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derecho internacional, Ejercicios de Derecho Internacional Público

Asignatura: derecho internacional publico, Profesor: Miguel Angel Almendros González, Carrera: Derecho, Universidad: UGR

Tipo: Ejercicios

2017/2018

Subido el 09/05/2018

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alessandro_porto-2 🇪🇸

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- Contesta a estas preguntas:
1) ¿En qué artículo/s del Proyecto de la Comisión de Derecho
Internacional (CDI) sobre Responsabilidad del Estado por Hechos
Internacionalmente Ilícitos puede sustentarse la atribución a Francia de
los hechos acaecidos en Nueva Zelanda?
Artículo 12
Violación de una obligación internacional
Existe una violación de una obligación internacional por parte de un
Estado cuando un acto de ese Estado no cumple con lo que se requiere
de esa obligación, cualquiera que sea su fuente o naturaleza.
Artículo 40
Aplicación de este capítulo
1. Este Capítulo se aplica a la responsabilidad internacional derivada de
una violación grave por parte del Estado de una obligación derivada de
una norma imperativa de derecho internacional general.
2. El incumplimiento de tal obligación es grave si implica, por parte del
Estado responsable, una violación manifiesta y sistemática del deber de
cumplir con la obligación.
Artículo 31 reparación
1. El Estado responsable estará obligado a reparar por completo el daño
causado por el acto internacionalmente ilegal.
2. La mala conducta incluye cualquier daño, tanto material como moral,
causado por el acto ilícito internacional de un Estado.
Artículo 14
Extensión en el tiempo de la violación de una obligación internacional
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- Contesta a estas preguntas:

  1. ¿En qué artículo/s del Proyecto de la Comisión de Derecho Internacional (CDI) sobre Responsabilidad del Estado por Hechos Internacionalmente Ilícitos puede sustentarse la atribución a Francia de los hechos acaecidos en Nueva Zelanda?

Artículo 12

Violación de una obligación internacional

Existe una violación de una obligación internacional por parte de un Estado cuando un acto de ese Estado no cumple con lo que se requiere de esa obligación, cualquiera que sea su fuente o naturaleza.

Artículo 40

Aplicación de este capítulo

  1. Este Capítulo se aplica a la responsabilidad internacional derivada de una violación grave por parte del Estado de una obligación derivada de una norma imperativa de derecho internacional general.
  2. El incumplimiento de tal obligación es grave si implica, por parte del Estado responsable, una violación manifiesta y sistemática del deber de cumplir con la obligación.

Artículo 31 reparación

  1. El Estado responsable estará obligado a reparar por completo el daño causado por el acto internacionalmente ilegal.
  2. La mala conducta incluye cualquier daño, tanto material como moral, causado por el acto ilícito internacional de un Estado.

Artículo 14

Extensión en el tiempo de la violación de una obligación internacional

  1. ¿Cómo se lleva a cabo la reparación de Francia del hecho ilícito cometido respecto de Nueva Zelanda? Distingue y comenta las formas en que se efectúa la misma en los distintos actos en presencia (anteriores a la sentencia de abril de 1990 y en la propia sentencia).

EN LA PRIMERA FASE

El Primer Ministro francés abordará las excusas formales e incondicionales del Primer Ministro neozelandés por la ofensa cometida al ignorar el derecho internacional por agentes del servicio francés: en Auckland el 10 de julio de 1985 contra el Rainbow Warrior. El gobierno francés entregará al gobierno de Nueva Zelanda la suma de siete millones de dólares estadounidenses en compensación por el daño sufrido por Nueva Zelanda. El comandante Mafart y el capitán Prieur serán trasladados a una instalación militar francesa en la isla de Hao durante un mínimo de tres años. Se les prohibirá abandonar la isla por cualquier motivo, a excepción del acuerdo entre los dos gobiernos. Los contactos durante la estadía en Hao se limitarán a personal militar o similar y sus familiares (familiares y amigos). Cualquier contacto con la prensa u otros medios de comunicación, orales, escritos u otros, estará prohibido. El Gobierno francés enviará cada tres meses al Gobierno de Nueva Zelanda y al Secretario General de las Naciones Unidas, por cada canal diplomático, toda la información relacionada con la situación del Comandante Mafart.

En la secunda fase EL TRIBUNAL ARBITRAL

Declara que la República Francesa fue encontrado culpable de un incumplimiento sustancial y persistente de sus obligaciones con respecto a Nueva Zelanda, sin intentar de buena fe para obtener el 5 de mayo de 1988, el consentimiento de Nueva Zelanda para la salida del capitán Prieur Hao isla.

Fue declarado culpable de un incumplimiento de sus obligaciones con Nueva Zelanda repatriado por el capitán Prieur de la isla Hao los días 5 y 6 de mayo de 1988. La República Francesa fue declarada culpable de una violación sustancial y continua de sus obligaciones con Nueva