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Asignatura: Apuntes de Derecho Constitucional II, Profesor: Juan José Solozabal, Carrera: Derecho, Universidad: UAM
Tipo: Apuntes
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En Inglaterra surgen las primeras revoluciones en las que se lucha contra el absolutismo de manera que hay una clase económicamente fuerte que va pidiendo privilegios al monarca absoluto y este se los va concediendo de manera arbitraria. Finalmente conseguirán que el rey les conceda de forma más o menos estable estos privilegios que serán el inicio de lo que después llamaremos derechos individuales pero en un primer momento eran solo privilegios, y consiguen una declaración de derechos pero esta no es universal. El Estado de Derecho va a ser una conquista paulatina.
En Estados Unidos cuando observan que la metrópoli consigue todos estos poderes económicos gracias a toda una revolución, quieren imitarlos, pero la evolución en cada país será distinta, ya que en Estados Unidos no tienen un poder absoluto contra el que luchar, deben independizarse de la metrópoli, aunque van a seguir el mismo modelo inglés, modelo que se ampara en la filosofía política de Locke aunque también otros autores, Montesquieu y Rousseau. Una vez que se independizan van a establecer la idea de que los ciudadanos se unen en sociedad para hacer un pacto social, para buscar la libertad y la felicidad; y para encontrar la felicidad tienen que encontrar la libertad. Esta libertad va a consistir en una serie de derechos individuales que plasmaran en una declaración de derechos que servirá de limite al poder del estado, una serie de derechos de los ciudadanos que los ciudadanos tienen con anterioridad al Estado, el estado debe garantizarlos pero él no los concede, son derechos que se reconocen, son lo que se llaman los derechos personales.
En Francia las condiciones son distintas pero la evolución va a ser parecida, hay una monarquía absoluta, con legitimidad divina. El rey tiene la soberanía en sus manos basado en el poder divino, un fundamento iusnaturalista. Pero esta monarquía se va a rodear de los nobles y llega un momento que su poder es tanto que quiere prescindir de los nobles. Por otro lado la nueva clase burguesa con el poder económico en sus manos y queriendo el político, lo que quiere es luchar contra el Estado absoluto para establecer un sistema de libertad que les permita actuar sin trabas del Estado, que el Estado solo les proporcione la seguridad necesaria para poder comerciar libremente. Se va a establecer toda la teoría del Estado de Derecho, y el objetivo primordial es eliminar el Estado absoluto que se va a conseguir por un lado con la división de poderes (Locke fue el primero en hablar de
la división de poderes), el poder debe estar dividido en tres: · legislativo, encargado de elaborar las leyes; ·el ejecutivo, encargado de gobernar y aplicar las leyes; · y el judicial, formado por los jueces y que en un primer momento en el liberalismo se consideraba que sería el poder de menor categoría porque la burguesía recelaba de los jueces porque eran los mismos que habían estado apoyando al Estado absoluto, se decía que los jueces siempre mantenían el status quo anterior, hasta el punto que se dice que los jueces van a tener un poder casi nulo porque lo único que deberán hacer es subsumir el supuesto de hecho en la norma, es decir, de forma automática aplicar las leyes sin interpretar nada (aplicar la ley de forma mecánica); el poder judicial va a ser el menor de todos, también era llamado 'el poder exterior'. Hoy en día las cortes generales representan el poder legislativo, el presidente del gobierno representa el poder ejecutivo y el poder judicial lo representa el Tribunal Supremo y los jueces.
