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Asignatura: Argumentación Jurídica, Profesor: Alberto del Real, Carrera: Derecho, Universidad: UJAEN
Tipo: Apuntes
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B) RELACION JURIDICA: Es un vínculo que une a dos o más personas físicas o jurídicas en relación a determinados intereses o bienes, y que está regulado por las normas del derecho (por eso es relación jurídica) la posición de las partes no es igualitaria.
Obligación jurídica: De la relación jurídica se deduce obligaciones, es el vínculo por el cual dos partes, acreedor y deudor, quedan ligados debiendo la parte deudora cumplir objeto de la obligación. La parte acreedora forma parte de una relación jurídica cuando tiene el derecho a recibir algo. Esto es el objeto de la obligación, el objeto por el cual recae la obligación. Uno es parte deudora de una obligación jurídica cuando tiene que asignar, dar o cumplir el objetivo de la obligación a favor de la parte acreedora.
(acreedor y deudor- obligaciones para cada uno)
C) DEBER JURÍDICOS. Se caracteriza por la unilateralidad, es la conducta de hacer o no hacer que exige la ley unilateralmente de su destinatario.
D) LOS DERECHOS SUBJETIVOS
a. Teoría de la voluntad. Savigny, Windscheid.
La categoría de los derechos va unida con el derecho exigido verdadero.
Savigny dice que los derechos subjetivos, que su naturaleza es la voluntar libre de los individuos, la autonomía personal. Los individuos tendrán tantos derechos como forma de expresión de su voluntad. Cualquier manifestación de su voluntad puede constituir un derecho.
Se trata de un derecho pre jurídico. Ejm: voluntad de manifestarse: derecho de manifestación. La función que en la teoría de la voluntad tiene la ley,
meramente ha de condicionar todas las expresiones de voluntad de los individuos con el fin de hacerlos posibles. La intervención de la ley es mínima `la ley ordena´
Windscheid comparte la teoría de Savigny según él la teoría define correctamente la voluntad libre de los individuos pero no atribuye a la ley una función del todo correcta porque según Windscheid aquellas personas que no puedan expresar toda su voluntad tendrán menos derecho subordinado que llos que si puedan hacerlo. Propone la solución de atribuir un papel diferente a la ley, según él debe ser un papel mayor y no mínimo como decía Svigny, ese papel según Windscheid es el de completar la autonomía personal de las personas que no pueden expresar esa autonomía de un modo total
Ihering no está de acuerdo con la solución de Windscheid es mas solución parcial, Ihering, no basta con reformar el papel de la ley para solucionar el problema hay que modificar la naturaleza en la que residen los derecho subjetivos. Los derecho subjetivos para Ihering no es correcto que residan en la voluntad libre de los individuos porque no todos tienen voluntad libre, han de estar guiados por el interés, ya que el interés es la naturaleza de dar de los individuos según Ihering. El interés sería el elemento pre jurídico de los derechos subjetivos porque no hace falta que declare intereses para que los individuos lo tomen. Los derechos subjetivos se componen también de un elemento jurídico que la protección que da el derecho a ese interés de ambos elementos resulte la definición de los derechos subjetivos (el interés y la protección). Los derechos subjetivos son los intereses jurídicamente protegidos. El papel de la ley es mayor, la ley debe seleccionar que intereses merecen la protección jurídica convirtiéndolos en derecho subjetivo. La ley crea directamente los derechos subjetivos.
Ejm: Beneficio de la formulación.
Savigny PAPEL DE
Windscheid DE LA
Ihening LEY
Naturaleza de los derechos subjetivos según tres: