Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Reformas Constitucionales en España: Tipos, Procedimientos y Limitaciones, Apuntes de Derecho Constitucional

Las reformas constitucionales en españa, sus tipos (flexibles y rígidas), el procedimiento para realizar una reforma y sus límites. Se detalla el proceso de reforma total o parcial, la legitimidad y el impacto de la cláusula de intangibilidad temporal. Además, se analizan los procedimientos agravantes y ordinarios, con su aspecto material y procedimental.

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 23/03/2019

Martt07
Martt07 🇪🇸

8 documentos

1 / 3

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
TEMA 6. LA CONSTITUCIÓN Y FUENTES DEL DERECHO
6.4. LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN
Llamamos reforma de la constitución a las modificaciones producidas en el texto de la
constitución mediante los procedimientos previstos en la propia constitución.
Las reformas de la constitución no se dan habitualmente, pero aun así al plantearnos su reforma:
Según como es el procedimiento tenemos dos tipos de reforma:
1. Reforma flexible
Es cuando es fácil reformar la constitución
2. Reforma rígida
Cuando hay un procedimiento extraordinario para poder reformarla
Según qué estamos reformando:
1. Reforma total
Reformamos toda la constitución
2. Reforma parcial
Solamente reformamos una parte de la constitución
Respecto a su legitimidad:
1. Reformada legítimamente
2. Existen problemas de legitimidad
La reforma el poder constituyente constituido
MUTACIÓN CONSTITUCIONAL: Mantener el mismo significante pero cambiar el
significado; mantienes el mismo texto pero la interpretas / le das un significado
diferente
EN EL CASO ESPAÑOL
Su reforma está prevista en el titulo X del art. 166 al 169
169: Incorpora una cláusula de intangibilidad temporal, que es una prohibición de modificación
de la constitución parcial o total.
La cláusula está implícita, porque no dice explícitamente que esté prohibido modificar la
constitución pero su modificación es tan complicada que hace imposible su modificación, por
ello.
El artículo 169 explica que no se puede reformar en tiempos de guerra, etc.
La reforma de la constitución tiene una misma iniciativa: en el artículo 166
pf3

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Reformas Constitucionales en España: Tipos, Procedimientos y Limitaciones y más Apuntes en PDF de Derecho Constitucional solo en Docsity!

TEMA 6. LA CONSTITUCIÓN Y FUENTES DEL DERECHO

6.4. LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN

Llamamos reforma de la constitución a las modificaciones producidas en el texto de la constitución mediante los procedimientos previstos en la propia constitución. Las reformas de la constitución no se dan habitualmente, pero aun así al plantearnos su reforma:

  • Según como es el procedimiento tenemos dos tipos de reforma:
    1. Reforma flexible Es cuando es fácil reformar la constitución
    2. Reforma rígida Cuando hay un procedimiento extraordinario para poder reformarla
  • Según qué estamos reformando:
    1. Reforma total Reformamos toda la constitución
    2. Reforma parcial Solamente reformamos una parte de la constitución
  • Respecto a su legitimidad:
    1. Reformada legítimamente
    2. Existen problemas de legitimidad La reforma el poder constituyente constituido

♦ MUTACIÓN CONSTITUCIONAL: Mantener el mismo significante pero cambiar el significado; mantienes el mismo texto pero la interpretas / le das un significado diferente EN EL CASO ESPAÑOL Su reforma está prevista en el titulo X del art. 166 al 169 169: Incorpora una cláusula de intangibilidad temporal, que es una prohibición de modificación de la constitución parcial o total. La cláusula está implícita, porque no dice explícitamente que esté prohibido modificar la constitución pero su modificación es tan complicada que hace imposible su modificación, por ello. El artículo 169 explica que no se puede reformar en tiempos de guerra, etc. La reforma de la constitución tiene una misma iniciativa: en el artículo 166

El artículo 166: tienen iniciativa para reformar la constitución los mismos que tienen iniciativa para hacer una ley ordinaria explicada en el artículo 87.1 y 87.2, son estos el gobierno, el congreso y el senado. Las comunidades autónomas también pueden reclamar la reforma de la constitución (explicado en el artículo 87.2)

El truco está en que solamente hace referencia al 87.1 y 87.2 y no hace referencia al 87.3, que es el que dice que el pueblo también puede presentar una propuesta de ley; es decir, que indica que aquellos que tienen poder para pedir la reforma de la constitución pueden hacerlo pero haciendo solamente referencia a la parte del gobierno, congreso, senado y comunidades autónomas pero no a la ciudadanía: Es una prohibición de reforma por iniciativa popular. PROCEDIMIENTOS AGRAVANTES Y ORDINARIOS DE LA REFORMA: ASPECTO MATERIAL Y PROCEDIMENTAL El aspecto material es qué se puede reformar y el aspecto procedimental la manera de conseguirlo, por ello todo aquello que se recoge con necesidad de reforma por medio de un procedimiento agravante se dice que es imposible de reformar, porque el aspecto procedimental es tan complicado que prácticamente prohíbe de manera implícita reformarlo

  1. Procedimientos agravantes
    • Aspecto Material: Parte ultra rígida
      • Reforma total de la constitución
      • Título preliminar
      • (^) Sección I del capítulo 2 del título I
      • El título II, la Corona Todo esto no se puede modificar, porque tiene un procedimiento ultra rígido que hace imposible su modificación.
    • Aspecto Procedimental: (recogido en el artículo 168)
      • (^) Conseguir la aprobación de 2/3 del congreso + 2/3 del senado + Disolución de las cámaras + Nuevas elecciones (nos queda un nuevo congreso y un nuevo senado) + 2/3 del nuevo congreso + 2/3 del nuevo senado + referéndum
  2. (^) Procedimiento ordinario
    • Aspecto Material: Parte semiflexible Todo aquello que no está recogido en la reforma ultra rígida del procedimiento agravante
    • Aspecto Procedimental: (recogido en el artículo 167):
      • (^) Congreso y Senado aprueban por 3/5 partes de cada cámara la reforma: Se reforma la constitución.
      • Este artículo prevé que haya una comisión paritaria , formada por el mismo número de congresistas y senadores, quienes proponen un texto