades:106/sites/delegaciones/chiapas/jpm/caoa/Documentos%20comp artidos/Normatividad%202021/MPRIN%20(Lineas%20de%20Acción%20%20y%20Li sta%20de%20Cotejo)/11_Ropa_hospitalaria_2015.pdf#search=recolecci%C3%B3n %20de%20ropa

 Guía técnica de conteo y clasificado de ropa sucia, clave 14C3-006-001.

 Guía técnica de doblado, clave 14C3-006-005.

 Guía técnica para realizar inventarios de ropa hospitalaria, clave 1240-006-007.

 Contrato Colectivo de Trabajo vigente, que celebran el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social.

Específicas

Titulares o Responsables de Dirección de UMAE, Dirección Médica, Dirección Administrativa; Dirección de Enfermería, Subjefatura de Enfermería; Coordinación Médica de Turno; Jefatura de División de Educación en Salud; Jefatura de División Médica, Quirúrgica, Auxiliares de Diagnóstico y Tratamiento; Jefaturas de Departamento Clínico; Jefatura del Departamento de Abastecimiento; Jefatura del Departamento de Conservación y Servicios Generales:

5.10. Difundirán, conducirán y supervisarán el presente procedimiento, su cumplimiento y aplicación en el ámbito de su competencia.

Titulares o Responsables de Dirección Médica; Dirección Administrativa; Dirección de Enfermería; Subjefatura de Enfermería; Jefatura de División de Educación en Salud; Jefatura de División Médica, Quirúrgica, Auxiliares de Diagnóstico y Tratamiento; Jefatura de Departamento Clínico; Jefatura del Departamento de Abastecimiento; Jefatura del Departamento de Conservación y Servicios Generales:

5.11. Verificarán la correcta elaboración y consistencia de los formatos empleados durante el proceso operativo de ropa hospitalaria; en caso de inconsistencia o desviación de algún registro, realizarán la toma de decisiones necesarias para subsanar y propiciar la correcta ejecución del proceso.

5.12. Supervisarán que el personal a su cargo se abstenga de depositar material de R.P.B.I. y/o basura municipal en los carros para ropa sucia (o carros tánicos) y/o botes con tapa para ropa sucia.

Titulares o Responsables de Dirección Médica; Dirección Administrativa; Dirección de Enfermería; Subjefatura de Enfermería; Jefatura del Departamento de Abastecimiento; Jefatura de Departamento de Conservación y Servicios Generales y Jefatura de Oficina de Servicios Generales:

5.13. Realizarán la determinación de necesidades de ropa hospitalaria, tomando en consideración la capacidad instalada y la productividad que tenga la Unidad Médica Hospitalaria.

Titulares o Responsables de la Dirección de Enfermería; Subjefatura de Enfermería y División de Epidemiología Hospitalaria:

5.14. Coordinarán, implementarán y supervisarán el Programa Institucional de Higiene de Manos (PIHMA) de acuerdo con “Instrucciones para realizar la higiene de manos del personal de salud”, clave 2430 -005-026, para prevenir y reducir las IAAS asegurando insumos y recursos para su operación y supervisión.

NOTA 1: Las “Instrucciones para realizar la higiene de manos del personal de salud”, clave 2430-005-026 se puede consultar a través de la siguiente liga: http://comunidades:106/sites/dpm/cumae/Paginas/Administraci%C3%B3n%20y%20Gesti%C3%B3n.aspx

5.23. Vigilarán que el suministro de insumos para que se lleven a cabo las siguientes actividades: higiene de manos, precauciones de aislamiento por mecanismo de transmisión, ingreso a las áreas de alto riesgo, medidas de barrera máxima en los procedimientos invasivos para prevenir y reducir las IAAS, se otorguen de manera oportuna.

Titular o Responsable de la Jefatura de División de Epidemiología Hospitalaria; Médico No Familiar Epidemiólogo o responsable:

5.24. Difundirán la información del comportamiento epidemiológico de las enfermedades infectocontagiosas y apego de la técnica de higiene de manos del personal de salud y administrativo.

5.25. Supervisarán el sistema de prevención y control de infecciones en las etapas de recepción, almacenamiento y distribución de ropa limpia, así como el confinamiento de la ropa sucia y contaminada.

