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Demanda de Alimentos, Asignación Anticipada y Divorcio, Apuntes de Derecho Civil

DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL DE DIVORCIO

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 22/11/2019

luis-alberto-santamaria-chavesta
luis-alberto-santamaria-chavesta 🇵🇪

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Expediente :
Secretario :
Escrito :
Sumilla : Demanda de Alimentos,
Asignación anticipada, Indemnización por
daños y perjuicios y divorcio por causal de
adulterio.
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FAMILIA DE TURNO DE
CHICLAYO.
ELSY ROXANA ORDERIQUE FRIAS, debidamente
identificada con DNI Nº 16782857, en representación de mis dos menores hijos
de edad, MATEO SEBASTIAN Y PIERO ALESSANDRO SEGURA
ORDERIQUE con domicilio real en el Conjunto Habitacional Pascual Saco Block
"C" Dpto. 303 - Chiclayo y domicilio procesal LA CASILLA ELECTRÓNICA
41997 DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE, donde se
me notificarán las resoluciones y recaudos del presente proceso judicial, a usted
digo:
I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL DEMANDADO.
El demandado responde al nombre de CARLOS HERALD
SEGURA LIMO, a quien se le emplazará en su domicilio real Residencial Karl
Weiss Block "C" Dpto. 303 - Chiclayo, conforme a Ley.
II.- PETITORIO:
Señor Juez, al amparo del Derecho a la Tutela
Jurisdiccional Efectiva y al Derecho de Acción, interpongo Demanda de
Alimentos, Asignación anticipada, Indemnización por daños y perjuicios y
divorcio por causal de adulterio, contra CARLOS HERALD SEGURA
LIMO(40), a efectos de que cumpla a favor de mis menores hijos MATEO
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¡Descarga Demanda de Alimentos, Asignación Anticipada y Divorcio y más Apuntes en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

Expediente : Secretario : Escrito : Sumilla : Demanda de Alimentos, Asignación anticipada, Indemnización por daños y perjuicios y divorcio por causal de adulterio.

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FAMILIA DE TURNO DE CHICLAYO.

ELSY ROXANA ORDERIQUE FRIAS, debidamente identificada con DNI Nº 16782857, en representación de mis dos menores hijos de edad, MATEO SEBASTIAN Y PIERO ALESSANDRO SEGURA ORDERIQUE con domicilio real en el Conjunto Habitacional Pascual Saco Block "C" Dpto. 303 - Chiclayo y domicilio procesal LA CASILLA ELECTRÓNICA Nº 41997 DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE , donde se me notificarán las resoluciones y recaudos del presente proceso judicial, a usted digo:

I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL DEMANDADO.

El demandado responde al nombre de CARLOS HERALD SEGURA LIMO, a quien se le emplazará en su domicilio real Residencial Karl Weiss Block "C" Dpto. 303 - Chiclayo, conforme a Ley.

II.- PETITORIO:

Señor Juez, al amparo del Derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva y al Derecho de Acción, interpongo Demanda de Alimentos, Asignación anticipada, Indemnización por daños y perjuicios y divorcio por causal de adulterio , contra CARLOS HERALD SEGURA LIMO(40), a efectos de que cumpla a favor de mis menores hijos MATEO

SEBASTIAN SEGURA ORDERIQUE de 11 años de edad y PIERO ALESSANDRO SEGURA ORDERIQUE de 09 años de edad, pague la indemnización por daños y perjuicios así como el divorcio por causal de adulterio, en tal medida solicito: Como pretensión principal, una Pensión Alimenticia mensual y adelantada del 60 % del total de sus remuneraciones, más el pago de gratificaciones (julio y diciembre) y bonificaciones por escolaridad, con la reserva legal del Artículo 428 del Código Procesal Civil. Asimismo, que se declare la disolución del vínculo matrimonial con el demandado y se disponga el pago por indemnización de daños y perjuicios por el monto de:

DAÑOS PATRIMONIALES DAÑO EMERGENTE 2, LUCRO CESANTE 5, DAÑOS EXTRAPATRIMONIALES

DAÑO MORAL 2,

DAÑO A LA PERSONA 7,

Como pretensión accesoria , Asignación anticipada, Indemnización por daños y perjuicios y divorcio por causal de adulterio.

III.- FUNDAMENTOS DE HECHO

  1. Señor Juez, con el demandado contraje matrimonio civil con fecha 12 de enero del 2002, ante la Municipalidad de Chiclayo conforme lo acredito mediante copia certificada de la partida de matrimonio adjuntada en los anexos. Como producto de la relación convivencial existente con el demando por 12 años, nacieron nuestros menores hijos^ MATEO SEBASTIAN SEGURA ORDERIQUE de 11 años de edad y PIERO ALESSANDRO SEGURA ORDERIQUE de 09 años de edad , quienes están debidamente RECONOCIDOS por mandato Judicial como lo acredito en las Partidas de Nacimiento, que adjunto a la presente.

HERRERA SANTOS (28) sin importarle el daño moral que hace a sus menores hijos y a mi persona.

