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Bronces Hispania Antigua, Apuntes de Historia

Comentarios de los Bronces de Lascuta y de Botorrita de Hispania Antigua. Profesor: Borja Díaz Ariño

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 24/05/2021

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juc8 🇪🇸

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El llamado Bronce de Áscoli es una placa de bronce inscrita hallada en 1908 en Asculum,
la ciudad romana de la actual Áscoli (Italia) y que actualmente se conserva en los museos
Capitolinos.
Se trata de un documento excepcional que nos muestra, entre otros datos, el grado de
participación de hispanos combatiendo fuera de Hispania a favor de Roma. Se trata del
primer dato conocido sobre la concesión de ciudadanía romana a un grupo
relativamente numeroso, en este caso, por méritos militares.
La concesión se hace en virtud de la Lex Iulia de Civitate Latinis et Sociis Danda aprobada
el año 90 a.C. en el contexto del Bellum Sociale. Esta ley recoge la concesión de
ciudadanía a los latinos e itálicos que no se hubieran levantado en armas contra Roma
y, además, daba a los generales el poder de otorgar la ciudadanía - y otras recompensas
menores- a sus tropas, a discrección, por méritos militares.
Podemos dividir el bronce en 4 bloques:
1. Encabezamiento. Lo forman las tres líneas superiores. En él se indica:
a) Qué, la concesión de cidadanía -y otras recompensas- al escuadrón de caballería.
b) Quién, Gneo Pompeyo Estrabón (CNPOMPEIVS.SEX.F - Gneo Pompeyo, hijo de Sexto)
en calidad de comandante en jefe con imperator al mando de las tropas romanas del
frente centro-septentrional, más concretamente en la zona de los Apeninos, durante el
Bellum Sociale (91-88 a.C); y el consilium, cuyos componentes los podemos ver
reflejados en el bloque 2.
c) A quién, a los junetes hispanos (EQVITES.HISPANOS.CEIVES(.FECIT))
d) Por qué, en virtud de la Lex Iulia de Civitate Latinis et Sociis Danda, concretamente
por meritos militares (VIRTVTIS.CAUSSA).
Aunque no se ha conservado la parte central de la segunda línea, la podemos reconstruir
con el añadido del bloque 4.
e) Dónde, (IN.CATR)EIS.APVUD.ASCVLVM, el campamento ubicado frente a la ciudad de
Asculum, en el Piceno. Se trataba de un centro muy activo durante el Bellum Sociale.
f) Cuándo, XIV.K.DECEX, 14 días antes de las calendas de diciembre, es decir el 17 de
diciembre. El año más probable es el 89 a.C. ya que supone el fín del asesdio a la ciudad
de Asculum, aunque también hay que considerar el año 90 a.C. debido al desarrollo del
Bellum Sociale.
2. Parte central. Cita a los miembros del consilium, una especie de consejo de oficiales
en campaña formado por legados, tribunos militares y élite social romana. Se trata de
una relación de nombres latinos de oficiales romanos compuesto por el nomen,
praenomen, filiación y tribu; se prescinde del cognomen, posiblemente para no recargar
el documento. entre los citados, podemos encontrar nombres que darán que hablar en
el futuro de Roma. Estos son: Gneo Pompeyo Magno y Lucio Sergio Catilina.
3. Parte inferior. Nos concreta el dato de a quién se le concede la ciudadanía, ésto es a
la TVRMA SALLUITANA, el escuadrón de caballería de jinetes hispanos procedentes de
distintos puntos del valle del Ebro.
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El llamado Bronce de Áscoli es una placa de bronce inscrita hallada en 1908 en Asculum, la ciudad romana de la actual Áscoli (Italia) y que actualmente se conserva en los museos Capitolinos. Se trata de un documento excepcional que nos muestra, entre otros datos, el grado de participación de hispanos combatiendo fuera de Hispania a favor de Roma. Se trata del primer dato conocido sobre la concesión de ciudadanía romana a un grupo relativamente numeroso, en este caso, por méritos militares. La concesión se hace en virtud de la Lex Iulia de Civitate Latinis et Sociis Danda aprobada el año 90 a.C. en el contexto del Bellum Sociale. Esta ley recoge la concesión de ciudadanía a los latinos e itálicos que no se hubieran levantado en armas contra Roma y, además, daba a los generales el poder de otorgar la ciudadanía - y otras recompensas menores- a sus tropas, a discrección, por méritos militares. Podemos dividir el bronce en 4 bloques:

