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Códigos deontológicos, Apuntes de Psicología

Asignatura: Historia, ciencia y profesion, Profesor: Sandalio Sandalio, Carrera: Psicología, Universidad: USAL

Tipo: Apuntes

2012/2013

Subido el 14/10/2013

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DEONTOLOGÍA DEL PSICÓLOGO
Al principio, cuando comenzó a surgir y a desarrollarse la psicología científica, existía cierto abuso de la
profesión, de manera que era necesario regirse por una serie de normas genéricas que, además, sirviesen para
salvaguardar la imagen de esta labor. Por estas razones, surgen distintos códigos deontológicos, una serie de
normas para la regulación de la profesión del psicólogo. Hay varios códigos reguladores que podemos manejar
y que se han de preocupar por estos temas. Por una parte, está el APA, código más antiguo (de principios del
siglo XX) cuya última revisión se llevó a cabo en torno a los años 80. También, el FED, código deontológico
español, elaborado por el COP (Colegio Oficial de Psicólogos), relativamente reciente. CARACTERÍSTICAS
GENÉRICAS DE LA PROFESIÓN DEL PSICÓLOGO:
1. Requiere estar titulado: formación específica dentro de los 56 campos profesionales.
2. Ejercer la profesión para un fin socialmente aceptado.
3. No ejercer la profesión arbitrariamente sino atenerse a unas técnicas o procedimientos concretos que
conduzcan a un buen desempeño de la profesión.
4. Estar bajo una regulación externa con el llamado “Código Deontológico”.
5. Como profesión, debe tener una remuneración económica adecuada y satisfecha, por los clientes.
6. Es una actividad que establece derechos y obligaciones legales específicos para aquellos que la ejercen.
ÉTICA DEL PSICÓLOGO ACADÉMICO EN LA INVESTIGACIÓN CON SUJETOS HUMANOS Y
ANIMALES
Las actividades del psicólogo académico son fundamentalmente dos: la docencia, al margen de los códigos
deontológicos, y la investigación, que se encuentra bajo esta serie de reglas y normas. El organismo más
inmediato en este tipo de control son organismos propios de la universidad que se encargan de regular estas
actividades (regulación a nivel interno). Con respecto a la docencia, existe lo que se conoce como la “libertad de
Cathedra”, es decir, la libertad para desarrollar o transmitir contenidos y conocimientos en menor o mayor
medida, siempre siguiendo ciertos criterios en cuanto al modo de impartir estos contenidos.
Por otro lado, en la investigación de la psicología académica es el COP el que lleva a cabo un control de los
derechos y obligaciones con respecto al experimentador y los sujetos.
Derechos de los sujetos: debe ser el propio sujeto el que acceda a colaborar en la investigación y debe poder
abandonar ésta en el momento en el que desee; protección de la dignidad; ser protegido de cualquier tipo de
daño físico o mental; derecho a conocer los resultados de la investigación; derecho a la intimidad (protección de
los datos personales y resultados de la investigación). En cuanto a esto último, existen dos situaciones en las que
sería posible la publicación de estos resultados: bajo el consentimiento del individuo o cuando la propia
seguridad está en peligro.
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DEONTOLOGÍA DEL PSICÓLOGO

Al principio, cuando comenzó a surgir y a desarrollarse la psicología científica, existía cierto abuso de la profesión, de manera que era necesario regirse por una serie de normas genéricas que, además, sirviesen para salvaguardar la imagen de esta labor. Por estas razones, surgen distintos códigos deontológicos, una serie de normas para la regulación de la profesión del psicólogo. Hay varios códigos reguladores que podemos manejar y que se han de preocupar por estos temas. Por una parte, está el APA, código más antiguo (de principios del siglo XX) cuya última revisión se llevó a cabo en torno a los años 80. También, el FED, código deontológico español, elaborado por el COP (Colegio Oficial de Psicólogos), relativamente reciente. CARACTERÍSTICAS GENÉRICAS DE LA PROFESIÓN DEL PSICÓLOGO:

  1. Requiere estar titulado: formación específica dentro de los 56 campos profesionales.
  2. Ejercer la profesión para un fin socialmente aceptado.
  3. No ejercer la profesión arbitrariamente sino atenerse a unas técnicas o procedimientos concretos que conduzcan a un buen desempeño de la profesión.
  4. Estar bajo una regulación externa con el llamado “Código Deontológico”.
  5. Como profesión, debe tener una remuneración económica adecuada y satisfecha, por los clientes.
  6. Es una actividad que establece derechos y obligaciones legales específicos para aquellos que la ejercen. ÉTICA DEL PSICÓLOGO ACADÉMICO EN LA INVESTIGACIÓN CON SUJETOS HUMANOS Y ANIMALES Las actividades del psicólogo académico son fundamentalmente dos: la docencia, al margen de los códigos deontológicos, y la investigación, que sí se encuentra bajo esta serie de reglas y normas. El organismo más inmediato en este tipo de control son organismos propios de la universidad que se encargan de regular estas actividades (regulación a nivel interno). Con respecto a la docencia, existe lo que se conoce como la “libertad de Cathedra”, es decir, la libertad para desarrollar o transmitir contenidos y conocimientos en menor o mayor medida, siempre siguiendo ciertos criterios en cuanto al modo de impartir estos contenidos. Por otro lado, en la investigación de la psicología académica es el COP el que lleva a cabo un control de los derechos y obligaciones con respecto al experimentador y los sujetos. Derechos de los sujetos: debe ser el propio sujeto el que acceda a colaborar en la investigación y debe poder abandonar ésta en el momento en el que desee; protección de la dignidad; ser protegido de cualquier tipo de daño físico o mental; derecho a conocer los resultados de la investigación; derecho a la intimidad (protección de los datos personales y resultados de la investigación). En cuanto a esto último, existen dos situaciones en las que sí sería posible la publicación de estos resultados: bajo el consentimiento del individuo o cuando la propia seguridad está en peligro.

Obligaciones de los experimentadores: tratar de evitar el engaño y la mentira siempre que sea posible; informar al sujeto de los posibles riesgos; tratar de evitar posibles experiencias desagradables a los sujetos; obligación de responder ante las consecuencias de su investigación, responsabilidad; obligación de asistir al sujeto en el caso de que éste experimente algún tipo de daño; elegir el método de investigación más eficaz, menos invasivo o perjudicial; realizar solo aquellas investigaciones que realmente puedan proporcionar conocimiento útil e importante para la ciencia. En lo que respecta a los experimentos con animales: se les debe evitar el sufrimiento siempre que sea posible; se deben realizar sólo aquel tipo de investigaciones que estén suficientemente justificadas, es decir, aquellas que sirvan para comprender y aumentar el conocimiento de las conductas humanas o el del beneficio real a los animales y seres humanos. En este aspecto existe un debate polémico todavía abierto (en realidad, tan sólo un 10% de los animales de los laboratorios son usados con fines de aumentar el conocimiento científico; el resto: fines militares y fabricación de cosméticos). ÉTICA DEL PSICÓLOGO PROFESIONAL PRINCIPIOS DEONTOLÓGICOS GENERALES: -El psicólogo está para proteger la dignidad y los derechos de las personas a las que preste el servicio. Nunca debe perjudicarles. -Se debe salvaguardar la imagen de la profesión psicológica (algo regulado incluso con sanciones). Se deben mostrar varios aspectos: respeto, competencia, responsabilidad e integridad. El respeto se refiere a que el profesional tiene la obligación de la confidencialidad de la información de los sujetos, así como de respetar su autonomía y libertad. La competencia se refiere a los niveles de competencia altos, es decir, se deben utilizar técnicas adecuadas y actualizadas (entrenamiento y experiencia de los profesionales, continua formación). En cuanto a la responsabilidad, deben dar cuenta de sus actos profesionales y científicos ante sus clientes y, en general, ante la sociedad. Por último, la integridad hace referencia a la ética personal: actuaciones limpias, honestas, justas, de respeto hacia los demás. A parte de estas normas más genéricas, existen otra serie de normas específicas como, por ejemplo: -Norma del consentimiento informado: exige que el psicólogo respete las decisiones del cliente o de los sujetos a los que afecta a su salud y bienestar (siempre informando lo máximo imposible sobre las posibles consecuencias de sus acciones). Exige a su vez la obligación de buscar el máximo bienestar para los clientes y nunca hablar mal de evitando el informe desfavorable. -Norma de la planificación del trabajo profesional: se debe llevar una planificación y estudio adecuado según las estrategias de intervención, especificando en cada caso. EXIGENCIAS ÉTICAS DEL PSICÓLOGO PROFESIONAL:

El código deontológico fue elaborado por un comité redactor de psicólogos. Consta de 65 artículos y 7 capítulos (1. Principios generales de la profesión del psicólogo; 2. Competencia general de psicólogo y relación con otros profesionales; 3. Intervención psicológica; 4. Investigación y docencia; 4. Uso de la información profesional; 6. Horarios y remuneración; 7. Garantías procesales). Se ha intentado posteriormente modificar en alguna ocasión y cada uno o dos años van surgiendo nuevas alternativas; sin embargo, sigue vigente el anterior. A parte de ellos, hay unos órganos reguladores que vigilan el cumplimiento del código: Comisión Deontológica del COP. Estos códigos deontológicos funcionan a nivel nacional además de existir colegios territoriales de psicólogos en cada comunidad, con delegaciones provinciales. REGULACIÓN DEL COP: para asegurarse de la existencia de una buena praxis, el COP lleva a cabo un control y vigilancia del ejercicio de la profesión psicológica. Para intervenir, es necesario que se produzca una denuncia. Entonces: lleva a cabo un estudio del caso, fase de pruebas, recogida de datos, etc; pasa a valorar estos datos, a contrastarlos; tras todo esto, lleva a cabo la resolución. Ésta puede tener distintas consecuencias entre las que destacan: una suspensión temporal de la actividad o la pérdida definitiva de la licencia (sin embargo, antes de que ésta tenga lugar se producen distintos avisos). Además de esta función sancionadora y de la vigilancia y el control, el COP posee otras funciones como: el ofrecer continua ayuda formativa a los psicólogos para que actualicen sus conocimientos, el servir de mediador entre partes que estén en conflicto, el arbitraje, el llamar la atención ante conductas no del todo éticas, evitar el intrusionismo profesional, etc. *Las denuncias se mandan al COP de cada comunidad, respectivamente; este COP autonómico elabora un estudio pero en el caso de que sean necesarias sanciones, éstas son llevadas a cabo por el COP nacional (comisión deontológica estatal). ÉTICA DEL ESTUDIANTE DE PSICOLOGÍA NORMAS ÉTICAS Y EL ESTUDIANTE DE PSICOLOGÍA: al igual que los titulados, los propios estudiantes tienen también una serie de normas que deben cumplir como alumnos de esta disciplina: deben conocer las normativas de su futuro, conocer y respetar así mismo los derechos de las personas, como contribuir a la salud mental, etc. Por último, cabe destacar que está totalmente prohibido ejercer cualquier tipo de actividad equiparable a la profesión psicológica hasta que no se disponga de toda la titulación necesaria, caso en el que la persona debe declararse incompetente.