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calculo indeminzaciones, Apuntes de Criminología

Asignatura: bioestadistica, Profesor: javier bravo agapito, Carrera: Criminología, Universidad: UDIMA

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 21/06/2017

uve290790
uve290790 🇪🇸

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¿De qué depende el importe total de la indemnización que cobrará el trabajador despedido?
La indemnización por despido depende fundamentalmente de tres factores:
1. El salario del trabajador. En concreto, la cantidad total de lo que se cobra (salario bruto anual)
2. Su antigüedad en la empresa. A la hora de contar los meses de antigüedad del trabajador para
la indemnización si se trabaja un día de un mes, es como si se hubiese trabajado todo el mes
completo.
3. Tipo de despido que se le haya hecho, ya que actualmente, solo tienen indemnización: el
despido objetivo, y el despido improcedente. Si un despido es procedente, no hay derecho a la
indemnización, aunque si al finiquito.
Tipos de indemnización por despido
Indemnización de 20 días por año trabajado
Cuando una empresa despide a un trabajador con un despido objetivo, tiene que pagarle en el
mismo momento de entregarle la carta de despido una indemnización de 20 días por año
trabajado, con un tope máximo de 12 mensualidades, es decir, que en ningún caso la
indemnización no podrá ser superior del resultado de multiplicar el salario mensual por 12.
Indemnización de 33 días por año trabajado
Si el contrato del trabajador es posterior al 12 de febrero de 2012 y el despido es declarado
improcedente, la empresa puede optar entre la readmisión o pagarle al trabajador una
indemnización de 33 días por año, con un tope de 24 mensualidades. En cualquier caso la
indemnización no podrá ser superior del resultado de multiplicar el salario mensual por 24.
Indemnización mixta: 33 / 45 días por año trabajado
En el caso de contratos de trabajo con fecha anterior al 12 de febrero de 2012, a la hora de hacer
los cálculos para la indemnización por despido improcedente, hay que manejar dos tramos
distintos:
para el total de días de antigüedad acumulados antes del 12 de febrero de 2012, se pagará una
indemnización de 45 días de salario por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades. Esta
es una indemnización por despido a extinguir y de la que solo se aprovecharán los que tienen en
las empresas contratos anteriores a 12/02/2012
para los días de antigüedad posteriores al 12 de febrero de 2012 (fecha de la reforma laboral),
se pagará la indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24
mensualidades.
Para tener la cantidad final de indemnización por despido improcedente, habrá que sumar los dos
tramos.
“Días de salario por año trabajado”… ¿cómo se calculan?
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¿De qué depende el importe total de la indemnización que cobrará el trabajador despedido?

La indemnización por despido depende fundamentalmente de tres factores:

  1. El salario del trabajador. En concreto, la cantidad total de lo que se cobra (salario bruto anual)
  2. Su antigüedad en la empresa. A la hora de contar los meses de antigüedad del trabajador para la indemnización si se trabaja un día de un mes, es como si se hubiese trabajado todo el mes completo.
  3. Tipo de despido que se le haya hecho, ya que actualmente, solo tienen indemnización: el despido objetivo, y el despido improcedente. Si un despido es procedente, no hay derecho a la indemnización, aunque si al finiquito.

Tipos de indemnización por despido

Indemnización de 20 días por año trabajado

Cuando una empresa despide a un trabajador con un despido objetivo , tiene que pagarle en el mismo momento de entregarle la carta de despido una indemnización de 20 días por año trabajado, con un tope máximo de 12 mensualidades, es decir, que en ningún caso la indemnización no podrá ser superior del resultado de multiplicar el salario mensual por 12. Indemnización de 33 días por año trabajado

Si el contrato del trabajador es posterior al 12 de febrero de 2012 y el despido es declarado improcedente, la empresa puede optar entre la readmisión o pagarle al trabajador una indemnización de 33 días por año, con un tope de 24 mensualidades. En cualquier caso la indemnización no podrá ser superior del resultado de multiplicar el salario mensual por 24.

