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Guía para Comités de Ética en Investigación: Consentimiento Informado, Guías, Proyectos, Investigaciones de Psicometría

Es un ejemplo de como podría hacerse un consentimiento informado espero y sea de ayuda alguno que le aparezca

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2022/2023

Subido el 31/01/2024

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Guía nacional para la integración y el funcionamiento de los Comités de Ética en Investigación
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Anexo 5. Ejemplo de contenido del formato de consentimiento informado
El formato de consentimiento informado debe reflejar la información proporcionada a los sujetos de
investigación, el lenguaje que se emplee a lo largo del documento deberá ser entendido por un es-
tudiante con nivel de educación primaria. El formato comprende dos secciones, la primera en la que
se proporciona la información de la investigación, y la segunda, en la que el sujeto acepta participar
al firmar el formato junto con dos testigos36.
Información
1. Debe hacerse constar que la participación del sujeto de investigación es voluntaria, puede rehu-
sarse a participar o retirarse del estudio en cualquier momento, sin necesidad de expresar las
razones de su decisión o sin pérdida de los beneficios a los que tiene derecho.
2. Explicar concretamente que se trata de una investigación.
3. Justificación y objetivos de la investigación.
4. Los procedimientos que vayan a usarse y su propósito, incluyendo la identificación de los pro-
cedimientos experimentales
5. Las molestias o los riesgos esperados.
6. Los potenciales beneficios que puedan obtenerse, únicamente en términos de beneficios en el
estado de salud o calidad de vida del sujeto de investigación. Si no hubiera beneficios directos
para el sujeto de investigación se debe especificar este aspecto. En ningún caso podrá referirse
como beneficios a remuneraciones, estudios clínicos gratuitos o equivalente.
7. Los procedimientos y tratamientos alternativos ya existentes que pudieran ser ventajosos para
el sujeto, sin necesidad de participar en la investigación.
8. La garantía de recibir respuesta a cualquier pregunta y aclaración de dudas acerca de los proce-
dimientos, riesgos, beneficios y otros asuntos relacionados con la investigación y el tratamiento
del sujeto.
9. La libertad de retirar su consentimiento en cualquier momento y dejar de participar en el estu-
dio, sin que por ello se creen prejuicios para continuar su cuidado y tratamiento.
10. La seguridad de que no se identificará al sujeto y que se mantendrá la confidencialidad de la
información relacionada con su privacidad.
11. El compromiso de proporcionarle información actualizada obtenida durante el estudio aun que
ésta pudiera afectar la voluntad del sujeto para continuar participando.
12. La disponibilidad de tratamiento médico y la indemnización a que legalmente tendría derecho,
por parte de la institución de atención a la salud, en el caso de daños que la ameriten, directa-
mente causados por la investigación.
13. Que si existen gastos adicionales, éstos serán absorbidos por el presupuesto de la investiga-
ción.
14. El o los tratamientos del estudio.
15. La forma y probabilidad de asignación a cada tratamiento, en caso de que sean estudios con
varios brazos de tratamiento.
16. La gratuidad de todos los medicamentos, productos y procedimientos involucrados en la inves-
tigación.
17. Las circunstancias por las cuales se puede dar por terminado el estudio.
18. La duración del estudio.
19. El número aproximado de participantes en la investigación
20. Deberá existir la posibilidad de acceder en forma directa a sus registros de información de la
investigación.
21. Los compromisos del investigador.
36 Dos testigos: De conformidad con el Reglamento en Materia de Investigación para la Salud en México.
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¡Descarga Guía para Comités de Ética en Investigación: Consentimiento Informado y más Guías, Proyectos, Investigaciones en PDF de Psicometría solo en Docsity!

Anexo 5. Ejemplo de contenido del formato de consentimiento informado

El formato de consentimiento informado debe reflejar la información proporcionada a los sujetos de investigación, el lenguaje que se emplee a lo largo del documento deberá ser entendido por un es- tudiante con nivel de educación primaria. El formato comprende dos secciones, la primera en la que se proporciona la información de la investigación, y la segunda, en la que el sujeto acepta participar al firmar el formato junto con dos testigos^36. Información

  1. Debe hacerse constar que la participación del sujeto de investigación es voluntaria, puede rehu- sarse a participar o retirarse del estudio en cualquier momento, sin necesidad de expresar las razones de su decisión o sin pérdida de los beneficios a los que tiene derecho.
  2. Explicar concretamente que se trata de una investigación.
  3. Justificación y objetivos de la investigación.
  4. Los procedimientos que vayan a usarse y su propósito, incluyendo la identificación de los pro- cedimientos experimentales
  5. Las molestias o los riesgos esperados.
  6. Los potenciales beneficios que puedan obtenerse, únicamente en términos de beneficios en el estado de salud o calidad de vida del sujeto de investigación. Si no hubiera beneficios directos para el sujeto de investigación se debe especificar este aspecto. En ningún caso podrá referirse como beneficios a remuneraciones, estudios clínicos gratuitos o equivalente.
  7. Los procedimientos y tratamientos alternativos ya existentes que pudieran ser ventajosos para el sujeto, sin necesidad de participar en la investigación.
  8. La garantía de recibir respuesta a cualquier pregunta y aclaración de dudas acerca de los proce- dimientos, riesgos, beneficios y otros asuntos relacionados con la investigación y el tratamiento del sujeto.
  9. La libertad de retirar su consentimiento en cualquier momento y dejar de participar en el estu- dio, sin que por ello se creen prejuicios para continuar su cuidado y tratamiento.
  10. La seguridad de que no se identificará al sujeto y que se mantendrá la confidencialidad de la información relacionada con su privacidad.
  11. El compromiso de proporcionarle información actualizada obtenida durante el estudio aun que ésta pudiera afectar la voluntad del sujeto para continuar participando.
  12. La disponibilidad de tratamiento médico y la indemnización a que legalmente tendría derecho, por parte de la institución de atención a la salud, en el caso de daños que la ameriten, directa- mente causados por la investigación.
  13. Que si existen gastos adicionales, éstos serán absorbidos por el presupuesto de la investiga- ción.
  14. El o los tratamientos del estudio.
  15. La forma y probabilidad de asignación a cada tratamiento, en caso de que sean estudios con varios brazos de tratamiento.
  16. La gratuidad de todos los medicamentos, productos y procedimientos involucrados en la inves- tigación.
  17. Las circunstancias por las cuales se puede dar por terminado el estudio.
  18. La duración del estudio.
  19. El número aproximado de participantes en la investigación
  20. Deberá existir la posibilidad de acceder en forma directa a sus registros de información de la investigación.
  21. Los compromisos del investigador.

(^36) Dos testigos: De conformidad con el Reglamento en Materia de Investigación para la Salud en México.

  1. Los compromisos que asume el sujeto de investigación.
  2. Información acerca de que los datos de identificación se mantendrán en forma confidencial ase- gurando que, si los resultados del estudio se publican, la identidad del sujeto de investigación se mantendrá en forma confidencial y resguardada.
  3. Nombres y datos de contacto del investigador principal y del presidente del CEI, incluyendo número telefónico disponible las 24 horas en caso de urgencia.

Se deberá firmar el formato de consentimiento informado por el sujeto de investigación o su repre- sentante legal y dos testigos, se entregará un duplicado, de conformidad con los artículos 21 y 22 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud.

Consentimiento informado en poblaciones en condiciones de vulnerabilidad La vulnerabilidad puede definirse como la presencia de ciertas situaciones en las que individuos y/o grupos se encuentran disminuidos en su autonomía debido a la imposición de estructuras sociales, políticas y/o económicas que los excluyen del acceso a mecanismos e instancias decisivas para su calidad de vida (Bayón, Mier y Terán 2010). Tradicionalmente se ha reconocido vulnerabilidad en la condición de ser menor de edad, mujer, persona con discapacidad, adulto mayor, padecer alguna en- fermedad mental, ser inmigrante, analfabeta, pertenecer a minorías étnicas o raciales, desemplea- do, no tener hogar o estar recluso. Sin embargo, un individuo o grupo nunca será vulnerable per se, por lo que es preferible hablar de situación de vulnerabilidad debido a que una de las características de ésta es su condición dinámica y relacional, depende de un espacio y tiempo definidos.

De acuerdo con el Informe Belmont, “El respeto por las personas incorpora por lo menos dos convic- ciones éticas: la primera es que los individuos deben ser tratados como agentes autónomos y la se- gunda es que las personas con autonomía disminuida tienen derecho a ser protegidas”. Al revisar las investigaciones en las que participan las poblaciones en situación de vulnerabilidad, los CEI deberán garantizar que se implementen mecanismos de protección adicionales para minimizar los riesgos específicos para cada grupo.

Menores de edad 37 Además de las disposiciones generales de ética que deben cumplirse en toda investigación con se- res humanos, aquélla que se realice en menores de edad deberá asegurar que previamente se han hecho estudios semejantes en personas de mayor edad y en animales inmaduros, excepto cuando se trate de estudiar condiciones que son propias de la etapa neonatal o padecimientos específicos de ciertas edades.

Las investigaciones clasificadas como de riesgo y con probabilidad de beneficio directo para el me- nor, serán admisibles cuando: A) El riesgo se justifique por la importancia del beneficio que recibirá el menor, y B) El beneficio sea igual o mayor a otras alternativas ya establecidas para su diagnóstico y tratamiento.

  • Cuando la capacidad mental y estado psicológico del menor lo permitan, deberá obtenerse, además, el asentimiento informado, después de explicarle lo que se pretende hacer. El Comité de Ética en Investigación podrá dispensar el cumplimiento de estos requisitos por causas justi- ficadas (Reglamento de Investigación, artículos 34-39).
  • En el texto del asentimiento informado se debe asegurar que la información proporcionada es apropiada para la comprensión de los menores de edad.

(^37) Excepto cuando se trate de mayores de 16 años emancipados (Reglamento de Investigación, artículo 34).