Al poder legislativo se le dará más importancia que al resto, para evitar la arbitrariedad del monarca absoluto. Quieren que este poder esté aislado del que gobierna para que el monarca no esté relacionado con la creación de leyes y no las personalice. Quieren que este poder pase al Parlamento, ante esta voluntad de separar esta personalización del poder, se quiere que el poder esté en la ley, se va a instaurar otro principio del Estado de Derecho, el de 'imperio de la ley', pero esta ley debe ser la expresión de la voluntad general, de todos. Con el Estado Liberal, trasladamos el concepto de soberanía para pasar de la soberanía del monarca a la soberanía nacional, la nación conocida como un ente abstracto formada por la población, los ciudadanos, (pasados, presentes y futuros). Soberanía nacional y no popular porque se está legitimando un Estado de Derecho pero quien lucha es la clase burguesa, ellos quieren el poder político, pero no que sea para todo el pueblo, sino para esa determinada clase social. La burguesía alcanzara a formar el parlamento, legitimando un sufragio censitario (solo podrían votar los que tuvieran propiedades, es decir, la burguesía). Otra característica será el control de la administración, el gobierno. La administración deberá estar sometida a la ley, a lo que diga el Parlamento. El último principio del Estado de Derecho, la concreción de este ámbito de autonomía personal dentro del que el Estado no puede inmiscuirse. El Estado debe ser abstencionista, no debe intervenir, simplemente debe garantizar. Estos primeros derechos que se van a instaurar serán los llamados 'individuales', y que serán los más importantes: el derecho a la vida, en aquel momento el derecho de propiedad, la libertad, el derecho a la libertad de conciencia y libertad religiosa, en
influencia directa de la francesa. El modelo francés influenciará a todos los países de su alrededor. A partir de ahí el constitucionalismo español será un péndulo: las distintas constituciones de nuestra historia han sido unos pactos realizados por quien tenía la mayoría, de tal manera, que hemos tenido una liberal, otra conservadora, y así sucesivamente. Constituciones que en general no han sido fruto de un pacto real entre las distintas ideologías y por esto se han reformado en tantas ocasiones. Debemos hacer mención de la última etapa anterior justo a la elaboración de la Constitución, ésta es la 'transición política'. Y hacer referencia a la época política anterior, el franquismo; el paso del franquismo a la etapa actual. Franco gana la Guerra Civil e impone una dictadura. En la Guerra Civil cae el sistema democrático y el instaura un sistema dictatorial, no se cumple ninguno de los principios del Estado de Derecho. No habrá una constitución, hubo leyes orgánicas dictadas en distintos momento a lo largo de los 40 años del régimen franquista. No había soberanía popular porque no había derechos, por lo tanto el sufragio no era universal. Se votaba por estamentos, unas votaciones indirectas hasta llegar a los procuradores en cortes que dictaban las leyes que el dictador querían. Estos procuradores son los actuales diputados. No estaban permitidos los partidos políticos, estaban prohibidos los sindicatos. El Estado era confesional, era católico apostólico romano, y esta religión era la oficial. En los primeros años después de la guerra hubo una gran represión, murió muchísima gente. En la que como no había libertades no se podía criticar nada. Franco decía también que no había peligro incluso cuando él faltara. La sociedad va cambiando con el tiempo, en torno a 1960 se va formando una clase media, hay un auge económico. Las tres grandes dictaduras eran Grecia, Portugal y España, la primera en alcanzar la democracia fue Grecia. Dentro del ejército, la administración de justicia y de la universidad comenzó a haber pequeños grupos de oposición al franquismo con ideales democráticos. En la Iglesia, después del Concilio Vaticano II, llega un momento en que con el cambio de papa hay más libertad y los curas jóvenes empiezan a estar a favor de la democracia. Estos grupos de oposición comenzaron a movilizarse. Por un lado porque se piensa que la sociedad ya no es la misma y también quiere la democracia, la burguesía cree que un sistema tan cerrado como el franquismo no les permite comerciar a sus anchas y prefieren la democracia. Los grupos comienzan a organizarse para acabar con el franquismo. Había dos grandes tendencias:
· Los franquistas se llamaron continuistas, · dentro de los antifranquistas, por un lado los reformistas (basándose en el sistema dictatorial, evolucionar hacia un sistema democrático) y por otro los rupturistas (no querían una evolución lenta, sino una ruptura con el franquismo para instaurar un sistema democrático). Los antifranquistas sabían muy bien que querían una constitución democrática pero no sabían cómo llegar a ella.
Suárez conocía muy bien a las distintas familias del régimen, pero también supo pactar con todos los grupos de oposición para llegar a unas elecciones democráticas, consiguiendo no solo las bases para llegar al sistema democrático sino también conseguir que estos grupos de oposición estuvieran de acuerdo en consensuar este paso hacia la democracia. Suárez va a dictar una serie de normas para establecer los pasos previos a unas posibles elecciones generales, no obstante, el camino no era fácil porque la legalidad era la legalidad franquista, lo que va a hacer para conseguir llegar a unas elecciones generales libres, el instrumento jurídico que va a utilizar va a ser la llamada Ley para la Reforma Política.