5.26. Realizarán acciones de mejora en los casos de desviaciones relacionadas con el traslado, condiciones de la ropa hospitalaria, entrega y recepción de la misma por parte del personal de la Planta o Módulo de lavado.

Titular o Responsable de la Dirección Administrativa:

5.27. Tendrá reuniones con el Gerente de la Planta de Lavado en forma bimestral para analizar las áreas de oportunidad (merma, insuficiencia, bajas, inconsistencias en el conteo de ropa hospitalaria, etcétera), determinará las acciones de mejora y dará seguimiento hasta su solución.

5.28. Asegurará conjuntamente con el Gerente de la Planta de Lavado el proceso adecuado del manejo de ropa apegado a lineamientos normativos institucionales.

5.29. Realizará acuerdos de forma bimestral con el Gerente de la Planta de Lavado, para asegurar la entrega oportuna de ropa hospitalaria, con especial atención en puntos críticos que incluye: lavado, empaquetado, distribución, transporte e higienización de los vehículos.

5.30. Designará un elevador exclusivo para el traslado de ropa hospitalaria, o bien horarios establecidos para tal fin cuando esto no sea posible.

5.31. Confirmará o en su caso gestionará que la Unidad Médica cuente con un almacén exclusivo, con las condiciones necesarias para recepción, distribución y entrega de ropa hospitalaria limpia sin riesgo de contaminación.

5.32. Determinará la existencia de un área específica en cada Departamento Clínico para la guarda de ropa limpia y otra área para almacén temporal de ropa sucia.

5.33. Establecerá y difundirá, horarios y rutas entre los diferentes Departamentos Clínicos, Oficinas y Servicios de acuerdo a la infraestructura de la Unidad, en coordinación con la

Dirección de Enfermería o Jefatura de Enfermería y verificará la colocación de señalamientos de ruta establecida para la entrega de ropa limpia y recolección de ropa sucia.

5.34. Será responsable de la oportunidad y calidad de la información reportada de ropa hospitalaria.

Titulares o Responsables del Departamento de Conservación y Servicios Generales;

Oficina de Servicios Generales y Jefatura de Ropería:

5.35. Planearán las acciones de entrega de ropa hospitalaria limpia y recolección de la sucia o contaminada, en coordinación con Director Administrativo, Jefe de la División de Epidemiología Hospitalaria, o Médico No Familiar Epidemiólogo y Directora de Enfermería, acorde a la infraestructura de la Unidad.

5.36. Supervisarán que se cumpla la ruta establecida de traslado para surtir de ropa limpia a los Departamentos Clínicos u Oficinas y para la recolección de ropa sucia al área de concentración para su traslado a la planta o Módulo de lavado.

5.37. Supervisarán que el personal realice higiene de manos antes de la distribución y posterior a recolección de ropa hospitalaria de los Departamentos Clínicos u Oficinas.

5.38. Verificarán que el personal que realiza el conteo y la recolección de ropa hospitalaria sucia porte el uniforme completo con equipo de protección personal y que apliquen las medidas de protección correspondientes.

5.39. Supervisarán la realización de exhaustivos semanales de entrega y recepción de ropa hospitalaria limpia y sucia; carros, tarimas o bandas transportadoras.

5.40. Verificarán la desinfección del elevador asignado para recolección de ropa hospitalaria sucia y/o contaminada en tiempo y forma para no interferir en otras actividades de los Departamentos Clínicos u Oficinas, ya establecidas por la Unidad Médica Hospitalaria.

5.41. Propiciarán y favorecerán que el personal involucrado en la recepción y manejo de ropa hospitalaria realice su higiene personal (baño) al término de la actividad o posterior al manejo de ropa sucia.

Titular o Responsable de la Dirección de Educación e Investigación en Salud:

5.42. Organizará la capacitación de higiene de manos de acuerdo a la “Guía para la implementación de las Metas Internacionales para la Seguridad del paciente”, la cual deberá ser permanente y aplicable a todos los Departamentos Clínicos u Oficinas y turnos.

5.43. Elaborará e implementará el programa de capacitación de la línea de acción sobre el proceso de manejo de ropa hospitalaria, incluyendo al personal en formación.

5.54. Corroborará que la enfermera encargada del área de guarda de ropa quirúrgica reusable la conserve en condiciones de higiene y la puerta cerrada con llave, la cual estará disponible las 24 horas del día.