Indemnización mixta: 33 / 45 días por año trabajado

En el caso de contratos de trabajo con fecha anterior al 12 de febrero de 2012, a la hora de hacer los cálculos para la indemnización por despido improcedente , hay que manejar dos tramos distintos:

para el total de días de antigüedad acumulados antes del 12 de febrero de 2012, se pagará una indemnización de 45 días de salario por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades. Esta es una indemnización por despido a extinguir y de la que solo se aprovecharán los que tienen en las empresas contratos anteriores a 12/02/ para los días de antigüedad posteriores al 12 de febrero de 2012 (fecha de la reforma laboral), se pagará la indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.

Para tener la cantidad final de indemnización por despido improcedente, habrá que sumar los dos tramos.

“Días de salario por año trabajado”… ¿cómo se calculan?

El cálculo se hace en base a dos conceptos básicos: el llamado “salario-día” y el total de “días trabajados”

Primer paso: calcular el “salario-día”

El primer paso es encontrar el salario diario que se cobra, para lo que hay que recopilar las nóminas de los 12 últimos meses, incluyendo las pagas extra si no se tienen prorrateadas.

En el caso de no tener todas las nóminas sería recomendable pedírselas a la empresa, si es posible, y si no solicitar en la Seguridad Social un informe de bases de cotización, para ver por qué salario bruto ha estado cotizando cada mes la empresa, sabiendo que estas cotizaciones sí que tienen las pagas extra prorrateadas.

Cuando se tienen los datos de los últimos 12 meses, se tienen que sumar los salarios brutos de cada nómina , para saber el salario bruto anual. Una vez que conocemos el salario bruto anual, se divide entre 12, para saber el salario medio mensual, que lo dividimos a su vez entre 30 para saber el salario-día. Mejor verlo con un ejemplo:

RODRIGO ALONSO cobra todos los meses 1.200€ brutos, y luego dos pagas extra de 1.000€ brutos cada una. Para calcular el salario anual hay que multiplicar 1.20012= 14.400€ y sumarle las dos pagas extra 1.0002= 2.000€. Salario anual: 14.400 + 2.000= 16.400€ Salario medio mensual: 16.400€ / 12 meses= 1.366,67€ Salario día: 1.366,67€ / 30 días = 45.56€

Cuando se está en situación de reducción de jornada por cuidado de hijo o familiar, parto prematuro y hospitalización, por ser víctima de violencia de género o por uso de baja parcial por maternidad,hay que tener en cuenta el salario total, como si no hubiese reducción. Por ese motivo es aconsejable ver también las nóminas anteriores a la reducción.

Ejemplo: Isabel cobra todos los meses 1.200 euros brutos con las pagas prorrateadas. En abril de 2015 se reduce la jornada un 25% para el cuidado de su hijo menor, por lo que pasa a cobrar 900 euros. Isabel es despedida en septiembre de 2015. A la hora de calcular el salario a efectos de indemnización es como si siguiese cobrando 1.200 euros todos los meses.

Segundo paso: calcular la cantidad total de “años trabajados”

Hemos visto que las indemnizaciones se pagan de este modo “tantos días de salario por año trabajado” y ya sabemos calcular el importe del salario diario. Ahora vamos con los “años trabajados”. Lógicamente no hay que lograr acumular un año entero, el cálculo se hacer por días.

A la hora de calcular cuántos días tenemos trabajados en la empresa hay que tener en cuenta que para hacer ese cálculo se sigue la regla de que si se trabaja un día del mes se computa todo el mes entero, como si se hubiera trabajado completo. Lo vemos con otro ejemplo: RODRIGO ALONSO trabajó del 15 de abril del 2013 hasta el 8 de junio de 2015. A efectos de calcular los días a indemnizar es como si hubiese trabajado desde el 1 de abril de 2013 al 30 de junio de 2015 y esto hace un total de 821 días.

Tercer y último paso: aplicar la indemnización correspondiente