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Asignatura: As, Profesor: Asunción Esteve, Carrera: Biblioteconomia i Documentació, Universidad: UB
Tipo: Apuntes
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Caso 1
Felipe trabaja en el centro de documentación de la oficina de la Unión Europea en Madrid. El centro de documentación ofrece al público una suscripción a varios boletines informativos y la posibilidad de tomar libros en préstamo. Para poder disfrutar de estos servicios los interesados deben facilitar en un formulario su nombre, apellidos, dirección y actividad profesional.
Redacta la cláusula que debería aparecer en el formulario de la Oficina que declara la cesión de los datos personales del interesado a la Oficina y el tratamiento que ésta va a dar a sus datos.
Solución
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, el firmante autoriza al Centro de Documentación de la Oficina de la Unión Europea a llevar a cabo el tratamiento de los datos personales que ha indicado en este formulario con las finalidades que sean precisas para dicho Centro lleve a cabo sus servicios al público.
Caso 2
Un profesor ya jubilado dona las obras que ha escrito a la biblioteca de una universidad para que ésta pueda ponerlas disposición de los estudiantes a través de Internet para su consulta on-line.
El profesor había escrito 15 libros que fueron publicados por varias editoriales con las que el profesor celebró los correspondientes contratos de edición. De estos contratos de edición 10 se han extinguido pero hay 5 contratos que todavía están vigentes.
De los cinco contratos de edición vigentes, 2 de ellos contienen una cláusula que indica lo siguiente:
“En caso de que el autor quiera explotar su obra a través de Internet, la editorial tendrá un derecho preferente para realizar este tipo de explotación”.
Cuestiones:
La biblioteca al poner las obras de este profesor a disposición de sus estudiantes va a hacer varios actos de reproducción y un acto de comunicación pública. Los actos de reproducción serán (1) el escaneamiento de los libros y (2) el almacenamiento de los archivos de dichos libros en el servidor de la biblioteca. El acto de comunicación pública tendrá lugar cuando a dichos archivos se les atribuya una dirección URL y cualquier estudiante pueda acceder a ellos a través de Internet. Por lo tanto, la biblioteca sólo puede poner a disposición de sus estudiantes las 10 obras cuyos contratos de edición se han
extinguido, ya que el autor dispone de todos los derechos sobre estas 10 obras y tales derechos se los cede a la biblioteca.
La biblioteca deberá contactar con las 5 editoriales que tienen contratos de edición vigentes con el autor. En virtud del contrato de edición, el autor cede al editor el derecho de reproducción y distribución (art. 58 LPI). En Internet no hay distribución, pero sí que hay siempre un acto de reproducción previo a la comunicación pública (el almacenamiento de las obras en el servidor). Por lo tanto, puesto que esas 5 editoriales tienen el derecho de reproducción, la biblioteca deberá solicitar su autorización para llevar a cabo el escaneamiento de los libros y su almacenamiento en el servidor. Además, en los 2 casos en que las editoriales han adquirido un derecho de adquisición preferente para llevar a cabo la explotación en Internet, la biblioteca deberá comunicarles a dichas editoriales si les interesa llevar a cabo la explotación en Internet, puesto éstas que tienen un derecho preferente sobre la misma que les concedió el autor.
De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, el autor hace donación a la Biblioteca CCC de sus derechos sobre las 15 obras que aparecen enumeradas en el Anexo I. La biblioteca sólo podrá explotar tales obras para facilitar su puesta a disposición a sus estudiantes a través de Internet por razones educativas y de investigación, y siempre que se haga con finalidad no lucrativa.
Caso 3
Señala en los siguientes supuestos: