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MÁSTER PROFESORADO DE SECUNDARIA EN UNIZAR
Tipo: Apuntes
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El artículo 27 de la Constitución Española es el que regula el Derecho a la Educación:
4º Los tres niveles de administración educativa en la enseñanza pública: central, provincial y local. En 1860: 80% analfabetismo. Escolarizado tan solo 39% de los niños.
3. LODE: Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación. - Representa junto con la LOGSE, el referente de la educación en los últimos años. - Surge después de muchos años de un periodo de dictadura. - Planteamiento de participación en la educación de todos los sectores. - Más adelante se perfila este planteamiento. - Critica: carácter asambleario (por ello se mejoró en la LOGSE) 4. LOGSE: Ley Orgánica General del Sistema Educativo - Con la LGE se consigue: escolarización en la educación general básica, se incrementa la escolarización en los niveles no obligatorios, avances en igualdad de oportunidades con becas y ayudas. - Temas por resolver: - Carencia de configuración educativa en el tramo anterior a la educación obligatoria. - Desfase entre fin de la etapa obligatoria (14 años) y edad mínima para trabajar. - Existencia doble titularidad al terminar EGB. - En EGB y BUP, programas sobrecargados de contenidos conceptuales. - FP: vía secundaria. - BUP: memorístico. - Currículo cerrado e impuesto. - COU: no cumple su papel de orientador. Reorganiza las enseñanzas: de régimen general y especial - Regulariza la educación de las personas adultas, - Reforma profundamente las FP, - Estructura una atención a las desigualdades y a los alumnos con necesidades educativas especiales (Se empieza a hablar de ACNES Y ACNEAES)
Tanto el PAI como el PMAR, son adaptaciones curriculares NO SIGNIFICATIVAS (menos de dos años de retraso).
c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos. d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro. e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director. f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos. g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro. h) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente, proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE
- CCP (Jefes de departamento y equipo directivo) Reunión: Al menos uno al mes y 2 extraordinarias (1 al principio y otra a final de curso) Funciones: Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión del PC y las programaciones didácticas y elaborar un calendario de seguimiento del mismo. - DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS Reunión: 1 a la semana, al menos una al mes deberá tratar sobre la evaluación del desarrollo de la programación didáctica. El JE establecerá en su horario un espacio semanal a todos los miembros de los departamentos para que puedan reunirse. Los jefes de departamento lo serán por 4 años. En un principio, se nombrará jefe de departamento a los catedráticos.
- DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN: formado por profesores de secundaria entre los que habrá, al menos, un psicólogo o pedagogo, así como profesores de FP. La jefatura del departamento será llevada a cabo por el psicólogo o pedagogo. - DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES: tiene una función dinamizadora. La jefatura del departamento será llevada a cabo por un profesor con destino definitivo. - DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN Y FORMACIÓN EDUCATIVA (COFO + profesor encargado de los programas de medios informáticos y/o de medios audiovisuales + profesor del dep. Orientación + miembro del equipo directivo). -TUTORES: Cada grupo tendrá un tutor designado por el director a propuesta del JE. Se celebrarán al menos cuatro sesiones de evaluación, una a comienzo de curso y una por trimestre. **ÓRGANOS UNIPERSONALES
Es el punto de referencia en la elaboración de los sucesivos documentos. No supone una gran concreción ya que es un proyecto, es decir, no es algo acabado por lo que acepta modificaciones. Si algún miembro de la comunidad educativa quisiera hacer modificaciones, tendría que presentarla al Consejo Escolar para que este la evaluara en el tercer trimestre del curso. Da las líneas generales del centro y, por tanto, es único en cada centro educativo. Debe incluir el Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT), el Plan de Atención a la Diversidad (PAD) y el Plan de Convivencia ¿QUIÉN LO ELABORA? El equipo directivo nombra una comisión que prepara un anteproyecto que entrega al AMPA, coordinadores de equipo, a los diferentes departamentos, etc. para que lo revisen y presenten modificaciones. Recibidas las enmiendas, la comisión finalizará el proyecto y el consejo escolar lo evaluará para su incorporación en la PGA.
