Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


DEMANDA DE ALIMENTOS, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho Civil

demanda de alimentos guatemala

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2019/2020

Subido el 28/10/2020

angel-daniel-menendez-duarte
angel-daniel-menendez-duarte 🇬🇹

4

(1)

1 documento

1 / 5

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
JUZGADO PLURIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA CON COMPETENCIA
ESPECÍFICA PARA PROCESOS DE PENSIONES AUMENTICIAS, DEL DEPARTAMENTO
DE GUATEMALA
NOMBRE de treinta y dos años, casada, guatemalteca, ama de casa, de este domicilio, ante
usted respetuosamente comparezco y:
EXPONGO
1. Actúo bajo la dirección y procuración de__
2. Señalo como lugar para recibir notificaciones__
3. Por este acto comparezco a promover DEMANDA EN JUICIO ORAL DE FIJACIÓN DE
PENSIÓN ALIMENTICIA en representación de mis hijos menores de edad BIANCA
PAMELA ELIZABETH, BRANDON DANIEL ALEXANDER y NATALY JOHANA JOTLEY
todos de apellidos, en contra del señor JAIME DANIEL, quien puede ser notificado en su
residencia ubicada en el LOTE 12"B", SECTOR CENTRAL, LAS CANOAS, ZONA 25, DEL
MUNICIPIO Y DEPARTAMENTO DE GUATEMALA con base en los siguientes
HECHOS:
1. Desde el año dos mil cinco conviví maridablemente con el señor JAIME DANIEL,
derivado de esa relación procreamos tres hijos fuera del matrimonio, el mayor de nuestros
hijos: a) BRANDON DANIEL ALEXANDER. de trece años con ocho meses de edad; b)
BIANCA PAMELA ELIZABETH de once años con cinco meses de edad; y C) NATALY
JOHANA JOTLEY, de cuatro años con once meses de edad;
2. En virtud de lo anterior, con la finalidad de construir un hogar más sólido para mi
persona y para mis hijos, el quince de noviembre del dos mil catorce contraje matrimonio
con el señor JAIME DANIEL, bajo el régimen de comunidad de Gananciales, matrimonio
que quedó inscrito bajo el numero sesenta y siete mil seiscientos noventa y nueve
(67699), tal y como como consta en el certificado de matrimonio extendido por el
Registrador Civil de las personas del Registro Nacional de las Personas del municipio de
Guatemala, Departamento de Guatemala, documento el cual adjunto;
3. Sin embargo, los problemas no se hicieron esperar, pues conforme el tiempo iba
pasando, mi esposo no me daba dinero; Intenté de una forma extrajudicial llegar a un
acuerdo en cuanto al monto de la pensión alimenticia, sin embargo no hubo tal convenio.
4. En virtud de no poder llegar a un acuerdo y del incumplimiento en proveer los
alimentos para mi persona y nuestros menores hijos, es procedente que en cuanto al
pf3
pf4
pf5

Vista previa parcial del texto

¡Descarga DEMANDA DE ALIMENTOS y más Guías, Proyectos, Investigaciones en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

JUZGADO PLURIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA CON COMPETENCIA

ESPECÍFICA PARA PROCESOS DE PENSIONES AUMENTICIAS, DEL DEPARTAMENTO

DE GUATEMALA

NOMBRE de treinta y dos años, casada, guatemalteca, ama de casa, de este domicilio, ante usted respetuosamente comparezco y: EXPONGO

  1. Actúo bajo la dirección y procuración de__
  2. Señalo como lugar para recibir notificaciones__
  3. Por este acto comparezco a promover DEMANDA EN JUICIO ORAL DE FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA en representación de mis hijos menores de edad BIANCA PAMELA ELIZABETH, BRANDON DANIEL ALEXANDER y NATALY JOHANA JOTLEY todos de apellidos, en contra del señor JAIME DANIEL , quien puede ser notificado en su residencia ubicada en el LOTE 12"B", SECTOR CENTRAL, LAS CANOAS, ZONA 25, DEL MUNICIPIO Y DEPARTAMENTO DE GUATEMALA con base en los siguientes HECHOS:
  4. Desde el año dos mil cinco conviví maridablemente con el señor JAIME DANIEL , derivado de esa relación procreamos tres hijos fuera del matrimonio, el mayor de nuestros hijos: a) BRANDON DANIEL ALEXANDER. de trece años con ocho meses de edad ; b) BIANCA PAMELA ELIZABETH de once años con cinco meses de edad; y C) NATALY JOHANA JOTLEY , de cuatro años con once meses de edad;
  5. En virtud de lo anterior, con la finalidad de construir un hogar más sólido para mi persona y para mis hijos, el quince de noviembre del dos mil catorce contraje matrimonio con el señor JAIME DANIEL , bajo el régimen de comunidad de Gananciales, matrimonio que quedó inscrito bajo el numero sesenta y siete mil seiscientos noventa y nueve (67699), tal y como como consta en el certificado de matrimonio extendido por el Registrador Civil de las personas del Registro Nacional de las Personas del municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala, documento el cual adjunto;
  6. Sin embargo, los problemas no se hicieron esperar, pues conforme el tiempo iba pasando, mi esposo no me daba dinero; Intenté de una forma extrajudicial llegar a un acuerdo en cuanto al monto de la pensión alimenticia, sin embargo no hubo tal convenio.
  7. En virtud de no poder llegar a un acuerdo y del incumplimiento en proveer los alimentos para mi persona y nuestros menores hijos, es procedente que en cuanto al

monto solicitado al señor JAIME DANIEL para garantizar el crecimiento integral de nuestros menores hijos, incluyendo todo aquello que se entiende por alimentación es decir: salud, educación, vivienda, solicito una pensión alimenticia para nuestros menores hijos por la suma de tres mil quetzales mensuales (Q3,000.00), dividido de la siguiente forma: la cantidad de mil quetzales para cada uno de nuestros menores hijos, renunciando mi persona a la pensión que me corresponde. Para el efecto, solicito que se trabe embargo precautorio sobre el salario percibido por el demandado en la entidad CREACIONES FILOMENA, SOCIEDAD ANÓNIMA en donde labora como Contador General, para lo cual se oficie al cajero pagador de tal entidad a efecto de que retenga el cincuenta por ciento del salario del demandado.