  1. Encabezamiento. Lo forman las tres líneas superiores. En él se indica: a) Qué, la concesión de cidadanía - y otras recompensas- al escuadrón de caballería. b) Quién, Gneo Pompeyo Estrabón (CNPOMPEIVS.SEX.F - Gneo Pompeyo, hijo de Sexto) en calidad de comandante en jefe con imperator al mando de las tropas romanas del frente centro-septentrional, más concretamente en la zona de los Apeninos, durante el Bellum Sociale (91-88 a.C); y el consilium, cuyos componentes los podemos ver reflejados en el bloque 2. c) A quién, a los junetes hispanos (EQVITES.HISPANOS.CEIVES(.FECIT)) d) Por qué, en virtud de la Lex Iulia de Civitate Latinis et Sociis Danda, concretamente por meritos militares (VIRTVTIS.CAUSSA). Aunque no se ha conservado la parte central de la segunda línea, la podemos reconstruir con el añadido del bloque 4. e) Dónde, (IN.CATR)EIS.APVUD.ASCVLVM, el campamento ubicado frente a la ciudad de Asculum, en el Piceno. Se trataba de un centro muy activo durante el Bellum Sociale. f) Cuándo, XIV.K.DECEX, 14 días antes de las calendas de diciembre, es decir el 17 de diciembre. El año más probable es el 89 a.C. ya que supone el fín del asesdio a la ciudad de Asculum, aunque también hay que considerar el año 90 a.C. debido al desarrollo del Bellum Sociale.
  2. Parte central. Cita a los miembros del consilium, una especie de consejo de oficiales en campaña formado por legados, tribunos militares y élite social romana. Se trata de una relación de nombres latinos de oficiales romanos compuesto por el nomen, praenomen, filiación y tribu; se prescinde del cognomen, posiblemente para no recargar el documento. entre los citados, podemos encontrar nombres que darán que hablar en el futuro de Roma. Estos son: Gneo Pompeyo Magno y Lucio Sergio Catilina.
  3. Parte inferior. Nos concreta el dato de a quién se le concede la ciudadanía, ésto es a la TVRMA SALLUITANA, el escuadrón de caballería de jinetes hispanos procedentes de distintos puntos del valle del Ebro.

La turma romana era una escuadra de caballería formada por dos decurias de jinetes, en este caso supondría un cuerpo de tropas auxiliares al ejército romano. Existen distintas hipótesis respecto del por qué se la denomina a la turma Salluitana, viendo el diverso origen de sus componentes: a) "Tesis clientelar". Se creyó que el oficial que comandaba las tropas daría el nombre a la turma, pudiendo ser el nombre de éste Sallutio o Salutio. Esta hipótesis ha sido desechada. b) "Tesis de mayoría". Basada en el mayor peso numérico dentro del escuadrón de junetes naturales de Salduie. Esta hipótesis no se sostiene, ya que sólo eran cuatro - los citados en primer lugar, se supone que proceden de Salduie ya que su nombre no va precedido de su ciudad de origen- del total de treinta, además de ser ampliamente superados por los segienses. c) "Tesis de capitalidad política y administrativa de Salduie". Defendida por Fatás y Beltrán Lloris, tiene en contra que supone una anticipación histórica a lo que sería décadas más tarde Caesar Augusta. Cabe decir que Salduie, no parece que fuera un enclave importante ya que no es nombrado por las fuentes literarias y sólo es conocida por sus acuñaciones monetarias que, por otra parte, tuvieron menos difusión que otras cecas de su entorno. d) "Tesis de centro práctico de reclutamiento". Pina Polo, defiende que "...las razones que llevaron al gobernador de Hispania Citerior, Cayo Valerio Flaco, a designar Salduie como centro de reclutamiento ... fueron estrictamente de orden práctico". Se basa en las mismas circunstancias del conflicto, que hicieron que la rapidez del traslado de las tropas procedentes de las provincias fuera de suma importacia para decidir el transcurso de la guerra. Salduie supondría un lugar estratégico en el valle del Ebro, situada en el centro del mismo y su acceso al río que ofrecía un rápido medio de transporte hasta su desembocadura en Tortosa, para después, ser embarcados en Tarraco con rumbo hacia Italia. También cabe destacar en este bloque los nombres de los ilerdenses. Nos muestran unos nombres con un caracter más romano, latinizados. Esto no puede deberse a que fueran ciudadanos romanos, ya que el documento plasma una concesión de ciudadanía; tampoco que Ilerda fuera una colonia romana, ni que tuviera un estatuto jurídico especial. La hipótesis mas aceptada es que se tratase de una cuestión de moda, queriendo parecerse a la poderosa Roma en sus hábitos y costumbres. Esta hipótesis se ve apoyada por el motivo de que son los primeros nombres de una determinada generación los que presentan una onomástica latina, pudiendo observar en la filliatio, que su predecesor todavía tiene un nombre indígena: CN.CORNELIUS, sería el nombre latino; NESILLE, el nombre indígena; F (filius). Resultando Gneo Cornelio, hijo de Nesille. Es importante observar que teniendo como referencia a los pueblos indígenas del Valle del Ebro, observamos que en este documento, se relaciona a los jinetes con las ciudades, y no con los pueblos; esto no quiere decir que los pueblos indígenas esten pasando por un proceso mediante el cual estén dejando de verse como un pueblo, sino que es la

