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Este documento contiene una demanda presentada ante el Tribunal Distrital Tributario Contencioso de Guayaquil por una abogada ecuatoriana, quien reclama el reembolso de un sobrepago de USD 680 realizado al Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) de San Miguel de Ibarra en el año 2019. La demanda se fundamenta en el Código Tributario y el Código Orgánico General de Procesos, y se presenta después de agotar las vías administrativas.
Tipo: Ejercicios
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Ab. .. .-.. … SEÑORES JUECES DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO CON SEDE EN CANTÓN GUAYAQUIL EN LA PROVINCIA DEL GUAYAS.-
Comparece la Abogada M………… portadora de Cedula de ciudanía Nro.1001801709 Abogada el libre ejercicio con Procuración Judicial otorgada por el ANRANGO PANAMA ENMA BEATRIZ, ecuatoriana con cedula de ciudadanía número 100178043-4, de estado civil Divorciada, de ocupación quehaceres domésticos, domiciliada en la Calle Marco Tulio Nieto No. 4-153 y Carlos Barahona, perteneciente a la parroquia el Sagrario, Cantón Ibarra, provincia de Imbabura, ante ustedes respetuosamente comparezco con la presente demanda: III EL NÚMERO DEL REGISTRO DE CONTRIBUYENTE: No aplica IV LOS NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS Y DIRECCION DONDE SERA CITADOS LOS DEMANDADOS.- Los demandados responden a los nombres de ÁLVARO CASTILLO , de estado civil Casada, con cedula de ciudadanía No. 100126783-8, en su calidad de Alcaldesa del Gobierno Autónomo Descentralizado de San Miguel de Ibarra; a la HUGO RECALDE en su calidad de
PROCURADOR Sindico del GAD de San Miguel de Ibarra , a quienes se le citara de conformidad al artículo 53 del Código Orgánico General de Procesos en su lugar de trabajo ubicado en la Calle García Moreno y Bolívar esquina en el Edificio del GAD de San Miguel de Ibarra, perteneciente a la parroquia El Sagrario, Cantón Ibarra, provincia de Imbabura. De igual forma cítese al demandado Dr. Iñigo Salvador en su calidad de REPRESENTANTE DE LA PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO, a quien se le citara en la Av. Amazonas en el Edificio de la Procuraduría General del Estado, pereciente al Distrito Metropolitano de Quito
Los suceso Señor Juez ocurridos el 10 de marzo del año 2019, como es de mi costumbre me acerque a las oficinas del GAD de San Miguel de Ibarra, con el fin de conducirme a cancelar los valores correspondientes al impuesto predial Urbano con el fin de obtener dicho documento para el uso de un crédito personal. En cuanto que en este caso los señores miembros del Tribunal que al manifestare el valor del pago este emite una cantidad opulenta por cuanto el año anterior había pagado una cantidad menor a la requerida en el año 2019, a pesar de dicha circunstancia procedí a pagar la cantidad de MIL SEISCIENTOS OCHENTA DÓLARES AMERICANOS (USD 1680), en vista de que necesitaba el comprobante por el pago. Por lo cual este es el conocimiento señores miembros del Tribunal tras a la realización del pago presente ante el GAD de San Miguel de Ibarra el correspondiente reclamo administrativo mediante oficio No. 2019-03 mismo que me fue asignado con la contestación con fecha 03 de abril del 2019 en el cual se me informaba que se procedería a realizar un nuevo avaluó de mi propiedad. Prosiguiendo con el relato de los hechos tengo q mencionar que se realizó dicha inspección para lo cual posteriormente se emitido la
cual demuestro la cantidad en la que estaba avaluada mi propiedad y el pago realizado por el mismo. Oficio No. 2019-03 ingresado en el GAD de San Miguel de Ibarra, con el cual demuestro que inicie conforme lo determina la ley con el reclamo administrativo. Resolución No. RES-GAD-IBARRA-2019-03-01 emitido por el departamento de Avalúos del GAD de San Miguel de Ibarra, con el cual demuestro que la respuesta dada a mi reclamo fue negativa a mis intereses por lo que procede la vía judicial. Copia certificada de la Escritura Pública celebrada el día 04 de febrero del año 2000, con lo cual demuestro la forma de adquisición del inmueble objeto de la presente demanda. Certificado de gravamen de la Escritura Pública de mi propiedad con lo cual demuestro que inmueble se encuentra a mi nombre y no persiste ningún tipo de gravamen.
Por lo expuesto señores miembros del Tribunal, solicito a su autoridad que en sentencia se sirvan dejar sin efecto la resolución No. RES-GAD-IBARRA-2019-03-01 emitida por el departamento de avalúos y tributos del GAD de San Miguel de Ibarra mediante la administración tributaria municipal niega el reclamo administrativo presentado por el compareciente y por consiguiente se ordene la devolución del pago en exceso que asciende a la suma de SEISCIENTOS OCHENTA DÓLARES AMERICANOS (USD 680) equivalente al pago en exceso por concepto del pago del impuesto predial 2019 del inmueble de mi propiedad.
La cuantía de la presente causa, por su naturaleza es indeterminada.
A la presente causa se le dará el trámite de Procedimiento ORDINARIO, según el Artículo 321 del Código Orgánico General de Procesos.
Copia de cedula de identidad del accionante Copia de credencial del abogado patrocinador Comprobante de Pago del Impuesto Predial Urbano correspondiente al año 2019, con el cual demuestro la cantidad en exceso que fue pagada al GAD de San Miguel de Ibarra. Certificado de Avalúos y Catastros 2019 emitido por el departamento de Avalúos y Catastros del GAD de San Miguel de Ibarra, con lo cual demuestro el avaluó del cual es objeto el inmueble de mi propiedad. En 3 fojas útiles acompaño los pagos del impuesto predial urbano de mi propiedad correspondiente a los años 2016, 2017 y 2018, con lo cual demuestro la cantidad en la que estaba avaluada mi propiedad y el pago realizado por el mismo. Oficio No. 2019-03 ingresado en el GAD de San Miguel de Ibarra, con el cual demuestro que inicie conforme lo determina la ley con el reclamo administrativo. Informe pericial elaborado por el Arquitecto Franklin Ortiz perito autorizado por el Concejo de la Judicatura, mismo que lo sustentara de manera oral en la correspondiente audiencia de juicio, con lo cual demuestro el avaluó real del inmueble de mi propiedad.