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Derecho internacional, Apuntes de Derecho Internacional Público

Asignatura: derecho internacional publico, Profesor: , Carrera: Derecho, Universidad: UGR

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 16/06/2014

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PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
del Consejo de Derechos Humanos de la ONU
La expresión "procedimientos especiales" se reere a los mecanismos establecidos por el Consejo de
Derechos Humanos de la ONU para hacer frente a situaciones concretas en países concretos o a cuestiones
temáticas en todo el mundo.
- Mandatos / Funciones -
Los mandatos de los procedimientos especiales por
lo general encomiendan a los titulares de dichos
mandatos a examinar, supervisar, prestar
asesoramiento e informar públicamente sobre las
situaciones de derechos humanos en países o
territorios especícos, conocidos como mandatos
por país, o sobre los principales problemas de
violaciones de derechos humanos a nivel mundial,
conocidos como mandatos temáticos.
Los mandatos de los procedimientos especiales son
establecidos y denidos por la resolución que los
crea.
Los procedimientos especiales se ocupan de
diversas actividades, a saber, dar respuesta a las
denuncias individuales (cuando están habilitados
para ello), realizar estudios, prestar asesoramiento
en materia de cooperación técnica en los países y
participar en las actividades generales de
promoción de los derechos humanos.
- Composición/integrantes -
Los procedimientos especiales pueden estar
integrados por una persona (denominada “Relator
Especial”, “Representante Especial del Secretario
General”, “Representante del Secretario General” o
“Experto Independiente”), o por un grupo de
trabajo compuesto por lo general de cinco
miembros (uno de cada región).
Los titulares de mandatos de los procedimientos
especiales cumplen su función a título personal y no
reciben sueldo ni ninguna otra retribución nanciera
por su labor. El carácter independiente de los
titulares de mandatos es fundamental para que
puedan desempeñar sus funciones con total
imparcialidad.
Mecanismos para la toma de Conocimiento de
violaciones de DDHH por parte de los
Procedimientos Especiales
* Denuncias:
En lo que se reere a sus actividades, la mayoría de
los procedimientos especiales reciben información
sobre denuncias concretas de violaciones de
derechos humanos y hacen llamamientos urgentes
o envían cartas de denuncias a los gobiernos para
solicitar aclaraciones. En 2010, 604 comunicaciones
a gobiernos en 110 países. El 66% de ellas fueron
comunicaciones conjuntas remitidas por dos o más
titulares de mandatos.
Recomendaciones generales sobre
presentación de denuncias por violaciones
de derechos humanos ante Organismos
Internacionales
Fuente: OHCHR, 19/03/2012
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PROCEDIMIENTOS ESPECIALES del Consejo de Derechos Humanos de la ONU

La expresión "procedimientos especiales" se refiere a los mecanismos establecidos por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU para hacer frente a situaciones concretas en países concretos o a cuestiones temáticas en todo el mundo.

- Mandatos / Funciones - Los mandatos de los procedimientos especiales por lo general encomiendan a los titulares de dichos mandatos a examinar, supervisar, prestar asesoramiento e informar públicamente sobre las situaciones de derechos humanos en países o territorios específicos, conocidos como mandatos por país, o sobre los principales problemas de violaciones de derechos humanos a nivel mundial, conocidos como mandatos temáticos.

Los mandatos de los procedimientos especiales son establecidos y definidos por la resolución que los crea.

Los procedimientos especiales se ocupan de diversas actividades, a saber, dar respuesta a las denuncias individuales (cuando están habilitados para ello), realizar estudios, prestar asesoramiento en materia de cooperación técnica en los países y participar en las actividades generales de promoción de los derechos humanos.

- Composición/integrantes - Los procedimientos especiales pueden estar integrados por una persona (denominada “Relator Especial”, “Representante Especial del Secretario General”, “Representante del Secretario General” o “Experto Independiente”), o por un grupo de trabajo compuesto por lo general de cinco miembros (uno de cada región).

Los titulares de mandatos de los procedimientos especiales cumplen su función a título personal y no reciben sueldo ni ninguna otra retribución financiera por su labor. El carácter independiente de los titulares de mandatos es fundamental para que puedan desempeñar sus funciones con total imparcialidad.

Mecanismos para la toma de Conocimiento de violaciones de DDHH por parte de los Procedimientos Especiales

  • Denuncias:

En lo que se refiere a sus actividades, la mayoría de los procedimientos especiales reciben información sobre denuncias concretas de violaciones de derechos humanos y hacen llamamientos urgentes o envían cartas de denuncias a los gobiernos para solicitar aclaraciones. En 2010, 604 comunicaciones a gobiernos en 110 países. El 66% de ellas fueron comunicaciones conjuntas remitidas por dos o más titulares de mandatos.

Recomendaciones generales sobre presentación de denuncias por violaciones de derechos humanos ante Organismos Internacionales Fuente : OHCHR, 19/03/

El presidente del Consejo de Derechos Humanos es Baudelaire Ndong Ella (desde el mayo de 2011, Geneva)1.

Los miembros del Consejo de Derechos Humanos

El Consejo está formado por 47 Estados miembros que están elegidos por a mayoría de la Asamblea General de las Naciones Unidasen la votación directa y secreta. El secretario general elige los candidatos.

Los estados que forman parte del Consejo son elegidos por la distribución geográfica equitativa.

Seats are distributed as follows:

  1. African States: 13 seats
  2. Asia-Pacific States: 13 seats
  3. Latin American and Caribbean States: 8 seats
  4. Western European and other States: 7 seats
  5. Eastern European States: 6 seats

Los miembros del Consejo están elegidos para el período de 3 años.

Método de denuncias

El 18 de junio de 2007, el Consejo de Derechos Humanos aprobó el texto del Presidente titulado "Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: creación de instituciones" (resolución 5/1) por el que un nuevo procedimiento de denuncia está siendo creado para abordar cuadro persistente de violaciones manifiestas y fehacientemente probadas de todos los derechos humanos y libertades fundamentales que ocurren en cualquier parte del mundo y en cualquier circunstancia.

El nuevo procedimiento de denuncia está establecido en cumplimiento del mandato otorgado al Consejo de Derechos Humanos por la Asamblea General en su resolución 60/251 de 15 de marzo de 2006, en la que se pidió al Consejo que revisar y, en caso necesario, mejorar y racionalizar, dentro del plazo de un año después de la celebración de su primer período de sesiones, todos los mandatos, los mecanismos, las funciones y responsabilidades de la antigua Comisión de Derechos Humanos, incluyendo el procedimiento de la resolución 1503, con el fin de mantener un sistema de procedimientos especiales, el asesoramiento de expertos y un procedimiento de denuncia.

1 Baudelaire Ndong Ella has served as Permanent Representative of Gabon to the United Nations Office at Geneva since May

Prior to his appointment to Geneva, Mr. Ndong Ella had been serving as Ambassador and Deputy Permanent Representative of Gabon to the African Union since November 2009, a post he also held from July to October 2009. From 2007 to 2009, he acted as interim Chargé d’Affaires at Gabon’s Embassy in Ethiopia, the Permanent Mission to the African Union, the United Nations Economic Commission for Africa, and the United Nations Environment Programme. He served as First Councillor at the same embassy and missions from 2005 to 2008.

A career diplomat, Mr. Ndong Ella has held various posts at the Ministry for Foreign Affairs, Cooperation and the Francophonie of Gabon, including as Ambassador and Deputy Director-General for International Cooperation (October and November 2009); and Head of the United Nations Division (1996 to 2005).

Mr. Ndong Ella has an M.A. in international law from the University of Nantes in France (2008); a Post Graduate Diploma from the National Administration School in Gabon (1995); an M.A. in public law from the University of Omar Bongo in Gabon (1993); and a B.A. in public law from the same University (1992).

