Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


caso practico uno teoría, Resúmenes de Derecho Mercantil

caso practico UNO caso practico uno teoría

Tipo: Resúmenes

2022/2023

Subido el 29/05/2023

christian-cardenas-4
christian-cardenas-4 🇨🇴

1 documento

1 / 6

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Punto I-Estudio de casos:
Para realizar este caso usted debe tener en cuenta los siguientes parámetros:
·Las Retenciones las practica solo la empresa que está comprando.
·Solo las empresas catalogadas como “grandes contribuyentes” pueden aplicar retención
sobre el impuesto a las ventas, el cual es el 15% del valor del IVA.
·Las empresas catalogadas como “Auto retenedoras” se autoretienen, solo cuando realizan
operaciones de ventas. Es decir, ellas mismas se auto retienen, cada que venden.
·Entre empresas catalogadas por la DIAN, como “grandes contribuyentes” no se practican
retención sobre impuesto a las ventas.
·La auto retención especial del 0.4% la deben ejecutar el 100% de las personas jurídicas
(sin importar el tamaño de la empresa), y, solo en cuando se ejecutan operaciones de ventas.
·Todas las operaciones son gravadas con IVA del 19% (Excepto cuando se transa con
el régimen simplificado (no responsables del IVA).
·Recuerda que el valor total a pagar a la DIAN, por concepto de IVA es el valor recaudado
por IVA en ventas, menos el valor total del IVA en las compras y gastos.
·Si en la operación o transacción no existe IVA por tanto no hay “reteiva”
·Descargar de la web la tabla de retención en la
fuente, https://accounter.co/herramientas/tabla-de-retencion-en-la-fuente-ano-gravable-2010-
excel.html
·Para resolver algunas preguntas que evalúan los conocimientos deberás ingresar a la WEB al
“Estatuto tributario nacional” de Colombia https://estatuto.co/
·Para resolver algunas preguntas que evalúan los conocimientos deberás ingresar a la WEB y
leer
“La
constitución nacional” . http://www.secretariasenado.gov.co/index.php/constitucion-
politica
CASO:
La empresa "Los INVERSIONISTAS SA " pertenece al régimen común del IVA, es gran
contribuyente y autoretenedor, su objeto social es la comercialización de Estufas, gravadas, con
IVA del 19% realizo las siguientes transacciones en MAYO 2020.
Mayo 2: Compró a crédito 100 Estufas a $500,000 c/u a la empresa Z Ltda, (gran contribuyente y
autoretenedor).
Mayo 7: Vendió a crédito 80 Estufas a $1,000,000,00 c/u a la empresa N Ltda., (No Gran
contribuyente ni autoretenedor) es decir régimen común normal.
Mayo 9: Compró a Crédito, 10 estufas a $500.000 cada una, a José Jesús Restrepo (régimen
simplificado y declarante del impuesto a la renta).
Mayo 15: Recibió asesoría Financiera de "Los Ingenieros Ltda." (no gran contribuyente) por
pf3
pf4
pf5

Vista previa parcial del texto

¡Descarga caso practico uno teoría y más Resúmenes en PDF de Derecho Mercantil solo en Docsity!

Punto I-Estudio de casos: Para realizar este caso usted debe tener en cuenta los siguientes parámetros: · Las Retenciones las practica solo la empresa que está comprando. · Solo las empresas catalogadas como “grandes contribuyentes” pueden aplicar retención sobre el impuesto a las ventas, el cual es el 15% del valor del IVA. · Las empresas catalogadas como “Auto retenedoras” se autoretienen, solo cuando realizan operaciones de ventas. Es decir, ellas mismas se auto retienen, cada que venden. · Entre empresas catalogadas por la DIAN, como “grandes contribuyentes” no se practican retención sobre impuesto a las ventas. · La auto retención especial del 0.4% la deben ejecutar el 100% de las personas jurídicas (sin importar el tamaño de la empresa), y, solo en cuando se ejecutan operaciones de ventas. · Todas las operaciones son gravadas con IVA del 19% (Excepto cuando se transa con el régimen simplificado (no responsables del IVA). · Recuerda que el valor total a pagar a la DIAN, por concepto de IVA es el valor recaudado por IVA en ventas, menos el valor total del IVA en las compras y gastos. · Si en la operación o transacción no existe IVA por tanto no hay “reteiva” · Descargar de la web la tabla de retención en la fuente, https://accounter.co/herramientas/tabla-de-retencion-en-la-fuente-ano-gravable-2010- excel.html · Para resolver algunas preguntas que evalúan los conocimientos deberás ingresar a la WEB al “Estatuto tributario nacional” de Colombia https://estatuto.co/ · Para resolver algunas preguntas que evalúan los conocimientos deberás ingresar a la WEB y leer “La constitución nacional”. http://www.secretariasenado.gov.co/index.php/constitucion- politica CASO: La empresa "Los INVERSIONISTAS SA " pertenece al régimen común del IVA, es gran contribuyente y autoretenedor, su objeto social es la comercialización de Estufas, gravadas, con IVA del 19% realizo las siguientes transacciones en MAYO 2020. Mayo 2: Compró a crédito 100 Estufas a $500,000 c/u a la empresa Z Ltda, (gran contribuyente y autoretenedor). Mayo 7: Vendió a crédito 80 Estufas a $1,000,000,00 c/u a la empresa N Ltda., (No Gran contribuyente ni autoretenedor) es decir régimen común normal. Mayo 9: Compró a Crédito, 10 estufas a $500.000 cada una, a José Jesús Restrepo (régimen simplificado y declarante del impuesto a la renta). Mayo 15: Recibió asesoría Financiera de "Los Ingenieros Ltda." (no gran contribuyente) por

valor de $1,000,000, Mayo 30: Llego factura cobrando arriendo de las oficinas administrativas, por valor de $2.000.000 de la empresa “Arrendamientos el poblado Ltda.” (no gran contribuyente), es decir régimen común normal.

Valor total de la Retención en la Fuente $305. b) Valor total a pagar por concepto de IVA es: (Restar del IVA en ventas el IVA en las compras así): Nota: Del Iva en ventas restar el iva en compras y gastos así. Mayo DETALLE Valor Factura % IVA Valor del IVA 2 Iva en Compra 100 Unds x $ 500.000 cada una 50.000.000 19 ($9.500.000) 7 IVA en ventas 80 unds x $1.000.000 cada una, 80.000.000 19 $15.200. 9 Iva en Compra 10 unds x $500.000 cada una ( a un régimen simplificado o no responsable de iva)=>estos no cobran iva en sus ventas 5.000.000 19 CERO 15 Iva en compra de servicios de asesoría financiera vr $1.000.000 $1.000.000 19 ($190.000) 30 Iva en compra de servicio de Arrendamientos $2.000. “Arrendamientos el poblado” $2.000.000 19 ($380.000) Valor total del IVA $5.130.000. c) El valor que se le adeuda a la Dian por concepto de reteiva es: Recuerde que la empresa que está transando es un “Gran contribuyente y autorretenedor y el reteiva es el 15% del valor del iva es decir 19%x(15%) o sea=>2.85% del valor de la factura.

Mayo DETALLE Valor Factura

IVA

Valor del Reteiva. 2 Compra 100 Unds x $ 500.000 cada una (a un gran contribuyente y autorretenedor) 50.000.000 2.85% CERO (porque ambos son grandes contribuyentes) 7 Es una venta=>Se retiene es en las compras 9 Compra 10 unds x $500.000 cada una ( a un régimen simplificado o no responsable de iva)

CERO porque el régimen simplificado no cobra IVA al vendedor 15 Asesoría^ financiera^ vr^ $1.000.000^ (no gran contribuyente o régimen común normal) 30 Asesoría financiera vr $1.000.000 (no gran contribuyente o régimen común normal Valor total de la retención en la fuente $85. PUNTO II: Según el Articulo 437 parágrafo 3 del estatuto tributario y articulo 4 de la Ley 2010-dic/2019 Los contribuyentes del régimen simplificado, (llamados no responsables de iva), son aquellos comerciantes cuyas ventas son inferiores a 3500 UVT (año 2020 $124.624.500), no pueden facturar o cobrar el IVA en sus ventas. Significa que pierden el IVA, cuando compran inventarios a las empresas del régimen común del IVA, (hoy llamados responsables del iva). De anterior se concluye que: El iva es un mayor valor del costo de los inventarios que compran. Y las empresas del régimen común al vender inventarios a los comerciantes del régimen simplificado, cobraran un iva que será pagado a la DIAN.