5.55. Notificará al Jefe de Ropería sobre las condiciones en que se recibe la ropa quirúrgica reusable, si es necesario.

Personal de enfermería:

5.56. Realizará el cambio de ropa de cama por lo menos cada 24 horas o las veces que sea necesario de acuerdo a las necesidades de atención del paciente.

5.57. Realizará actividades técnico administrativas asignadas por la Enfermera Jefe de Piso relacionadas con el control, manejo y uso de la ropa hospitalaria para la atención oportuna de los pacientes.

5.58. Respetará el diseño y la integridad de cada prenda de ropa hospitalaria y le dará el uso adecuado para lo que fue confeccionada.

5.59. Colocará en bolsa de polietileno verde la ropa contaminada, pondrá un membrete con leyenda “ropa contaminada” que incluya fecha, Departamento Clínico u Oficina, cantidad y tipo de las prendas.

5.60. Evitará llenar más del 90% de la capacidad de la bolsa de polietileno verde con ropa hospitalaria sucia, colocada en el carro para ropa sucia (o carro tánico) y/o bote con tapa.

5.61. Consultará en la comunidad “Coordinación de Unidades Médicas de Alta Especialidad” las instrucciones de Enfermería para el cuidado enfermero.

Personal del Departamento de Conservación y Servicios Generales:

5.62. Realizará de manera conjunta con el Jefe de Oficina de Servicios Generales y Jefe de Ropería, el cálculo de requerimiento anual de ropa mediante las acciones correspondientes al “Procedimiento para determinar el requerimiento anual de ropa hospitalaria reusable, entrega, verificación de calidad y cálculo de necesidades de productos químicos para lavandería, clave 14C3-003-043 y a la “Guía Técnica para realizar inventarios de ropa hospitalaria”, clave 1240-006-007.

Personal de intendencia y Auxiliar de Limpieza e Higiene en Unidades Médicas y No Médicas:

5.63. Verificarán e informarán al Jefe de Ropería o responsable en qué condiciones de higiene se recibe la ropa limpia, empaquetada o emplayada.

5.64. Colocarán y cubrirán los paquetes de ropa hospitalaria limpia en el carro transportador asignado, sin rebasar el 90 % de su capacidad.

5.65. Respetarán los horarios específicos para la entrega de ropa limpia y recolección de ropa sucia, así como la ruta de recorrido para ambas actividades.

5.66. Portarán equipo de protección personal para separación, clasificación y manejo de ropa sucia durante su jornada laboral.

5.67. Registrarán la baja definitiva de aquellas prendas que así lo requieran antes del conteo (sin posibilidad de rehabilitación).

5.68. Clasificarán y contarán la ropa hospitalaria sucia en cada Departamento Clínico u Oficina, en el área asignada con la puerta cerrada o la deposita en el ducto, en caso de no existir éste, respetará la ruta establecida para trasportarla al centro de acopio permanente.

5.69. Cubrirán y llenarán los carros al 90% de su capacidad de ropa sucia, e informará a la Enfermera Jefe de Piso del conteo de la misma.

5.70. Realizarán limpieza diaria y exhaustiva cada semana de almacenes de entrega y recepción de ropa hospitalaria limpia y sucia, áreas de depósito de la ropa sucia en los diferentes Departamentos Clínicos u Oficinas, carros y tarimas para su traslado.

5.71. Respetarán los horarios y lugares pre-establecidos para colocar los carros para ropa sucia (o carro tánico) y/o botes con tapa de ropa sucia.

Personal de salud y administrativo de la Unidad Médica:

5.72. Se presentarán puntual y correctamente uniformado en su área de trabajo.

5.73. Utilizarán durante toda la jornada el uniforme reglamentario de acuerdo a su categoría, incluyendo el gafete de identificación institucional.

5.74. Consumirán alimentos y bebidas en aquellas áreas que el Cuerpo de Gobierno designe para tal fin.

5.75. Depositarán la ropa hospitalaria después de haberla utilizado, exclusivamente en el sitio que haya designado la Enfermera Jefe de Piso para la ropa sucia.

5.76. Seleccionarán y depositarán los residuos peligrosos biológico-infecciosos y basura municipal, generados durante el proceso de la atención médica en el contenedor específico.