He was born on 9 May 1967 in Oyem, Gabon, and is married with five children.

Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos

“Procedimientos especiales” es el nombre que reciben los mecanismos del Consejo de Derechos Humanos para inspeccionar las violaciones de los derechos humanos en países concretos o examinar temas globales de derechos humanos. Básicamente hay dos mandatos diferentes:

  • Mandatos temáticos: : estos cubren temas o aspectos especiales de derechos humanos. Los dos más relevantes para la objeción de conciencia son el Grupo de Trabajo de Detención Arbitraria y el Relator Especial sobre Libertad de Religión o Creencias. Sin embargo, existen otros que también pueden ser relevantes en casos de reclutamiento, detención, malos tratos u otras cuestiones relacionadas con la objeción de conciencia, como por ejemplo el Relator Especial sobre la Situación de los Defensores de los Derechos Humanos), el Relator Especial sobre la cuestión de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el Relator Especial sobre el Derecho a la Educación y el Relator Especial sobre la Libertad de Expresión. Puede encontrarse un esquema general de los mandatos temáticos en la siguiente dirección: http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/chr/special/themes.htm.
  • Los mandatos por país cubren determinados países o regiones. Pueden ser relevantes si existe un mandato de este tipo para nuestro país. Un esquema general de los mandatos temáticos puede encontrarse en la siguiente dirección: http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/chr/special/countries.htm

Las funciones principales de los Procedimientos Especiales son:

  • analizar la cuestión temática o situación del país relevante, incluyendo realizar visitas a países;
  • recomendar las medidas que deberían tomarse por los gobiernos o actores implicados;
  • alertar a las agencias de la ONU, y en particular al Consejo de Derechos Humanos, y al público sobre la necesidad de tomar cartas en determinadas situaciones o asuntos;
  • actuar en defensa de las víctimas de violaciones de los derechos humanos por medio de medidas como la acción urgente, e instar a los Estados a que respondan a denuncias concretas y proporcionen reparación;
  • activar y movilizar a las comunidades nacionales e internacionales y al Consejo de Derechos Humanos para que aborden determinadas cuestiones de los derechos humanos, y estimular la cooperación entre gobiernos, sociedad civil y organizaciones intergubernamentales;
  • hacer seguimiento de las recomendaciones

En casos individuales, pueden enviar las llamadas comunicaciones (llamamientos urgentes y cartas de denuncia) sobre supuestas violaciones de los derechos humanos al gobierno implicado.

Presentan sus informes anuales y también informes sobre las visitas a países, estudios temáticos al Consejo de Derechos Humanos, y documentos seleccionados a la Asamblea General. Todos los procedimientos especiales producen conjuntamente un informe de comunicaciones para cada sesión del Consejo de Derechos Humanos, que incluye cartas de denuncia y llamamientos urgentes, y respuestas recibidas de gobiernos.

1. Resultados probables del uso del mecanismo

En casos individuales, la persona titular del mandato puede enviar o bien un llamamiento urgente o bien una carta de denuncia (de violaciones de los derechos humanos) al gobierno del Estado implicado. Según la respuesta recibida del gobierno, la persona titular del mandato decidirá qué pasos tomar a continuación. Por regla general, la existencia y contenido tanto de los llamamientos urgentes como de las cartas de denuncia son confidenciales hasta que se incluye un resumen de esas comunicaciones y las respuestas recibidas del Estado en cuestión en el informe conjunto de comunicaciones de todos los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. El informe conjunto de comunicaciones también incluye enlaces hacia el llamamiento urgente o la carta de denuncia originales, y -si está disponible- hacia la respuesta del gobierno. Los Procedimientos Especiales pueden usarse para denuncias sobre la legislación y prácticas del Estado. La persona titular del mandato puede plantear estas cuestiones cómo y cuándo piense que es adecuado.

Las personas titulares de mandatos de Procedimientos Especiales llevan a cabo visitas a los países, durante las cuales se reúnen con representantes del Estado, pero también con ONG. Los Procedimientos Especiales sólo pueden visitar países que hayan accedido a su solicitud de invitación. Algunos países han publicado “invitaciones permanentes", lo que significa que están, en principio, preparados para recibir la visita de cualquier persona titular de un mandato de Procedimientos Especiales. Hasta finales de diciembre de 2011, 90 Estados han cursado invitaciones permanentes a los Procedimientos

Especiales. Después de sus visitas, las personas titulares de mandatos de procedimientos especiales elaboran un informe de la misión, que contiene sus descubrimientos y recomendaciones.

Officers of the Human Rights Council's Eight Cycle (2014)

H.E. Mr. Dilip SINHA (India), Vice-President

Dilip Sinha, is Permanent Representative of India to the United Nations Office at Geneva since March 2012.

Prior to his appointment to Geneva, Mr. Sinha had been serving as Special Secretary for International Organizations and Environment Diplomacy in the Indian Ministry of External Affairs since 2010. He was India’s Ambassador to Greece from 2007 to

  1. From 2005 to 2007, he was Joint Secretary, heading the Pakistan, Afghanistan, and Iran Division at the Ministry of External Affairs. He served as Deputy High Commissioner in the High Commission of I ndia in Dhaka from 2002 to 2004. He served at the Permanent Mission of India to the United Nations Office at Geneva from 1995 to 1999, as Counsellor and then Minister.

A career diplomat, Mr. Sinha joined the Indian Foreign Service in 1978. He has served in the Indian Embassies in Bonn, Cairo and Islamabad. He served as Director in the Prime Minister’s office from 1991 to 1995, and as Officer on Special Duty for Press Relations at the Ministry of External Affairs from 1990 to 1991.

Mr. Sinha received his Masters in political science from Patna University, Bihar, India. He is married and has two sons.

H.E. Ms. Katerina SEQUENSOVÁ (Czech Republic), Vice-President and Rapporteur

Katerina Sequensová, Permanent Representative of the Czech Republic to the United Nations Office at Geneva since September 2011, joined the Ministry of Foreign Affairs of the Czech Republic in 1999.

Prior to her appointment in Geneva, Ms. Sequensová served as the Director at the United Nations Department. From 2007 to 2009 she was the Deputy Director in the Common Foreign and Security Policy Department in Prague. From 2005 to 2007 she was posted to Cairo as the Deputy Head of Mission at the Embassy of the Czech Republic to Egypt. Ms. Sequensová served as Head of Political Unit at the United Nations Department in Prague from 2003 to 2005.

Between 2004 and 2005 she was an Election Observer for The Organisation for Security and Cooperation in Europe in Georgia, and for the European Union in the Palestinian Territories and Lebanon respectively. Ms. Sequensová was posted to the Permanent Mission to the United Nations in New York from 2002, where she worked as a Political Officer in the Office of the President of the 57th United Nations General Assembly. After graduating from the Diplomatic Academy in 2000, Ms. Sequensová took up her first position at the Ministry of Foreign Affairs of the Czech Republic as a Desk Officer in the United Nations Department, a job she held until 2002.

Prior to commencing her diplomatic career, Ms. Sequensová worked at an international law firm in Washington DC, Hale and Dorr LLP, where she was an International Trade Assistant.

Ms. Sequensová has an M.A. in Economics and International Relations from the Prague School of Economics in the Czech Republic, a BSc in Economics from Strayer College in Washington DC and an M.A. in International Affairs from George Washington University in Washington DC, United States. She speaks native Czech, English and Russian and has a working knowledge of German and French.

