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Derecho comparado en notarial, Apuntes de Derecho

Derecho comparado ejemplos, materia de derecho comparado

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 28/05/2020

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UNIVERSIDAD VIZCAYA DE LAS AMERICAS
Campus obregón
Alumno: Carlos Alfredo Padilla Castillo
Maestro: Oscar Espinoza
Materia:
Reporte: "Historia, Concepto, Naturaleza
y Objetivos del Derecho Comparado"
Fecha: viernes 22 de mayo del 2020
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UNIVERSIDAD VIZCAYA DE LAS AMERICAS

Campus obregón Alumno: Carlos Alfredo Padilla Castillo Maestro: Oscar Espinoza Materia: Reporte: "Historia, Concepto, Naturaleza y Objetivos del Derecho Comparado" Fecha: viernes 22 de mayo del 2020

DERECHO COMPARADO

El derecho comparado suele ser considerado por algunos autores como, una disciplina o un método de estudio del derecho, que se basa en la comparación de distintas soluciones que ofrecen los distintos ordenamientos jurídicos, para los mismos casos planteados. En base a la lectura, el estudio del derecho comparado suele ser relativamente nuevo, se habla acerca del inicio de este campo cuando Platón comenzó a hacer las primeras comparaciones entre los derechos de las ciudades-Estado griegos. A pesar de los antecedentes existentes el nombre de “Derecho comparado” no se utiliza como tal, hasta mediados del siglo XIX y principios del siglo XX, que fue cuando se comenzó a estudiar el derecho comparado de forma sistemática. Este surge debido a “la necesidad que han experimentado los juristas, tras una etapa de signo nacionalista, de restituir la ciencia jurídica a su anterior universalismo, en cuanto éste es atributo de toda ciencia” René David (1973). Esto abrió las puertas a la creación de institutos que enseñaran sobre esta disciplina; pero no fue hasta 1940 que llego a México, en donde se creó el Instituto de Derecho Comparado dependiente de la UNAM, que luego se convertiría en una dependencia del subsistema de la Investigación en Humanidades, con el nombre de Instituto de Investigaciones Jurídicas. Cuando René David, expresa que: “El nacionalismo jurídico es más bien provincialismo, inconcebible con el auténtico espíritu científico, y representa un empobrecimiento y un peligro para el desarrollo y la aplicación del derecho nacional”, nos puede dar a entender que sin el derecho comparado lo más seguro es que no existiera esa unificación jurídica entre las naciones, debido a que en muchos casos un país ha necesitado de otro y gracias a los derechos o acuerdos que se les ha otorgado a estos ha sido posible solicitar estos problemas de la manera más factible. No cabe duda que el objetivo de del derecho comparado no es solamente “comparar” como lo dice Watson (1993) “hay que considerar que su alcance rebasa el estudio de un derecho extranjero con el fin de compararlo con el derecho propio, debe considerársele como el estudio de las relaciones de un sistema jurídico y sus normas, con respecto de otro.”