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Asignatura: Derecho del Trabajo 2, Profesor: Amparo Ballester, Carrera: Dret, Universidad: UV
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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Preguntas
Cuando un despido disciplinario recae en una trabajadora embarazada... Será declarado procedente si concurre causa suficiente para el despido disciplinario o nulo si carece de ella Será declarado nulo, solo si tiene causa discriminatoria; improcedente, si no concurre causa para el despido disciplinario; o procedente, si concurre causa para el despido disciplinario Será declarado nulo si tiene defectos formales esenciales; procedente, si concurre causa justificativa para el despido disciplinario; o improcedente, si no concurre causa justificativa para el despido disciplinario
si os despiden estando embarazadas, salvo que el empresario justifique los motivos de tal despido, que no sean discriminatorios y nada tengan que ver con vuestro embarazo, el despido será nulo de pleno derecho. Recordad que el plazo para demandar el despido es de 20 días hábiles.
El despido disciplinario a un trabajador afiliado a un sindicato...
Requiere expediente contradictorio Requiere un preaviso de quince días, durante los cuales el trabajador afiliado al sindicato tendrá un permiso semanal de seis horas para búsqueda de empleo Requiere audiencia previa a los delegados sindicales de la sección sindical a la que pertenece el trabajador
Art. 55.1 ET y 10.3 LOLS
La razón de ser de este trámite de audiencia previa es la conveniencia apreciada por el legislador de que los trabajadores sindicados tengan una protección reforzada frente al poder disciplinario del empresario, a cuyo riesgo de abuso pueden ser más vulnerables, por medio de una defensa sindical preventiva del trabajador afiliado.
Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia al trabajo...
Son causa de despido disciplinario Son causa de despido objetivo por ineptitud Son causa de resolución contractual por la vía del art. 50 ET
Art. 54 ET
Las ofensas verbales proferidas por un trabajador a los clientes de la empresa donde trabaja, si tuvieran la gravedad y culpabilidad necesarias para justificar el despido disciplinario...
Constituirían la causa del art. 54.1.c ET ("Las ofensas verbales o físicas...") Constituirían la causa del art. 54.1.d ET ("La transgresión de la buena fe contractual...") Constituirían la causa del art. 54.1.e ET ("La disminución continuada y voluntaria en el
rendimiento...")
Un despido disciplinario que no se ha realizado por escrito y ha sido impugnado judicialmente por el trabajador... Será declarado procedente si concurría justa causa para el despido disciplinario Será declarado nulo, por defectos esenciales en el procedimiento Será declarado improcedente por defectos formales esenciales
Es despido colectivo el que se produce como consecuencia de causa económica, técnica, organizativa o de producción siempre que afecte, al menos, a ... Diez trabajadores, en las empresas que ocupen más de cien trabajadores Treinta trabajadores en las empresas que ocupen menos de 300 trabajadores La totalidad de la plantilla, siempre que el número de trabajadores afectados sea superior a cinco
El despido colectivo del art. 51 ET, por causa económica, técnica, organizativa o de producción Requiere periodo previo de consultas con los representantes de los trabajadores Requiere que se llegue a acuerdo con los representantes de los trabajadores Requiere autorización administrativa, siendo el único supuesto que lo establece tras la reforma operada por la Ley 3/
Una empresa con beneficios en los últimos dos ejercicios, que cuenta con 156 trabajadores y que no está incursa en un procedimiento concursal, aplica un despido colectivo por causa organizativa que afecta a 20 trabajadores de su plantilla. 5 de ellos tienen más de 55 años
La empresa deberá financiar un convenio especial para los trabajadores mayores de 55 años, cotizando hasta que cumplan 63 años y, además, deberá efectuar una aportación económica al Tesoro Público de acuerdo con lo establecido legalmente La empresa deberá financiar un convenio especial para los trabajadores mayores de 55 años, cotizando hasta que cumplan 61 años y, además, deberá efectuar una aportación económica al Tesoro Público de acuerdo con lo establecido legalmente La empresa deberá financiar un convenio especial para los trabajadores mayores de 55 años, cotizando hasta que cumplan 61 años o deberá efectuar una aportación económica al Tesoro Público de acuerdo con lo establecido legalmente
Si alguno de los trabajadores despidos es mayor de 55 años: la empresa tiene la obligación de llevar a cabo un convenio especial con la seguridad social que supone que
salario
En el despido objetivo por causa de absentismo del trabajador (art. 52.d ET), a efectos de contabilizar el volumen de inasistencias... Se computan las faltas de asistencia debidas a accidente de trabajo Se computan las faltas de asistencia por suspensión de paternidad Se computan las faltas de asistencia por enfermedad común de duración inferior a veinte días consecutivos
En el procedimiento de despido colectivo, el informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se debe emitir... Antes de que finalice el periodo de consultas En el plazo de quince días desde la notificación a la Autoridad Laboral de la finalización del periodo de consultas Antes de que se inicie el periodo de consultas