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Transformación del Estado Absoluto al Constitucional en la Ilustración: Inglaterra y Españ, Apuntes de Derecho Constitucional

Este documento analiza la idea de kelsen sobre por qué llamó al estado inglés, estado dual en lugar de estado absoluto. Se discute cómo la concentración de poder en el rey en francia contrastó con inglaterra, donde el poder se concentró en el rey y el parlamento. Se explica cómo estas contradicciones y limitaciones llevaron a la ruptura del estado absoluto y la consiguiente revolución burguesa en el contexto cultural de la ilustración. Además, se analiza el caso de españa, que arrancó como el primer estado moderno pero su construcción ha sido en buena medida un proyecto no culminado. Se discuten las constituciones españolas de 1812, 1837, 1845 y su impacto en la historia de españa.

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 31/05/2017

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benjamin_kessler 🇪🇸

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DERECHO CONSTITUCIONAL I
TEMA-1 EL ESTADO MODERNO.
a) La construcción del Estado moderno: cuestiones terminológicas, entorno
cultural, el orden político medieval y su crisis, le peculiar evolución inglesa,
aspectos, determinaciones y caracteres fundamentales del Estado moderno.
Cuestiones terminológicas.
El Estado moderno es la organización política que se impone en Europa desde finales
del siglo XV y que llega hasta la actualidad. Lo denominamos Estado moderno para
trazar un puente entre esa organización y el presente, dicha expresión se opone hacia el
pasado, y hacia el presente tiene un vínculo hasta nuestros días.
El Estado Moderno, desde el punto de vista cultural, se inserta dentro de esa gran
transformación de la cultura occidental, denominado Renacimiento. Desde el punto de
vista constitucional, el Renacimiento va a aportar dos tendencias culturales que van a
dejar una onda impronta en el surgimiento del Estado.
El primero es la desacralización de la vida social, lo que hace referencia es que hasta
el Renacimiento, la política, la moral, la religión y el derecho constituían algo que se
encontraba relacionado. En el Renacimiento el espacio de lo religioso o sagrado
retrocede y, por tanto, aparece el mundo civil y secular como privilegiado.
Íntimamente relacionado con esta desacralización de la vida social, aparece lo que se
suele denominar como proceso de humanización o centralización entorno al
hombre, también conocido como antropocentrismo o si queremos decirlo de una forma
más contemporánea, arranca aquí el principio del individualismo. Hasta el
Renacimiento tanto la tradición clásica como la cristiana habían colocado al hombre
como el último elemento de la creación, pero es a partir del Renacimiento cuando el ser
humano va a colocarse en el centro de la reflexión y se va a tomar como medida de
todas las cosas. La idea de que los hombres somos los señores de la creación es
característica del Renacimiento.
En el Renacimiento como entorno cultural en el que se desarrolla el Estado moderno
son característicos la desacralización social y la acción de los individuos.
Hasta el Renacimiento, el conocimiento y el saber eran entendidos como una simple
acumulación de datos, y por ello dicha corriente va a imponer una noción
operativizada del saber, lo que quiere decir, que el saber se va a entender como
aquello que sirve para hacer cosas.
Para entender el Estado moderno tenemos que compararlo con aquello a lo que viene a
sustituir. La forma política anterior que sustituye el Estado moderno es lo que solemos
denominar feudalismo o monarquías feudales, es por tanto, la crisis de estas monarquías
feudales lo que va a dar lugar al surgimiento de los Estados modernos.
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DERECHO CONSTITUCIONAL I

TEMA-1 EL ESTADO MODERNO.

a) La construcción del Estado moderno: cuestiones terminológicas, entorno cultural, el orden político medieval y su crisis, le peculiar evolución inglesa, aspectos, determinaciones y caracteres fundamentales del Estado moderno.

Cuestiones terminológicas.

El Estado moderno es la organización política que se impone en Europa desde finales del siglo XV y que llega hasta la actualidad. Lo denominamos Estado moderno para trazar un puente entre esa organización y el presente, dicha expresión se opone hacia el pasado, y hacia el presente tiene un vínculo hasta nuestros días.

El Estado Moderno, desde el punto de vista cultural, se inserta dentro de esa gran transformación de la cultura occidental, denominado Renacimiento. Desde el punto de vista constitucional, el Renacimiento va a aportar dos tendencias culturales que van a dejar una onda impronta en el surgimiento del Estado.

El primero es la desacralización de la vida social, lo que hace referencia es que hasta el Renacimiento, la política, la moral, la religión y el derecho constituían algo que se encontraba relacionado. En el Renacimiento el espacio de lo religioso o sagrado retrocede y, por tanto, aparece el mundo civil y secular como privilegiado.

Íntimamente relacionado con esta desacralización de la vida social, aparece lo que se suele denominar como proceso de humanización o centralización entorno al hombre , también conocido como antropocentrismo o si queremos decirlo de una forma más contemporánea, arranca aquí el principio del individualismo. Hasta el Renacimiento tanto la tradición clásica como la cristiana habían colocado al hombre como el último elemento de la creación, pero es a partir del Renacimiento cuando el ser humano va a colocarse en el centro de la reflexión y se va a tomar como medida de todas las cosas. La idea de que los hombres somos los señores de la creación es característica del Renacimiento.

En el Renacimiento como entorno cultural en el que se desarrolla el Estado moderno son característicos la desacralización social y la acción de los individuos.

Hasta el Renacimiento, el conocimiento y el saber eran entendidos como una simple acumulación de datos, y por ello dicha corriente va a imponer una noción operativizada del saber , lo que quiere decir, que el saber se va a entender como aquello que sirve para hacer cosas.

Para entender el Estado moderno tenemos que compararlo con aquello a lo que viene a sustituir. La forma política anterior que sustituye el Estado moderno es lo que solemos denominar feudalismo o monarquías feudales, es por tanto, la crisis de estas monarquías feudales lo que va a dar lugar al surgimiento de los Estados modernos.

Para saber por qué se produce esa crisis debemos entender cómo estaban organizadas las comunidades feudales. Por ello, al ver como entran los estados feudales en crisis, vemos como surgen algunos de los caracteres distintivos de los Estados modernos.

Desde el punto de vista político, las sociedades feudales aparecen como una organización política sumamente ambivalente porque a nuestros ojos la sociedad política medieval aparece, por un lado, como sumamente unificada y, por otro, como sumamente fragmentada.

Por un lado, el conjunto de Occidente, es decir, el conjunto de la Europa occidental aparece como una sola organización, denominada sociedad cristiana o comunidad de las naciones o pueblos, es decir, la cristiandad; por otro lado, aparece la sociedad medieval dividida en una infinita colección de pequeños territorios llamados feudos, que dan nombre a la sociedad feudal. A la fragmentación producida se suele hacer referencia con la expresión poliarquía, es decir, muchos poderes, que lanza Hegel.

Aparece sumamente unificado por arriba porque toda la cristiandad parece responder a unas organizaciones comunes, que son por un lado la Iglesia que es universal con un Papa al frente, mientras que al lado del Papa aparece la figura del Emperador, que simplemente era simbólica.

El Emperador ocupaba la cúspide de la organización política, de la misma manera que el Papa ocupaba la cúspide de la organización religiosa.

Por el lado inferior de la organización política, tenemos lo que se denomina sistema feudal, es decir, los feudos. Las relaciones feudales consistían en relaciones privadas establecidas entre un señor y su vasallo, pero tanto el señor como el vasallo pertenecían a la nobleza. La relación que se establece entre el señor y el vasallo supone que el señor le otorga al vasallo la iurisdictio sobre un feudo y, el vasallo le da al señor auxilium et consilium.

Iruisdictio que recibe el vasallo es el conjunto de todos los poderes que recaen sobre un determinado territorio, es decir, el poder ejecutivo, legislativo y judicial.

El vasallo le daba a su señor auxilium et consilium.

Auxilium .- obligación del vasallo de ayudar militarmente a su señor. Ej.- acoger al ejército del señor en el territorio del vasallo.

Consilium .- capacidad del señor feudal de llamar a sus vasallos para que contribuyan a adoptar una determinada decisión, que normalmente, son de carácter bélico. Se termina convirtiendo en las Cortes de los señores feudales.

Esta técnica de organización de poder se monta por un lado, sobre tradiciones galorromanas, y por otro, germánicas.

EJEMPLO: En este sistema, a primera vista, tenemos un señor feudal a , de todo este territorio. Él puede crear un Feudo y dárselo al señor B. El B pasa a ser vasallo del

impronta sobre el Estado con algunos de sus caracteres más distintivos como son la laicidad, individualismo, etc.

El orden político medieval y su crisis.

Decíamos también que el Estado moderno surge como consecuencia de la crisis de la organización política inmediatamente anterior, que es el feudalismo maduro, la última fase del feudalismo, lo que antes se denominaba monarquías feudales aunque esto induce a algo de confusión. En todo caso lo que tratábamos de ver es en qué se diferencia ese mundo de la organización política medieval respecto de lo que va a surgir luego como Estado moderno, naturalmente de una forma superficial.

La organización política medieval vista con los ojos actuales, se presenta como una suerte de doble cara de doble faz que se nos muestra como contradictoria, pues si de un lado aparenta ser un sistema extraordinariamente homogéneo o unificado el otro aparece como un sistema extraordinariamente fragmentado. Si de un lado veremos como referente a la cristiandad, a la sociedad cristiana, a la comunitas gentium, de otro lado veremos la máxima fragmentación que suponen los señores feudales al frente de sus respectivos terrenos.

Es la crisis de este sistema la que va a provocar la necesidad de establecer un nuevo sistema de organización política que llamaremos Estado. Se habían dado algunas notas o rasgos característicos de este sistema. Por arriba el Papado y el Emperador ocupaban la existencia de los feudos, es decir, la existencia de las relaciones feudovasalláticas, en virtud de las cuales un señor le otorga a su vasallo la iurisdictio sobre un determinado feudo o también que éste se encuentre protegido mediante el auxilium et consilium, es decir, con esta asistencia o ayuda de carácter básicamente bélica pero también financiera con esta contribución a la adopción de las decisiones que está en la base de las primeras Cortes.

Decíamos que este sistema muy general debe cualificarse con algunos rasgos adicionales, y así nos referíamos al hecho de que no es el puesto de la escala feudovasallática lo que determina la importancia real del señor feudal sino la extensión y riqueza de su feudo, el hecho de que estas relaciones feudovasalláticas son relaciones en cadena y el hecho de que el Emperador y el Papa aparecen como últimos señores feudales de los que aparenta toda la cadena feudovasallática. Con frecuencia las relaciones feudovasalláticas incurren por situaciones de facto ya establecidas, es decir, la independencia de su señor feudal o la incapacidad del señor de controlar a sus vasallos.

Tenemos que decir que el sistema feudal nunca cubrió el 100% del territorio, es decir, nunca fue un sistema que alcanzara la exclusividad o forma de organización política, sino que hubo algunos terrenos y algunas instituciones que quedaron por fuera de este sistema feudal, es decir, que quedaron colocados entre diferentes relaciones feudovasalláticas, básicamente quedaron de esta manera por un lado lo que luego se convertirá en los burgos, es decir, aquellas partes de la población que se especializaron en el intercambio, en el comercio y que nunca quedaron propiamente incluidos en

ningún feudo y que son los antecedentes de lo que luego serán los burgos y, posteriormente las ciudades. Las innumerables localidades que en España y en toda Europa se llaman algo que empieza y termina por burgos son reflejo de esa situación en la cual algunos territorios no quedaron propiamente incluidos sino que quedaron entre diferentes feudos, y se especializaron en el comercio entre feudos, al principio de manera muy superficial, pero que acabarán convirtiéndose en lo que son nuestras actuales ciudades. También algunos terrenos agrícolas quedaron por fuera del sistema feudal y se explotaron en regímenes diferentes, pero lo que refleja es que pocos terrenos fueron explotados en propiedad por los propios campesinos y agricultores, es decir, que hubo algunos terrenos que por diferentes razones no pertenecieron a los señores feudales y fueron explotados directamente por los propios campesinos.

Las órdenes monásticas o religiosas, algunas de ellas también habían establecido sistemas que iban en parte por fuera del régimen feudal, en parte, porque existe cierta complejidad, porque algunas de estas órdenes religiosas se comportaron como auténticos señores feudales Ej.- los templarios. Sin embargo, otras órdenes religiosas mantuvieron un sistema de explotación entre lo que es la propiedad libre y el sistema feudal.

Este sistema entra en crisis en un periodo muy largo que podemos decir que se extiende desde el siglo XIII hasta el siglo XVI dependiendo de los lugares, en algunos más pronto, en otros más tarde, en algunos este sistema nunca llega a entrar en crisis. Pero en términos generales todo el sistema va a entrar en crisis tanto por arriba como por abajo, esto último quiere decir, que va a entrar en crisis tanto por el lado del Papa y el Emperador como por el lado de los señores feudales.

Este periodo que va del siglo XIII al XVI entre otras cosas va a ser el que va a protagonizar el enfrentamiento entre el Papado y el Emperador por el control material del territorio, es decir, por el control político del territorio, en un sistema muy largo en el que podemos distinguir varias fases, pero lo más importante es que este enfrentamiento se va a terminar saldando con la derrota del Papado como fuerza política.

En 1527, Carlos V (I de España), va a terminar por saquear Roma, por destruir el Estado romano, lo que se puede denominar el saqueo de Roma en el cual Carlos V termina de destruir los estados pontificios, lo que supone la desaparición del Papado como fuerza política pero no como fuerza religiosa, y los estados pontificios van a desaparecer hasta que 5 siglos después Benito Mussolini les vuelva a conceder unos territorios.

Pero los propios emperadores a su vez van a sufrir otro proceso largo de deterioro en el cual se puede hablar de toda la complejidad que hubo en la sucesión de las familias en el Imperio sacro germánico.

Por abajo, en el lado de los señores feudales este sistema va a entrar en una profunda crisis, pero no es fácil determinar por qué se produce esta crisis del feudalismo. Pero en esencia, lo que sucede es que el sistema feudal como sistema de explotación socio-

el rey y sin embargo, en Inglaterra Kelsen nos dirá que el poder se concentró en el rey y el Parlamento, por eso habla de Estado dual.

Cuando llega la Revolución Francesa, el parlamento francés o las asambleas francesas harán más de 200 años que no se reúnen, es decir, que los reyes franceses estuvieron reinando más de 200 años sin convocar nunca al Parlamento, en cambio en Inglaterra no ha habido ningún año sin el Parlamento.

¿Por qué es confuso?- El problema viene porque la palabra Parlamento no quiere decir lo mismo en el continente que en Inglaterra, porque en Inglaterra “Parlament” (Parlamento), es una expresión abreviada de otra más amplia que es (King in Parlament) “El Rey en su Parlamento”, por tanto en Inglaterra no tiene sentido decir que el poder lo comparten el Rey y el Parlamento, por tanto Kelsen, como habla desde Austria dice que en Inglaterra hay dos cosas el Rey y el Parlamento, pero un inglés no lo entendería porque en Inglaterra el Parlamento es la unión de la corona con las dos salas.

Lo importante es que mientras los reyes absolutos gobernaron en solitario y lo que tenían era una Corte, los reyes ingleses gobernaban en su Parlamento.

¿Por qué se produce esta distinción entre la evolución del continente y la evolución de Inglaterra?- Lo que actualmente conocemos como Inglaterra surge como consecuencia de la conquista normanda, en la que Guillermo el Conquistador, en el siglo XII, conquista Inglaterra. Este sistema nos importa porque fue una conquista unificada, es decir, que Guillermo el Conquistador conquistó Inglaterra prácticamente de una sola tacada y esto tiene la importancia de que cuando llegó, dividió todo el territorio en feudos para sus nobles. La consecuencia de esto es que en Inglaterra no existe o existe de una forma menor la subfeudalización, porque el Rey directamente feudalizó en un solo Estado, y todos los señores feudales tienen la misma relación con el rey. Esto inicialmente uno podría pensar que debía favorecer el poder del rey pero es ambiguo, porque si bien es cierto que el rey era señor de todos los vasallos también es cierto que todos los vasallos estaban en la misma situación y consecuentemente era más fácil unificarlos porque todos tenían la misma valoración respecto de los otros.

Mientras que unificar señores feudales en Francia era imposible porque cada uno estaba en líneas feudovasalláticas diferentes, en Inglaterra eso era fácil, si cada vez el rey llamaba a consilium a sus vasallos había llamado a todo el reino, y a todo el reino de una sola vez.

Al lado de este factor se suelen nombrar otros, por ejemplo, el hecho de que Inglaterra propiamente hablando no ha tenido hasta tiempos muy recientes un ejército, porque Inglaterra tiene una armada. Es decir, que mientras que un rey de Francia siempre tenía en su mano el ejército y si alguien se subordinaba le mandaba al ejército, el rey inglés tenía una armada que no podía usar tan fácilmente. No es el mismo tipo de instrumento el que tiene una armada que el que tiene un ejército.

Otro de los elementos que se suele mencionar son las dificultades de integración territorial que ha tenido Inglaterra con Escocia, efectivamente ha funcionado como una

especie de “válvula de seguridad” del sistema inglés, es decir, cuando el rey ingles se escoraba mucho hacia el absolutismo, Escocia se intentaba independizar y, cuando el rey se encontraba más tranquilo, Escocia se integraba. Por tanto, había como un elemento que presionaba para la no absolutización del gobierno inglés.

También recordar que Inglaterra ha experimentado unas muy fuertes crisis dinásticas, la dinastía ha cambiado en Inglaterra varias veces, cada crisis ha supuesto un duro golpe a las monarquías.

También se suele mencionar el hecho de que Inglaterra a diferencia de lo que sucedió en el continente, la aristocracia (originales señores feudales), ha tenido siempre una vocación comercial y emprendedora que no se ha tenido en el continente o dicho de otra manera el papel que en el continente ha desempeñado la burguesía lo ha desempeñado en buena medida en Inglaterra lo ha tenido la aristocracia, lo que ha dificultado convertirse el rey en absoluto, porque la aristocracia no se encontraba empobrecida.

Por último se suele mencionar que la invasión germánica de la que surge la Inglaterra moderna, trajo formas de organización territorial y de la justicia propia de los pueblos germánicos, es decir, trajo lo que se suelen llamar las “libertades germánicas”, dicho de otra manera que estos pueblos que venían de inspiración germánica traían formas de organización características locales de justicia local que fueron un contrapeso respecto a la justicia del rey que dará lugar al establecimiento del common law (parte del derecho que no proviene del Parlamento), no hay que confundirlo con derecho común.

Frente a lo que ocurre en Inglaterra lo característico del continente es que los monarcas conseguirán hacerse con el control total del poder centrando en su persona todos los antiguos señores feudales reconvertidos ahora en aristocracias o en cortes. En el continente no todos los intentos de reorganización en torno a monarcas van a ser intentos con éxito, sino que va a haber algunos territorios en los que va a fracasar ese intento de centralización.

De una manera paradójica se suele decir que el lugar donde primero culmina es en España, donde se considera que el primer estado absoluto más o menos unificado va a resultar de la unión de las coronas de Aragón y de Castilla con los Reyes Católicos, sobre todo con sus herederos.

Aspectos, determinaciones y caracteres fundamentales del Estado moderno.

Esta forma nueva de organización del poder que llamamos Estado, tiene algunos rasgos y determinaciones fundamentales que vamos a explicar:

  • Desde el punto de vista externo, uno de los rasgos más característicos de los Estados modernos es la idea de frontera , efectivamente hasta que no surjan los estados modernos a partir del siglo XV, en Europa no va a existir la idea de frontera entendida como línea de demarcación de una determinada comunidad política.

burocracia permanente. Hasta los estados modernos la organización de la actividad pública era extraordinariamente limitada. A su vez las burocracias permanentes requieren como requisito imprescindible reglas, y esas reglas requieren un derecho unificado y estable.

Al lado de esta organización material, los estados van a generar también formas de representación porque al unificarse territorios cada vez mayores es más difícil para los gobernantes conocer la situación particular de cada uno de los territorios, por tanto, se hace como requisito el hecho de que haya algún tipo de representación del rey que den cuenta de sus variedades.

El último elemento simbólico pero sumamente importante del estado moderno, sea el papel extraordinariamente activo que los estados han tomado a la hora de construir la idea de proyecto nacional o de identidad colectiva. Con frecuencia se cree que primero existió una identidad colectiva y luego surgió el Estado, esto normalmente es al revés, es decir, cuando el poder se unifica en un Estado, ese Estado se encarga de crear una identidad colectiva, que se construye desde la educación, desde la cultura… empieza siendo una identidad inventada pero termina siendo una identidad verdadera porque comienza a unificarse el territorio.

b) Tres aportaciones teóricas: autonomía, soberanía y contractualismo.

Lo que queremos señalar aquí es que el surgimiento de esta forma nueva de organización política que llamamos Estado vino acompañada de una elaboración teórica nueva, no hubo teoría del Estado hasta que no hubo Estado, luego el surgimiento del Estado trajo consigo una doctrina nueva sobre eso nuevo que estaba acaeciendo y que se llama Estado, nuevamente en sentido técnico.

Tres grandes pensadores políticos estrechísimamente asociados al surgimiento de los Estados y que pertenecen a tres generaciones sucesivas de la primera reflexión.

Maquiavelo .- es el más antiguo desde el punto de vista cronológico. La obra teórica de Maquiavelo se realiza al mismo tiempo que están surgiendo los Estados. Maquiavelo nace en la Florencia renacentista en el segundo tercio del siglo XV. Pero es también en Florencia una época extremadamente compulsa y violenta, Florencia va a sufrir unos cambios compulsos de régimen y es en ese momento complejo en el que Maquiavelo va a desarrollar su obra.

Maquiavelo escribe bastantes obras, pero su obra más importante es “El Príncipe”, en esta obra va a exponer de manera rotunda y muy clara por primera vez que la política es una esfera independiente de la religión y de la moral. Diciendo que la política es un terreno que tiene sus propias reglas y, por tanto, de esta idea es de la que va a salir una generación después la idea de razón de Estado.

Además Maquiavelo en otra obra que es menos conocida, en un comentario a la obra de Tito Livio, ahí Maquiavelo comentando sobre Roma señala que en

contra de lo que dice Tito Livio, la fuerza creativa de la República romana habría estado en el enfrentamiento entre patricios y plebeyos. Y por tanto, lo que Maquiavelo establece aquí es lo que hoy se denomina ciudadanía conflictiva (idea de que los regímenes políticos no avanzan más cuando la gente es sumisa, sino que es la queja y el enfrentamiento lo que da vitalidad a los regímenes políticos).

Bodino .- nacido en Francia, escribía tanto en latín como en francés. Bodino es famoso por haber escrito una obra muy amplia que se llama “Los seis libros de la República”, obra que el autor escribió tanto en latín como en francés. En dicha obra Bodino va a fijar el concepto de soberanía , el autor va a intentar definir cuál es la característica del poder estatal frente a cualesquiera otros poderes. Y a eso especial que tiene el poder estatal es a lo que va a llamar soberanía. Lo va a definir a través de los signos de la soberanía.

La idea de que existe un poder que es la soberanía se va a quedar incrustado en todo el pensamiento político y, lo único que va a hacer es cambiar de lugar, es decir, Bodino cuando escribe su libro piensa en la monarquía absoluta francesa, entendiendo por república al rey.

Hobbes .- escribió una obra muy amplia, parte en español y parte en inglés, pero de las cuales la más célebre de todas es “El Leviatán”. El título de la obra El Leviatán, el Leviatán es un monstruo que aparece en la Biblia, no hay poder sobre la tierra que se le compare, lo que quiere decir que es el monstruo más poderoso que existe sobre la tierra. Leviatán viene a decir “monstruo invencible”, Hobbes lo que quiere decir es que el Estado es el Leviatán, es decir, que no hay poder sobre la tierra que se le compare.

Lo importante de la idea de Hobbes es que por un lado Hobbes va a proclamar el carácter omnipotente del Estado, pero al mismo tiempo va a afirmar por primera vez que el Estado es una creación humana y que surge de un acuerdo entre individuos. A esta idea de que el Estado es el resultado de un acuerdo entre personas es a lo que en el sentido más amplio de la palabra llamamos contractualismo (el origen del Estado está en un contrato firmado entre los individuos).

Esta idea de que el Estado tiene como origen el acuerdo entre personas es lo que un siglo después la idea de constitucionalismo (expresión jurídica de un supuesto pacto suscrito entre todos los individuos de la comunidad).

Y por otra parte es la negación directa de lo que había sido toda la creencia anterior e inaugura una forma de pensar que llega hasta nuestros días.

c) Formas de Estado: del Estado absoluto al Estado Constitucional.

Al mismo tiempo hay una limitación de orden político que tenía que ver con que el modo de gobierno de los Estados absolutos es, en realidad, una transformación del modo de gobierno feudal en el cual un rey toma las decisiones fundamentales apoyado por sus nobles, los nobles en la Corte le asesoran al rey sobre qué es lo que debe hacer o sobre qué decisiones debe tomar. Los reyes gobiernan a través de sus nobles.

Este sistema puede resultar más o menos eficaz en lugares pequeños y con sociedades poco complejas. El nivel de información del que disponía la nobleza era suficiente en los momentos iniciales del Estado absoluto. Pero, conforme las sociedades se fueron haciendo más complejas, resulta que el gobierno se convierte en una tarea extraordinariamente técnica para la cual hace falta mucha información y al estar bloqueado el gobierno en manos de la aristocracia, está bloqueado también el acceso a la información.

Desde el punto de vista económico, como la aristocracia tiene atesorada toda la tierra, esta taponando el desarrollo económico. Y desde el punto de vista político, como la aristocracia tiene atesorado todo el poder político también está taponando el talento, la información, las propuestas que no provienen de ese reducidísimo círculo de gobernantes.

Por tanto, estos son gobiernos sumamente desinformados y que comete errores garrafales de orden político. Enseguida las clases ascendentes van a reclamar procesos representativos, no solo por una cuestión de justicia, sino también por una cuestión cognitiva, es decir, el problema de que va a haber representación es que el gobierno no tiene la información suficiente. Por tanto un sistema en manos de un rey con una pequeña nobleza a su alrededor es un sistema que puede funcionar en sociedades poco complejas, pero en sociedades muy complejas lo normal es que termine conduciendo al desastre.

Estas contradicciones y limitaciones acabarán haciendo estallar el Estado absoluto, con lo que se llaman las revoluciones burguesas, y lo harán en un entorno cultural que llamamos la Ilustración, si el entorno cultural del Estado moderno es el Renacimiento, el entorno cultural de las revoluciones burguesas y del Estado constitucional que nacerá de dichas revoluciones es la Ilustración.

La Ilustración.- las revoluciones burguesas que van a dar fin al Estado absoluto y surgimiento del Estado constitucional, son la expresión política de un determinado entorno cultural al que llamamos Ilustración. La Ilustración está marcada por algunos factores importantes:

La idea de racionalismo , efectivamente, si algo caracteriza a la Ilustración es que desde finales del siglo XVII y a lo largo de todo el siglo XVIII va a producirse un florecimiento impresionante de la ciencia impulsada tempranamente por Newton y algunos científicos que le siguen y, este impulso de las ciencias naturales va a imponer una visión racionalista del mundo. Se va imponer una noción de lo que suele llamar racionalidad objetiva y racionalidad subjetiva.

Racionalidad objetiva.- denominamos así a la creencia, a la convicción de que el mundo tiene una estructura racional, en su versión más exagerada que tiene una estructura lógico-matemática. Tener dicha visión es pensar que los hechos suceden por una causa y que suceden con regularidad sometidos a leyes.

Racionalidad subjetiva.- denominamos así a la creencia o convicción de que la mente humana tiene, a su vez, una estructura lógico racional que es paralela a la estructura lógico racional del mundo, técnicamente se dice que tiene una estructura isomorfa a la del cosmos. El cerebro humano en último término puede entender cualquier fenómeno, no hay en principio problemas sin solución.

Esta visión objetiva y subjetiva de la racionalidad, chocó de manera absolutamente directa con lo que había sido la versión imperante del cristianismo hasta ese momento, que como toda religión está basada en creencias no demostradas, en una visión irracionalista de la realidad donde las cosas suceden a golpe de milagro. Lo que se necesita es la revelación. Revelación y racionalidad son conceptos antitéticos o la realidad tiene una estructura racional y, entonces se puede descubrir mediante la razón, o la realidad no tiene estructura racional y entonces necesitamos la revelación, necesitamos que alguien nos revele esos misterios, que de otra manera no podríamos entender.

Por eso la Iglesia va a tener una relación sumamente conflictiva con todo el movimiento ilustrado, va a condenar prácticamente a todos los grandes pensadores de la Ilustración.

La idea de progreso , hasta el siglo XVIII tanto en la cultura occidental como en otras muchas culturas, había imperado la idea de que la Edad de Oro estaba en el pasado no en futuro, es decir, que la humanidad lo que estaba haciendo era degenerarse no ir hacia adelante.

En el siglo XVIII se va a imponer esa idea del avance de las sociedades, es decir, que las sociedades caminan hacia la superación de sus propias limitaciones.

La idea del saber y la cultura como educación y divulgación , el saber tiene que estar volcado a la divulgación de la educación, no es un saber oculto. El saber tiene que estar divulgado y enseñado, las revoluciones burguesas que surgen de la Ilustración son las que crearan los sistemas de educación nacional, de educación pública.