2. PROYECTO CURRICULAR (PC) Sale del PEC. Tiene que ver con los contenidos y, al igual que el PEC, nace de un consenso. La CCP supervisa su elaboración y lo revisa. El claustro lo evalúa y aprueba. Se puede formar de dos formas: - De arriba a abajo: Se realizan propuestas en la CCP y se trabajan en los departamentos. - De abajo a arriba: Se elevan las propuestas desde los departamentos a la CCP.
¿Quién lo elabora? La Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP) supervisa y coordina su elaboración. El Claustro de profesores aprobará y evaluará los aspectos educativos de los Proyectos Curriculares de Etapa y todas las modificaciones que se hagan. Cuando esté aprobado, se incorporará a la PGA.
3. PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL (POAT) ¿QUIÉN LO ELABORA? El departamento de Orientación, siguiendo las aportaciones de los tutores y las directrices de la CCP. Una vez elaboradas las propuestas, se elevará a la CCP para que lo apruebe 4. PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS (PD) Recogen la planificación de un departamento didáctico durante un ciclo o un curso. ¿QUIÉN LAS ELABORA? Los departamentos didácticos Dentro de las programaciones didácticas, cada profesor en su aula tendrá en cuenta a su alumnado y, así, en sus programaciones deberá contar con acciones concretas para cuando se den situaciones de alumnos con necesidad específica de apoyo educativo (ACNEAE). Algunos ACNEAE pueden ser ACNEES (necesidades educativas especiales), pueden tener TDAH, altas capacidades intelectuales, dificultades de aprendizaje, determinadas condiciones personales o historia escolar o haberse incorporado tarde al sistema educativo. Al hablar de medidas para atender a la diversidad, hemos de diferenciar entre:
Otra medida específica extraordinaria sería PMAR o la adaptación curricular de ampliación ( la evaluación del alumno con referencia a los criterios del nivel educativo superior al que está escolarizado en aquellos alumnos que presentan altas capacidades intelectuales.) Para realizar una evaluación psicopedagógica de un alumno, no es necesaria la autorización de los padres aunque sí deben saberlo. Por el contrario, para llevar a cabo cambios significativos fruto de esa evaluación, sí es necesaria la autorización. B. DOCUMENTOS ANUALES
1. PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL (PGA) ¿QUIÉN LA ELABORA? El equipo directivo es el responsable de su elaboración, teniendo en cuenta las propuestas del Claustro y El Consejo Escolar, quien finalmente la aprobará. Un ejemplar ha de quedar siempre en la Secretaría del centro a disposición de los miembros de la comunidad educativa y otro se enviará al Director del Servicio Provincial. Al final del curso, el Consejo Escolar, el Claustro de Profesores y el Equipo Directivo harán una evaluación del cumplimiento de la PGA que se recogerá en la memoria final, la cual servirá como punto de partida de la PGA del curso siguiente. 2. MEMORIA ANUAL Se compone de la Memoria Administrativa y la Memoria final de curso.
C. DOCUMENTOS SOBRE CONVIVENCIA (ambos se recogen en el PEC) Se recogen en el Decreto 73/2011: “ Carta de Derechos y Deberes de los miembros de la comunidad educativa”
1. PLAN DE CONVIVENCIA Los centros deben recoger en este documento los rasgos más sobresalientes de la situación de convivencia del centro, los objetivos de mejora que se considere necesario conseguir y las actuaciones que se van a desarrollar para alcanzar cada uno de ellos. ¿QUIÉN LO ELABORA? LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA La Comisión de Convivencia realizará el diagnóstico del estado de la convivencia con el asesoramiento de las personas responsables de la orientación en el centro. Basándose en el diagnóstico, elaborará una propuesta de contenidos del Plan de Convivencia. El Equipo Directivo arbitrará el procedimiento para que la propuesta de la Comisión de Convivencia sea conocida por todos los sectores de la comunidad educativa y para que todos ellos realicen una valoración del mismo y emitan sus aportaciones. Sumadas las aportaciones, se elaborará la propuesta del Plan de Convivencia del centro que se trasladará al Consejo Escolar para su aprobación. En el seno de Consejo del Escolar se podrán formar comisiones, la ÚNICA comisión obligatoria es la COMISIÓN DE CONVIVENCIA, en la que, al menos, estarán presentes el director (que presidirá la comisión), el jefe de estudios, y un profesor, un padre de alumno y un alumno elegidos por cada uno de los