Ésta ley seria la octava ley fundamental. Era una ley muy corta, constaba solo de cinco artículos, 3 disposiciones transitorias y una disposición final. No tenía cláusula derogatoria ni preámbulo. Esta ley derogaba las anteriores, las leyes franquistas. El contenido de ésta es el siguiente: establece un Estado de Derecho, se va a decir que la soberanía va a residir en el pueblo, que existirá imperio de la ley y va a existir soberanía en el pueblo. Se establece también el carácter inviolable que van a tener los derechos fundamentales, y que las cortes van a estar formadas por las cámaras del congreso y el senado, el congreso estará representado por personas elegido por sufragio universal y secreto por todos los ciudadanos mayores de edad. El senado estará formado por senadores procedentes de las entidades territoriales y el sistema será en este caso mayoritario. Esta ley también establece cómo será la reforma; dice que será a través de referéndum, la población podrá intervenir para ello. Suárez será llamado al consejo nacional del movimiento (consejo de Estado hoy en día), y el consejo lo que hace es un informe con lo que no le gusta del proyecto de ley, pero Suárez envía el proyecto a las cortes y sus representantes la aprueban, 425 dijeron sí de 497.Se comentaba que el éxito de Suárez sería dudoso. Muchos de los procuradores viendo que los cambios eran imparables decidieron votar si para montarse a caballo ganador, porque si se legalizaba la creación de partidos políticos, ellos intentarían crear uno para seguir en el poder. Después de pasar esta ley por las corte, debía pasar a referéndum. En el referéndum Suárez hacía propaganda para el SI, algunos grupos de franquistas se oponían, y la oposición para no estar de acuerdo con los franquistas optó por la abstención. Con una participación del 77%, la ley se aprobó con el 94,2 de los votos. El 15 de diciembre de 1976 fue aprobada y fue promulgada el 4 de enero de 1977.
Va a legislar a través del decreto-ley, y lo que va a crear primero es la ley de amnistía para presos políticos, en segundo lugar, va a reconocer el derecho de huelga, la libertad de expresión, va a modificar la ley de asociaciones políticas para
poder ir legalizando los partidos, va a acabar con el movimiento como partido único y con el sindicato vertical, y va a dictar también un régimen electoral general. En abril de 1977, España va a ratificar los pactos internacionales de derechos (civiles, políticos, culturales). Va a tener reuniones con todos los líderes clandestinos y va a ir legalizando a los distintos grupos opositores al sistema para que puedan competir en las elecciones pero había un problema importante: el Partido Comunista. Ese demonio contra el que se había luchado en la Guerra Civil. Suárez afrontó la posibilidad de legalización del Partido Comunista encabezado por Carrillo. Suárez sabía que si legalizara el Partido Comunista sería imposible una transición pacífica, ya que hubo un atentado por parte de la extrema derecha en Atocha a unos abogados laboralistas, los cuales eran cercanos al Partido Comunista. Suárez finalmente legaliza el Partido Comunista. Se legalizan distintos grupos y estos van creando su programa electoral, y a estas elecciones (constituyentes) se presentan todos los nuevos partidos: UCD (Unión de Centro Democrático), PSOE, Partido Comunista... El resultado de estas elecciones es el siguiente: gana UCD con 165 escaños, en segundo lugar el PSOE con 118, el Partido Comunista con 20 escaños, Alianza Popular 16 escaños y después va a ser importante también la representación que obtienen los partidos nacionalistas, sobre todo nacionalistas catalanes (Minoría Catalana) y el PNV. En los últimos años de franquismo las reivindicaciones por parte de ambos, eran cada vez mayores, y en estas primeras elecciones constituyentes Minoría Catalana obtiene 11 escaños, y el PNV 8 escaños. Se va a proponer una ponencia constitucional, los encargados de crear el ante proyecto de la Constitución (los padres de la constitución). Éstos eran: 3 de UCD (el partido ganador), 1 del PSOE, 1 del PC, 1 de alianza popular y 1 de minoría catalana. Nadie del PNV. Se establece como punto esencial que se quiere una Constitución consensuada por los distintos representantes de manera que sea una Constitución para todos y para que dure mucho tiempo independientemente de quien gobierne, tanto la derecha como la izquierda, que sirva el mismo marco constitucional. Una Constitución no impuesta, sino consensuada y aceptada por todos. Por un lado consenso y por otro 'secreto de deliberación'. Es una de las constituciones en la que el pueblo participó en mayor medida. En cuanto al consenso había en este proceso constituyente, en esta negociación, había varios puntos que eran los más conflictivos o que al menos se pensaba que podían ser los más conflictivos:
· En primer lugar, instaurar monarquía o república, finalmente se dejó al rey porque fue uno de los motores para alcanzar el sistema democrático, eso sí, monarquía
La Constitución se publicó en el Boletín Oficial del Estado y entró en vigor el mismo día, en el momento en que ésta se aprueba se acaba el proceso constituyente y empieza el constituido. Esta Constitución va a establecer cuáles son los poderes del Estado, y cuáles son los derechos fundamentales de los ciudadanos; empieza la ruptura y se instaura el nuevo sistema, un sistema democrático.