El gran emblema de la cultura lo representa “L’ Encyclopédie” (La Enciclopedia), que es el intento de establecer divulgativamente el máximo de conocimiento. En L’ Encyclopédie hay dos elementos muy llamativos:

1º Cómo está ordenado, la Enciclopedia se encuentra ordenada alfabéticamente, pero antes de la enciclopedia existen pocos libros en la humanidad que se encuentren ordenados alfabéticamente.

que la soberanía ha pasado del rey al pueblo, está plasmada en todo el constitucionalismo posterior en esos mismos términos.

Tenemos que tener en cuenta para entender la evolución del constitucionalismo liberal que el constitucionalismos es hijo de una revolución, de las llamadas revoluciones burguesas de finales del siglo XVIII, tenemos que tener presente que todas las revoluciones que cambian un paradigma de Estado, son siempre el resultado de una alianza amplia de clases, es muy poco frecuente que un solo grupo social cambie algo.

Momento universalizante de la burguesía, en este momento la burguesía encara los intereses de todos ante el rey.

Cuando se derroca la aristocracia, la burguesía ocupa cargos de poder, por tanto, movimiento conservador de la propia aristocracia. En el Congreso de Viena 1815 reorganizan las fuerzas conservadoras.

Tras las revoluciones burguesas se establecen estados constitucionales, con un breve periodo de revolucionario radical, enseguida se enfría y se establece el constitucionalismo.

Hay estado constitucional liberal desde que se apagan las revoluciones hasta la segunda posguerra, finales del siglo XVIII y 1945 constitucionalismos liberal, a partir de 1945 hablamos de constitucionalismo social, distinguiendo una fase de ascenso o plenitud (desde la segunda posguerra mundial hasta la crisis petrolera) y una fase de crisis del estado social (desde finales de los 70 hasta finales de los 80), desde la caída del muro de Berlín se suele hablar de una fase de constitucionalismo.

TEMA-2: CONSTITUCIÓN Y CONSTITUCIONALISMO.

a) El concepto histórico de Constitución.

Lo que queremos abordar en este epígrafe es qué entendemos por Constitución y constitucionalismo desde el punto de vista histórico en el máximo nivel de abstracción, es decir, considerando las cuestiones en su máxima generalidad.

Visto desde esta máxima generalidad, podemos decir que el constitucionalismo es la forma de organización jurídico-política que se corresponde con el modo de producción capitalista en su plenitud o desarrollo, dicho de otra manera, el constitucionalismo es la expresión jurídico-política del capitalismo en auge, desarrollo o plenitud. En ese sentido existe una correspondencia muy estrecha entre desarrollo capitalista y constitucionalismo, vinculación muy estrecha que es fácil de percibir en los ejemplos históricos.

El constitucionalismo le ofrece al modo de producción capitalista algunos de sus elementos esenciales, en particular, le ofrece tres elementos que son imprescindibles para el funcionamiento del modo de producción capitalista que son:

  • La noción de individuo , que en las constituciones aparece transitado en ciudadano.
  • La noción de libertad formal.
  • La noción de igualdad formal.

Tenemos que tener en cuenta que los intercambios capitalistas se basan siempre en la idea de que hay unos sujetos que son individuales que tienen la libertad de comprar y vender en condición de iguales, si no existe esto no puede existir el capitalismo. Por tanto, el constitucionalismo es la garantía jurídica de la existencia de esos elementos imprescindibles para el desarrollo del capitalismo.

Los Estados desempeñan ciertas funciones que son necesarias para el capitalismo, pero los Estados constitucionales son los que desempeñan estas funciones estableciendo un sistema jurídico-político de plena compatibilidad con los intereses capitalistas, esto en máximo grado de abstracción.

Si reducimos un poco la abstracción, podemos decir que el constitucionalismo es también el intento de compatibilizar dos principios de ordenación social que llevados a su extremo resultan antitéticos, es decir, que resultan contradictorios, y para ser más precisos el constitucionalismo es el intento de compatibilizar jurídicamente dos principios que llevados a su extremo resultan contradictorios o antitéticos. Estos dos principios son los siguientes:

  • Principio democrático .- entendemos por principio democrático el autogobierno, es decir, que haya una entidad o confluencia de gobernantes y gobernados. Por tanto, dicho principio se opone a principio autocrático, monárquico, etc.
  • Principio liberal .- por dicho principio entendemos el principio de limitación del poder. Dicho principio se opone a gobierno absoluto (sin límites), el gobierno liberal (con límites).