H.E. Mr. Alberto Pedro D’ALOTTO (Argentina), Vice-President

violaciones de los derechos humanos a la atención del Consejo. El Consejo de Derechos Humanos también continuará trabajando de cerca con los procedimientos especiales de las Naciones Unidas establecidos por la extinta comisión y admitidos por el Consejo

Examen del Consejo

Cuando se crea el Consejo de Derechos Humanos en marzo de 2006 la Asamblea General de las Naciones Unidas decidió que la labor del Consejo y funcionamiento deben ser examinada cinco años después de haber entrado en existencia a nivel de la Asamblea General.

Las sesiones

El Consejo de Derechos Humanos contiene no menos de tres períodos ordinarios de sesiones por año,

para un total de al menos diez semanas. Tienen lugar en el mes de marzo (cuatro semanas), junio (tres

semanas) y septiembre (tres semanas).

Si un tercio de los Estados Miembros así lo solicita, el Consejo de Derechos Humanos pueden decidir

en cualquier momento para celebrar un período extraordinario de sesiones para abordar las

violaciones de los derechos humanos y de las situaciones de emergencia.

Rada pro lidská práva je jedním z nejvýznamnějších orgánů Organizace spojených národů a pomocným orgánem jeho Valného shromáždění. Je nástupkyní Komise pro lidská práva, kterou nahradil roku 2006 na

základě rezoluce Valného shromáždění. Má 47 členů, které volí Valné shromáždění na tři roky ze svého středu. Rada dohlíží na dodržování lidských práv ve světě a podává o situaci v jednotlivých zemích zprávy. Zaměřuje se mimo jiné na svobodu shromažďování a spolčování, svobodu slova, svobodu vyznání, ženská práva, práva sexuálních menšin a práva rasových a etnických menšin.

Vnitřní organizace

Členské země se vybírají s ohledem na to, jak přispívají k dodržování liských práv. Jsou voleny na tři roky, každý rok se část obmění. Stejně jako v jiných orgánech jsou křesla trvale rozdělena podle regionů OSN: třináct členů je z Afriky, třináct z Asie, šest z „východní Evropy“, osm z Latinské Ameriky a Karibiku a sedm ze skupiny západní Evropy a zbytku světa. Rada může dvěma třetinami hlasů pozastavit členská právu členskýmu státu Rady, které hrubě porušuje lidská práva. Česká republika byla členským státem v letech 2006–2007 (část prvotních členů byla zvolena na kratší období, aby se státy obměňovaly postupně) společně s Polskem, a je znovu v letech 2011–2014 s Rumunskem.

Činnost

Rada pro lidská práva se schází třikrát do roka, v březnu, červnu a září. Zabývala se již situací mj. v Barmě, Guineji, Íránu, Kyrgyzstánu, Libyi, Pobřeží slonoviny, Severní Koreji, na Srílance a v Sýrii. V minulosti byla kritizována představiteli OSN, Evropské unie, Kanadou a Spojenými státy americkými za nepřiměřené řešení izraelsko-palestinského konfliktu. Vláda George Bushe HRC bojkotovala. Od roku 2009 naopak Spojené státy představují v Radě vůdčí roli.

Po měsících intenzivních vyjednávání schválilo 15. března 2006 Valné shromáždění OSN rezoluci ustanovující novou Radu pro lidská práva. Ve zprávě “Ve větší svobodě” z března 2005 Kofi Annan navrhl v rámci reformy OSN vznik rady, jejímž úkolem bude zefektivnit práci na poli lidských práv a nahradit často kritizovanou Komisi pro lidská práva. Jeho plán podpořil i záříjový Světový summit v New Yorku. Generální tajemník považuje volbu Valného shromáždění za historický krok, který pomůže zlepšit životy miliónů lidí na celém světě. Vznik Rady pro lidská práva dává podle něj OSN příležitost pro nový začátek v lidskoprávním úsilí.

Rezoluce byla přijata 170 hlasy. Proti hlasovaly Spojené státy americké, Izrael, Marshallovy ostrovy a Palau. Venezuela, Irán a Bělorusko se zdržely hlasování.