En cuanto a las características de la Constitución, debemos decir: · en primer lugar es una constitución democrática, · es homologable a las constituciones de los países europeos, · es una Constitución escrita, (la de Reino Unido no lo es) · es extensa, tiene 169 artículos (otras no lo son tanto, como la de Estados Unidos), · y es una Constitución rígida, de difícil reforma. Se puede reformar, incluso de forma completa, (nuestra Constitución no tiene cláusulas de intangibilidad como otras constituciones que no admiten reforma). El procedimiento que establece la Constitución para reformar el texto es un procedimiento complejo. Hay dos procedimientos: uno simple y otro agravado (de difícil obtención, se necesitan amplias mayorías).
Cuando hablamos de Estado Democrático de Derecho, hablamos de que la soberanía reside en el pueblo, y esto se alcanza con el sufragio universal y la soberanía pasa a ser popular. Cuando hablamos del pueblo nos referimos a una comunidad que vive en un determinado territorio que tienen una serie de rasgos en común que les identifica como nación. Este pueblo no es homogéneo sino que son distintos grupos con distintas ideologías y distintos intereses. El hecho de que exista diversidad y pluralidad es normal en un Estado Democrático. Hay homogeneidad cuando te obligan a pensar de una determinada manera. Esta pluralidad de ideas e intereses hace que tengamos que buscar una fórmula para ver cómo se va a gobernar por voluntad del pueblo; se va a aplicar la voluntad de la mayoría. El Estado debe proteger también los intereses de las minorías, pero debe gobernar bajo los intereses de la mayoría.
Hablamos de Estado Democrático cuando esta soberanía nacional pasa a ser soberanía popular. En el momento en que todos los ciudadanos pueden elegir a sus representantes y pueden presentarse como candidatos a representantes y pueden votar. Esta participación ciudadana es propia de los estados democráticos, pero cuando hablamos de democracia ésta puede entenderse de dos formas, como democracia directa o como democracia representativa. · La directa sería aquella en la que los ciudadanos directamente decide sin intermediarios. En nuestra Constitución la institución de democracia directa sería el referéndum por un lado, y por otro la llamada 'iniciativa legislativa popular', que está regulada en nuestra Constitución, pero no de cualquier manera sino con unos límites y requisitos determinados. · La representativa: desde el momento en que se establece el Estado de derecho, surge el imperio de la ley fruto de la voluntad popular. Lo que se hace es establecer el modelo de democracia representativa, porque la directa tenía eficacia solo en pequeños núcleos, se necesitan unos representantes que expresen la voluntad general. Existía el mandato imperativo que consistía en lo siguiente: los ciudadanos se agrupaban y designaban un representante, pero este representante en el parlamento tenía que hacer exactamente lo que dijeran sus electores, además en Francia se les daba un cuaderno de instrucciones. Si el representante se excedía de esas instrucciones, podían revocarle el mandato; es más, si al no haber cumplido con el mandato que se le había asignado causaba un perjuicio a los representados, éstos podían reclamárselo.
