Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


consejo de europa, Apuntes de Derecho de la Unión Europea

Asignatura: comunitario, Profesor: pedro pedro, Carrera: Derecho, Universidad: UMA

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 21/11/2014

claudialopz
claudialopz 🇪🇸

3.8

(38)

47 documentos

1 / 11

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
{
Tema 4. b) y c)
INSTITUCIONES Y
ORGANOS
DE
LA UNIÓN EUROPEA
EL CONSEJO Y
EL CONSEJO EUROPEO
peg
pf3
pf4
pf5
pf8
pf9
pfa

Vista previa parcial del texto

¡Descarga consejo de europa y más Apuntes en PDF de Derecho de la Unión Europea solo en Docsity!

Tema 4. b) y c)

INSTITUCIONES Y

ORGANOS

DE

LA UNIÓN EUROPEA

EL CONSEJO Y

EL CONSEJO EUROPEO

peg

Consejo o Consejo de la UE. También Consejo de

Ministros de la UE.

Regulado en los arts. 16 TUE y 237 a 243 TFUE

Junto con el Consejo Europeo representa a los

Estados y a los intereses nacionales de estos.

En él se reúnen los representantes de los

Gobiernos de los Estados miembros a nivel de

Ministros o con rango similar.

Tiene carácter legislativo, ejerce esa función

junto con el PE.

La voluntad del Consejo es propia de éste y

distinta de cada uno de los Estados, cualquier

Estado puede impugnar un acto del Consejo en

cuya elaboración haya participado.

Su sede está en Bruselas pero se reúne 3 veces al

año en Luxemburgo.

EL
CONSEJO
COMPOSICIÓN Y
FUNCIONAMIEN
TO

Un Ministro de cada E.M. (28) que se

reúnen en distintas formaciones, (10), que

son:

  1. Asuntos Generales (se ocupa de los trabajos de las

diferentes formaciones y prepara las reuniones del

Consejo Europeo)

  1. Asuntos Exteriores
  2. Económicos y Financieros
  3. Justicia e Interior
  4. Empleo, Política social, Sanidad y Consumidores
  5. Competitividad.
  6. Transporte, Telecomunicaciones y Energía
  7. Agricultura y Pesca
  8. Medio Ambiente

2

4

SISTEMAS DE

VOTACIÓN

Según 16.3 TUE el Consejo adoptará sus acuerdos por mayoría

cualificada excepto cuando los Tratados dispongan otra cosa

MAYORÍA
SIMPLE

Cada Estado un voto, el

acuerdo se alcanza

cuando el Consejo se

pronuncia por mayoría

de sus miembros, es

decir, mayoría absoluta

Se utiliza para adoptar

decisiones de especial

importancia, cada

Estado un voto, las

abstenciones no impiden

que se adopten

acuerdos que requieren

unanimidad Es la regla general. T. de

Lisboa introduce dos

sistemas para mayoría

cualificada, el primero

hasta 2014 o 2017, el

segundo a partir de

UNANIMIDAD
MAYORÍA
CUALIFICADA

5

LA PONDERACIÓN DE

VOTOS

1.Alemania, Francia, Reino Unido e Italia : 29 votos cada uno

2.España y Polonia: 27 votos cada uno

3.Rumanía: 14 votos

4.Países Bajos: 13 votos

5.Grecia, Bélgica, Portugal, República Checa y Hungría: 12 votos c/u

6.Suecia, Austria y Bulgaria: 10 votos c/u

7.Dinamarca, Eslovaquia, Finlandia, Irlanda, Lituania y Croacia: 7

votos c/u

8.Letonia, Eslovenia, Estonia, Chipre y Luxemburgo: 4 votos

9.Malta , 3 votos

  • Desde el 1 de Julio de 2013 con la adhesión de Croacia:

  • Para la mayoría cualificada se requerirán 260 votos sobre el total de

los 352 y deberán representar a la mayoría de E.M. – hoy 15 de 28 -

  • Otro requisito exige que los E.M. que forman la mayoría deben

representar como mínimo el 62% de la población total de la UE

7

COMPETENCIA
S

Junto con el PE ejerce las funciones

legislativas y presupuestarias.

La función legislativa la ejerce mediante

la aprobación de actos legislativos

adoptados según el procedimiento

ordinario del art. 294 TFUE,

(procedimiento de co-decisión.)

« Procedimiento legislativo ordinario»

adopta junto con PE una propuesta de la

Comisión sobre un reglamento, directiva

o decisión.

«Procedimiento legislativo especial»

cuando adopta el reglamento, directiva o

decisión el propio Consejo o el PE con la

participación del otro.

Tiene también funciones Presupuestarias

junto con el PE.

Define las políticas a seguir, -art 16.

TUE-

Dispone de ciertas atribuciones en

relaciones exteriores.

8

EL CONSEJO

EUROPEO

ORIGEN Y
EVOLUCIÓ
N

Se regula en el 15 TUE y 235-236 del

TFUE.

Comenzó a funcionar de manera informal

en 1974 como foro de debates entre

dirigentes de la UE.

Evolucionó hasta convertirse en la

Institución que fija objetivos y

prioridades para el conjunto de países.

No estaba previsto en Tratados

originarios.

Es Institución como tal desde el T. de

Lisboa

Impulsa el desarrollo, define

orientaciones y prioridades de la UE.

No ejerce funciones legislativas.

10

FUNCIONAMIENTO Y
ADOPCIÓN DE ACTOS

Se reúnen dos veces por semestre, 4 al año – 15.3 TUE –

Cada miembro del Consejo Europeo puede contar con la

asistencia de un ministro, y el Pte. de la Comisión con un

miembro de ésta.

Las reuniones no son públicas, se reúnen en Bruselas aunque

pueden ser convocadas en otro lugar.

Se pronuncia por consenso, salvo que los Tratados digan otra

cosa, en ese caso sería mayoría simple, unanimidad o mayoría

cualificada (núm. de votos mas número de Estados (260/

Estados.)

Para que la votación sea válida se necesitan dos tercios de

miembros, no cuentan ni el Pte. del Consejo Europeo ni el de

la Comisión.

11

FUNCIONE
S DEL
CONSEJO
EUROPEO

Fija el rumbo y las prioridades generales de

la UE.

Trata cuestiones que no pueden ser resueltas

en el nivel inferior de la cooperación

intergubernamental.

Da a la UE los impulsos necesarios para el

desarrollo de sus competencias.

No tiene función legislativa.

Su impulsión política le exige negociar y

dialogar con las tres instituciones que tienen

capacidad de decisión: PE, Consejo y

Comisión.

Las competencias del Consejo Europeo son

amplias y de especial relevancia.

En el ámbito exterior es el encargado de

definir los intereses y objetivos de la UE,