  1. Así mismo, que mientras dure la tramitación del presente proceso, se fije una pensión provisional de tres mil quetzales, a razón de mil quetzales para cada uno de mis mencionados hijos a quienes represento dentro del presente proceso. FUNDAMENTO DE DERECHO A. ART 252 CODIGO CIVIL: La patria potestad se ejerce sobre los hijos menores, conjuntamente por el padre y la madre en el matrimonio y en la unión de hecho; y por el padre o la madre, en cuyo poder esté el hijo, en cualquier otro caso. B. ART 254 CODIGO CIVIL: La patria potestad comprende el derecho de representar legalmente al menor o incapacitado en todos los actos de la vida civil; administrar sus bienes y aprovechar sus servicios atendiendo a su edad y condición. C. ART 278 CODIGO CIVIL: La denominación de alimentos comprende todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y también la educación e instrucción del alimentista, cuando es menor de edad. D. ART 279 CODIGO CIVIL: Los alimentos han de ser proporcionados a las circunstancias personales y pecuniarias de quien los debe y de quien los recibe, y serán fijados por el juez, en dinero. AI obligado se le puede permitir que los alimentos los preste de otra manera cuando, a juicio del juez, medien razones que lo justifiquen. E. ART 284 CODIGO CIVIL: Cuando recaiga sobre dos o más personas la obligación de dar alimentos, se repartirá entre ellas el pago, en cantidad proporcionada a su caudal respectivo; en caso de urgente necesidad, y por circunstancias especiales, el juez podrá decretar que uno o varios de los obligados los preste provisionalmente, sin perjuicio de que pueda reclamar de los demás la parte que le corresponde.

b. Certificado de nacimiento de Bianca Pamela Elizabeth__, el cual fue extendido por el Registrador Civil de las personas del Registro Nacional de las Personas del municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala; c. Certificado de nacimiento de Brandon Daniel Alexander__, el cual fue inscrito el diecinueve de enero del dos mil cinco, en la partida número veinticuatro, folio veinticuatro del libro seiscientos treinta guion Nac, del Registro civil del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, el cual fue extendido por el Registrador Civil de las personas del Registro Nacional de las Personas del municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala; d. Certificado de Nacimiento de Nataly Johana Jotley__, el cual fue extendido por el Registrador Civil de las personas del Registro Nacional de las Personas del municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala; e. Informe que deberá prestar la entidad CREACIONES FILOMENA, SOCIEDAD ANÓNIMA, entidad que deberá informar detalladamente los rubros tales como salario, bonificaciones, comisiones, gastos, ventajas económicas, que devenga el demandado. PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS , de los hechos probados se deriven. En virtud de lo expuesto a usted SOLICITO

  1. Que con el presente memorial y documentos adjuntos se inicie la formación del expediente respectivo;
  2. Que se tome nota de la calidad con la que actúo con base en los documentos adjuntos;
  3. Que se tome nota de la dirección y procuración bajo la cual actúo;
  4. Que se tome nota del lugar que señalo para recibir notificaciones y que se tenga por indicado el lugar para notificar al demandado;
  5. Que se admita para su trámite la presente demanda en juicio oral de FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA , promovida en contra del señor JAIME DANIEL.
  6. Que se tengan por ofrecidos y propuestos los medios de prueba individualizados en el apartado especial;
  7. Que se emplace al demandado por el término de ley;
  8. Que se señale día y hora para llevar a cabo la audiencia de declaración de parte, que deberá de prestar el señor JAIME DANIEL en forma personal y no por medio de

apoderado, conforme al pliego de posiciones que en plica acompaño y que quedará bajo reserva en la secretaría del tribunal, bajo apercibimiento de que si dejare de comparecer sin justa causa será tenido por confeso a petición de parte en base al contenido de dichas posiciones y pretensiones.

  1. Que al dictar sentencia se declare CON LUGAR la presente demanda en JUICIO ORAL DE FIJACION DE PENSION ALIMENTICIA , promovida por BIANCA PAMELA ELIZABETH, BRANDON DANIEL ALEXANDER y NATALY JOHANA JOTLEY todos de apellidos__, en contra del señor JAIME DANIEL.
  2. Que en consecuencia, se fije que el monto de la pensión alimenticia sea de TRES MIL QUETZALES , el cual se divide en la cantidad de MIL QUETZALES mensuales para cada uno de nuestros menores hijos, BIANCA PAMELA ELIZABETH, BRANDON DANIEL ALEXANDER y NATALY JOHANA JOTLEY todos de apellidos__, los cuales deberán de hacerse pagaderos dentro de los primeros 5 días hábiles de cada mes, sin necesidad de cobro o requerimiento alguno.
  3. Que se le condene en costas procesales al demandado. Cita de Leyes: Me fundamento en los artículos citados y en los siguientes: 97,106107,109,25,26,27,29,31,44,45,47,50,51,62,63,66,67,9,71,72,75,79,229 Y 230 del Código Procesal Civil y Mercantil. Adjunto dos copias del presente memorial y documentos adjuntos. Guatemala, 24 de septiembre de 2020.