caso los que deberían denunciar la falta de democracia deberían ser los propios militantes del partido, pero normalmente no lo hacen, el funcionamiento interno estará expresado en sus estatutos, para ver como es la financiación y el funcionamiento, y para ello se establecen dentro del partido unos órganos de decisión elegidos por los propios militantes. Los partidos tienen técnicas para intentar averiguar cuál es la intención de voto de los ciudadanos. Algo que saben los partidos es que aquellos que demuestran mayor unidad interna, mayor cohesión, obtienen mayor número de votos que aquellos que aparecen divididos. En cuanto a que son instrumentos de participación política, lo son y además en un sistema como el nuestro, hay autores que señalan, que estamos en un Estado de partidos, porque al menos en las elecciones al Congreso de los Diputados, la participación de los ciudadanos es una participación en la que se pueden votar listas de partidos que están cerradas y bloqueadas, es decir, que el partido no sólo nos va a mostrar una lista de personas que quieren ser representantes, sino que en el sistema electoral del Congreso lo que nos presentan los partidos son listas cerradas, de modo que solo podemos elegir una lista entera y concreta sin poder modificarla. Se dice que sería más democrático que los partidos nos dejarán unas listas abiertas para que nosotros pudiéramos ordenar los nombres de las listas o modificar alguno de ellos. De ser así es cierto que el poder que tienen ahora los partidos pasaría a otro ámbito, que sería sobre todo los medios de comunicación, cuando nosotros ejercemos nuestro derecho de sufragio, elegimos a representantes, no a un presidente del gobierno en sí, sino a una lista de representantes. Normalmente solo conocemos al líder del partido y no al resto. El partido, es un instrumento, de tal manera que como tal instrumento tiene la posibilidad de ofrecernos este listado de candidatos, pero una vez celebradas las elecciones, una vez que convertimos los votos en escaños, son representantes para todo el periodo, para los cuatro años, y no son representantes de sus votantes, sino de toda la sociedad. Si durante estos cuatro años alguno es expulsado del partido, o deja el partido, no por ello el partido puede cesarle de su escaño de representante, es más, nuestra Constitución prohíbe explícitamente el mandato imperativo (visto en el seminario). Aquí los representantes son libres para actuar.
Cuando hablamos de esta teoría de una democracia de partidos, es porque en el fondo indirectamente sí existe una gran presión por parte de los partidos políticos a los representantes que obtienen un escaño a través de los votantes. El partido, tras las elecciones queda apartado, a Las Cortes y al Parlamento solo van los senadores y diputados.
Los grupos parlamentarios, si bien nada tienen que ver con los partidos (jurídicamente hablando), no podemos olvidar que este funcionamiento interno de las cámaras se produce con menos libertad por parte de cada uno de los representantes de la que se dice teóricamente que deben tener cada uno de ellos, porque la organización interna de las cámaras se hace a través de los grupos parlamentarios y la disciplina de voto (todos los que están en el mismo grupo parlamentario votaran los mismo). Por lo tanto, encubiertamente hay una especie de mandato imperativo por parte de los partidos políticos hacia los representantes, pero si no cumplen la disciplina de voto, el partido no volverá a poner su nombre en listas para las siguientes elecciones. A esto le llamamos mutación constitucional, quiere decir que hay un cambio que se produce en la práctica sin reformar la Constitución, y se trata de algo que la Constitución prohíbe y que supone una mutación. En cuanto a los partidos, la nueva ley de partidos es una modificación que se hace sobre todo con una finalidad muy clara, y prácticamente toda la reforma va encaminada a la misma finalidad: ilegalizar a Herri Batasuna Finalmente se estableció esta nueva ley que permite ciertos aspectos que no estaban claros y era necesario que lo estuvieran, como la posibilidad de suspender actividades. Los partidos políticos, dentro de lo que es su actividad pública, reciben financiación por parte del Estado. La financiación es tanto para campañas electorales como para desempeñar sus labores dentro de las cortes para la actividad de estos grupos. En cuanto a la financiación:
Los partidos de masas tienen un funcionamiento muy claro, tienen sedes en las provincias, en los pueblos, gente trabajando en ellas, tienen muchísimos gastos y con la financiación regular podrían perfectamente funcionar, pero todo partido piensa que cuanta más financiación tendrán más posibilidades de llegar a los medios de comunicación y de conseguir más votos. Esto hace que los partidos, prácticamente todos, han tenido financiación irregular, tanto es así que quien puede controlar esta financiación pública de los partidos es el Tribunal de Cuentas, un órgano pensado para el control de las cuentas públicas. Cuando se crea el Tribunal de Cuentas pide el estado de cuentas de los partidos y no se lo hacen llegar, los partidos no les pasan las cuentas. Finalmente se empieza a controlar
El sufragio pasivo es la capacidad que tenemos de presentarnos a unas elecciones, los requisitos que se exigen son los mismos. Estar en pleno uso de los derechos políticos, y además otro requisito, el de no estar incurso en ninguna de las causas de inelegibilidad, que muchas veces se confunden. La inelegibilidad dice que no puedes ser elegido. El límite jurídico no está incurso en ninguna de las causas de inelegibilidad. No hay diferencia de edad para el derecho a votar y el derecho de ser elegido. No se exige que el candidato viva en la circunscripción donde se inscriba. Es el único derecho que ha generado una modificación de la Constitución. Nuestra Constitución solo se ha modificado una vez, en el art. 13 de la Constitución, dice que solo los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por Tratado o Ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.