  1. La situación que ahora vivimos ha provocado que, en el centro de estudios de mis menores hijos, sus compañeros hagan burla de lo que les sucede, a tal punto de decirles insultos como “niño sin padre” “tienes otra mamá” y demás que son irreproducibles, esto ha provocado un daño moral tanto a ellos como mí. Esto como efecto, mis hijos se sienten aislados y ya no quieren asistir a clases por temor a que vuelvan a ser la burla de sus compañeros, hemos tenido que recibir ayuda psicológica por los motivos antes expuestos, y además con fecha 23-11-2013 hice mi constancia policial de retiro voluntario del hogar, porque tanto mis hijos como yo tememos que nos pueda ocurrir una desgracia si seguimos viviendo con el demandado, a causa de esto, me he quedado sin trabajo, por faltas injustificadas y porque él iba a buscarme a mi centro de labores con el fin de perjudicarme.
  2. Por tal hecho, Sr. Juez, solicito que se declare la disolución matrimonial, ya que dicho hecho generado por el actuar adultero del demandado, ha provocado que la relación matrimonial entre la recurrente y demandado se torne insostenible e imposible de reanudarse, poniendo en primacía mi integridad, así como la de mis menores hijos.
  3. Que, el demandado es un hombre relativamente joven muy trabajador y capaz, que actualmente se encuentra trabajando en una Clínica de Cirugía Platica “Plastimedic”, obteniendo ingresos que promedian los S/. 10,000 (DIEZ MIL SOLES) mensuales, disfrutando de magnifica salud y no teniendo otras cargas familiares, lo que le permitiría cumplir con sus obligaciones paternales respecto a nuestros menores hijos.
  4. (^) Sr. Juez que el emplazado tiene abandonado moral y económicamente a

nuestros menores hijos a pesar de sus cortas edades, no se ha preocupado en llamar ni mucho menos visitarlos, toda vez que poco a poco se ha venido desatendiendo de sus obligaciones alimenticias.

  1. Que, respecto a mi condición de madre, lo cual antes trabajaba como Periodista, sin embargo, ahora solo me ocupo de cuidar netamente a mis hijos, vestirlos, alimentarlos, llevarlos a los centros de diversión, razón por el cual en la

actualidad no estoy trabajando y ante la dramática situación que se me presenta y las múltiples necesidades estoy a expensas de la caridad de mi familia ya que ellos en un primer momento no aceptaban la relación entre el padre de mis hijos y la recurrente

  1. Por los hechos antes expuestos, al agredirnos mi cónyuge en reiteradas ocasiones decidí silenciar en mantenimiento de mantener la unión conyugal, sin embargo, al ser un hecho repetitivo y queriendo lo mejor para mis menores hijos considero deba admitirse mi demanda.
  2. Además, Sr Juez debe tenerse en cuenta el daño moral y psicológico producido como producto del actuar del demandado, y debe ser indemnizado teniendo cuenta el menoscabo producido por el actuar dañoso del demandado, daño que se ha probado se ha producido en el presente caso.
  3. Conforme^ al^ artículo^ 563º^ del^ código^ procesal^ civil.^ Prohibición^ de Ausentarse: a pedido de parte y cuando se acredite de manera indubitable el vínculo familiar, El Juez puede prohibir al demandado ausentarse del país, mientras no esté garantizado debidamente el cumplimiento de la asignación anticipada o pensión alimenticia.
  4. Que, en este orden de ideas es que recurro a vuestro Despacho, a fin de que ordene al demandado que cumpla con acudir con la pensión alimenticia demandada, y lo demás antes señalado, por ser de justicia y estar acorde a ley.

IV.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Mi pretensión se encuentra regulada, artículo 6º de la Constitución Política del Perú, El divorcio por causal de adulterio y las pruebas, articulo 333 inc. 1 del Código Civil Peruano con respecto a la demanda de alimentos por los artículos 472º y 481º del Código Civil, así como los artículos 560º y siguientes del Código Procesal Civil, concordante con los artículos 97º y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes.

  1. REPRESENTACION PROCESAL, LEGITIMIDAD E INTERES:

PIERO ALESSANDRO SEGURA ORDERIQUE CON LA QUE

ACREDITO EL ENTRONCAMIENTO FAMILIAR.

2.- CERTIFICADO DE MATRIMONIO CIVIL ENTRE LA RECURRENTE

Y EL DEMANDADO

3.- COPIA CERTIFICADAS DE LAS DOS DENUNCIAS ANTES

EXPUESTAS CONTRA EL DEMANDADO.

4.- MERITO DE LA COPIA CERTIFICADA DE CONSTANCIA POLICIAL

DE RETIRO VOLUNTARIO DEL HOGAR.

5.- CERTIFICADO MEDICO POR LESIONES FISICAS.

6.- CERTIFICADO MEDICO PSICOLOGICO.

IX.- ANEXOS:

1.A.- Copia de DNI de la demandante. 1.B.- COPIA DNI/ RENIEC DEL DEMANDADO 1.B.- PARTIDAS DE NACIMIENTO DE MATEO SEBASTIAN SEGURA ORDERIQUE Y PIERO ALESSANDRO SEGURA ORDERIQUE. 1.C.- DNI DE LOS MENORES. 4.- FOTOS QUE VINCULAN LA RELACION QUE LLEVA CON SU ACTUAL PAREJA

PRIMER OTROSI DIGO :^ Patrocinio^ Legal De conformidad con el artículo 80 del Código Procesal Civil otorgo las facultades generales de representación contenidas en el artículo 74 del acotado cuerpo cuerpo de leyes en favor del Abogado Dr. GUSTAVO ADOLFO COBEÑAS CARRASCO , con registro del Colegio de Abogados de Lambayeque Nº 6845 , declarando estar instruida de la representación que otorgo y de sus alcances.

SEGUNDO OTROSI DIGO :^ EXONERACIÒN

Que, señalo al juzgado que no adjunto tasa juicial por concepto de ofrecimiento de pruebas, de a cuerdo a lo normado en el Articulo 562º del Codigo Procesal Civil.

POR LO EXPUESTO :

Sírvase admitir Señor Juez, la presente demanda tramitarla conforme a su naturaleza y en su oportunidad declararla Fundada.

Chiclayo, 00 de enero del 2016.

ELSY ROXANA ORDERIQUE FRIAS

DNI Nº 16782857