¿Dónde se localizó este documento? La placa se encontró en 1983 dentro de un recinto amurallado del castro denominado Villavieja[2]. El poblado donde se encontró, es de época prerromana, seguramente vetón o lusitano, a unos 7 Km. al suroeste de Alcántara. La antigüedad del documento. El texto está fechado por su propio contenido, ya que en él, uno de los datos aportados es la fecha de la deditio. Por tanto, tenemos una cronología del año 104 a.C, como nos dice Luis García Moreno, “fechado por los cónsules con seguridad en el 104 a.C y por su contenido”. Es significativo, que gracias a esta placa, tengamos conocimiento de la actividad militar romana en estas tierras, entre los ríos Tajo y Duero, durante estas cronologías, cuando apenas se contaba con alguna información vaga[3]. Las condiciones de conservación del documento. Ciertamente, el bronce tiene unas condiciones de conservación óptimas, a excepción del epígrafe, que aparece fragmentado en sentido vertical en su parte derecha, lo que hace pensar que la palabra SEANO que identifica al pueblo que ocupaba el castro se encuentre partida y, por tanto, no se sepa el nombre completo de este pueblo (si lo hubo, quizá seano era el único nombre), otro problema es que en las fuentes no hay existencia de ese gentilicio[4]. La necesidad o no, de reconstruir parte de su contenido. En este sentido, tal vez merezca la pena intentar reconstruir la parte que falta del documento, para intentar averiguar en la medida de lo posible, si el pueblo al que se refiere el texto, tuvo algún otro nombre o algo que nos indique alguna información sobre él, teniendo en cuenta que en las fuentes no se cita, como ya se ha mencionado antes. En este aspecto, vemos el trabajo de Raquel López Melero, Jose Luis Sánchez Abal y Santiago García Jiménez[5], que intentaron reconstruir la parte dañada para una mejor comprensión del texto, por otra parte D. Nörr realizó un intento de reconstrucción y su importancia en el Derecho Romano y el profesor S. Mariner Bigorra, en el Coloquio de Epigrafía Jurídica Latina, presentó otro nuevo intento de reconstrucción[6]. La identificación de los personajes, lugares e instituciones que se mencionan, así como el lenguaje y fórmulas empleadas. Vamos a hablar a continuación, de los personajes citados en el bronce, y entraremos en su contexto histórico. En la primera línea es cuando nos cita que los hechos acaecidos fueron durante el consulado de Cayo Mario y Cayo Flavio, ambos cónsules[7], en el 104 a.C C. Flavio, fue cónsul junto con Mario. A continuación nos dice que fue al hijo de Cayo, a quien se rindió el pueblo de los seanos. El documento contiene el acto de rendición de dicho pueblo al gobernador de la Ulterior Lucio Caesio, La solución que se decide para este pueblo fue reconocer su realidad político-social indígena y así perdurará hasta que el senado romano y el pueblo lo quieran. No hay desplazamientos de población para instalarlos en otros lugares ni cambios de estatuto. Los romanos estaban pasando por malos momentos antes de que se redactara el documento, tanto fuera como dentro de la Península Ibérica, a pesar de que Mario venció sobre Yugurta. Estamos ante un tipo de documento jurídico-administrativo, con una sucesión de fórmulas, similares a otras deditio de época republicana[8]. Nos dice Raquel López Melero en su trabajo, que, la

parte mutilada de documento se hizo adrede, probablemente para extraer una tira de bronce para otro uso. Es posible que este fuera una copia o extracto para el pueblo que se rendía y el original en soporte más económico, fuera llevado a los archivos donde se guardaba la documentación. Conclusión El bronce de Alcántara representa un documento epigráfico de caso único, por ser reflejo directo de una rendición. Sin embargo, la situación mencionada de este pueblo seguramente era la misma que otras comunidades de la región; se trataría de pueblos que, aunque se han rendido y son sumisos a Roma, continúan teniendo un sistema político y social propio[9]. El contenido del documento entraría dentro de las medidas que Roma adoptó en el proceso de conquista de los pueblos prerromanos, con los cuales tuvo varias intervenciones militares.