5.77. Darán el uso adecuado a la ropa hospitalaria para la actividad que la hayan solicitado, e invariablemente respetaran la integridad y el diseño de origen.

Responsable Descripción de actividades

Subjefe de Enfermería 5. Recibe primera copia firmada del formato de “Dotación de ropa hospitalaria a los Departamentos Clínicos”, clave 2430 - 009 - 055 (Anexo 2) y se archiva por tiempo establecido.

NOTA: En los Departamentos Clínicos u Oficinas que no cuentan con Personal de Enfermería, quién recibe es el Jefe de éste.

6. Entrega a Directora de Enfermería “Informe mensual de ropa hospitalaria en el Departamento Clínico”, clave 2430- 009 - 056 (Anexo 3) de los últimos doce meses, por Departamento Clínico u Oficina.

Director Administrativo 7. Convoca a reunión a:  Director Médico;  Jefes de División;  Directora de Enfermería;  Jefe de Departamento Clínico u Oficina;  Jefe de Departamento de Abastecimiento;  Jefe de Departamento de Conservación y Servicios Generales, Jefe de Oficina de Servicios Generales;  Subjefe de Enfermería.

Director Médico; Director Administrativo; Jefes de División; Directora de Enfermería; Subjefe de Enfermería; Jefes de Departamento Clínico u Oficina; Jefe de Departamento de Abastecimiento; Jefe de Departamento de Conservación y Servicios Generales; Jefe de Oficina de Servicios Generales

8. Asisten a reunión, analizan con base en lo registrado en “Dotación de ropa hospitalaria a los Departamentos Clínicos”, clave 2430 - 009 - 055 (Anexo 2) original y segunda copia, e “Informe mensual de ropa hospitalaria en el Departamento Clínico”, clave 2430 - 009 - 056 (Anexo 3), de los últimos doce meses, de cada uno de los Departamentos Clínicos u Oficina. 9. Valoran de forma consensada el requerimiento de ropa hospitalaria determinado y actúan según el caso.

Ratificación de Dotación de Ropa Hospitalaria

Continúa en la actividad 12.

Rectificación de Dotación de Ropa Hospitalaria

Responsable Descripción de actividades Director Administrativo 10. Identifica las prendas de mayor demanda y aplica el factor “0.35” en las cantidades registradas en “Dotación de ropa hospitalaria a los Departamentos Clínicos”, clave 2430 - 009 - 055 (Anexo 2), para incrementar la cantidad obtenida al registro anterior, de considerarse necesario se realiza esto por cada prenda.

11. Elabora nuevo formato de “Dotación de ropa hospitalaria a los Departamentos Clínicos”, clave 2430 - 009 - 055 (Anexo 2), en original y dos copias; firma de conformidad y entrega primera copia al Jefe de Departamento Clínico u Oficina o a Subjefe de Enfermería, según el caso.

Continúa en la actividad 12.

Ratificación de Dotación de Ropa Hospitalaria

Director Médico; Director Administrativo; Jefes de División; Directora de Enfermería; Subjefe de Enfermería; Jefes de Departamento Clínico u Oficina; Jefe de Departamento de Abastecimiento; Jefe de Departamento de Conservación y Servicios Generales; Jefe de Oficina de Servicios Generales

12. Consolidan la información del requerimiento de ropa hospitalaria determinado y elaboran el formato “Dotación de ropa hospitalaria autorizada a la unidad de atención médica”, clave 2430- 009 - 057 (Anexo 4), en original y tres copias. 13. Elaboran “Minuta de trabajo”, firman de conformidad y registran la fecha de autorización en “Dotación de ropa hospitalaria a los Departamentos Clínicos”, clave 2430- 009 - 055 (Anexo 2), en segunda copia de cada uno de los Departamentos Clínicos u Oficina.

Director Administrativo 14. Archiva “Minuta de trabajo”, con la compilación del original del formato “Dotación de ropa hospitalaria a los Departamentos Clínicos”, clave 2430 - 009 - 055 (Anexo 2); entrega segunda copia firmada a Directora de Enfermería o Jefe de Oficina para su archivo por tiempo establecido.

15. Entrega a Director UMAE “Dotación de ropa hospitalaria autorizada a la unidad de atención médica”, clave 2430- 009 - 057 (Anexo 4), en original y tres copias.