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Asignatura: Historia, ciencia y profesion, Profesor: Sandalio Sandalio, Carrera: Psicología, Universidad: USAL
Tipo: Apuntes
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Al principio, cuando comenzó a surgir y a desarrollarse la psicología científica, existía cierto abuso de la profesión, de manera que era necesario regirse por una serie de normas genéricas que, además, sirviesen para salvaguardar la imagen de esta labor. Por estas razones, surgen distintos códigos deontológicos, una serie de normas para la regulación de la profesión del psicólogo. Hay varios códigos reguladores que podemos manejar y que se han de preocupar por estos temas. Por una parte, está el APA, código más antiguo (de principios del siglo XX) cuya última revisión se llevó a cabo en torno a los años 80. También, el FED, código deontológico español, elaborado por el COP (Colegio Oficial de Psicólogos), relativamente reciente. CARACTERÍSTICAS GENÉRICAS DE LA PROFESIÓN DEL PSICÓLOGO:
Obligaciones de los experimentadores: tratar de evitar el engaño y la mentira siempre que sea posible; informar al sujeto de los posibles riesgos; tratar de evitar posibles experiencias desagradables a los sujetos; obligación de responder ante las consecuencias de su investigación, responsabilidad; obligación de asistir al sujeto en el caso de que éste experimente algún tipo de daño; elegir el método de investigación más eficaz, menos invasivo o perjudicial; realizar solo aquellas investigaciones que realmente puedan proporcionar conocimiento útil e importante para la ciencia. En lo que respecta a los experimentos con animales: se les debe evitar el sufrimiento siempre que sea posible; se deben realizar sólo aquel tipo de investigaciones que estén suficientemente justificadas, es decir, aquellas que sirvan para comprender y aumentar el conocimiento de las conductas humanas o el del beneficio real a los animales y seres humanos. En este aspecto existe un debate polémico todavía abierto (en realidad, tan sólo un 10% de los animales de los laboratorios son usados con fines de aumentar el conocimiento científico; el resto: fines militares y fabricación de cosméticos). ÉTICA DEL PSICÓLOGO PROFESIONAL PRINCIPIOS DEONTOLÓGICOS GENERALES: -El psicólogo está para proteger la dignidad y los derechos de las personas a las que preste el servicio. Nunca debe perjudicarles. -Se debe salvaguardar la imagen de la profesión psicológica (algo regulado incluso con sanciones). Se deben mostrar varios aspectos: respeto, competencia, responsabilidad e integridad. El respeto se refiere a que el profesional tiene la obligación de la confidencialidad de la información de los sujetos, así como de respetar su autonomía y libertad. La competencia se refiere a los niveles de competencia altos, es decir, se deben utilizar técnicas adecuadas y actualizadas (entrenamiento y experiencia de los profesionales, continua formación). En cuanto a la responsabilidad, deben dar cuenta de sus actos profesionales y científicos ante sus clientes y, en general, ante la sociedad. Por último, la integridad hace referencia a la ética personal: actuaciones limpias, honestas, justas, de respeto hacia los demás. A parte de estas normas más genéricas, existen otra serie de normas específicas como, por ejemplo: -Norma del consentimiento informado: exige que el psicólogo respete las decisiones del cliente o de los sujetos a los que afecta a su salud y bienestar (siempre informando lo máximo imposible sobre las posibles consecuencias de sus acciones). Exige a su vez la obligación de buscar el máximo bienestar para los clientes y nunca hablar mal de evitando el informe desfavorable. -Norma de la planificación del trabajo profesional: se debe llevar una planificación y estudio adecuado según las estrategias de intervención, especificando en cada caso. EXIGENCIAS ÉTICAS DEL PSICÓLOGO PROFESIONAL:
El código deontológico fue elaborado por un comité redactor de psicólogos. Consta de 65 artículos y 7 capítulos (1. Principios generales de la profesión del psicólogo; 2. Competencia general de psicólogo y relación con otros profesionales; 3. Intervención psicológica; 4. Investigación y docencia; 4. Uso de la información profesional; 6. Horarios y remuneración; 7. Garantías procesales). Se ha intentado posteriormente modificar en alguna ocasión y cada uno o dos años van surgiendo nuevas alternativas; sin embargo, sigue vigente el anterior. A parte de ellos, hay unos órganos reguladores que vigilan el cumplimiento del código: Comisión Deontológica del COP. Estos códigos deontológicos funcionan a nivel nacional además de existir colegios territoriales de psicólogos en cada comunidad, con delegaciones provinciales. REGULACIÓN DEL COP: para asegurarse de la existencia de una buena praxis, el COP lleva a cabo un control y vigilancia del ejercicio de la profesión psicológica. Para intervenir, es necesario que se produzca una denuncia. Entonces: lleva a cabo un estudio del caso, fase de pruebas, recogida de datos, etc; pasa a valorar estos datos, a contrastarlos; tras todo esto, lleva a cabo la resolución. Ésta puede tener distintas consecuencias entre las que destacan: una suspensión temporal de la actividad o la pérdida definitiva de la licencia (sin embargo, antes de que ésta tenga lugar se producen distintos avisos). Además de esta función sancionadora y de la vigilancia y el control, el COP posee otras funciones como: el ofrecer continua ayuda formativa a los psicólogos para que actualicen sus conocimientos, el servir de mediador entre partes que estén en conflicto, el arbitraje, el llamar la atención ante conductas no del todo éticas, evitar el intrusionismo profesional, etc. *Las denuncias se mandan al COP de cada comunidad, respectivamente; este COP autonómico elabora un estudio pero en el caso de que sean necesarias sanciones, éstas son llevadas a cabo por el COP nacional (comisión deontológica estatal). ÉTICA DEL ESTUDIANTE DE PSICOLOGÍA NORMAS ÉTICAS Y EL ESTUDIANTE DE PSICOLOGÍA: al igual que los titulados, los propios estudiantes tienen también una serie de normas que deben cumplir como alumnos de esta disciplina: deben conocer las normativas de su futuro, conocer y respetar así mismo los derechos de las personas, como contribuir a la salud mental, etc. Por último, cabe destacar que está totalmente prohibido ejercer cualquier tipo de actividad equiparable a la profesión psicológica hasta que no se disponga de toda la titulación necesaria, caso en el que la persona debe declararse incompetente.