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caso practico penal, Apuntes de Derecho Penal

Asignatura: derecho penal II, Profesor: lucia martinez garay, Carrera: Dret, Universidad: UV

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 07/03/2014

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HECHOS PROBADOS.
Sobre las 11 horas del día 30 de Junio de 1999 Adrián, nacido en 1972, discutió, en la carretera que
comunica Las Rozas con El Escorial, donde se hallaba esperando el autobús que suministra metadona
(del Plan Municipal contra la droga del Ayuntamiento de Majadahonda), con José, por motivos que no
se han acreditado. En el curso de la discusión Adrián golpeó a José una o dos veces en la cara,
partiéndole así el labio y produciéndole un hematoma en el pómulo. A consecuencia del golpe o golpes
descritos José Luis Moreno cayó al suelo. Se reincorporó del mismo y fue atendido por unos miembros
de una dotación de la Cruz Roja, con sede en el lugar de los hechos.
El día 2 de Julio de 1999, sobre las 14,03 horas, José fue conducido a la "Clínica P." de esta capital,
donde falleció sobre las 16,30 horas. La muerte se produjo a consecuencia de un shok hipobulémico
hemorrágico producido, a su vez, por la rotura de la vesícula biliar . Rotura que tuvo un origen
traumático. El estado anterior del fallecido actuó como concausa en el fallecimiento. Tal estado anterior
consistía en una hepatopatía crónica, con desarrollo de cirrosis hepática y hepatitis C crónica y
colelitiasis; el fallecido era poliadicto, a las drogas tóxicas, cocaína, benzodiacepinas y consumo de
alcohol; la patología preexistente a la rotura de la vesícula biliar actuó como concausa, del
fallecimiento, según se ha dicho, a diferentes niveles: en su producción, dada la existencia de
adherencias entre el colón y la vesícula biliar anteriores a la acción del mecanismo traumático causante
de la rotura de la vesícula, que sin duda produjeron una tracción sobre la vesícula de desplazamiento del
colon por el traumatismo, favoreciendo su rotura; por otro lado, la preexistencia de patología vesicular
como los cálculos y cirrosis hepática pueden condicionar una alteración de su pared que le confirma una
mayor fragilidad; además, en su desarrollo la patología preexistente pudo favorecer el desarrollo de una
hemorragia más intensa y la patología cerebral que presentaba el fallecido (un síndrome orgánico
cerebral secundario a un hematoma frontal izquierdo, consecuente a un aneurisma de la arteria cerebral
media izquierda) pudo enmascarar la sintomatología y anular la reacción peritoneal, con la que
normalmente cursan los procesos de rotura de la vesícula biliar, provocando que no se haga el
diagnóstico definitivo de sus lesiones con anterioridad al fallecimiento a fin de haber cursado las
medidas terapeúticas necesarias.
Determinar:
1º. Elementos de la figura típica.
2º. Elementos típicos del hecho.
3º. Escrito conclusiones ex art. 650 LECrim.
* * * * *
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DERECHO PENAL IIGRUPO M CURSO 2013-2014
CASO PRÁCTICO 003 A RESOLVER El 06 de noviembre
de 2013
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HECHOS PROBADOS.

Sobre las 11 horas del día 30 de Junio de 1999 Adrián, nacido en 1972, discutió, en la carretera que comunica Las Rozas con El Escorial, donde se hallaba esperando el autobús que suministra metadona (del Plan Municipal contra la droga del Ayuntamiento de Majadahonda), con José, por motivos que no se han acreditado. En el curso de la discusión Adrián golpeó a José una o dos veces en la cara, partiéndole así el labio y produciéndole un hematoma en el pómulo. A consecuencia del golpe o golpes descritos José Luis Moreno cayó al suelo. Se reincorporó del mismo y fue atendido por unos miembros de una dotación de la Cruz Roja, con sede en el lugar de los hechos.

El día 2 de Julio de 1999, sobre las 14,03 horas, José fue conducido a la "Clínica P." de esta capital, donde falleció sobre las 16,30 horas. La muerte se produjo a consecuencia de un shok hipobulémico hemorrágico producido, a su vez, por la rotura de la vesícula biliar. Rotura que tuvo un origen traumático. El estado anterior del fallecido actuó como concausa en el fallecimiento. Tal estado anterior consistía en una hepatopatía crónica, con desarrollo de cirrosis hepática y hepatitis C crónica y colelitiasis; el fallecido era poliadicto, a las drogas tóxicas, cocaína, benzodiacepinas y consumo de alcohol; la patología preexistente a la rotura de la vesícula biliar actuó como concausa, del fallecimiento, según se ha dicho, a diferentes niveles: en su producción, dada la existencia de adherencias entre el colón y la vesícula biliar anteriores a la acción del mecanismo traumático causante de la rotura de la vesícula, que sin duda produjeron una tracción sobre la vesícula de desplazamiento del colon por el traumatismo, favoreciendo su rotura; por otro lado, la preexistencia de patología vesicular como los cálculos y cirrosis hepática pueden condicionar una alteración de su pared que le confirma una mayor fragilidad; además, en su desarrollo la patología preexistente pudo favorecer el desarrollo de una hemorragia más intensa y la patología cerebral que presentaba el fallecido (un síndrome orgánico cerebral secundario a un hematoma frontal izquierdo, consecuente a un aneurisma de la arteria cerebral media izquierda) pudo enmascarar la sintomatología y anular la reacción peritoneal, con la que normalmente cursan los procesos de rotura de la vesícula biliar, provocando que no se haga el diagnóstico definitivo de sus lesiones con anterioridad al fallecimiento a fin de haber cursado las medidas terapeúticas necesarias.

Determinar :

1º. Elementos de la figura típica.

2º. Elementos típicos del hecho.

3º. Escrito conclusiones ex art. 650 LECrim.

DERECHO PENAL IIGRUPO M CURSO 2013-

CASO PRÁCTICO 003 A RESOLVER El 06 de noviembre

de 2013