Při projevech předcházejících samotnou volbu prohlásil Jan Eliasson, předseda Valného shromáždění, že se jedná o rozhodující moment nejen pro lidská práva, ale i pro postavení OSN jako celku. Zdůraznil několik skutečností, kterými se rada bude výrazně lišit od komise.

Rada pro lidská práva má jakožto orgán přímo podřízený Valnému shromáždění vyšší status. Geografické zastoupení v ní je vyrovnanější a oproti komisi, která zasedala jednou ročně po dobu šesti týdnů, se zvýšil počet zasedání rady nejméně na deset týdnů během roku.

Členové rady jsou voleni Valným shromážděním absolutní většinou hlasů. Každý kandidát je volen individuálně a přímo, v tajné volbě musí obdržet nejméně 96 hlasů.

Pokud by člen rady systematicky či krutě porušoval lidská práva, může být dvoutřetinovou většinou hlasujících přítomných členů Valného shromáždění zbaven členství v radě. Funkční období v radě je tříleté, jeden členský stát může být zvolen maximálně na dvě po sobě následující funkční období.

  1. května 2006 zvolilo Valné shromáždění 47 členů do nové Rady pro lidská práva, která byla ustanovena rezolucí Valného shromáždění z 3. dubna 2006. Volby se zúčastnilo všech 191 členských států OSN, což podle generálního tajemníka reflektuje jejich společné odhodlání nahradit Komisi pro lidská práva orgánem, který bude efektivnější a bude důvěryhodněji ztělesňovat závazek dodržování lidských práv.

Všechny zvolené státy musely získat více než 96 hlasů. Státy byly uskupeny podle regionů, z každého regionu byl volen předem daný počet zástupců – Afrika (13 států), Asie (13 států), Latinská Amerika a oblast Karibiku (8 států), východní Evropa (6 států), západní Evropa a ostatní státy (7 států).

V regionu východní Evropy se o 6 volných míst ucházelo 13 zemí, mezi nimi i Česká republika. Ta, spolu s Polskem a Ruskou federací, byla do Rady pro lidská práva zvolena již v prvním kole hlasování s počtem 105 hlasů. Z tohoto regionu byly dále zvoleny Ázerbájdžán, Rumunsko a Ukrajina.

Nové členské státy Rady pro lidská práva zveřejnily své závazky a návrhy na ochranu a podporu lidských práv. Zároveň s členstvím v radě také tyto země souhlasily s tím, že budou pravidelně podrobovány hodnocení vlastního dodržování lidských práv.

Rada pro lidská práva poprvé zasedala v Ženevě 19. června 2006.

Složení Rady pro lidská práva (v závorkách uvedeny roky, kdy státům končí funkční období v radě)

Afrika Asie Východní Evropa Latinská Amerika a Karibské státy

Západní Evropa

Angola (2013) Bangladéš (2012) Česká republika (2014)

Ekvádor (2013) Belgie (2012)

Benin (2014) Čína (2012) Maďarsko (2012) Guatemala (2013) Itálie (2014) Botswana (2014) Filipíny (2014) Moldávie (2013) Chile (2014) Norsko (2012) Burkina Faso (2014) Indie (2014) Polsko (2013) Kostarika (2014) Rakousko (2014) Džibutsko (2012) Indonésie (2014) Rumunsko (2014) Kuba (2012) Spojené státy americké (2012) Kamerun (2012) Jordánsko (2012) Ruská federace (2012)

Mexiko (2012) Španělsko (2013)

Kongo (2014) Katar (2013) Peru (2014) Švýcarsko (2013) Lybie (2013) Kuvajt (2014) Uruguay (2012) Mauretánie (2013) Kyrgyzstán (2012) Mauricius (2012) Malajsie (2013) Nigérie (2012) Maledivy (2013) Senegal (2012) Saudská Arábie (2012)