El Estado de Derecho se basa en cuatro aspectos:
· El imperio de la ley, ley como expresión de la voluntad de los ciudadanos, no es el imperio de cualquier ley. Esta ley debe ser la decisión de la voluntad popular. · La división de poderes (ejecutivo, legislativo, judicial). · El sometimiento de los poderes públicos a esta ley, sobre todo los poderes públicos y la administración. · El reconocimiento de los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos.
El Estado de Derecho hasta hoy ha evolucionado, y si bien ha cambiado alguna de las características, en todas ellas perdura lo que es esencial en el mismo. El Estado Liberal es el Estado que triunfa con los revolucionarios burgueses; para combatir al Estado Absoluto van a utilizar estos preceptos y en este sentido los liberales desde el primer momento van a establecer cómo determinar esta voluntad general. Al concretar ésta voluntad, en el Estado Liberal, la soberanía ya no va a ser una soberanía del rey, sino que se va a establecer una soberanía que se va a calificar como 'nacional'. La nación es un ente abstracto en el que conviven los ciudadanos de forma abstracta (generaciones pasadas presentes y futuras), de tal manera que queda desdibujada esta soberanía hasta el punto de que les va a permitir con esta idea de soberanía nacional, legitimar el sufragio censitario, de manera que los únicos que van a tener voto van a ser los propietarios. Establecen que el poder reside en la nación, no hablan de soberanía popular. Elegirán a unos representantes en este sufragio censitario, que serán los que interpretarán esta voluntad general, censitaria, para determinar el contenido de la ley. Establecen también un conjunto de derechos personales, fundamentales, individuales, que el Estado debe reconocer pero sin establecer en un primer momento garantías para su ejercicio sino tan solo van a ser declaraciones programáticas, que si bien se declaran universales no se van a aplicar a todo el mundo, porque no se establecen las garantías necesarias para su ejercicio. El Estado no puede intervenir de manera que el Estado Liberal se va a configurar como un Estado abstencionista o Estado gendarme o policía, el cuál va a tener como función fundamental la seguridad de los ciudadanos. La seguridad va a permitir que el comercio funcione libremente con la Ley de la Oferta y la Demanda. También se va a infundir el valor de igualdad, pero no como redistribución de las riquezas, sino que va a ser una igualdad formal, ante la ley. La ley debe ser general
Además de estas dos tendencias, habrá una tercera que será la que llevara a implantar el Estado Social de Derecho que intentará evolucionar para no llegar a ningún tipo de dictadura. Se van a reconocer una serie de derechos, sociales y culturales, y políticos, se va a instaurar el sufragio universal, de tal manera que podrán votar todos los ciudadanos. Y se van a establecer una serie de garantías que van a obligar al Estado a intervenir para que los ciudadanos puedan ejercer sus derechos. El Estado va a dejar de ser abstencionista para convertirse en un Estado intervencionista que estará obligado a dar una serie de prestaciones a los ciudadanos para que éstos puedan defender sus derechos ya conquistados. Para que el Estado intervenga garantizando estos derechos necesita obtener recursos previamente, y estos recursos los va a obtener a través de los impuestos para organizar las prestaciones (carreteras, transporte público...).
En el Estado Social, que está en crisis, y no se sabe cuál es la alternativa, se encuentra ante un momento de globalización en el que las finanzas no se controlan por parte del Estado, además por sí solo no puede resolver la mayoría de problemas en los que la sociedad se encuentras sumida, necesita de la participación de organizaciones internacionales para resolver la mayoría de problemas. Estos problemas son una crisis financiera, por la ambición y corrupción; otro problema es el tráfico de drogas, la inmigración... Por otro lado se necesita decidir si queremos mantener el Estado Social o no.
Uno de los aspectos que mayores dificultades ha acarreado al proceso constitucional fue el tema de la descentralización política. Finalmente esta dificultad de llegar al consenso llegó a tener una regulación muy ambigua que está en el título octavo de la Constitución, que en el fondo lo que hace es desarrollar el articulo dos que está como principio dentro del título preliminar. Ante esta dificultad para elaborar la Constitución, se dejó la Constitución abierta, y como modelo no se tomó ni el modelo centralizado ni tampoco se pasó al estado federal, que sería el modelo de descentralización. Se optó por una descentralización estructurada en tres niveles: