¡Descarga Funcionamiento de las Cortes Generales: Senado, Elecciones, Funciones, Pleno y Comisiones y más Apuntes en PDF de Derecho Constitucional solo en Docsity!
LAS CORTES GENERALES
Normativa:
- Título III CE
- Reglamento del Congreso
- Reglamento del Senado
I. Bicameralismo
- (^) La CE consagra la estructura bicameral en las Cortes Generales en su art. 66.1: “Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados (Cámara baja) y el Senado (Cámara alta)”.
Tradicionalmente, Las Cortes Generales representaban el Poder legislativo El Parlamento ya no disfruta del monopolio de la creación legislativa. Gobierno CCAA Iniciativa legislativa popular La CE otorga a las Cortes Generales otras funciones:
- Representación del pueblo español
- (^) Aprobación de los PGE
- Control de la acción del Gobierno
- Funciones relativas a la Corona
- Designación de los miembros de otros Órganos del Estado
- Funciones en materia de relaciones Internacionales
II. Caracterización de las Cortes Generales
1.- Poder Constitucional. Reconocido en y por la CE
2.- Poder definidor del Estado. Art. 1.3 CE define la
fórmula política del Estado como “monarquía
parlamentaria”
3.- Poder representativo y legitimado. Representa al
pueblo, en lugar del que actúa e interviene. Son elegidas
directamente por el pueblo, por lo que se convierten en
el órgano de la expresión popular. Hacen efectivo el art.
23 CE
4.- Poder deliberante. Foro público donde el debate y la
discusión es consustancial a toda toma de decisiones.
- (^) Senado : El número de senadores no viene fijado
legalmente, sino que varía en función de la población.
- (^) Elegidos por el pueblo mediante sufragio (sistema mayoritario limitado): - (^) 4 en c/ provincia - (^) 3 en c/ isla mayor - (^) 1 en c/ isla menor - (^) 2 en Ceuta - (^) 2 en Melilla
- (^) Designados por las CCAA:
- (^) 1 senador por c/ CCAA
- (^) 1 senador más por c/ millón de habitantes
IV. Organización interna
- (^) Parlamentos= Institución compleja formada por
diferentes órganos (algunos previstos
constitucionalmente y otros no), cuya finalidad es
facilitar el trabajo parlamentario, agilizándolo.
- (^) Estos órganos tienen diferentes competencias, que
pueden ser:
- (^) Directivas (son los órganos de Gobierno de las Cámaras): El Presidente y la Mesa
- (^) De representación de los GP: Junta de portavoces
- (^) Otras
Presidencia de la Cámara (art. 72 CE) FUNCIONES Comunes (art. 72.3 CE): Ejerce en nombre de la Cámara todos los poderes administrativos y facultades de policía en el interior de sus sedes.
- (^) Previstas en la CE:
- (^) Presidir las respectivas Diputaciones permanentes (art. 78 CE)
- (^) Participar en el procedimiento legislativo (art. 90.1 CE)
- (^) Recabar para las Cámaras y sus comisione la inf. Y ayuda que precisen del Gobierno y sus Dptos. (art. 109 CE)
- (^) Previstas en los reglamentos:
- (^) Ostentar la representación de su Cámara
- (^) Convocar y presidir las sesiones plenarias
- (^) Asegurar la buena marcha de los trabajos parlamentarios
- (^) Dirigir y moderar los debates
- (^) Cumplir y hacer cumplir el Reglamento e interpretarlo en caso de duda
- (^) Ejercer la potestad disciplinaria.
Elección en Congreso y Senado
- (^) Elección (art. 37.1 RCD y art. 7 RS): “En la elección del Presidente, cada Diputado escribirá sólo un nombre en la papeleta. Resultará elegido el que obtenga el voto de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara. Si ninguno obtuviera en primera votación dicha mayoría, se repetirá la elección entre los que hayan alcanzado las dos mayores votaciones y resultará elegido el que obtenga más votos”. Presidente Actual Congreso: Ana Pastor. PP Presidente Actual Senado: Pío García Escudero, PP
La Mesa (art. 72 CE) Es el órgano rector de la Cámara y ostenta la representación colegiada de ésta en los actos a que asista. Composición en el Congreso : a) El Presidente del Congreso b) 4 vicepresidentes c) 4 secretarios Composición en el Senado : a) El Presidente del Senado b) 2 vicepresidentes c) 4 secretarios La Mesa está asesorada por el Secretario General de la Cámara, que es un Letrado de las Cortes que asiste con voz pero sin voto a sus sesiones (art 30.3 RCD y 38 RS)
Elección de Vicepresidentes y Secretarios
- (^) Congreso: (Sistema mayoritario limitado) Art. 37 RCD: “2.Los cuatro Vicepresidentes se elegirán simultáneamente. Cada Diputado escribirá sólo un nombre en la papeleta. Resultarán elegidos, por orden sucesivo, los cuatro que obtengan mayor número de votos. En la misma forma serán elegidos los cuatro Secretarios. “3. Si en alguna votación se produjere empate, se celebrarán sucesivas votaciones entre los candidatos igualados en votos hasta que el empate quede dirimido”. Trata de asegurarse la representación de las mayoría de las fuerzas políticas.
- (^) Senado: (Sistema mayoritario limitado) Art. 8 RS: “ 1. Los dos Vicepresidentes se elegirán simultáneamente, sin que cada Senador pueda escribir más de un nombre en la papeleta. Resultarán elegidos, por orden correlativo, los dos que obtengan mayor número de votos.
- En caso de empate para alguna de las Vicepresidencias, se procederá a efectuar nuevas votaciones entre los candidatos igualados en votos, hasta que uno de ellos consiga más que los restantes.” A rt. 9 RS: “Para la elección de los cuatro Secretarios, los Senadores escribirán sólo dos nombres en la papeleta y resultarán elegidos, por orden de votos, los cuatro que obtengan mayor número, observándose lo dispuesto en el número 2 del artículo anterior si se produjese empate, respecto a los candidatos en que se dé esta circunstancia”. Acentúa el peso de los grupos mayoritarios en su composición.
Junta de Portavoces (arts. 39 RCD y 43 RS) Es el órgano de representación de los Grupos Parlamentarios. Composición común : a) Los Portavoces de los Grupos Parlamentarios b) El Presidente de la Cámara (quien preside las reuniones) Congreso (art. 39 RCD): Además debe asistir 1 Vicepresidente 1 Secretario de la Cámara El Secretario general Puede asistir: 1 representante del Gobierno Senado (art. 43 RS): Puede asistir: 1 representante del Gobierno Hasta 2 representantes de los grupos territoriales de 1 mismo Grupo Parlamentario, designados por su portavoz.
Forma de adoptar acuerdos.
- (^) Las decisiones de la Junta de Portavoces se adoptará
siempre en función de un criterio de voto ponderado
(art. 39.4 RCD)
El voto de cada portavoz tiene el mismo
peso que el de su grupo en el pleno
(aunque este voto ponderado queda para los acuerdos
más polémicos, dado que se suele tender al consenso).
Portavoces Congreso:
- (^) GPP: Rafael Antonio Hernando Fraile
- (^) GPS: Antonio Hernando Vera
- (^) GPC´S: Juan Carlos Girauta Vidal
- (^) GP CUP-EC-EM: Iñigo Errejón
- (^) GPV (EAJ-PNV) : Aitor Esteban Bravo
- (^) GER: Joan Tardá y Coma
- (^) GP Mixto: Francesc Homs Molist