Por tanto, el constitucionalismo va a intentar compatibilizar estos dos principios, por que decimos que estos dos principios llevados a sus extremos son antitéticos, porque el principio de autogobierno, el principio de gobierno de todos llevado a su extremo máximo quiere decir que todas las decisiones tendrían que ser adoptadas siempre por todos, un sistema de este tipo no puede tener límites porque para que haya límite tiene que haber algo dentro y algo fuera sino no existen, pero si estamos todos no puede haber ningún límite, es decir, nadie puede limitar porque cuando uno actúa no se autolimita, por ello dicho sistema llevado a su extremo no produce límites, históricamente los regímenes radicalmente democráticos no suelen ser regímenes muy limitados, sino que suelen regímenes que tienden a la infiltración para bien o para mal. Un sistema radicalmente democrático difícilmente admite límites al poder, porque no

pretenden ser accesorias o modificar algunos aspectos sino que pretenden configurar y dar forma a un Estado.

c) Modelos históricos de constitucionalismo: evolutivo, originario, revolucionario y teórico.

Hasta aquí hemos venido hablando de constitución y constitucionalismo como si se tratara de un fenómeno unitario, es decir, como si todas las constituciones y todos los constitucionalismos fueran iguales y desde el punto de vista histórico, existen diferentes modelos de constitución y constitucionalismos.

Distinguimos cuatro modelos o tres más uno:

Constitucionalismo evolutivo .- se llama constitucionalismo evolutivo al que se desarrolla como su propio nombre indica como consecuencia de la evolución progresiva de una serie de instituciones a lo largo de una serie de siglos, de tal forma que es imposible determinar con precisión en qué fecha surge la constitución o constitucionalismo.

Este constitucionalismo evolutivo está representado en realidad por un solo país, nos referimos a Inglaterra que hoy pertenece al constitucionalismo, es más probablemente fue el primer país que vivió la época constitucional y sin embargo es imposible decir la fecha concreta en la que Inglaterra decidió ser un estado constitucional, porque ha ido evolucionando lentamente en sus instituciones.

Este largo proceso evolutivo hace que el constitucionalismo ingles convivan instituciones de muy diferente fecha de creación y que convivan aspectos extraordinariamente conservadores con aspectos extraordinariamente avanzados.

En términos muy generales podemos decir que este proceso evolutivo, es un proceso que tiene como línea directriz la limitación de la prerrogativa regia, en Inglaterra se denomina prerrogativa regia en la terminología tradicional, al poder del rey tal como generalmente quedó concedido en tiempos de la conquista normanda. Este poder real se ha ido limitando básicamente de dos maneras:

  • Por un lado, transfiriendo parte de esos poderes a otros órganos, básicamente hacia las Cámaras legislativas.
  • Creación de un enérgico sistema de derechos fundamentales, frente al monarca surge un enérgico sistema de derechos fundamentales cuyas administraciones más claras son el habeas corpus y por otro, la creación de los sistemas de libertad de expresión.

Constitucionalismo originario .- hablamos de constitucionalismo originario allí donde coinciden el surgimiento de la Constitución y el surgimiento del Estado,

o dicho de otra manera, allí donde el surgimiento de la Constitución está en la base o en el origen del nacimiento de un nuevo Estado.

Un modelo paradigmático de este tipo de constitucionalismo son los Estados Unidos de América que surge como país al mismo tiempo que su constitución, es decir, que su constitución crea los Estados Unidos de América. Los Estados Unidos de América son inicialmente unas colonias inglesas pero que tras un largo proceso histórico, se terminan de independizar de Inglaterra y tras él nacen los Estados Unidos de América.

Este constitucionalismo originario no es privativo de los Estados Unidos de América, sino que se ha dado también en todos aquellos lugares en los cuales guerra de independencia y movimiento constitucional han coincidido, como ha sucedido en diferentes estados latinoamericanos durante el XIX.

Este tipo de constituciones tienen como rasgo más característico la idea de supremacía constitucional, es decir, la idea de que la Constitución es la norma de máxima jerarquía de un territorio.

Constitucionalismo revolucionario .- aquel que surge como consecuencia de una revolución, o de un cambio brusco, profundo y con frecuencia violento (aunque no siempre) de las instituciones, normas y procedimientos de un país.

El ejemplo paradigmático de constitucionalismo revolucionario es Francia, en el cual su revolución en 1789 va a conducir a la secuencia de la elaboración de sus constituciones.

En el caso del constitucionalismo revolucionario, el énfasis fundamental va a estar en la posición de la limitación del poder, si tenemos en cuenta que las revoluciones se hacen para derrocar a monarcas absolutos porque se considera justamente que es ese carácter absoluto de las monarquías el que está impidiendo el desarrollo económico y político.

Adicionalmente estas constituciones suelen otorgar un papel bastante notable a lo que podemos llamar la JURIDIFICACIÓN DEL ESTADO, lo que queremos decir es que no solo se intenta que haya un poder limitado sino que se intenta crear una razón o esqueleto jurídico que determine cuáles son los poderes y cuáles son los límites. Esto se va a plasmar en las Constituciones en una juridificación de la división de poderes y en una juridificación progresiva también de los derechos fundamentales.

Constitucionalismo teórico .- se llama constitucionalismo teórico en un doble sentido:

En el sentido de sus aportaciones a la teoría de la Constitución, y por tanto, aquí teórico quiere decir intelectual.

Pero teórico también en el sentido de no real, porque nunca existió.