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El Concepto de Constitución: Supremacía Jurídica y Funciones, Apuntes de Derecho Constitucional

Este documento analiza el concepto de constitución desde una perspectiva política y jurídica. Se explica la supremacía jurídica de la constitución y sus versiones formales y materiales. Además, se discuten las funciones sociales y democráticas de la constitución y los mecanismos de garantía de su supremacía. Se mencionan el constitucionalismo europeo y americano, y se analizan los modelos de justicia constitucional.

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 18/03/2014

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EL CONCEPTO DE
CONSTITUCIÓN
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¡Descarga El Concepto de Constitución: Supremacía Jurídica y Funciones y más Apuntes en PDF de Derecho Constitucional solo en Docsity!

EL CONCEPTO DE

CONSTITUCIÓN

CONCEPTO POLÍTICO DE CONSTITUCIÓN

Dos versiones del constitucionalismo

Constitucionalismo Europeo
  • Monismo Parlamentario: soberanía nacional/soberanía
parlamentaria  Constitución=Ley
  • Dualismo monárquico: soberanía del monarca/soberanía
compartida Constitución otorgada=pacto político
entre el Rey-y el Parlamento
  • Constitución = forma jurídica  control de
constitucionalidad del legislador (S. XX)
Constitucionalismo Americano
  • Constitución=forma jurídica
Marbury vs Madison (1803)

NACIMIENTO DEL CONSTITUCIONALISMO: Revol. Francesa (Art. 16. Decl. D.H.C. 1789)

Constitucionalismo ≠Constitución : Gran Bretaña VERSUS China

Función y Contenido político de la Constitución

límite político al poder soberano división de poderes
aseguramiento de libertades de los
ciudadanos

DOS VERSIONES DEL CONCEPTO

JURÍDICO DE CONSTITUCIÓN (I)

En

sentido

formal

Conjunto de normas, revestido de una forma singular, ubicado en la cúspide del sistema normativo, que está sometido a procedimientos específicos de aprobación y reforma

a) La forma jurídica : procedimiento y órganos de elaboración son una

mera técnica garantista de su posición suprema

b) Posición de supremacía jurídico-positiva = antijuridicidad

(sancionable y no sancionable) de la infracción de sus prescripciones

  • el derecho comunitario como reto a esa supremacía  la supremacía

constitucional (validez) frente a la primacía (aplicabilidad) del derecho

de la Unión Europea

c) Cualquier objeto

d) Cualquier destinatario : poderes públicos y ciudadanos

DOS VERSIONES DEL CONCEPTO

JURÍDICO DE CONSTITUCIÓN (II)

En sentido material

Se define, con

independencia de su

forma, por

El objeto de regulación que la convierte en presupuesto lógico de las demás normas

a) La creación de normas por los órganos

superiores del Estado

b) Garantía de los derechos y división de poderes

c) Múltiples formas jurídicas

d) Posición de supremacía lógico-jurídica

Sus destinatarios SOLO son los órganos

superiores del Estado que ella misma crea para

crear más normas

LA SUPREMACÍA JURÍDICO-POSITIVA DE

LA CONSTITUCIÓN (II)

  • Valor normativo supremo de la Constitución = eficacia indirecta

(fuente sobre las fuentes del derecho) + eficacia directa (fuente

del derecho)

eficacia

directa

Aplicabilidad directa

Eficacia

Eficacia interpretativa

derogatoria

FUNCIONES DE LA CONSTITUCIÓN

SOCIAL Y DEMOCRÁTICA

  • Constituye los poderes que limita
  • Judicialización de la Constitución : la justicia y la jurisdicción Constitucionales

La Constitución como fundamento y límite del poder

  • traza la frontera entre lo jurídicamente lícito y lo políticamente posible
  • selecciona expectativas sociales mediante las normas dogmáticas y mediante las normas orgánicas
  • Función estabilizadora : se substrae a un debate actual determinadas cuestiones que se dejan zanjadas (Bandera, himno, idioma, unidad nacional, relaciones Iglesia- Estado,...), mientras que otras se difieren al poder constituido (Estado autonómico, contenido de las Leyes Orgánicas...) ---> elimina el riesgo de deslegitimación del sistema político

Selección de expectativas

  • Restrictiva : prohibiciones o penalizaciones implícitas a determinados preceptos constitucionales
  • Extensiva : Afirmaciones positivas de principios que sirven de marco de garantía de posibilidades

Garantía de posibilidades

  • la Constitución es el orden jurídico básico de los distintos sectores de la vida social y política ---> genera un modelo de sociedad
  • Cláusula de Estado social y normas de programación final: Art. 1 CE, Art. 9. CE y Capítulo III del Título I (los principios rectores de la política social y económica)

Programa social

  • Consecuencias negativas para el Estado democrático de una Constitución- Programa
    • Peligro para la estabilidad constitucional: reducción de la garantía de posibilidades
    • Límite desproporcionado al legislador democrático  el legislador como un ejecutor del programa constitucional
    • Dificultades técnicas de aplicación de las normas de programación final por su abstracción
  • Se modulan los efectos jurídicos de los principios rectores en atención del principio democrático ---> Art. 53.3 CE
  • la constitución es un marco de diferentes opciones políticas (STC 11/1981 de 11.04.1981)  las normas infraconstitucionales no deben desarrollar la constitución sino exclusivamente no contradecirla

Constitución abierta: marco de

diferentes opciones políticas

EL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD

Modelos de justicia constitucional:

  • EEUU: control realizado por cada juez al aplicar las

leyes

  • Precedente horizontal: sujeción a resoluciones del

propio tribunal à SEGURIDAD JURÍDICA

  • Precedente vertical: sujeción a doctrina de

instancia superior à UNIDAD

  • Europa: control realizado por un órgano

jurisdiccional específico “ad hoc”

  • El Tribunal Constitucional y su monopolio del

control de constitucionalidad

  • Composición:
    • Número reducido de miembros
    • Alta especialización
    • Desempeño del cargo por un tiempo

prolongado

  • Selección con alto compromiso político
  • Funciones:
  • Control de la constitucionalidad de las leyes

(legislador negativo)

  • No resolución de litigios particulares

Tipos de Control de constitucionalidad

  • Según el órgano controlante:
    • Concentrado: monopolio del Tribunal

Constitucional

  • Difuso: facultad de todo órgano judicial
  • Según el modo de control:
  • Abstracto (directo): al margen de litigio
  • Control previo de tratados (art. 95 CE)
  • Recurso de inconstitucionalidad (art. 161.1.a CE)
  • Concreto (indirecto): resultado de la aplicación de

la ley a un litigio

  • Cuestión de inconstitucionalidad (art. 163 CE)
  • Autocuestión de inconstitucionalidad (art. 55.

LOTC)

  • Recurso de amparo
  • Según las consecuencias del Control:

Preventivo/Represivo