



Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Comentarios de texto 2 historia del derecho.
Tipo: Ejercicios
1 / 5
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!




Nos encontramos ante un texto de carácter jurídico. El autor de este texto no está especificado. Se trata de un pacto de recepción como ciudadanos de los aldeanos de otra ciudad, por parte de los Dercinoassendenses, aldeanos de los Clunienses, concediendo los Termestinos, el mismo derecho que tienen ellos a estos en Termis, esta sería la idea principal. La época en la que escribe y publica este texto es en el siglo II en Soria. El texto va dedicado a los ciudadanos nombrados anteriormente que hacen el pacto.
Cluniense era la persona originaria o habitante de la antigua Clunia, ciudad de la España Tarraconense.
Tiermes fue una ciudad celtíbera emplazada en los límites de la cabecera del valle del Duero en la meseta superior y el valle del Tajo, a más de 1.200 metros de altitud. Fue un oppidum celtibérico y luego municipium romano (cuyo nombre era Termes, y el gentilicio de sus habitantes, termestinos). Fue aliada de Numancia durante las guerras celtibéricas. Actualmente se enclava en el término municipal de Montejo de Tiermes, provincia de Soria, Comunidad Autónoma de Castilla y León (España), en el límite con las provincias de Segovia y Guadalajara.
En conclusión, lo que se trataba con la publicación de este pacto, era reconocer y conceder de forma escrita, y de esta forma inviolable los derechos de los Dercinoassendenses, aldeanos de los Clunienses, el mismo derecho que los Termestinos.
Bibliografía:
Se trata de un texto de carácter histórico-literario. Es un fragmento de “El bronce de Áscoli” es una placa inscrita de bronce del año 89 a. C. encontrada en 1908 en Roma (Italia). Para combatir contra los itálicos sublevados en la Guerra de los Aliados (91-88 a.C.), el cónsul Pompeyo Estrabón contó con una caballería llamada Turma Salluitana. Como premio a la conquista de Áscoli, el cónsul les concedió entre otras recompensas la ciudadanía romana, hecho que reflejó en una tablilla de bronce. El texto va dirigido por parte del cónsul, como premio a la conquista de Áscoli, a los ciudadanos romanos, los cuáles por este hecho fueron recompensados.
En el texto también se hace referencia a Cneo Pompeyo nació en Roma el año 106 y falleció en Alejandría, 48 a. C., fue un político y general romano. Provenía de una rica familia itálica de provincias, y alcanzó por sí mismo el rango de la
nobleza romana a través de su exitoso liderazgo en diversas campañas. Sila se dirigió a él con el cognomen Magnus (el Grande) y se le concedieron tres triunfos. Pompeyo fue un rival de Marco Licinio Craso, y al principio aliado de Julio César. Se unió a ellos en una inestable alianza política conocida como el Primer Triunvirato, que dominó los acontecimientos políticos y militares de finales de la República Romana.
La Lex Iulia de civitate Latinis danda fue introducida en el año 90 a. C. por el cónsul Lucio Julio César, que ofreció la ciudadanía romana a todos los ciudadanos de las ciudades italianas que no hubieran tomado las armas contra Roma durante la guerra social. Esta oferta, fue completada por otras dos leyes al año siguiente, (una de ella, la Ley Plautia Papiria), que contribuyeron notablemente a la pacificación final.
En conclusión, lo que trata de mostrarnos el texto es uno de los fragmentos de “El bronce de Áscoli”, el cual es creado por el valor de los soldados de caballería hispanos, y que logran la ciudadanía romana, por su valentía.
Bibliografía:
Se trata de un texto de carácter histórico. El autor del texto es de Gayo Plinio Segundo, más conocido como Plinio el Viejo nació en Comum, la actual Como, en Italia en el año 23 y fallece en Estabia, hoy Castellammare di Stabia el 25 de agosto de 79, fue un escritor, científico, naturalista y militar latino. Realizó estudios e investigaciones en fenómenos naturales, etnográficos y geográficos, recopilados en su obra Naturalis historia, siendo modelo enciclopédico de muchos conocimientos hasta mediados del siglo XVII cuando sus estudios fueron sustituidos por investigaciones basadas en el Método Científico y el Empirismo moderno.
Historia natural, (latín: “Naturalis historia”) es una enciclopedia temprana escrita en latín por el procurador imperial romano Plinio el Viejo. Esta es una de las mayores obras individuales que sobreviven del Imperio Romano en nuestros días, que pretendía abarcar todo el conocimiento que en ese momento se tenía. Esta obra está dividida en treinta y siete libros, organizados en diez volúmenes y su temática no se limita a lo que hoy conocemos como historia natural; como lo indica el mismo escritor, pretende abarcar “el mundo natural, o la vida”. Abarca temas que incluyen astronomía, matemáticas, geografía, etnografía, antropología, fisiología humana, zoología, botánica, agricultura, horticultura, farmacología, minería, mineralogía, escultura, pintura y piedras preciosas. Este fragmento de la obra va dirigido a los lectores de Plinio, el cual con este trozo pretende hablarnos de la importancia que tiene el emperador Augusto Vespasiano, que dio a toda Hispania el derecho latino.
fuentes clásicas consideraron una tiranía. Murió como consecuencia de un motín militar cuando
Gneo Octavio Rufo fue un político de la República Romana. Su padre era Gneo Octavio, cónsul en 128 a. C. y su tío Marco Octavio. Ambos eran hijos de Gneo Octavio, que fue cónsul en 165 a. C., que era a su vez hijo de Gneo Octavio Rufo. Fue uno de los más firmes partidarios del partido aristocrático y por eso fracasó en la elección de edil.1 En 87 a. C. fue cónsul junto con Lucio Cornelio Cinna, cuando Sila estaba ausente en Grecia y Gayo Mario y sus partidarios habían sido desterrados. Durante su consulado, Lucio Cornelio Cinna intentó obtener el poder para los populares incorporando nuevos ciudadanos italianos a las 35 tribus y Octavio se opuso vehementemente. De las palabras se pasó a la lucha y finalmente Cinna fue expulsado de Roma y el Senado lo privó de su cargo de cónsul y lo sustituyó por Lucio Cornelio Merula. reparaba una expedición para acabar con Sila.
El Bronce II o TABULA CONTREBIENSIS, fue hallada a finales de 1979, es una inscripción en latín que recoge un texto jurídico, datado el 15 de mayo del año 87 a. C., en una lámina de unos 41 x 20 cm. Recoge, en veinte líneas, un pleito entre los habitantes de Salduie (actual Zaragoza) y Alaun (actual Alagón), por una canalización de aguas que querían realizar los primeros; los alavonenses se consideraron perjudicados y las partes acordaron encomendar el fallo a neutrales (los magistrados de Contrebia Belaisca, Botorrita), que dieron razón a los saluienses. Todo ello previo conocimiento y con la sanción aprobatoria del procónsul romano, Cayo Valerio Flacco. Es la primera querella documentada en la Península Ibérica.
En la primera fórmula, la idea principal es que sentencien los jueces que le terreno, de cuyo asunto se litiga, lo vendieron los sosinestanos a los salluienses con pleno derecho, si resulta probado que no, sentencien que no lo vendieron con pleno derecho.
En la segunda fórmula, si podían los salluienses con pleno derecho hacer la canalización a través de un terreno público de los sosinestanos, por el interior de esos mojones, o si los salluienses podían, con pleno derecho, hacer la canalización a través de un terreno privado de los sosinestanos, por el cual tendría que discurrir la canalización, a condición de que los salluienses pagaran dinero en la cuantía en que fuera tasado el terreno por el que discurría la canalización. En tal caso, si así resultaría probado, sentencien que no pueden hacerlo con pleno derecho.
En la tercera fórmula, si sentenciaran que los salluienses podían hacer la canalización, que los salluienses paguen entonces por el campo privado por el que será conducida la canalización, de acuerdo con el arbitraje de cinco miembros que la magistratura contrebiense designe de su senado. Sancionó aprobatoriamente este procedimiento judicial Cayo Valerio Flaco, fue un político y militar de la República Romana. Cayo era hermano de Lucio Valerio Flaco. Fue elegido praetor urbanus en 98 a. C. Gracias a su influencia en el Senado, Flaco logró aprobar una ley que concedía la ciudadanía romana a la población de Calliphana, en Velia.
Pero los jueces manifestaron que hubo un fallo, ya que fallaron en el asunto de la litiga a favor de los salluienses.
En conclusión, se trata de una inscripción en latín que recoge un texto jurídico, que recoge una discusión de dos ciudades por una canalización de aguas, donde los jueces acaban manifestando su opinión en contra de la litiga a favor de los salluienses, diciendo que fue un fallo.
Bibliografía: